Buenos
Aires, marzo 8 de 2002
A:
Su Majestad
Don
Juan Carlos I, Rey de España
Por
medio de la presente, la Comisión Nietos por la Nacionalidad Española,
solicita a Su majestad interceda por nosotros ante la actual Administración del
Gobierno Español. A fin de que se modifique una ley injusta y discriminatoria,
relativa a la adquisición y
transmisión de la nacionalidad, que está reñida con el espíritu y la letra
de la "Carta Magna Española", dado que la misma consagra como
principio el "ius sanguinis" el derecho de sangre, que no reconoce límites
para transmitir la nacionalidad a los descendientes, tanto de padre como de
madre española, una ley no puede desconocer un principio Constitucional.
Majestad,
el derecho de sangre nos asiste y sin embargo la Ley actual impide la transmisión
de nacionalidad por parte de madre, así como también de aquellos hijos que
quieren optar por la ciudadanía española y tienen mas de 21 años.
Pero
también se les impide acceder a la nacionalidad a aquellos hijos cuyos padres
han tenido que nacionalizarse Argentinos, por motivos laborales, aunque siempre
siguieron siendo españoles, llevaron siempre a España en su corazón, siendo
que tuvieron que emigrar por las circunstancias
excepcionales que vivía España en aquella época.
Además
del derecho que nos asiste, queremos que Ud. sepa, que fundamos nuestro pedido
en el sentimiento de "querer ser españoles", heredado de nuestros
padres y/o abuelos.
Majestad,
por lo expuesto, le pedimos que interceda por nosotros para que se nos conceda
nuestro deseo y derecho de ser Españoles, impedido
actualmente por una Ley injusta e incomprensible.
Asimismo,
queremos poner en su conocimiento que el Consulado de Bs. As. Demora de 1 a 2 años
para realizar cualquier tipo de tramitación. Afectando, no sólo a los que
somos genuinos descendientes sino también a aquellos Españoles radicados en
Argentina, que deben soportar tediosas colas tanto para tramitaciones como para
conseguir información.
Majestad,
rogamos interceda para que el Parlamento que ésta tratando "la modificación
del Código Civil en materia de Nacionalidad" apruebe los siguientes
puntos:
1.
Eliminación de las restricciones de edad y de género, a fin de que
descendientes directos consanguíneos por línea materna y paterna, puedan
obtener la Nacionalidad Española.
2.
Recuperación automática de la Nacionalidad para los Españoles
residentes o fallecidos en Argentina, que se han visto obligados a
naturalizarse, por cuestiones laborales, a fin de que los hijos de los antes
mencionados, también puedan obtener la Nacionalidad Española.
3.
Implementar las medidas necesarias para que los Consulados de Argentina,
puedan brindar un servicio ágil y eficiente para todos los españoles y sus
descendientes residentes en Argentina.
Agradecemos
su intercesión para que se haga justicia