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    La Comisión de Nietos por la Nacionalidad Española (NINE) informa que tres bloques parlamentarios aprobaron el martes 9, distintas enmiendas al Código Civil español para que puedan optar por la nacionalidad española todos los hijos e hijas, nietos y nietas de españoles.

    Los pedidos de enmienda, que son siete en total, fueron aprobados y presentados al parlamento español por los bloques de Izquierda Unida, Catalán (Convergéncia i Unió) y la Coalición Canaria y se suman a la iniciativa en tal sentido presentada también por el Bloque Nacionalista Gallego.

    Los principales artículos del Código Civil que se busca modificar se refieren específicamente a la "adquisición y recuperación de la nacionalidad".

    El texto de la enmienda número 1 aprobado por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, es el siguiente:

    "El texto del artículo 17.I.d) queda sustituido por el siguiente:

    Tienen derecho a optar por la nacionalidad española...

    d) «Los nacidos fuera de España cuyos padre, madre, abuelo o abuela hubieran sido originariamente españoles.»

    En igual sentido se expresan la enmienda número 10 del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria y la enmienda número 42 del Grupo Parlamentario Catalán (Convergéncia I Unió):

    « Artículo único (artículo 20, apartado 1). De adición.

    Se propone añadir la siguiente modificación del artículo 20, del Código Civil, concretamente el apartado I de dicho artículo, que quedará redactado de la forma siguiente:

    Artículo 20

    1. Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:

    a) Las personas que estén o hayan estado sujetas la patria potestad de un español.

    b) Aquellas cuyo padre o madre, abuelo o abuela, hubieran sido originariamente españoles y nacidos en España.

    c) Las que se hallen comprendidas en el segundo apartado de los artículos 17 y 19. »

    Entre las justificaciones presentadas por los legisladores españoles al Parlamento se señalan que "...esta nueva redacción estaría en mayor consonancia con el artículo 14 de la Constitución Española: 'Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social'. Permitiendo el reconocimiento al derecho a acceder a la nacionalidad española de los hijos o nietos de español o española, sin limitación de lugar de nacimiento o edad".

    También se destaca en otra de las justificaciones que "...se pretende dar solución a muchos de los hijos de emigrantes españoles no nacidos en España, pero que tanto ellos como sus descendientes deben optar a poder ser considerados españoles. Es necesario obviar la condición de ser nacido o no en España, para facilitar realmente la conservación y transmisión de la nacionalidad española. También se pretende permitir la opción de ser español o española a los hijos y nietos de españoles de origen, nacidos en España pero que han tenido que emigrar y que en el país de destino tuvieron que optar por una segunda nacionalidad antes del nacimiento de sus hijos."

    Para ampliar toda información al respecto, y en busca de ampliar las propuestas de enmiendas a los demás bloques del Parlamento español, el día Sábado 27 de Abril de 2002 a las 18 hs se realizará una nueva Asamblea de la Comisión de Nietos por la Nacionalidad Española (NINE) en la Federación de Asociaciones Gallegas, Chacabuco 955, Capital Federal. Consultas a [email protected].

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Actualizado el 02/12/2002

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