REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD
YACAMBU
CONTADURIA
PÚBLICA
Autor: Heydi
Cordero
ACTIVO CIRCULANTE
Aquellos derechos, bienes materiales o créditos que
están destinados a la operación mercantil o procedente de ésta, que se tienen
en operación de modo más o menos continuo y que, como operaciones normales de
una negociación pueden venderse, transformarse, cederse, intercambiarse por
otros, convertirse en efectivo, darse en pago de cualquier clase de gastos u
obligaciones o ser material de otros tratos semejantes y peculiares de toda
empresa industrial o comercial. Los bienes que forman el "activo
fijo" y el "activo diferido", aún cuando ocasionalmente pueden
ser objeto de alguna de las operaciones señaladas, no lo son de manera constante
dado su origen y finalidad. Se considera como activo circulante, al activo
convertible a efectivo o que generalmente se espera convertir en efectivo
dentro de los próximos doce meses. Se incluyen bajo este rubro conceptos tales
como: valores negociables e inventarios, efectivo en caja y bancos, los
documentos y cuentas por cobrar, los inventarios de materias primas, de
artículos en proceso de fabricación y de artículos determinados, las
inversiones en valores que no tengan por objeto mantener el dominio administrativo
de otras empresas, y otras partidas semejantes. Préstamos a cargo de
funcionarios y empleados de las empresas, pueden mostrarse en el balance
general formando parte del activo circulante, pero es conveniente agruparlos
separadamente bajo un título especial.
EFECTOS POR COBRAR
Se usan para controlar
determinados documentos que representen créditos a favor de la empresa. Los
documentos negociables más importantes que se controlan por intermedio de esta
cuenta, son los denominados: letras de cambio o giros y los
pagarés. Para que sean registrados en esta cuenta deben haber sido aceptados
por sus deudores. Esto significa reconocer una deuda y comprometerse a
cancelarla a su vencimiento o a la vista.
§
LETRA DE CAMBIO: es un documento mercantil que contiene una promesa
u obligación de pagar una determinada cantidad de dinero a una convenida fecha de vencimiento. Y constituye
una orden escrita, mediante el cual una persona llamada Librador, manda
a pagar a su orden o a la otra persona llamada Tomador o Beneficiario,
una cantidad determinada, en una cierta fecha, a una tercera persona llamada Librado.
§ PAGARÉ: Es
un título valor o
instrumento financiero muy similar a la letra de cambio y se usa,
principalmente para obtener recursos
financieros. Documento escrito mediante el cual una persona se compromete a
pagar a otra persona o a su orden una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente. Los pagarés
pueden ser al portador o endosables, es decir, que se pueden transmitir a un
tercero.
Los
pagarés pueden emitirlos individuos particulares, empresas o el Estado; aunque
este instrumento de crédito se suele usar entre banqueros y compañías de
financiamiento, en las relaciones con sus clientes cuando precisan efectivo
para operaciones, generalmente a corto o mediano plazo.
REGISTRO DE LOS EFECTOS
POR COBRAR
LETRA
DE CAMBIO:
Si
el librado es la empresa, deberá registrase en el pasivo, específicamente en el
pasivo circulante, con la cuenta efectos por pagar. Ahora bien, si el
beneficiario o tomador es la empresa, deberá colocarse en el activo,
específicamente en el activo circulante, con la cuenta efectos por cobrar.
PAGARE:
Si
el librado es la empresa, deberá registrase en el pasivo, específicamente en el
pasivo circulante, con la cuenta pagaré por pagar. Ahora bien, si el
beneficiario o tomador es la empresa, deberá colocarse en el activo,
específicamente en el activo circulante, con la cuenta pagaré por cobrar.
Wilmeida Ochoteco, adquiere mobiliario por un monto de Bs. 1.500.000,00
en Tiendas "El Faro" ubicada en Maracay, el día 15-10-98, y firma dos
letras de cambio, pagaderos en dos meses, la 1/2 Bs. 765.000,00 y la 2/2
por Bs. 757.500,00 con intereses al 12% anual.
El
asiento contable sería el siguiente:
Fecha |
Debe |
Haber |
|
15-10-98 |
Mobiliario |
1.500.000,00 |
|
|
Intereses gastos |
22.500,00 |
|
|
Efectos por pagar |
|
1.522.500,00 |
Keimar Acosta, solicita un
pagaré en el Banco Provincial por Bs. 1.000.000, echa 30-10-98, pagaderos
en 90 días, con una tasa de interés del 12% anual, y el banco le deposita el
neto en su cuenta de ahorros No. 02136-98E, una vez deducido los intereses y
los gastos bancarios por Bs. 2.500,00.
Fecha |
Debe |
Haber |
|
30-10-98 |
Banco Provincial Cta. Ahorros |
957.500,00 |
|
|
Gastos Bancarios |
2.500,00 |
|
|
Intereses prepagados |
40.000,00 |
|
|
Pagaré por pagar |
|
1.000.000,00 |
Cuando
una empresa tiene problemas para el cobro de sus letras o giros: ya sea por que
no tenga departamento de cobranzas, o que tenga clientes en zonas o ciudades
muy distantes, lo que hace anti-económico cobrarles
directamente; en estos casos, las letras de cambio pueden ser enviadas al Banco
para que éste las cobre, es decir, el Banco sirve de intermediario de la
empresa para cobrar los giros. Debe quedar claro que en este caso el Banco no
anticipa el valor del documento, sino que solamente hace las funciones de
cobrador y por ello percibe cierto porcentaje por comisión sobre los giros.
EJEMPLO DE EFECTO ENVIADO AL COBRO
El
día 10 de noviembre de 1998 el Consorcio Crespo – Galindo y Asociados, C.A. remite al Banco Provincial en gestión de
cobro efectos comerciales, por un nominal de Bs. 250.000.
El
15 de noviembre se cobra directamente el resto de los efectos, recibiendo en
efectivo Bs. 250.000. Ese mismo día el Banco Provincial abona en
Fecha |
Descripción |
Debe |
Haber |
10-11-98 |
Efectos enviados al cobro |
250.000,00 |
|
|
Efectos enviados al cobro |
|
250.000,00 |
15-11-98 |
Banco Provincial Cta. Corriente |
240.000,00 |
|
|
Comisión Bancaria |
10.000,00 |
|
|
Efectos por Cobrar |
|
250.000,00 |
15-10-98 |
Efectos enviados al cobro per contra |
250.000,00 |
|
|
Efectos enviados al cobro |
|
250.000,00 |
CUENTAS POR COBRAR
Son derechos
legítimamente adquiridos por la empresa para controlar los créditos a su favor
y al llegar el momento de ejercer el derecho de cobro, la empresa recibirá a
cambio efectivo o cualquier otra clase de bienes o servicios.
CLASIFICACIÓN DE LAS CUENTAS POR COBRAR
§
Cuentas por cobrar
provenientes de ventas de bienes o servicios: este grupo de cuentas
está formado por aquellas cuyo origen es la venta a crédito de bienes o
servicios y que están respaldadas por la aceptación de una factura por parte
del cliente. Estas deben ser presentadas en el balance general en el grupo de
activo circulante, excepto aquellas cuyo vencimiento sea mayor que el ciclo
normal de operaciones de la empresa.
§
Cuentas por cobrar no
provenientes de venta de bienes y servicios: estas se refieren a los derechos por
cobrar que la empresa posee originados por transacciones diferentes a ventas de
bienes y servicios a crédito. De acuerdo a la transacción que las origina
pueden ser clasificadas en dos grupos:
1.
Cuentas por cobrar que
representan derechos por cobrar en efectivo.
2.
Cuentas por cobrar que
representan derechos por cobrar en bienes diferentes a efectivo.
§
Cuentas por Cobrar No Provenientes de Ventas que se Cobraran en
Efectivo: Estas cuentas por cobrar se refieren a derechos que serán cobrados en
efectivo. El origen de estas cuentas por cobrar es muy variado. Entre ellas,
podríamos citar las siguientes:
1.
Cuentas por cobrar a trabajadores: El origen de estas cuentas por
cobrar podría ser el de préstamos otorgados por la empresa o por ventas hechas
a los trabajadores para su propio consumo.
2.
Intereses por cobrar: Se refiere a derechos por cobrar surgidos como
consecuencia de haber prestado dinero a terceros.
3.
Alquileres por cobrar: Estas cuentas por cobrar aparecen cuando la
empresa arrienda un inmueble o parte de él y el canon de arrendamiento se
recibe por lapsos vencidos. Cuando va a ser elaborado un balance general y se
observa que, para esa fecha, la empresa tiene ya devengado algún monto por ese
concepto, deberá ser registrado como alquileres por cobrar y presentada la
cuenta en el balance dentro del activo circulante. Sin embargo, cuando el
objetivo natural de la empresa sea el alquilar inmuebles, los montos que recibe
por ese concepto constituyen sus ingresos normales provenientes de la venta de
un servicio. En este caso, se registrarán en cuentas por cobrar comerciales los
alquileres ya devengados pero no cobrados.
4.
Reclamaciones por cobrar a compañías de seguros: Serán registrados en
esta cuenta aquellos derechos por cobrar provenientes de reclamos de cualquier
tipo que se hagan a las compañías de seguros.
5.
Reclamaciones por cobrar a proveedores: Con alguna frecuencia se
presenta el caso en que la empresa compra una mercancía de contado y,
posteriormente, tal mercancía es devuelta al proveedor por cualquier razón. Si
se ha convencido en que el proveedor devolverá el valor correspondiente en
efectivo y no mediante una nueva mercancías en forma inmediata, el derecho a
cobrar debe ser registrado en la cuenta "reclamaciones por cobrar a
proveedores".
6.
Reclamaciones judiciales por cobrar: Cualquier reclamación se esté
litigando y que se tenga un alto grado de seguridad de que la sentencia será
favorable, debe ser registrada en esta cuenta y presentada como activo
circulante si se espera que se cobrará en un lapso de doce meses.
7.
Depósitos en garantía de cumplimiento de contratos: Cuando la empresa
es contratada para realizar cualquier obra o prestar un determinado servicio, y
el contratante exige que se haga un depósito garantizado que el objetivo de tal
contrato será cumplido, el monto del activo circulante, siempre que esté
contemplado que la obra será terminada o que el servicio será prestado dentro
de los próximos doce meses.
8.
Regalías por cobrar: Se entiende por regalía (Royalty en inglés) la
compensación por la utilización o empleo de bienes, por lo general calculado en
base a toda o a una parte de los ingresos provenientes del usufructo o
explotación de tales bienes. Por ejemplo, el cobro periódico por parte del
propietario de terrenos por concepto de la explotación de minerales (petróleo,
carbón, etc.) y el cobro que realiza el autor de un libro por su venta o el que
hace un fabricante por el uso de sus equipos cuando produce bienes o servicios
para terceras personas. Cualquier tipo de regalía que la empresa haya devengado
pero que aún no ha cobrado, deberá ser registrada en esta cuenta.
9.
Cuentas por cobrar a los accionistas: Se registra en esta cuenta
cualquier deuda que los accionistas hayan contraído con la empresa por
conceptos diferentes a lo que todavía deban del capital que suscribieron.
Dividendos pasivos por cobrar: Aunque esta cuenta será comentada detenidamente
cuando se estudie el tema de "Sociedades anónimas" en el módulo de
contabilidad superior, es conveniente que desde ahora se conozca su origen y
cómo debe ser presentada en el balance general. Cuando una sociedad anónima es
constituida, los socios o accionistas "suscriben el capital". Es
decir, se comprometen a aportar una cantidad determinada de recursos, la ley
permite que tales recursos sean pagados o entregados a la empresa por partes,
con tal de que la primera entrega no sea inferior al 20% del compromiso total. La
parte del capital que los accionistas les quedan debiendo a la empresa, deberá
ir siendo pagada a medida que ellos vayan decidiéndolo. Cuando los accionistas
deciden pagar a la empresa una parte adicional del capital que le deben, se
dice que la empresa ha decretado el cobro de un dividendo pasivo y esta cuenta
deberá ser clasificada dentro del activo circulante, si el plazo para cobrarlo
no es superior a doce meses. De lo contrario, deberá ser presentada en activos
a largo plazo.
10.
Dividendos por cobrar sobre inversiones: Cuando la empresa tiene
inversiones en acciones en otras compañías, con frecuencia éstas deciden
distribuir parte de las utilidades obtenidas entre sus accionistas. Cuando ello
ha sucedido, a la empresa inversora le surge el derecho a cobrar la parte de
esas utilidades que le corresponda, lo cual deberá ser registrado en la cuenta
"dividendos por cobrar".
11.
Cuentas por cobrar a compañías subsidiarias: Se dice que una compañía
es subsidiaría de otra, cuando esta es propietaria de más de 50% del capital de
aquella. A la compañía "dominante" se le denomina "compañía
matriz". La compañía matriz debe registrar en esta cuenta cualquier
préstamo, anticipo, etc., que conceda a la subsidiaria. Por supuesto, los
derechos por cobrar provenientes de ventas de bienes o servicios a la
subsidiaria, deben ser registrados dentro de "cuentas por cobrar
comerciales", pero separadas de las cuentas por cobrar a otros clientes.
Estas cuentas serán presentadas en el activo circulante, si se espera que sean
cobradas en un lapso no mayor de un año.
§
Cuentas por cobrar no provenientes de ventas que serán cobradas en
bienes diferentes de efectivos: Pertenecen a este grupo aquellos derechos por
cobrar que al ejecutar su cobro, éste se producirá por medio de cualquier bien
o servicio diferente a efectivo. Entre ellos, se puede mencionar:
1.
Reclamaciones a proveedores: Se refiere a los casos en que, después de
haber realizado una compra de mercancía y haberla pagado, tal mercancía resultó
defectuosa o llegó con algún faltante, y el proveedor atenderá el reclamo
mediante la reposición de la mercancía que faltó o que llegó con
defectos.
2.
Anticipos a proveedores: En algunas oportunidades, una empresa se ve en
la necesidad de hacer un anticipo a cuenta para garantizar el abastecimiento de
mercancía o de la prestación del servicio. A esta empresa le surge, por lo
tanto, un derecho que será cobrado en el momento en que sea recibida la
mercancía o el servicio que ha comprado.
3.
Derechos a cobrar por envases: Existen empresas tales como las
embotelladoras de refrescos que, el producto que venden a sus clientes, es sólo
el contenido de las botellas. Los envases, las botellas en este caso, se le
facturan al cliente en forma separada y, el valor de ellas, será cobrado
mediante su devolución por parte del cliente. Es por está razón que los
derechos por cobrar por envases no se presentan dentro de las cuentas por
cobrar comerciales, sino en una cuenta separada ya que, comúnmente, no se
cobrará en efectivo.
4.
Anticipos a contratistas: Cuando una empresa requiere hacer, por
ejemplo, una obra de construcción, generalmente se da un anticipo a cuenta.
Este adelanto constituye un derecho por cobrar, el cual será cobrado en el
momento en que la obra sea recibida ya terminada.
REGISTRO
DE LAS CUENTAS POR COBRAR
Estas se registran en
el momento en que se hace el traspaso de propiedad del bien vendido o en que se
presta el servicio contratado.
Las transacciones que
afectan frecuentemente a las cuentas por cobrar son: las ventas a crédito, las
cobranzas y las devoluciones, rebajas y descuentos.
Ejemplo:
1.
Registro de la venta
Fecha |
Descripción |
Debe |
Haber |
|
Cuentas
por cobrar Ventas Venta a R. López, factura 2030 |
10.000 |
10.000 |
2.
Registro de la devolución
Fecha |
Descripción |
Debe |
Haber |
|
Devoluciones
en ventas Cuentas por cobrar Devolución de R. López sobre factura 2030, nota de crédito 145 |
2.000 |
2.000 |
3.
Registro del cobro del saldo
Fecha |
Descripción |
Debe |
Haber |
|
Caja Descuento
x pronto pago vtas. Cuentas x cobrar |
7.600 400 |
8.000 |
Infografia
http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/fin/adcxcinv.htm
http://html.rincondelvago.com/clasificacion-de-cuentas-contables.html
Brito, José. (2006). Contabilidad
Básica e Intermedia. Ediciones: Centro de Contadores. Caracas-Venezuela.
Catacora, Fernando. (1998). Contabilidad,
la base para las decisiones gerenciales. Editorial: Mc
Graw Hill Interamericana de Venezuela.
Caracas-Venezuela
Redondo,
A. Curso Práctico de Contabilidad General. Editorial Centro Contable
Venezolano, Caracas, 1989.
http://www.definicion.org/activo-circulante
http://www.monografias.com/trabajos2/letradecambio/letradecambio.shtml