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RESEÑA No
cabe duda de que en sus primeros 45 años el
deporte venezolano se desarrollo gracias a la
iniciativa privada. La organización de equipos y
competencias estuvo en manos de particulares.
Igualmente el financiamiento de los escasos
viajes de los atletas al exterior y la
construcción de las también escasas obras de
infraestructura deportiva. El Estado apenas se
había preocupado por la educación física
escolar, con e1 establecimiento de algunos
reglamentos que, fundamentalmente , estaban
dirigidos a la gimnasia. El primero de ellos,
instrumentado en 1910, se aplico solamente en e1
ámbito militar. Luego, en 1921, se decreto otro
reglamento, el cual fue una farsa y apenas un
tramite para la presentación de exámenes
finales. En 1936, con la creación de la Oficina
de Educaci6n Física, adscrita al Ministerio de
Educación, se inician las competencias
estudiantiles, aunque no a escala nacional, sino
en la capital, donde se daba cumplimiento a esa
resolución. Mas tarde, en 1940, se decreta la
obligatoriedad de la educación física en el
sistema educativo; pero el cumplimiento de esta
medida no pudo concretarse, porque en el país no
había entrenadores, a pesar que por primera vez
se organizo un curso técnico para monitores de
educación física.
Pero no fue sino en 1948, al crearse la
especialidad de Educación Física en el
Instituto Pedagógico de Caracas, cuando el
Estado pudo comenzar a disponer de entrenadores
deportivos. Por estas razones, el ano de 1949
fue el punto de partida de un cambio importante
en la actividad deportiva del país. El 22 de
junio, la Junta Militar de Gobierno, que
integraban los coroneles Carlos Delgado Chalbaud,
Marcos Pérez Jiménez y Luís Felipe Llovera Páez,
promulga el decreto N 164, que creaba el
Instituto Nacional de Deportes (IND), con
personalidad jurídica autónoma y patrimonio
propio, independiente del Fisco Nacional, y que
tenia por objeto estimular, fomentar y dirigir
las actividades del deporte venezolano. Aunque
el presupuesto anual era de unos 200 mil
Bolívares revelaba un cambio en la valoración
del deporte como actividad del venezolano. Ese
mismo ano, el gobierno adquirió, por intermedio
del dirigente Julio Bustamante, la
responsabilidad de escenificar en Caracas los
III Juegos Bolivarianos, los cuales se
realizarían en diciembre de 1951, no sin antes
financiar la construcción de las primeras
instalaciones deportivas modernas del país.
En noviembre de 1951 se inauguraron los estadios
y las piscinas de la Ciudad Universitaria, el
velódromo .Teodoro (Teo) Capriles. y el gimnasio
y las piscinas de la Escuela Militar. Este
evento contribuyó también a consolidar la
estructura organizativa de las federaciones
deportivas, las cuales comenzaron a tener una
conformación nacional. En ese año 51 también se
envió a Buenos Aires una delegación a los I
Juegos Deportivos Panamericanos, y en agosto de
1952 otra a los Juegos Olímpicos de Helsinki,
donde Venezuela obtuvo su primera medalla
olímpica, gracias al tercer lugar que ocup6
Asnoldo Devonish en salto triple. A pesar de que
el Estado había tomado las riendas deportivas,
todavía el sector privado jugaba un papel
importante en el desarrollo de nuestros atletas,
fundamentalmente las compañías petroleras, que
en la provincia acondicionaron instalaciones,
establecieron programas deportivos que se
presentaban al país a través de los Juegos
Creole.
En los años 70, se inicia un proceso de grandes
transformaciones en el la política deportiva del
Estado. A partir de 1969 el Ejecutivo, por
primera vez en su historia, reglamenta los
deportes y la educación física, como actividades
conjuntas. Se establece, mediante el decreto
presidencial No. 162, la obligatoriedad del
Deporte Escolar a todos los niveles de la
educación primaria y media, e incluso, a través
de otras resoluciones, se implanta la evaluación
de la educación física como materia promocional.
Mas tarde el 29 de septiembre de 1971, se
reglamentó el decreto-ley de creación del
Instituto Nacional de Deportes, lo que permitió
democratizar nuestro deporte, al ser declarado
éste como de "interés público (....) donde sus
actividades tendrán por objetivo el mejoramiento
moral y físico de los miembros de la
colectividad y la participación, en las mejores
condiciones de los deportistas venezolanos en
competencias nacionales e internacionales.
Durante esos arios se producirían serias
discrepancias entre el Comité Olímpico
Venezolano y el Ejecutivo nacional, porque, a
decir de algunos, no quedaban claras la
independencia y las funciones de dicho Comité.
Sin embargo, el 2 de agosto de 1979, una vez
solventadas las diferencias, el Congreso
Nacional sancionó la Ley del Deporte,
que recoge todas las disposiciones legislativas,
reglamentarias y administrativas en vigencia
desde 1949 y que habían resultado provechosas
para nuestro depone. Desde entonces, Venezuela
no solo ha sido escenario de grandes eventos
deportivos como los XI Juegos Deportivos
Panamericanos, que se celebraron en Caracas en
agosto de 1983. sino que la figuración de los
atletas venezolanos en competencias
internacionales ha venido mejorando
notablemente. Asimismo, el desarrollo deportivo
en la provincia, el cual quedó demostrado con el
desplazamiento del Distrito Federal como líder
absoluto de los Juegos Nacionales.
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SITUACIÓN ACTUAL | |
El proyecto de Ley
para la Actividad Física y el Deporte, en segunda
discusión, pretende crear los mecanismos para ser un
proceso integral democratizador y soberano,
consagrado en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela en el artículo 111, donde
converjan todas y cada una de las actividades socio-psico-motrices,
en función de construir un verdadero Derecho
Público, y donde el Estado garantice la actividad
física, la recreación, y el deporte como un DERECHO
SOCIAL, propiciando el desarrollo bio-psico-social y
armónico de toda la población venezolana.
La actividad física y el deporte son indicadores del
potencial democrático, pues además de ser elementos
esenciales que contribuyen al mantenimiento de la
salud física y mental, corrige los desequilibrios
sociales, incrementan la inserción social y fomentan
la solidaridad. El deporte popular es un elemento
distintivo de la vida democrática; la cultura y el
deporte expresan la tolerancia; la paz social supone
aceptar las diferencias y convivir con ellas; es
aprender a convivir con el otro, ejerciendo el
derecho a coexistir sanamente. Tal es el dinamismo
social que generan la actividad física, la
recreación y el deporte con su reglamentación que se
constituye en el fenómeno proveedor de la energía
más saludable de la democracia; por eso debe ser
tomado como un asunto de Estado.
El deporte, la recreación y la actividad física como
oficio social y como política pública no están
ausentes ni aislados de los retos que debe afrontar
Venezuela; por el contrario, las actividades
físico-recreativas y deportivas deben constituir
parte de la base del proceso de transformación del
país hacia su pleno desarrollo.
La historia Físico-deportiva en nuestro país ha
estado marcada por el deporte de competencia,
inserto en la gigantesca maquinaria trasnacional que
combina y refuerza las desigualdades, especialmente
el deporte de competencia que es excluyente.
Esta Ley presenta a la sociedad venezolana las bases
y las orientaciones estratégicas contempladas en la
Constitución de 1999, para alcanzar el desarrollo
pleno e integral del venezolano, a través de la
actividad física, la recreación y el deporte, bajo
una nueva visión estratégica y unas políticas
públicas coherentes y realizables, que eleven la
calidad de vida de la población. El Estado
venezolano asume en esta ley su responsabilidad por
garantizar el deporte, la actividad física y la
recreación como un derecho que beneficia la calidad
de vida individual y colectiva, por lo que la asume
como una política de salud pública, educación y
seguridad; como un asunto de Estado.
La actividad física y el deporte son derechos
constitucionales y son fuentes y partes componentes
del proceso educativo y de la promoción social del
pueblo venezolano. El Estado debe fomentar el hábito
deportivo y el uso del tiempo libre de manera útil y
saludable, sin restricciones de edad, sexos, credo o
condición social, física o mental.
En esta Ley se incorpora una nueva concepción en la
ejecución, seguimiento y control de las actividades
físicas y deportivas, ejercida por la participación
de las comunidades organizadas a través de la
Contraloría Social y demás mecanismos de
participación ciudadana.
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BASE LEGAL
Constitución de la Republica Bolivariana de
Venezuela. (En:
http://www.constitucion.ve/constitucion_ilustrada_es/jsp/index.jsp
"Artículo 111: Todas las personas tienen
derecho al deporte y a la recreación como
actividades que benefician la calidad de
vida individual y colectiva. El Estado
asumirá el deporte y la recreación como
política de educación y salud pública y
garantizará los recursos para su promoción.
La educación física y el deporte cumplen un
papel fundamental en la formación integral
de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es
obligatoria en todos los niveles de la
educación pública y privada hasta el ciclo
diversificado, con las excepciones que
establezca la ley. El Estado garantizará la
atención integral de los y las deportistas
sin discriminación alguna, así como el apoyo
al deporte de alta competencia y la
evaluación y regulación de las entidades
deportivas del sector público y del privado,
de conformidad con la ley.
La ley establecerá incentivos y estímulos a
las personas, instituciones y comunidades
que promuevan a los y las atletas y
desarrollen o financien planes, programas y
actividades deportivas en el país".
Ley Orgánica de
Educación (En:
http://www.gobiernoenlinea.ve/legislacion-view/sharedfiles/LeyOrganicaEducacion.pdf
Artículo 12° Se declaran obligatorios la
Educación física y el deporte en todos los
niveles y modalidades del sistema educativo.
El Ejecutivo Nacional promoverá su difusión
y practica en todas las comunidades de la
nación y establecerá las peculiaridades y
excepciones relativas a los sujetos de la
educación especial y de adultos.
Ley del Trabajo (En:
http://www.tsj.gov.ve/legislacion/lot.html
Título IV de las condiciones de trabajo,
Capítulo I, Disposiciones Generales,
Artículo 185. El trabajo deberá
prestarse en condiciones que:
a) Permitan a los trabajadores su desarrollo
físico y psíquico normal;
b) Les dejen tiempo libre suficiente para el
descanso y cultivo intelectual y para la
recreación y expansión lícita;
c) Presten suficiente protección a la salud
y a la vida contra enfermedades y
accidentes; y
d) Mantengan el ambiente en condiciones
satisfactorias.
Ley del Deporte
(Ley Vigente) (En:
http://www.ind.gob.ve/docs/leydepo.pdf
Gaceta Oficial Nº 4.975 Extraordinario de
fecha 25 de septiembre de 1995
"Artículo 2°.- El deporte tiene por
finalidad fundamental coadyuvar en la
formación integral de las personas en lo
físico, intelectual, moral y social, a
través del desarrollo, mejoramiento y
conservación de sus cualidades físicas y
morales; fomentar la recreación y la sana
inversión del tiempo libre; educar para la
comprensión y respeto recíprocos; formar el
sentido de la responsabilidad y amistad; así
como estimular el mayor espíritu de
superación y convivencia social, la
competitividad, la tenacidad, la autoestima,
el bienestar de la población y el espíritu
de solidaridad entre las naciones."
Reglamento Nº 1 de la Ley del Deporte.
REGLAMENTO N° 1 GACETA OFICIAL N° 36.080
6 DE NOVIEMBRE DE 1996 DECRETO N° 1551 DE
FECHA 23 DE OCT UBRE DE 1996
Decreto N° 1551 de 23 de Octubre de 1996
(En:
www.ind.gob.ve/docs/regla1.pdf
Proyecto Ley de Educación Física y Deporte a
los Efectos de su Segunda Discusión (En:
www.ind.gob.ve/docs/proyecto_ley_deporte.pdf
Reglamento interno del Instituto Nacional de
Deportes (En:
www.ind.gob.ve(docs/reglamento_interno.pdf
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ESTRUCTURA ACTUAL | |
Instituto Nacional de Deportes. (En:
http://www.ind.gob.ve/institucion.htm
El Instituto Nacional De Deportes fue creado por
Decreto Ley Nro. 164, emitido por la Junta Militar
de Gobierno el 22 de junio de 1949, publicado en
Gaceta Oficial Nro. 22955.
Para ese momento quedó adscrito al Ministerio de
Educación, luego en el año 1977, cambia su
adscripción siendo absorbido por el Ministerio de la
Juventud, posteriormente con la creación del
Ministerio de la Familia se incorpora como Organismo
adscrito a dicho Ministerio por disposición del
articulo 1ero del Decreto Nro. 1447 de fecha 28 de
enero de 1987, publicado en Gaceta oficial Nro.
33648 de fecha 29 de enero de 1987.
Finalmente en fecha 30 de agosto de 1999 por Decreto
con rango y fuerza de ley Nro. 257, sobre
Adscripción de Institutos Autónomos y funciones del
Estado, se modifica nuevamente la adscripción del
Instituto quedando incorporado a la estructura del
Ministerio de Educación, Cultura y Deportes luego se
publica, mediante Resolución Nro. 181 el Reglamento
interno de ese Despacho en Gaceta Oficial Nro. 5531
Extraordinario, en fecha 27 de mayo del 2001, en el
que establezca que ese Despacho esta integrado por
Vice Ministerios entre los que se encuentra el Vice
Ministerio del Deporte y en su Artículo 207
contempla que corresponde a este coordinar la
ejecución de la política deportiva con el Instituto
Nacional de Deportes.
Su misión es:
"Ser la institución del Estado Venezolano rectora de
las políticas deportivas, que garantice el derecho
social a la Actividad Física, el Deporte y la
Recreación; propiciando el desarrollo bio-psico-social
armónico en todos los estratos sociales de la
población; mediante una gestión excelente, a tono
con las tendencias mundiales del deporte".
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL DEPORTE
Desde el año
2002 el profesor Eduardo Álvarez presidió el IND y
en el 2006 fue nombrado por decreto presidencial
como el Ministro del Poder Popular para el Deporte,
cargo que entregó a la Periodista Victoria Mata,
quien será la figura responsable de mantener abierta
la puerta a la magna cita de Beijing. En este
sentido, con la extraordinaria actuación de 16
disciplinas que por primera vez en la historia
aseguran la participación de 76 atletas en la
contienda olímpica y aun a la espera de nuevos
registros que permitan un mayor número de atletas,
se podría alcanzar el segundo objetivo del ejecutivo
nacional con 100 deportistas que representen el
tricolor venezolano en las olimpiadas del presente
año. |
 INFOGRAFIA
"Gran
Enciclopedia de Venezuela. Editorial Globe.
1998. V. 6
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