Don Gino Conti

Teólogo de Familia Cristiana

 Me permito, querido Director, expresarle algunas impresiones que usted me ha suscitado cuando he leído vuestro artículo en Familia Cristiana n. 42/2002 pag 162., en la cual usted responde a un lector de Brescia que le había preguntado ¿"Por qué el Camino Neocatecumenal" ha sido aprobado si muchos Obispos en Italia, incluído el mío, se han expresado de manera muy crítica al respecto?

1) En vuestro artículo cuenta que los Obispos que se han opuesto al Camino Neocatecumenal en Italia son numerosos; y usted cita una lista que ya conocemos pero que no incluye ciertamente todos los Obispos que no han aceptado en su diócesis el Camino Neocatecumenal, incluso sin publicar ningún documento al respecto. Por tanto en la respuesta usted no ha dado ningún signo, y yo creo que habría sido oportuno, por los miles de sacerdotes que en Italia han rehusado en sus parroquias el Camino.
Así, por no dar más que un ejemplo: en Roma, a pesar de las enormes presiones a favor del Camino Neocatecumenal, sólo ochenta parroquias sobre un total de 350 (es decir a penas un cuarto) la han aceptado.

La oposición de estos Obispos, que hace referencia a la de muchos curas mencionados, de los cuales usted no habla, habría podido ser un motivo. Pero nadie le ha pedido la razón, a fin de verificar si esta oposición estaba motivada o no. Usted, querido Director, en Vuestra respuesta afirma que la oposición de los Obispos estaba fundada en su conocimiento sobre el texto de "Orientaciones a los equipos de catequistas para la fase de conversión" y sobre otras fotocopias, que recogen las catequesis de Kiko y de Carmen, textos que circulaban dorante ese periodo y que eran usados en las catequesis del Camino Neocatecumenal.

De estos textos, especialmente los de las Orientaciones, usted escribe "decir que no han suscitado perplejidades, es un eufemismo". Con estas palabras usted reconoce que existen más que algunas motivaciones... Pero ahora, continuando, aparece un hecho verdaderamente singular e inusitado: Kiko presenta a la autoridad de la Iglesia los textos de sus catequesis, no ha presentado los que están en circulacions en sus comunidades sino otros textos, modificados y corregidos, "no se sabe como y en que sentido", porque no estando aún publicados, no se puede verificar como y en que sentido esos cambios han llegado. Se deduce que, según Su juicio, "los primeros textos de las Orientaciones no se conrresponden con el pensamiento de Kiko y Carmen que toca, al contrario, buscar sólo en los textos presentados a la autoridad de la Iglesia.

En otras palabras, usted afirma, que el texto de las "Orientaciones" utilizado durante treinta años por las Comunidades Neocatecumenales como texto de Kiko y por tanto como texto oficial del Camino, ¡no es ya el verdadero pensamiento de Kiko y Carmen!

La afirmación es espantosa y exige una respuesta, tanto como que provoca también otras custiones.

¿Cómo es posible que durante más de 30 años, cientos de Obispos y miles de sacerdotes no hayan tenido las "perplejidades", a las que Usted hace mención, delante de las catequesis que utilizaban y por tanto conocían? Si no las conocieran, no podrían por tanto tener esas perplejidades. Pero si utilizaban esas catequesis y las conocían ¿por qué no han tenido la menor perplejidad en acoger, en animar, y en expandir los textos causando muchas dudas y muchas "perplejidades"?

¿Cómo es posible que los Pastores del pueblo de Dios, como son los Obispos y sus colaboradores en el ministerio pastoral, como son los sacerdotes, durante tantos años no hayan movido un dedo por corregir ciertas faltas? ¿Cómo ha ocurrido que los que, por derecho divino y eclesiástico, debían ser los jueces de una materia que tocaba la fe y la moral, no hayan examinado toda la documentación necesaria para conocer el problema sobre el que debían pronunciar una sentencia (cfr CJC Canon. 1608)?

A un Obispo que defendía a capa y espada los Neocatecúmenos, el abajo firmante, un día, le preguntó públicamente si ya había leído "un texto" de las catequesis de Kiko. A su respuesta negativa me permití decirle, con una claridad extrema, que no podía, estando en esa situación, pronunciar algún jucio sobre el Camino Neocatecumenal, que és sea negativo o positivo, pero debía quedarse en silencio porque un juez no puede emitir un juicio sin conocer la materia de disputa; "ex actis et probatis", como dice el Código de Derecho Canónico.

Al acabar mi intervención, el Obispo, en esa circunstancia, no pudo más tomar la palabra. La historia de ese Obispo es la historia de muchos otros también, seguramente del 99 por cien, a quienes se les ha impedido instaurar una comparación o una discusión sobre el Camino Neocatecumenal, incluso si las sedes sobre las que se hizo una demanda tal, eran justamente las de pastores de la iglesia que tenían el derecho-deber sea de avanzar una demanda tal, sea especialmente de dar una respuesto proporcionada. Restricción análoga a la hecha a los Editores católicos a los que la prensa y la difusión de textos contrarios al Camino Neocatecumenal a estado prohibida. Y parece que esa prohibición ha sido confirmada recientemente.
¿Por qué?

Lo que ha llegado con la presentación por parte de Kiko de los textos de sus catequesis a los cuales Usted hace alusión, lo habíamos previsto hace mucho tiempo. Lo habíamos adivinado al constatar la prohibición absoluta que tenían los catequistas de dar a conocer los textos del Camino que contienen las palabras inspiradas de su fundador. Pero si son inspirados ¿Por qué impedir la difusión? O mejor, justamente por que lo son, deberían merecer una difusión más amplia entre el pueblo de Dios. Al contrario, no estaba permitido de la manera más absoluta, que las catequesis fueran grabados, copidas, documentadas. Hemos comprendido que el verdadero motivo era el de no querer dejar ningún documento que pudiera mostrar de manera inequívoca lo que Kiko decía en sus catequesis, a modo de poder siempre modificarlos o negarlos según las necesidades. Y esta prohibición era severa y absoluta. Incluso si los textos que contenían las catequesis de Kiko recogidas por los dirigentes del Camino y las fotocopias por el "Centro Neocatecumenal "Servidor de Yahvé" de la Plaza San Salvador en Campo 00186 Roma- Tel 6541589"; no podían ser dados a nadie, ni a Obispos o sacerdotes que entraban en el Camino o servían de presbíteros, ni después de haber abundantemente demostrado haberse convertido en auténticos neocatecúmenos. Si nosotros, a pesar de las prohibiciones, los hemos conseguido, es debido a hecho de que son algunos sacerdotes del Camino que nos los han dado. Podríamos dar los nombres; pero nos parece justo respetar el secreto, a fin de que no se conviertan en sujetos de odio por parte de las Comunidades Neocatecumenales a las que han contribuído a fundar en algunas parroquias.

Confirmando todo lo que se ha dicho, me acuerdo que el mismo Cardenal Ugo Poletti, Vicario de Su Santidad por la Diócesis de Roma y Presidente de la Comisión Episcopal Italiana (CEI), en un encuentro con el abajo firmante a comienzos de 1990, aseguró no haber nunca visto ni leído un solo texto de Kiko y Carmen; por esa razón me permití darle una copia de las "Orientaciones".
Cuando enseguida el abajo firmante, con  el Padre Zoffoli comenzaron a publicar frases sacadas de las Catequesis de Kiko, se reveló a nuestra atención una oposición feroz por parte de los neocatecúmenos que nos acusaron de falsedad al principio, por que nosotros citamos -según ellos- textos inexistentes, pasando enseguida a hablar "de extrapolaciones" arbitrarias de los mismos textos, para finalmente llegar a definirnos incapaces de entender los textos de Kiko, porque su comprensión estaba reservada a los que habían entermamente hecho el Camino. Al mismo tiempo, nuestra oposición a Kiko estaba clasificada como "ladrones, malhechores, faraones, demonios encarnados, gentes poseídas por satán" etc...

Pero nadie de los opositores de esa época no dijo que los textos no aportaban el pensamiento de Kiko. Lo mismo fue repetido en un encuentro entre el abajo firmante y el Padre Enrico Zoffoli, con el Vicerrector del Seminario Redemptoris Mater, Monseñor Claudiano Strazzari y Monseñor Giampiero Donini, en junio de 1992. Diciendo a los dos dirigentes del Camino Neocatecumenal que nosotros habríamos publicado los textos de Kiko, respondieron que ellos nunca habrían acordado la posibilidad de publicarlos, para que no se "toquen los textos de Kiko". La respuesta no habría sido esa si no hubieran creído que los textos que queríamos publicar y que circulaban entonces en las Comunidades Neocatecuemenales eran portadores auténticos del pensamiento de Kiko. ¡"No se tocan esos textos"!. "Esos textos", quiere decir los de esa época y no los de hoy, porque esos contienen el pensamiento de Kiko que no sólo no se podían tocar, sino que ¡tampoco se podían dar a conocer! En ese encuentro hemos experimentado directamente la preocupación y el cuidado de los neocatecúmenos en esconder los textos de Kiko, como también el compromiso de impedir que pueda estar documentado lo que se dijera sobre el Camino. En efecto, en ese encuentro, habíamos preparado algunos pequeños magnetófonos para dar a cada uno de los participantes la documentación de todo lo que se declarara por las dos partes. Pero ni Monseñor Strazzari, ni Monseñor Donini quisieron que la grabación fuera efectiva, de otro modo el encuentro solicitado después de algunos meses no habría tenido lugar.

 En este punto nos parece legítimo preguntarse por qué el Consejo Pontificio por los Laicos o los otros organos interesados en la revisión de los textos de Kiko no se han preocupado de pedir los textos directamente a los interesados, sino más bien a las numerosas comunidades repartidas por el mundo las que los poseían y los utilizaban. Lo que ha ocurrido debía haber sido impedido, es decir: el cambio de los textos originales, alterando lo que, en lenguaje jurídico, son llamados pruebas testificales.
También porque el juicio pedido a los órganos competentes de la Iglesia debería tener un valor no sólo para el futuro del Camino, sino que debería tocar incluso todo lo que había llegado hasta ese momento.

Kiko presentando, al lugar competente, esos textos, en parte revisados y corregidos, ha conseguido pasar un gran obstáculo atendienco por otra parte un objetivo doble:
a. el de obtener la aprobación de sus textos y de eliminar las numerosas críticas que se le dedicaban;
b. hacer creer, a la gran mayoría que no le conoce directamente -y que no le conecerán jamás- que las catequesis que el ha dado durante más de 30 años en todas las Comunidades del Camino correspondía a la doctrina de la Iglesia.
No sólo los amantes del derecho, sino también las personas de sentido común creen injusto y refutan el juicio en el cual el juez se pronuncia sin haber diligentemente y exhaustivamente examinado los textos objeto de su juicio. Pero ese procedimiento parece haber sido seguido. Es más que legítimo preguntarse la razón. Pero la respuesta se encuentra posiblemente en el versos de Dante (Diniva Comedia; Enfierno, canto III, verso 94): "
 Non seulement les amateurs du droit, mais aussi les gens de simple bon sens croit injuste et réfute un jugement dans lequel le juge se prononce sans avoir diligemment et exhaustivement examiné les textes objet de son jugement. Mais cette procédure semble ne pas avoir été suivie. Il est plus que légitime de se demander la raison. Mais la réponse se trouve peut-être dans les vers de Dante (Divine Comédie; Enfer, chant III, vers 94) : "Lo que se quiere, y no se piede más"

2) En lo que concierne a la idea de parroquia, compuesta, según Kiko "de comunidades diferentes, 10, 20 o más, cadauna con su propia celebración eucarística el sábado por la tarde, y que confluye raramente en una celebración comunitaria del domingo"; "idea que Kiko realiza transformando también la arquitectura de las Iglesias el cual, como en Madrid, se convierten en un gran edificio con una sala común para las reuniones y con más de una decena de pequeñas salas para la celebración de la eucaristía de cada una de las comunidades", (de las que Usted hace mención con palabras transcribidas), me permito expresar una desaprobación absoluta para esa planificación y, realizada de un modo o de otro por Kiko.

Tratando de una materia no ligada por una definición dogmática, sino de una extructura desarrollada a través de los siglos, para satisfacer las necesidades de los fieles y para ayudarles a esperar esa plenitud de vida Cristiana a la que Cristo Jesús llama a todos sus discípulos, es ciertamente libre de proponer nuevas formas, más correspondientes a las necesidades de nuestros templos.

Creo, por tanto, que Kiko no es la persona más apta a este fin. No siendo sacerdote y habiendo vivido la experiencia de un verdadero cura, no sabe posiblemente que en cada parroquia hay muchos organismos a través de los cuales la Parroquia realiza el deber que se le ha confiado, y que el Código de Derecho Canónico resume en los cánones 528, 529 y 530.
La lista de esos organismos es muy larga y variada: es suficiente recordar la Acción Católica con sus nombrosas ramificaciones; los Scouts Católicos; las Conferencias de S Vicente de Paula; las Unitalsi (Unión Nacional Italiana de transporte de enfefmos); los apostolados de la Oración; las terceras Órdenes; las asociaciones que se interesan por el culto eucarístico, de la devoción mariana, de la asistencia a los niños, de catequesis, de la oración parroquial, cédulas de voluntariado, etc, etc.

Esos grupos que parecen gente de toda categoría, si hay sucesión, se convierten en un medio más válido para hacer la Parroquia un centro radiante de una fe cristiana auténtica. Pero para Kiko todas esas organizaciones no deben ya existir porque no habrá más que las comunidades neocatecumenales para trabajar en la recristianización de la Parroquia. Y los neocatecúmenos están tan convencidos de que debe ser así, que si un Cura no les secunda en sus intenciones, ni se consagra a ellos completamente, abandonando todas las otras organizaciones, le abandonan de la noche a la mañana sin preaviso, para ir a otra parroquia donde encuentran un Cura que, sin ninguna oposición, se adapta a sus demandas.

Con el método de las Comunidades neocatecumenales no creo que se pueda crear un tipo de parroquia más correspondiente a las necesidades de cristianos de nuestros tiempos. Se constata que en las parroquias dominadas por los neocatecumenales, muchos fieles se alejan disgustados por su comportamiento.

Hago remarcar, por otra parte, que el Estatuto no puede establecer reglas contrarias a las que los Obispos han emitido a propósito de la celebración de la Eucaristía que según la práctica Neocatecumenal permite la celebración para cada comunidad el sábado por la noche. Las reglas emitidas por los Obispos quedan por tanto válidas: "para el sábado por la noche se permite una sóla celebración para todas las Comunidades neocatecumenales existentes en la parroquia (Obispo de Foligno, de Vicence); o una sóla misa por parroquia limitda a los primeros dos años del Camino (Obispo de Trieste), o la de una misa de fiesta sólo para las jóvenes comunidades hasta la etapa de Redditio Symboli (Obispo de Foggia).

 El mismo estatuto de los N.C. dice: "En consideración también "de exigencias formativas y pastorales específicas, teniendo en cuenta el bien de cada uno o de los grupos, y especialmente de los frutos que puedan derivar para la comunidad cristiana completa", la pequeña comunidad neocatecumenal, con la autorización del Obispo diocesano, celebra la eucaristía del domingo, abierta también a otros fieles, después de las primeras vísperas." (Art. 13, par. 3).

Dependerá por tanto,  a partir de ahora, de la voluntad explícita de los Obispos la posibilidad de celebrar la misa de víspera para las comunidades neocatecumenales. El estatuto, incluso creyéndolo unan práctica del Camino, recuerda que sin la autorización explícita del Obispo, las Comunidades no pueden servirse de ello como uno de sus derechos. Nosotros decimos claramento que no lamentamos en absoluto si Kiko, en algunos puntos de sus catequesis, ha corregido las enseñanzas dadas en el pasado. En el fondo, nuestra oposición tenía como objetivo la eliminación de esas faltas. Pero el respeto a la verdad como también la de las personas a las que durante años nociones y afirmaciones que no se corresponden con la enseñanza de la Iglesia han sido transmitidas, exige que quien se haya equivocado reconozca no solamente su falta, sino que repare, tanto como pueda, las consecuencias provocadas por sus enseñanzas.

Kiko nunca ha dejado de roconocer como suyas sus catequesis y no tiene ninguna intención de hacerlo."¡No se tocan los textos de Kiko!" Es la ley de los Neocatecúmenos. Después de todo lo que ha sido dicho es difícil de comprender:
a. como se puede conciliar la aprobación del  Estatuto del Camino neocatecumenal, antes de haber acordado la aprobación de todos los textos de las catequesis de kiko, utilizadas durante años en las Comunidades del Camino y aún en uso, entre ellas. (cfr. art. 2,2; 10,3);

b. como se pueden conciliar tantos camibios aportados por los Neocatecúmenos en sus celebraciones "litúrgicas", sin tener en cuenta las reglas emitidas por la Iglesia y, en muchos casos, confirmadas por los Obispos, a las cuales, según la regla del Estatuto, el Camino neocatecumenal declara estar "al servicio" (art. 2,2; 5,1);

c. alcanzamos difícilmente a comprender, quedrido Director, vuestra afirmación según la cual usted dice que "los Obispos, a partir de ahora deberán someterse sus reservas eventuales al Consejo Pontificio por los Laicos". Alcanzamos difícilmente a comprender por qué el Código de Derecho Canónico que usted conoce bien, afirma en los cánones 375, 369, 385, 387, 391 y 394, el deber de derecho de los Obispos de santificar, enseñar, gobernar el rebaño de fieles, confiados a su cuidado con poder ordinario, propio e inmediato.

El Estatudo del Camino neocatecumenal que acaba de ser aprobado no puede borrar los derechos propios de los Obispos. Ni lo quiere, porque el Estatuto difine la naturaleza del Camino neocatecumenal utilizando las mismas palabras del Santo Padre contenidas en la carta del 30 de agosto de 1990, en la quepor un elemento jurídico elemental no puede estar separada de ese contenido en la nota oficial, adición al texto publicado en las A.A.S de 3/12/1990, pag. 1513, en la que constituye la interpretación auténtica del pensamiento del Santo-Padre. Esas palabras, incluso si no se reflejan en el Estatuto, hacen parte íntegra de él porque son la expresión de la voluntad auténtica del Papa; por esta razón no se puede citar las primeras expresiones sin tener en cuenta las siguientes también.

Y las palabras del Papa son así:  "El espíritu del Santo Padre, reconociendo el Camino Neocatecumenal como itinerario válido de formación católica, no es el de dar indicaciones comprometedoras a los Ordinarios del lugar, sino solamente el de animarles a considerar con atención las Comunidades Neocatecumenales, dejando por tanto a juicio de esos mismos Ordinarios de actuar según las exigencias pastorales de cada diócesis.

No existe por tanto ninguna obligación, por parte de los Obispos, incluso después de la aprobación del Estatuto, de recorrer al Consejo Pontificial  por los Laicos para someter sus eventuales reservas. El Estatuto no impone esa obligación, ni podrá imponerlo, porque eso sería una disposición contraria al derecho divino de los Obispos de gobernar las Iglesias que le han sido confiadas.

Si algún Obispo, después de la aprobación del Estatuto neocatecumenal se sintiera atado en su poder exclusivo de aceptar o rehusar, en la diócesis que le ha sido confiada, el Camino neocatecumenal, ello no depende de motivos jurídicos, sino de otros motivos, privados de valor auténtico.

Usted, querido director de Familia Cristiana, parece olvidar los derechos de los Obispos, para aceptar otros valores cuando usted escribe que el Consejo Pontificio por los Laicos "no puede no tener en cuenta las 16 mil comunidades neocatecumenales repartidas por el mundo, ni los más de 700 sacerdotes formados en los seminarios diocesanos Redemptoris Mater, y los más de 4 mil vocaciones religiosas". Si esos datos que usted aporta fueran los únicos motivos justificantes de la aprobación del Estatuto de los Neocatecumenales, nosotros nos encontraríamos delante de la solución de un problema que antes de ser pastoral, sería dogmático y moral.

Problema que no puede ser resuelto teniendo en cuenta el número de personas que aceptan ciertos principios, sin tener en cuenta el verdadero valor de estos.
d) No alcanzamos a comprender como se puede llegar a poner de acuerdo a un simple movimiento de fieles que no tienen, ni quieren considerarse ligados por una estructura jurídica (que es negada de palabra, pero que de hecho existe), el derecho exclusivo de utilizar una práctica pastoral vieja como la Iglesia, variada en las formas durante siglos; disponiendo tanto como quieran utilizarla,  la misma experiencia pastoral, no puedan hacerlo si no siguen "las líneas propuestas por los iniciadores del Camino neocatecumenal, que recoge la tradición oral y la práctica trentenaria del Camino; ese Directorio está constituido por los textos de los volúmenes: Camino Neocatecumenal. Orientaciones a los équipos de catequistas" (Estatuto: art. 2.2).

La Iglesia, a lo largo de su historia nunca ha prohibido los métodos ascéticos o pastorales, introducidos por muchos santos fundadores de Órdenoes o de Institutos (ver por ejemplo: los ejercicios espirituales de S. Ignacio; las características de las órdenes mendicantes o caritativas, los métodos educativos de los otros, etc.), que fueron adoptados por otros institutos también, Órdenos o Congregaciones religiosas, con las modificaciones retenidas necesarias. Justamente porque es su doctrina a propósito de los Carismas (cfr. C.C.C 799 y ss). Pero en lo que respecta al Camino Neocatecumenal se tiene la impresión de que el método que proponen no es considerado como un Carisma (C.C.C. n. 798), sino una "patente". Ahora las "patentes" que todas las legislaciones conceden a algunos crean derechos y privilegios exclusivos como una justa recompensa por las búsquedas y fatigas aprobadas por sus inventores. En el caso de los neocatecumenales el exclusivismo del cual en el artículo 2 del Estatuto, hace levantar la duda de que esté fundado en motivaciones que sobrepasen el órden pastoral.

Por otra parte es difícil de comprender como un Estatuto ha sido aprobado sin que antes o al mismo tiempo haya sido aprobado, el texto o los textos que fundan la doctrina y la práctica! Nos encontramos delante de un jucio que nadie de la corte suprema de un estado fundado en el derecho habría emitido. Mientras que usted afirma que en la aprobación del Esetatuto N.C. no se puede no tener en cuenta ciertas realidades positivas obtenidas por el Camino, no se alcanza a comprender como usted no ha tenido en cuenta las numerosas realidades negativas: como la de familias divididas por la aplicación literaria de ciertos principios del Camino; numerosas personas a quien se le impuso abandonar oficios, estudios, trabajo, bienes... por ser discípulos auténticos del Evangelio; cuantos han estado engañados por una predicación presentada como auténtica, confirmada por la Iglesia, y que buscan inutilmente en ella una respuesta a sus dificultades y a sus dramas, porque, se hacen responder que no se toque a los Neocatecumenales y que no son libres de irse de esta Iglesia.

Pero, afortunadamente, mientras que las quejas y los reproches de muchos languidecen sin escuchar en los archivos de muchas Oficinas eclesiásticas, otros, constatando la imposibilidad de ser escuchados por quienes deben, se refugian en Aquel que a dicho: "Venid a mi, tú que estás angustiado y oprimido, y yo os consolaré"(Mt 11,23). Así llegaremos posiblemente a realizar las futuras parroquias imaginadas de Kiko: grupos de personas que se reúnen en alguna sala, escuchando su ... presbítero?
En este punto no queremos concluir afirmando que en el Camino neocatecumenal TODO es condenable. Una cosa es segura: que todo no es de aprobar!

Nuestra preocupación es que, mientras que se pide perdón por los numerosos hechos negativos del pasado, no imputables a la doctrina de la Iglesia, incluso si han sido cometidos por algunos cristianos y hombres de Iglesia, no hay la misma preocupació por corregir ciertos errores de nustros días, que la Iglesia de manera indirecta (en silencio) o directa (con la aprobación) parezca aprobar incluso si es "ad experimentum". Nos paramos aquí, sin exigir que Usted, querido Director dé una respueseta a nuestra dificultd o a nuestros puntos oscuros. Al contrario - que esto no le disgusto si se lo decimos- estamos seguros de que usted no nos responderá.

Se lo impedirá a los que que han cerrado la boca a muchos de los Pastores que habrían debido y podido, ellos que consecuentemente se han convertido en los perros mucos de los que habla el profeta Isaías, los centinelas que no lloran o los guardianes que no guardan el depósito que les ha sido confiado. Por eso muchos están perdiendo la fe en la Iglesia y en sus Pastores.

No queremos que eso ocurra. Por esta razón trabajamos y rezamos por que el Espíritu Santo inunde de nuevo su Iglesia de luz y de amor, a fín de que se realice la nueva Pentecostés deseada por el Vaticano II
Con los deseos más cordiales,
Don Gino Conti

http://www.geocities.com/Athens/Delphi/6919/ita_index.htm referencia - DGC-GR-FC42,


Familia Cristiana n.42/2002 pag. 162

EL TEÓLOGO  Giancarlo Rocca

LOS NEOCATECÚMENOS Y SU APROBACION
¿Por qué el "Camino Neocatecumenal" ha sido aprobado si muchos obispos en Italia, incluído el mío, se han expresado de manera muy crítica al respecto?

Antonio C. - BRESCIA
Los obispos que se han expresado de manera crítca respecto del "Camino neocatecumenal" en Italia son numerosos: desde  Piamonte (1981) a los de la Lombardía y los de la Ombría (1986); notable es también la intervención del obispo de Brescia, monseñor Bruno Foresti en 1986, editado en 1987 en el boletín de la curia. Después se han unido los obispos de Novara (monseñor Aldo del Monte en 1987), de Trieste (monseñor Lorenza Bellomi en 1989), de Turín, (card. Saldarini en 1995), de Florencia (Card. Piovanelli), de Foligno (en 1995), de Palermo (card. Pappalardo en 1996), los obispos de Publie en 1996, de Vicence (mons Nonis en 1997), de Catane y Modene.

Hay que precisar la modalidad con la cual el Consejo Pontificio por los Laicos ha aprobado, el 29 de junio de 2002, el Estatuto del "Camino Neocatecumenal" Se trata de una aprobación temporal, como de práctica pontificial. Esto significa que algunas cosas podrán estar corregidas antes de la aprobación definitiva. Por otra parte, con la aprobación, la Iglesia reconoce en el Camino un itinerario apto para la formación y la educación permanente en la fe cristiana, no un instrumento para la iniciación cristiana de los adultos que se preparan a recibir el bautismo. Dejando, por tanto, a los curas, (art. 6) la libertad de decidir introducir o no el Camino en la parroquia, y al obispo, (art. 2) le reconoce el deber de dirección. La aprobación del Estatuto garantiza que las catequesis de Kiko y Carmen (de los cuales han sido examinados 11 de los 13 volúmens presentados a la Santa Sede)  están libres de errores dogmáticos y pueden ser utilizados por las comunidades neocatecumenales y en la profundización de la vida cristiana.

A propisito de los obispos que habían manifestado lu perplejidad cara al Camino se debe decir: -el examen del pensar de Kiko y Carmen ha sido hecho sobre el volumen de las Orientaciones a los equipos de catequistas para la fase de conversión y sobre otras fotocopias, siempre insuficientes en consideración con el deseo de conocer lo que Kiko y Carmen piensan. El volumen de las Orientaciones, conocido por medio de muchas de las fotocopias recoge las catequesis de Kiko y Carmen, y decir que no suscitan perplejidades es un eufemismo. De hecho, se sabe que los volúmenes examinados por la congregación para la doctrina de la fe no corresponde a las Orientaciones en circulación porque han sido corregidos y, no estando publicados aún, no sabemos como y en que sentido. En otras palabras, las Orientaciones, incluso si son utilizadas por los catequistas del Camino, no representan el verdadero pensamiento de Kiko y Carmen;

· la idea de que la parroquia debe estar compuesta de muchas comunidades (10, 20 o más), cada una con su propia celebración eucarística el sábado por la noche, y que confluyan raramente en una celebración comunitaria el domingo, presenta una nueva concepción de la parroquia. Se sabe también que, tratando de realizar arquitectónica el pensamiento de Kiko, a Madrid, ha sido construido un gran edificio con una sala común para las reuniones y con más de una decena de pequeñas salas para la celebración de la eucaristía por parte de cada comunidad;
· la manera con la cual el Camino celebra su liturgia contiene aspectos problemáticos, como la contemporaneidad de las misas, la alternativa a la parroquia, y la selectividad de los participantes;
· las comunidades neocatecumenales parecen ser eternas, en el sentido de que el Camino no acaba nunca y no confluyen nunca en una estructura común.

 Al aprobar el Camino, el consejo Pontificio ha reconocido la bondad esencial, pero también ha detenido las críticas de los obispos, que a partir de ahora y en el futuro deberán someter sus reservas eventuales al Consejo Pontificio por los Laicos. Esto, después de todo no puede no tener en cueneta las más de 16 mil comunidades diocesanas Redemptoris Mater, y las más de 4 mil vocaciones religiosas. Esto es por lo que deseamos al Camino que pueda resolver lo mejor posible las incertidumbres suscitadas en el curso de esos años.

http://www.geocities.com/Athens/Delphi/6919/ita_index.htm referencia FC42-02
 
 
 

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