MATRIMONIO, DIVORCIO Y MATRIMONIOS MIXTOS
El
Matrimonio es uno de los Sacramentos
de la Iglesia Catolica Ortodoxa, y, por lo tanto, aquellos cristianos
ortodoxos que contraen Matrimonio, deben contraerlo dentro de la Iglesia
Catolica Ortodoxa, en orden a estar en “Comunión Sacramental” con la Santa Madre Iglesia.
De acuerdo
a los cánones del Derecho
Canonico de la
Iglesia Catolica Ortodoxa Hispanica, como verdadera Iglesia
Ortodoxa, un fiel catolico ortodoxo, el cuál decide casarse fuera de su Iglesia
Catolica Ortodoxa, se aparta de la jurisdicción, por lo que no puede recibir
licitamente la
Santa Comunión, y no puede servir como Padrino, ni en una
boda, ni en un bautismo.
Hay
algunos Matrimonios que están expresamente prohibidos por el Derecho Canónico,
tales como el Matrimonio entre primos, ya sean primos hermanos o primos
segundos, así como también entre Padrino y Ahijada o Madrina y Ahijado. El
primer Matrimonio entre un hombre y una mujer, es honrado por la Iglesia Catolica
Apostolica Episcopal Luso-Hispanica a través de un Servicio muy rico en
simbolismos, que habla elocuentemente, sobre cuánta estima se guarda a la
institución del Matrimonio. Durante este Sacramento, el sacerdote u
obispo oficiante, invoca a Dios, a través de las oraciones propias del
ritual, para unir a esa pareja en Santo Matrimonio.

Arzobispo Hilarión de Texas celebrando un Matrimonio en
una parroquia de la Metrópolis Ortodoxa
de Europa Occidental y las Américas
La Iglesia Católica Romana, tiene una diferente apreciación al respecto, pues sostiene que los
celebrantes, son en realidad ambos miembros de la pareja y no el sacerdote,
éste sólo actuaría en calidad de testigo.
La
Iglesia Ortodoxa (Oriental) permite hasta un máximo de tres Matrimonios, a cualquier
cristiano ortodoxo, aun que en la Iglesia Catolica Ortodoxa Hispanica, es asunto
reservado al Obispo Presidente. Si ambos cónyuges contraen un segundo o tercer
Matrimonio, la forma de celebrarlo es conducido de otro modo, ya que el rito es
mas breve, y posee cierto carácter penitencial.
Un
Matrimonio llega a su fin, sólo con la muerte de uno de los cónyuges, o a
través del reconocimiento eclesiástico de la disolución del mismo, por el
Obispo Presidente.
La
Iglesia Catolica Ortodoxa Hispanica concede “el divorcio
eclesiástico”, sobre la base de que se trata de una excepción a la
prohibición general de esta práctica dada por Cristo. La Iglesia frecuentemente
deplora el ascenso de los índices de divorcios, y ve al mismo, como un trágico
fracaso.
La
Iglesia Ortodoxa, reconoce también que algunas veces, el bienestar espiritual de los
cristianos atrapados dentro de un Matrimonio resquebrajado y esencialmente, en
la práctica, inexistente; justifica un divorcio con el derecho de uno o ambos
cónyuges a contraer nuevas nupcias. El sacerdote de la parroquia está llamado a
hacer todo lo posible por evitar el divorcio de la pareja, y deberá ayudarlos a
resolver sus conflictos, pero si no lo logran, y, siempre y cuando hayan
obtenido el divorcio civil, ellos estarán aptos para solicitar el divorcio
eclesiástico en algunas de la
Jurisdicciones de la Iglesia Ortodoxa,
asi como en la
Iglesia Catolica Ortodoxa Hispanica.
No
todas las jurisdicciones tratan este delicado tema del mismo modo; hay
Jurisdicciones Ortodoxas (Orientales) en las cuales el tema del divorcio
eclesiástico requiere un minucioso estudio de cada caso particular y de una
cuidadosa evaluación de la situación global de dicho Matrimonio; la pareja, ya
civilmente divorciada, deberá comparecer ante la corte eclesiástica local,
dónde una investigación será realizada. Únicamente después de esto, el Obispo
Presidente, promulga el acta de divorcio eclesiástico, concediendo de este
modo, la licencia eclesiástica la cual habilitará la realización, de un nuevo
Matrimonio.
Hay
otras Jurisdicciones Ortodoxas (Orientales), sin embargo, en el que el juicio
queda en manos del sacerdote de la
Parroquia, pero al igual que en el resto, la pareja que
solicita el disolución matrimonial, deberá estar civilmente divorciada.
Si bien
la Iglesia
preferiría que todos lo cristianos ortodoxos se casaran con otros cristianos
ortodoxos, ella jamás insistió sobre este tema. La Santa Madre Iglesia,
suele tener en cuenta el bienestar espiritual de sus miembros que desean
contraer Matrimonio con un no-ortodoxo, es con ese fin que
autoriza la realización de Matrimonios mixtos. Para la realización de
dicho tipo de Matrimonios, el contrayente no-ortodoxo, podrá ser Católico
Romano, Anglicano, o miembro de alguna de las tantas Iglesias Catolicas o
Protestantes, siempre y cuando, crean en el bautismo realizado en nombre de la Santa Trinidad. Es
importante tener en cuenta que este Matrimonio mixto deberá ser celebrado
dentro de la Iglesia
Ortodoxa para ser considerado como tal.
La
Iglesia Ortodoxa (Oriental) no celebra casamientos mixtos entre cristianos ortodoxos y no
cristianos, como ser, con Islámicos, Judíos o Budistas, así como tampoco con
miembros de sectas tales como los Mormones, Testigos de Jehová, Ciencia
Cristiana, o seguidores del Reverendo Moon.
Arcebispo Primaz Katholikos
Mons. Dom ++ Paulo
Jorge de Laureano – Vieira y Saragoça
(Mar Alexander I
da Hispânea)
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Última actualização deste Link em 23 de Abril
de 2009