ACTIVIDAD EXTRAORDINARIA DE EVALUACIÓN
Asignatura: Comercio Electrónico
Facilitadora: Griselda González


Participante: Mirlena Malavé – C.I.- 10.834.661


1.- E-commerce y sus características.

        Cuando se habla hoy en día de Comercio Electrónico se parte de una definición genérica como cualquier forma de transacción o intercambio de información comercial basada en la transmisión de datos sobre redes de comunicación como Internet. Es decir, se incluye tanto lo que son las compraventas en sí mismas como todas aquellas actividades previas a las mismas tales como publicidad, búsqueda de información, contratación previa etc. De hecho, hoy por hoy el mayor uso que se hace de Internet es publicitario, las empresas utilizan la red principalmente para darse a conocer, y para ofrecer sus productos y servicios y atraer a nuevos clientes, todo ello atraídos por la idea de que lo que se publica en la red va a poder ser captado desde cualquier parte del mundo, y ello a diferencia de lo que nos ofrecían los medios de comunicación tradicionales, no obstante poco a poco el uso de la red se está extendiendo más allá de lo meramente publicitario. El impacto del Comercio Electrónico es algo más que una moda pasajera. Es toda una tendencia impulsada por las Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación. Está aquí para quedarse; y las empresas que no sean capaces de aprovechar las oportunidades que ofrece, están dando ventaja a aquellas que han sabido captar la tendencia. Es único en sus características. Sus métodos, formas y alcance de los recursos disponibles, son totalmente diferentes al del mundo físico. Estas diferencias se encuentran en los siguientes puntos:

- Cantidad de usuarios: Este punto, muestra una de las diferencias más notables con el comercio en el mundo real, con un mercado de más de 350 millones de usuarios ACTIVOS... A este inmenso mercado, que esta allí al alcance de un "clic", sería imposible acceder para cualquiera de nosotros, simples habitantes de este mundo, sino contáramos con los recursos y herramientas disponibles que nos brinda la red digital.

- Ubicación geográfica: Internet no tiene dueño. Esta característica especial de libertad hace posible la inmensa popularidad, el rápido crecimiento y la participación de cualquier persona no importa en que región o rincón del globo habite. En Internet no existen fronteras ni leyes o permisos especiales para navegar y contactarse con otros en el mundo.

- Formas de contacto: Por medio del correo electrónico, la forma de contactarse con los usuarios se hace simple, casi gratis, rápida y automáticamente.
Este es otro punto sin comparación alguna con las formas tradicionales del comercio. En Internet podemos estar las 24 horas del día, los 365 días del año con "atención al público" interesado en nuestro producto y/o servicio.

- Rapidez: Otro punto a favor del comercio electrónico, es la velocidad de contacto y comunicación que se logran en la red debido al uso principalmente del correo electrónico, el Chat y las videoconferencias. Estas herramientas hacen mas efectivas y directas las relaciones usuario (cliente)/vendedor y por consiguiente mayor posibilidad de cerrar la venta antes de "enfriarse" el interés inicial del visitante.

- Interactividad: La interactividad que los usuarios pueden llegar a tener en mayor o menor medida, según el diseño de la página es uno de los principales recursos utilizados en la red y punto de atracción de los navegantes que desean y buscan participar en ellas.
Esta forma de participación, patrimonio del mundo digital, es uno de los pilares básicos en los cuales se apoya el crecimiento y éxito de Internet.

-Facilidad de Administración: La administración de un emprendimiento digital esta al alcance de cualquier persona, que con conocimientos básicos del manejo de una computadora y del uso de Internet (principalmente del correo electrónico, herramienta primordial para el e-commerce) puede administrar la venta de un producto y/o servicio por la red.

- Costos de la gestión: Aquí también el comercio virtual corre con muchas ventajas a favor. Los costos de mantenimiento y gestión de un negocio/empresa en Internet es casi nada comparado a los necesarios en un comercio tradicional, donde los costos fijos para su funcionamiento son elevados y variados, dependiendo de la envergadura e importancia de la empresa.

- Disponibilidad de horarios: Una de las ventajas propias de "trabajar" en Internet es no estar obligado y/o atado a un predeterminado horario y cumplirlo al pie de la letra al minuto exacto, como pasa en el mundo comercial y laboral real, donde si o si el cumplimiento de un horario fijo es una de las reglas tradicionales a cumplir. En Internet, si bien es imprescindible dedicar algunas horas al día para aplicar un plan de marketing desarrollado y organizado especialmente para la red digital, con la finalidad de hacernos conocer, este tiempo podemos invertirlo en las horas del día que decidamos o podamos hacerlo. No estamos atados  a cumplir un horario estricto. Como una ventaja mas, podemos organizar el tiempo a nuestra comodidad o disponibilidad. Internet nos da la libertad de elegir...

        Una apreciación básica es el distinguir lo que es el comercio electrónico directo y el indirecto, ambos incluidos en el concepto de Comercio Electrónico. El comercio electrónico directo o completo se da cuando todas sus fases se realizan por medios electrónicos, mientras que en el comercio electrónico indirecto o incompleto no todas sus fases se completan por medios electrónicos. Lo que está claro es que la entrega de forma electrónica sólo va a ser posible cuando el bien a entregar o el servicio a prestar sea digital, de lo contrario acudiremos a los medios tradicionales de entregas de bienes o prestación de servicios. A continuación, y cuando hablamos de Comercio Electrónico hemos de distinguir varias clases:

- El Comercio entre Empresas (B2B).

- El Comercio entre Empresas y Consumidores (BTC).

- El Comercio entre Consumidores (C2C).

- El Comercio entre Consumidores y Gobierno (C2G).

- El Comercio entre Empresas y Gobierno (B2G).

        La evolución de uno u otro tipo de comercio en sí del proceso digitalizador es dispar. Hoy por hoy el B2B es el comercio que más se ha visto beneficiado a dicho nivel, no obstante es difícil llegar a un Comercio Electrónico propiamente dicho. Internet se ha convertido en un escaparate virtual para las empresas para dar a conocer sus productos y sus ofertas a otras empresas, sin embargo a la hora de perfeccionar las ventas recurren nuevamente a las formas tradicionales de comercio. Vemos por lo tanto que no existe en la actualidad un tipo de comercio que se diferencie a grandes rasgos del comercio tradicional. Internet, como nuevo medio de comunicación cuya característica de alcance mundial lo hace ser diferente al resto, está posibilitando la idea de llegar a un comercio en el que todas las transacciones se puedan llegar a realizar a través del mismo, ofreciendo mayor comodidad y rapidez. No obstante todavía son muchas las barreras que nos impiden dicha posibilidad que nos brinda Internet y nos hace recurrir una y otra vez a las formas tradicionales de comercio. Las principales barreras que han de ser vencidas son las sociales y las técnicas. Todo ello es importante en el sentido que es muy fácil hablar de una nueva forma de comercio, pero ello es inútil sino se diferencia notablemente de las formas de comercio tradicionales, cosa que hoy no se da. Sí que es cierto que en determinados casos nos encontramos ante transacciones perfeccionadas en su totalidad por medios electrónicos.

Componentes del Comercio Electrónico

AGENTE(1)

PRODUCTO (2)

PROCESO (3)

Compradores Vendedores Intermediarios

Bienes y servicios intercambiables

Interacción  entre agentes

El principio de comercio electrónico es: intercambio de productos digitales (2) en una base electrónica (1) con interacciones electrónicas (3).

 


2.- Comercio Electrónico: Impacto y Oportunidades.

        El siglo XXI llegó de la mano de nuevas tecnologías que cambiaron no sólo la forma de relacionarse, sino también los mecanismos de producción, las oportunidades laborales y hasta la capacidad de asombro de los ciudadanos. Internet posibilita a las empresas implementar parte de su trabajo de manera electrónica lo que incrementa mucho la productividad. Más allá de la importancia del e-commerce, cuando se incorpore la tecnología a los procesos reales habrá adicionales aumentos de productividad en el sector real de la economía. Finalmente, si la red se mantiene no regulada las posibilidades de progreso serán mayores. Internet está marcando un cambio en el mundo que será más profundo de lo que hoy en día se puede advertir. Una economía de mercado se basa en un elemento esencial: el acceso a la información. Sin acceso a la información no hay posibilidad de maximizar recursos y en consecuencia de conocer exactamente dónde está ubicada la oferta y la demanda. Desde este punto de vista, Internet es una herramienta fantástica para un mayor y más eficiente acceso a la información. La alternativa es muy clara: aceptar el cambio y adaptarse a él, o continuar intentando que el glaciar siga allí firme, aún cuando la mirada del mundo vea cómo cada día se derrite el témpano. Los viejos políticos y economistas controlaban la productividad con regulaciones, la oferta de dinero con leyes y las fronteras y el comercio con funcionarios de aduanas. Pero los rápidos cambios globales bailan alrededor de estos controles con perspicacia. La revolución digital no sólo afecta la forma de ocupar las horas de ocio, las formas de comprar y vender a través del comercio electrónico, sino también la forma en que se desarrolla el trabajo, a sus contenidos, condiciones y configuración. Especialmente en el mundo de lo que se denomina trabajadores del conocimiento -que son los que han avanzado en la actual revolución- lo mismo que la compra y venta de computadoras y su software que fueron los pioneros del comercio electrónico desde sus inicios. Pero los nuevos conocimientos necesitan ser re-apropiados por las multitudes para cambiar un destino incierto y tumultuoso.

        América Latina es una de las comunidades más interesadas en el comercio electrónico y en las oportunidades de la Red. Las transformaciones recientes están basadas en la sustitución de las tecnologías analógicas por digitales en las comunicaciones de manera que información, comunicación y entretenimiento combinadas en el procesamiento de imágenes, sonido y datos ofrecen una transmisión común en cualquier punto del planeta. Aunque las TIC constituyan la infraestructura y el soporte físico de una nueva economía basada en el conocimiento ello no es condición suficiente para la transformación del proceso productivo. La nueva economía requiere recursos humanos, industrias de alta tecnología, equipos de comunicación y una maleabilidad de las empresas con respecto a este nuevo proceso que incluye también una capacitación individual de trabajadores y consumidores.

 

3.-  Evolución del Comercio Electrónico

        Las Nuevas Tecnologías han supuesto una revolución para el comercio dando lugar al llamado "Comercio Electrónico". Se trata de una nueva clase de comercio surgido como consecuencia directa de las Nuevas Tecnologías. No obstante, y cuando hablamos de Comercio Electrónico no hay que asociarlo de forma única y exclusiva con Internet. El Comercio Electrónico como transacción comercial a través de mecanismos electrónicos ya existía antes de la llegada de Internet, pero con su llegada el Comercio Electrónico se pasa a desarrollar en entornos abiertos de comunicación. Estamos ante una red de redes que permite que el comercio tenga un alcance mundial o por lo menos lo pretenda. De ahí que hablemos de Comercio Electrónico y mundialización o globalización, ya que con la llegada de Internet se está poniendo en marcha una idea mundial de comercio. Antes de la llegada de la Red de Redes, si bien podíamos hablar de Comercio Electrónico que incluía el comercio tradicional realizado entre empresas en entornos cerrados de comunicación, no podíamos hablar de globalización ya que estamos hablando de entornos cerrados de comunicación en el que sólo participan unos pocos y perfectamente identificados. Con Internet se rompen todas las barreras y se permite una comunicación abierta, todo el que tenga acceso al mismo puede participar de él sin la necesidad de estar asociado a ningún grupo cerrado y sin la necesidad de conocer a la parte con la que está entablando una comunicación. Esta forma abierta de comunicación nos hace pensar en una idea de alcance mundial, sin límites.

        Los orígenes del Comercio Electrónico con Internet a la cabeza se encuentran en los EEUU, de ahí que sea el país que más hace uso de él y del que más se pueda hablar de Comercio Electrónico propiamente dicho. No obstante y a pesar que EEUU se encuentre a la cabeza de las Nuevas Tecnologías, Internet es una Red de comunicación abierta y como tal ha hecho que todos los demás países, sin quedarse atrás respecto a los avances tecnológicos estén experimentando en los últimos años un crecimiento espectacular al respecto. Este fenómeno ha vuelto a marcar las diferencias entre los países desarrollados y aquellos países que todavía se encuentran en proceso de desarrollo. Ello nos hace dudar si realmente podemos hablar de globalización, si todavía hay muchos países que no se han integrado en la nueva era digital. De hecho es algo que parece imposible teniendo en cuenta que son países que se enfrentan a problemas de mayor calibre que les hace ignorar todo lo que es el mundo de la Tecnología.

        Viendo la rápida evolución a lo largo de los 10 últimos años en lo que se refiere a las Nuevas Tecnologías podríamos prever un futuro en el que predomine el Comercio Electrónico en todo tipo de transacciones ya sea entre comerciantes y consumidores, entre los propios comerciantes e incluso entre los mismos consumidores.

 

4.- Cuál es el marco legal en el que se sostiene el e-commerce. Delitos informáticos y seguridad en la Red.

a.- Marco Legal del e-commerce: El proceso de globalización en el que estamos inmersos ha llevado a las Naciones Unidas a la aprobación de una Ley Modelo y de una guía para su incorporación a los ordenamientos jurídicos internos. Y es que el carácter gremial que inicialmente tuvo el derecho mercantil ha sido sustituido por un comercio electrónico de ámbito mundial. El incremento de forma ingente de transacciones comerciales internacionales por medio de intercambios electrónicos ha sido uno de los motivos que han llevado a la UNCITRAL a la elaboración de esta ley. En el camino hacia la unificación comercial la Asamblea de Naciones Unidas ha recomendado a los Estados la adopción de las medidas contempladas en esta Ley con la finalidad no solo de asegurar la seguridad jurídica en el comercio internacional sino también con la intención de unificar sistemas jurídicos con elementos jurídicos, económicos y sociales diferentes.  Esta Ley Modelo y la guía que incorpora para su aplicación al derecho interno de los Estados constituyen la mayor prueba de los cambios producidos en la forma de contratación. En este nuevo ámbito global en el que nos movemos está claro que las normas sobre contrataciones han de ser marcadamente globalistas.   

        El Comercio Electrónico nos ofrece toda una serie de ventajas tales como la comodidad, la rapidez y el abaratamiento de los precios, sin embargo el Comercio Electrónico ha sido la fuente de origen de toda una serie de problemas que necesitan ser resueltos desde la legalidad. Estamos ante un entorno abierto que da lugar a muchísimos problemas, entre los cuales destacan:

-         Problemas de Propiedad Intelectual ya que Internet como medio de comunicación posibilita la vulneración de tales derechos ya que se introduce unas tecnologías que dan pie a la reproducción de obras y facilita la difusión de las mismas. También cabe destacar problemas de marcas, o mejor de nombres de dominio que surgen como consecuencia de la intención de algunos de beneficiarse de la reputación ajena.

-         Problemas de protección de datos ya que la Red al ser un medio abierto posibilita una mayor circulación de los datos sin ningún tipo de control.

-         Problemas fiscales, tanto de fiscalidad directa como indirecta, en la medida en que intervienen partes cualesquiera sea el lugar de donde vienen, resulta difícil determinar donde se va a producir la imposición, podrían surgir problemas de doble imposición entre otros.

-         Otros.

        Como consecuencia de tales problemas han surgido toda una serie de delitos como por ejemplo, intromisión indebida de datos personales, injurias y calumnias, pornografía infantil en la red, difusión ilícita de obras registradas como propiedad intelectual etc. La cuestión es que estamos ante un elenco de problemas que hay que solucionar y que la legislación actual resulta en la mayoría de los casos difícilmente adaptable. Además , en la medida en que el Comercio Electrónico no tiene fronteras, se hace necesaria una armonización de la legislación a nivel mundial, cosa que resulta difícil teniendo en cuenta las diferencias ya existentes en lo que se refiere a la normativa, en parte debida a diferencias de tipo cultural. Estamos pues, ante otra de esas barreras sociales.

        El problema que presenta el derecho vigente es que se basa en criterios básicamente territoriales que devienen insuficientes a la hora de solucionar conflictos que surgen cuando el medio de comunicación utilizado es Internet. El tema es que Internet se ha desarrollado y ha prosperado de una forma tan rápida que ha sido imposible por parte de los legisladores adaptarse a semejante fenómeno. En los últimos años se está trabajando de forma intensa sobre la materia y ya se ha empezado a regular. A nivel Europeo se han aprobado varias directivas sobre la materia, muchas de las cuales ya han sido transpuestas por los estados miembros de la Comunidad Europea. La idea es armonizar las legislaciones, encontrar soluciones comunes ante posibles conflictos de leyes. Tiene claro la Comunidad Europea que no se trata de regular por regular. Con la misma intención y fuera de la Comunidad Europea existe regulación por parte de Naciones Unidas y algunos Tratados Internacionales que armonizan la legislación de los países que forman parte de la Comunidad Europea con la de los que no forman parte de la misma. La cuestión es establecer un marco normativo común en la medida que Internet interconecta a todos los países del mundo. En este sentido el Derecho Internacional Privado jugaría un papel fundamental a la hora de la resolución de conflictos. Ante la situación de falta de regulación una de las posibilidades es la idea de adaptar el derecho ya existente a los conflictos que presenta el Comercio Electrónico en el sí de Internet. Sin embargo, hay un sector doctrinal que aboga por la creación de un derecho específico para Internet, incluso hablan de la creación de unos Tribunales específicos sobre la materia, aunque utópico parece que si ello se consiguiera sería la mejor solución ante este tipo de conflictos. Finalmente, nos resulta obligado hacer referencia a aquellos que apuestan por la no regulación, consideran que Internet ha surgido de una forma libre y espontánea con lo cual esa es la forma en la que se debería desarrollar, es decir, con total libertad.

Plataforma Legal Venezolana

Los problemas o vacíos legales que pudieran suscitarse a raíz del comercio electrónico pueden ser los mismos de cualquier otro tipo de actividad comercial donde la poca regulación a través de normas expresas se justifica en el libre juego de la oferta y la demanda.

En Venezuela la plataforma normativa para el Comercio Electrónico está siendo promovida por la Comisión de Técnica y Modernización de Fedecámaras que adelanta un proyecto en esta materia, guiándose por experiencias de derecho comparado de Colombia, México y España.

Asimismo, este proyecto implica el diseño de los mecanismos, software y soporte técnico para que la administración pública (en especial, el Seniat), que viene trabajando con la empresa Terabrain en conjunto con el gremio empresarial.

Leyes aplicables para el Comercio Electrónico

Algunas de ellas son:

·              Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras: regula la actividad financiera, la cual consiste en la captación de recursos, incluidas las operaciones de mesa de dinero, con la finalidad de otorgar créditos o financiamientos, e inversiones de valores; y solo podrá realizarse por los bancos, entidades de ahorro y préstamo, casa de cambio, operadores bancarios fronterizos, empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito y demás instituciones financieras.

·              Ley de Cajas de Valores: La presente Ley tiene como objeto regular los servicios prestados por aquellas sociedades anónimas que tienen por finalidad exclusiva la prestación de servicios de depósito, custodia, transferencia, compensación y liquidación de valores objeto de oferta pública.

·              Ley de Licitaciones : El presente Decreto Ley, tiene por objeto regular las maneras de selección de contratistas, por parte de los Órganos del Poder Nacional, Institutos Autónomos, las Universidades Públicas, las asociaciones civiles y sociedades, las fundaciones, los Estados, los Municipios, los institutos autónomos estadales o municipales y/o los entes que reciben subsidios o donaciones para la ejecución de obras, la adquisición de bienes muebles y la prestación de servicios distintos a los profesionales y laborales.

·              Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología : El presente Decreto-Ley tiene por objeto desarrollar los principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación; establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los lineamientos que orientaran las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica y de innovación, con la implantación de mecanismos institucionales y operativos para la promoción, estímulo y fomento de la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo nacional.

b.- Delitos Informáticos: Al nacer Internet como una tecnología que pone la cultura, la ciencia y la información al alcance de millones de personas de todo el mundo, delincuentes diversos encontraron el modo de contaminarla y lo que es peor impunemente. La contaminación es de la más variada, entre los últimos ataques a la red y que podemos calificar como de los más graves es el uso de la red por parte de la mafia internacional que maneja la prostitución infantil, por el terrorismo internacional y también por el narcotráfico. Respecto de éste último es recomendable destacar la importancia de la penalización del delito del "Narcoterrorismo" según lo establecieran los fundamentos para el proyecto de ley realizado por el Dr. Ricardo Levene Nieto, ya que en todo el globo no se ha tipificado el mismo como delito autónomo. El desarrollo de las tecnologías informáticas ofrece un aspecto negativo: Ha abierto la puerta a conductas antisociales y delictivas.

        Los sistemas de computadoras ofrecen oportunidades nuevas y sumamente complicadas para infringir la ley y han creado la posibilidad de cometer delitos de tipo tradicional en formas no tradicionales.

        El delito Informático implica actividades criminales que un primer momento los países han tratado de encuadrar en figuras típicas de carácter tradicional, tales como robo, hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etc., sin embargo, debe destacarse que el uso indebido de las computadoras es lo que ha propiciado la necesidad de regulación por parte del derecho. No hay definición de carácter universal propia de delito Informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han ocupado del tema, y aun cuando no existe una definición con carácter universal, se han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas.

        Carlos Sarzana , en su obra Criminalitá e tecnología, los crímenes por computadora comprenden "Cualquier comportamiento criminógeno en el cual la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción criminogena, o como mero símbolo". Nidia Callegari define al "delito Informático" como "aquel que se da con la ayuda de la informática o de técnicas anexas". Rafael Fernández Calvo define al "delito Informático" como la realización de una acción que, reuniendo las características que delimitan el concepto de delito, se ha llevado a cabo utilizando en elemento informático o telemático contra los derechos y libertades de los ciudadanos definidos en el título 1 de la Constitución Española". María de la Luz Lima dice que el "delito electrónico" "en un sentido amplio es cualquier conducta criminógena o criminal que en su realización hace uso de la tecnología electrónica ya sea como método, medio o fin y que, en un sentido estricto, el delito Informático, es cualquier acto ilícito penal en el que las computadoras, sus técnicas y funciones desempeñan un papel ya sea como método, medio o fin". Julio Tellez Valdes conceptualiza al "delito Informático" en forma típica y atípica, entendiendo por la primera a "las conductas típicas, antijurídicas y culpables en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin" y por las segundas "actitudes ilícitas en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin"

CLASIFICACION

Julio Tellez Valdes clasifica a los delitos informáticos en base a dos criterios: como instrumento o medio, o como fin u objetivo. Como instrumento o medio: Se tienen a las conductas criminógenas que se valen de las computadoras como método, medio, o símbolo en la comisión del ilícito.
Como fin u objetivo: En ésta categoría se enmarcan las conductas criminógenas que van dirigidas en contra de la computadora, accesorios o programas como entidad física.

Maria de la Luz Lima, presenta una clasificación, de los que ella llama "delitos electrónicos" diciendo que existen tres categorías, a saber: Los que utilizan la tecnología electrónica como método (Conductas criminógenas en donde los individuos utilizan métodos electrónicos para llegar a un resultado ilícito), los que utilizan la tecnología electrónica como medio (Conductas criminógenas en donde para realizar un delito utilizan una computadora como medio o símbolo) y los que utilizan la tecnología electrónica como fin (conductas criminógenas dirigidas contra la entidad física del objeto o máquina electrónica o su material con objeto de dañarla).

LEGISLACION INTERNACIONAL: En los últimos años se ha perfilado en el ámbito internacional un cierto consenso en las valoraciones político- jurídicas de los problemas derivados del mal uso que se hace de las computadoras, lo cual ha dado lugar a que, en algunos casos, se modifiquen los derechos penales nacionales.

        El GATT, se transformó en lo que hoy conocemos como la Organización Mundial de Comercio (OMC), por consecuencia todos los acuerdos que se suscribieron en el marco del GATT, siguen estando vigentes. En el Artículo 61 se establece que para los casos de falsificación dolosa de marcas de fábrica o de comercio o de piratería lesiva del derecho de autor a escala comercial se establecerán procedimientos y sanciones penales además de que, "Los recursos disponibles comprenderán la pena de prisión y/o la imposición de sanciones pecuniarias suficientemente disuasorias". Existe el convenio de Berna, la convención sobre la Propiedad Intelectual de Estocolmo, la Convención para la Protección y Producción de Phonogramas de 1971, la Convención Relativa a la Distribución de Programas y Señales.

        En 1983 la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) inició un estudio de la posibilidad de aplicar y armonizar en el plano internacional las leyes penales, a fin de luchar contra el problema del uso indebido de los programas de computación. Las posibles implicaciones económicas de la delincuencia informática tienen carácter internacional e incluso transnacional, cuyo principal problema es la falta de una legislación unificada que, facilita la comisión de los delitos. En 1986 la OCDE publico un informe titulado Delitos de informática: análisis de la normativa jurídica, donde se reseñaban las normas legislativas vigentes y las propuestas de reforma en diversos Estados miembros y se recomendaba una lista mínima de ejemplos de uso indebido que los países podrían prohibir y sancionar en leyes penales. En 1992 elaboró un conjunto de normas para la seguridad de los sistemas de información, con intención de ofrecer las bases para que los Estados y el sector privado pudieran erigir un marco de seguridad para los sistemas informáticos.

        En 1990 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el Octavo Congreso sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, celebrado en La Habana, Cuba, se dijo que la delincuencia relacionada con la informática era consecuencia del mayor empleo del proceso de datos en las economías y burocracias de los distintos países y que por ello se había difundido la comisión de actos delictivos. En 1992 La Asociación Internacional de Derecho Penal durante el coloquio celebrado en Wurzburgo en 1992, adoptó diversas recomendaciones respecto a los delitos informáticos, entre ellas que, en la medida que el derecho Penal no sea suficiente, deberá promoverse la modificación de la definición de los delitos existentes o la creación de otros nuevos, si no basta con la adopción de otras medidas como por ejemplo el "principio de subsidiariedad"

        La ONU ha publicado una descripción de "Tipos de Delitos Informáticos", que se transcribe a continuación:

 

Tipos de Delitos Informáticos Conocidos por Naciones Unidas

Delitos

Características

Fraudes cometidos mediante manipulación de computadoras

Manipulación de los datos de entrada

Este tipo de fraude informático conocido también como sustracción de datos, representa el delito Informático mas común ya que es fácil de cometer y difícil de descubrir. Este delito no requiere de conocimientos técnicos de informática y puede realizarlo cualquier persona que tenga acceso a las funciones normales de procesamiento de datos en la fase de adquisición de los mismos.

La manipulación de programas

Es muy difícil de descubrir y a menudo pasa inadvertida debido a que el delincuente debe tener conocimientos técnicos concretos de informática. Este delito consiste en modificar los programas existentes en el sistema de computadoras o en insertar nuevos programas o nuevas rutinas. Un método común utilizado por las personas que tienen conocimientos especializados en programación informática es el denominado Caballo de Troya, que consiste en insertar instrucciones de computadora de forma encubierta en un programa informático para que pueda realizar una función no autorizada al mismo tiempo que su función normal.

Manipulación de los datos de salida

Se efectúa fijando un objetivo al funcionamiento del sistema informático. El ejemplo mas común es el fraude de que se hace objeto a los cajeros automáticos mediante la falsificación de instrucciones para la computadora en la fase de adquisición de datos. Tradicionalmente esos fraudes se hacían a partir de tarjetas bancarias robadas, sin embargo, en la actualidad se usan ampliamente equipos y programas de computadora especializados para codificar información electrónica falsificada en las bandas magnéticas de las tarjetas bancarias y de las tarjetas de crédito.

Fraude efectuado por manipulación informática

Aprovecha las repeticiones automáticas de los procesos de cómputo. Es una técnica especializada que se denomina "técnica del salchichón" en la que "rodajas muy finas" apenas perceptibles de transacciones financieras, se van sacando repetidamente de una cuenta y se transfieren a otra.

 

Falsificaciones Informáticas

Como Objeto

Cuando se alteran datos de los documentos almacenados en forma computarizada

Como instrumentos

Las computadoras pueden utilizarse también pare efectuar falsificaciones de documentos de uso comercial. Cuando empezó a disponerse de fotocopiadoras computarizadas en color a base de rayos láser surgió una nueva generación de falsificaciones o alteraciones fraudulentas. Estas fotocopiadoras pueden hacer copias de alta resolución, pueden modificar documentos e incluso pueden crear documentos falsos sin tener que recurrir a un original, y los documentos que producen son de tal calidad que solo un experto puede diferenciarlos de los documentos auténticos.

 

Daños o modificaciones de programas o datos computarizados

Sabotaje informático

Es el acto de borrar, suprimir o modificar sin autorización funciones o datos de computadora con intención de obstaculizar el funcionamiento normal del sistema. Las técnicas que permiten cometer sabotajes informáticos son:

Virus

Es una serie de claves programáticas que pueden adherirse a los programas legítimos y propagarse a otros programas informáticos. Un virus puede ingresar en un sistema por conducto de una pieza legitima de soporte lógico que ha quedado infectada, así como utilizando el método del Caballo de Troya.

Gusanos

Se fabrica de forma análoga al virus con miras a infiltrarlo en programas legítimos de procesamiento de datos o para modificar o destruir los datos, pero es diferente del virus porque no puede regenerarse. En términos médicos podría decirse que un gusano es un tumor benigno, mientras que el virus es un tumor maligno. Ahora bien, las consecuencias del ataque de un gusano pueden ser tan graves como las del ataque de un virus: por ejemplo, un programa gusano que subsiguientemente se destruirá puede dar instrucciones a un sistema informático de un banco pare que transfiera continuamente dinero a una cuenta ilícita.

Bomba lógica o cronológica

 

Exige conocimientos especializados ya que requiere la programación de la destrucción o modificación de datos en un momento dado del futuro. Ahora bien, al revés de los virus o los gusanos, las bombas lógicas son difíciles de detectar antes de que exploten; por eso, de todos los dispositivos informáticos criminales, las bombas lógicas son las que poseen el máximo potencial de daño. Su detonación puede programarse para que cause el máximo de daño y para que tenga lugar mucho tiempo después de que se haya marchado el delincuente. La bomba lógica puede utilizarse también como instrumento de extorsión y se puede pedir un rescate a cambio de dar a conocer el lugar en donde se halla la bomba.

Acceso no autorizado a Sistemas o Servicios

Por motivos diversos: desde la simple curiosidad, como en el caso de muchos piratas informáticos (Hacker) hasta el sabotaje o espionaje informático.

Piratas informáticos o Hackers

El acceso se efectúa a menudo desde un lugar exterior, situado en la red de telecomunicaciones, recurriendo a uno de los diversos medios que se mencionan a continuación. El delincuente puede aprovechar la falta de rigor de las medidas de seguridad para obtener acceso o puede descubrir deficiencias en las medidas vigentes de seguridad o en los procedimientos del sistema. A menudo, los piratas informáticos se hacen pasar por usuarios legítimos del sistema, esto suele suceder con frecuencia en los sistemas en los que los usuarios pueden emplear contraseñas comunes o contraseñas de mantenimiento que están en el propio sistema.

Reproducción no autorizada de programas informáticos de protección Legal.

Esta puede entrañar una perdida económica sustancial para los propietarios legítimos. Algunas jurisdicciones han tipificado como delito esta clase de actividad y la han sometido a sanciones penales. El problema ha alcanzado dimensiones transnacionales con el tráfico de esas reproducciones no autorizadas a través de las redes de telecomunicaciones modernas. Al respecto, consideramos, que la reproducción no autorizada de programas informáticos no es un delito informático debido a que el bien jurídico a tutelar es la propiedad intelectual.

 

c.- Seguridad y Criptología: La seguridad es uno de los aspectos más conflictivos del uso de Internet. La falta de una política de seguridad global está frenando el desarrollo de Internet en áreas tan interesantes y prometedoras como el comercio electrónico o la interacción con las administraciones públicas, por ello es importante crear un entorno seguro. Las técnicas criptográficas actuales proporcionan un alto grado de confidencialidad; pero es durante la transferencia de información donde más peligro de seguridad existe. En un servidor seguro es donde mejor se preserva la intimidad y confidencialidad de los clientes y donde se dan los mayores servicios de seguridad. Las características que definen a un sistema de transacciones seguras son:

·              Garantizar, mediante el cifrado, la confidencialidad de las transacciones comerciales electrónicas, de manera que los datos contenidos en dichas transacciones sólo sean accesibles a las partes que intervienen. 

·              Garantizar, mediante el uso de firmas digitales, la integridad de las transacciones, de tal manera que su contenido no pueda ser alterado por terceros ajenos, sin ser descubiertos.

·              Garantizar, mediante el uso de la firma digital y la certificación, la autenticidad tanto del titular del medio de pago, como del proveedor. La firma digital garantiza la integridad de la transacción. La certificación por parte de un tercero (notario electrónico) garantiza la identidad de las partes que intervienen en la transacción.

        ¿Por qué es importante la criptografía en Internet? Pues porque básicamente toda la estructura del comercio electrónico dependerá de ella. El protocolo principal por el cual se transmite la información que viaja por la red (TCP/IP, Transfer Control Protocol/Internet Protocol) no ha variado en su esencia desde la creación de Internet. Esta información se divide en paquetes más pequeños a los cuales se llama datagramas. Estos datagramas son enviados por la red sin ningún orden específico. Así cuando enviamos un mensaje que contenga, por ejemplo, las letras ABCD, éste se dividirá en cuatro datagramas, cada uno con una letra. Estos datagramas viajarán de modo independiente, para luego recomponerse en la computadora de destino, sin que el receptor final pueda saber qué ruta tomó cada uno de ellos. Sin embargo, ninguno de estos datagramas está encriptado y cualquiera que los tome en su recorrido puede leerlos sin problema. Y aquí es donde entra la criptografía como aliada del comercio en línea. La idea es encontrar un sistema en donde los datos comerciales y financieros puedan viajar de un modo seguro por la red. A ese sistema se le ha llamado SET (Secure Electronic Transaction, Transacciones Electrónicas Seguras en español).   SET es un sistema de criptografía basado en el mecanismo de llave pública y en el cual participan las más importantes compañías de tarjetas de crédito a nivel mundial (Visa, Master Card y American Express) y varios colosos de la informática (Microsoft, IBM, Netscape, entre otros). SET cubre los tres principios básicos para asegurar el crecimiento del comercio en línea:

1.            Que la información transmitida sea confidencial.

2.          Transacciones que se lleven a cabo con total integridad, es decir sin pérdida de datos.

3.           Autentificar a los habientes y a los comerciantes.

        En el SET participan cinco actores, cada uno con sus funciones bien definidas:

·              El emisor, que en este caso es la institución que entrega la llamada tarjeta de crédito electrónica. Suele ser un banco.

·              El habiente, es la persona que dispone de la tarjeta electrónica para realizar transacciones

·              El comerciante, es el que dispone de un sitio Web para realizar ventas en línea. d) el pagador, es una institución que recibe del comerciante el certificado de pago (voucher) que certifica la transacción entre el comprador y el vendedor

·              La cámara de compensación o gateway, es una institución que se encarga de procesar el pago al comerciante y

·              La autoridad certificadora, que son instituciones encargadas de generar las llaves públicas y privadas de cada uno de los miembros del sistema.

        Para realizar una transacción en línea se requiere del siguiente proceso:

1.            Que el comprador tenga una tarjeta electrónica debidamente certificada por el banco emisor. Esta tarjeta contiene la identidad del usuario, su llave pública e información sobre su cuenta. Todos estos datos están encriptados en forma de un certificado que es único por cada tarjetahabiente.

2.          Cuando decide realizar una compra, llena el formulario y lo firma usando su llave privada. A este pedido le adjunta su certificado. Luego genera una llave DES al azar con la que encripta todos estos datos. Luego necesita ubicar la llave pública del comerciante, que le servirá para encriptar la llave DES.

3.           Así, el comerciante recibe dos mensajes encriptados: uno de una llave DES que él podrá descifrar pues fue generado con su llave pública y otro que contiene los datos del pedido, que decodificará usando la llave DES que desencriptó con su llave pública.

4.          Posteriormente se sigue el mismo proceso, pero entre el comerciante y la cámara de compensación para completar la transacción.

- Recomendaciones de Seguridad en el Comercio Electrónico:

        - Rastro del dinero electrónico: Una de las formas que tiene un individuo de preservar su intimidad en el comercio tradicional, es comprar los bienes o servicios que desee con dinero en efectivo. Esta forma de pago, evita que el vendedor necesite, en modo alguno, conocer la identidad del comprador. Sin embargo, en las compras a través de Internet, normalmente debemos suministrar nuestros datos personales (nombre, dirección, etc.) junto con un número de tarjeta de crédito. Sin embargo, existen sistemas que permiten realizar compras a través de Internet o de cualquier otra red de comunicaciones de forma anónima, tal y como funciona el dinero de papel en el pago al contado. Se recomienda que en la medida en que lo estime conveniente, utilice sistemas de dinero electrónico que preserven el anonimato de sus compras en Internet.

        - Inseguridad en las transacciones electrónicas: Otra de las preocupaciones del usuario de Internet cuando realiza transacciones comerciales no anónimas, es asegurarse de que los datos que suministra en la transacción, no son capturados en la transmisión por alguien distinto del proveedor con el que quiere realizar la transacción, y que posteriormente, pudiera suplantar su identidad. Se recomienda no realizar transacciones comerciales electrónicas a través de proveedores con sistemas "inseguros" o no fiables. Su navegador es capaz de reconocer cuándo se conecta a un servidor que admite transacciones seguras. Consulte el manual de su navegador para averiguar cómo informa de la conexión a un servidor Web seguro.

        - Envío de publicidad no solicitada a través del correo electrónico: Esta forma de publicidad requiere, lógicamente, el conocimiento de la dirección de correo electrónico del receptor del mensaje. Se recomienda que cuando incluya su dirección de correo electrónico en un directorio o lista de distribución, considere la posibilidad de que la misma pueda ser recogida por terceros para enviarle mensajes no deseados, averigüe la política de alquiler, venta o intercambio de datos que han adoptado tanto su proveedor de acceso a Internet como los administradores de los directorios y listas de distribución donde esté incluido y, si no quiere publicar su dirección de correo electrónico, configure su navegador para que no deje su dirección de correo en los servidores Web a los que accede.

        - Elaboración de perfiles: En Internet, el comportamiento del consumidor puede ser "observado" por el proveedor, el cual, puede acumular información personal sobre gustos, preferencias y comportamiento del mismo, sin que éste tenga conocimiento de ello. Este acopio de datos se realiza registrando la información sobre los servidores Web a los que accede un usuario, en qué páginas se detiene más tiempo, y qué temas busca de manera habitual. De esta forma es posible realizar un perfil del usuario muy completo sin su conocimiento. Se recomienda que cuando navegue por Internet, sea consciente de que los servidores Web que visita pueden registrar tanto las páginas a las que accede como la frecuencia y los temas o materias por las que busca, aunque no le informen de ello. En el caso de que no desee dejar constancia de sus actividades, utilice servidores que preserven el anonimato.

 

Infografía:

http://www.lawebdelemprendedor.com.ar/articulos/comercio-e/caracteristicas-comercioe.htm

http://www.cibersociedad.net/archivo/articulo.php?art=18

http://www.cedetel.es/files/actualidad_digital/articulos/fichArticulo.asp?cod=67

http://foroconsumo.cepymev.es/ce/definiciones.htm

http://www.usergioarboleda.edu.co/biblioteca/documentos/der.004.htm

 

 

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