CÓDIGO  ÉTICO.

Sean mis primeras palabras  para expresar mi más sincero agradecimiento al Colegio de Contadores Públicos del Cusco, mediante  su Consejo Directivo y su  Gerencia,  por la delicadeza que han tenido hacia mi persona al brindarme este homenaje por la donación de 16 libros de mi autoría para la biblioteca especializada,  lo que me compromete a seguir  laborando y escribiendo en bien de nuestra profesión, y además seguir aportando en el campo de la Ética profesional que creo firmemente debe constituirse en nuestro pensamiento y que hacer permanente,  el pergamino que me entregan ocupará un lugar preferente en  mi hogar,  muchas gracias.

Una vez  más a invitación del Consejo Directivo y la Gerencia, ocupo esta tribuna para compartir con todos ustedes algunas ideas referentes a la Ética Profesional del Contador Público Colegiado,  las mismas que iniciaremos diciendo:

La ética es la manera de actuar que tenemos todos los hombres frente a nuestros semejantes y la forma en la que nos desenvolvemos en nuestras actividades diarias.  En general la ética es la ciencia de la conducta humana que estudia racionalmente el comportamiento de los humanos en sus actos personales o profesionales.

Se dice que la ética es una ciencia, porque es una disciplina racional ya que parte de los actos humanos y los transporta hasta llegar a sus principios. Es un conjunto de conocimientos sistemáticos, metódicos y racionales basados en la experiencia y fundados en principios.

La Ética es la ciencia que estudia los diversos deberes y el comportamiento de los profesionales en sus relaciones con sus clientes y sus Colegas, es un conjunto de comportamientos exigibles a los Profesionales.

Existen una serie de normas y disposiciones que rigen el desempeño del profesional en su permanente relación con sus Colegas, Clientes y Público en general, las cuales se encuentran dispuestas en un Código de Ética, las que están elaboradas y supervisadas por el respectivo Colegio Profesional, cuyo acatamiento y cumplimiento es de carácter obligatorio para todos los Miembros de una Orden Profesional determinada.

La ética no debe ser objeto de reglamentación, pero la necesidad de tener un Código de Ética Profesional, nace de la aplicación de las normas generales de conducta que deben  ser observadas en forma permanente por todos los Profesionales en su práctica laboral diaria.

El conjunto de reglas de conducta dados por el Código de Ética Profesional que regulan la actividad del Contador Público Colegiado,  constituye guías de orientación y criterios de comportamiento que adopta la Profesión frente a su diario accionar al servicio del Público en general, para lo cual debe tenerse siempre presente que el Contador Público Colegiado debe estar ceñido a los principios éticos de Integridad, Objetividad, Independencia, Confiabilidad, Responsabilidad, Observancia de Normas y Leyes, Competencia Profesional, Actualización Profesional, Respecto y Colaboración con los Colegas.

Los Contadores Públicos Colegiados del Perú en el XVI Congreso Nacional de Contadores Públicos Colegiados, realizado en la Ciudad de Tumbes en 1998, aprobaron  el Texto Único Ordenado del Código de Ética Profesional, el mismo que tiene que ser acatado y cumplido obligatoriamente por todos los Miembros de la Orden Profesional.

En el Capitulo IV del Código de Ética Profesional del Contador Público, que se refiere a la  Retribución Económica,  indica que al momento de definir el compromiso de prestar sus servicios profesionales debe determinar con sus usuarios o clientes el monto de sus honorarios, para lo cual tendrá en cuenta la responsabilidad que asume, la importancia de la empresa, el tiempo del trabajo  y otros factores, de manera que, por exceso o por defecto, dichos honorarios no resulte lesiva  a la dignidad profesional o sea contraria a toda regla de justa retribución. Consecuentemente evitará toda controversia con sus clientes acerca de sus honorarios profesionales.

Los Contadores Públicos para el desempeño de sus funciones en todos los casos deberán suscribir un contrato de locación de servicios profesionales, en el cual se establezca claramente sus responsabilidades, el monto de sus honorarios y la fecha en que deberán ser pagados los mismos. Los honorarios profesionales deberán ser fijados con arreglo al arancel mínimo elaborado por cada colegio departamental.  En caso de Incumplimiento de dicho contrato por parte del cliente o usuario, el Contador Público Colegiado  hará valer sus derechos  en los fueros correspondientes. 

Resulta irrisible  que en la actualidad existan Contadores Públicos Colegiados que como honorarios profesionales cobren S/ 50.00 o menos, ya que debemos recordar que de acuerdo al arancel de honorarios profesionales que tiene el Colegio de Contadores Públicos del Cusco,  las consultas eventuales debe ser el 2 % de la Unidad Impositiva Tributaria,   la asesoria o labores permanentes y/o actualización contable por media contabilidad no debe ser menos del 10 % de la UIT. al mes,   la contabilidad completa no menos del 25 % de la UIT. al mes,  y la elaboración de declaraciones juradas anuales no menos del 30 % de la UIT.,  entre otras escalas.

Sin embargo a pesar de existir el arancel de honorarios profesionales desde el mes de noviembre del 2001, la gran mayoría de los Contadores Públicos Colegiados del Cusco, hasta el momento no hacen respetar la dignidad y mérito de su Profesión, ya que además de cobrar montos irrisorios todavía se les vé haciendo largas colas en las puertas y ventanillas de los bancos para pagar los impuestos de sus clientes, como si fuera también labor de la profesión el tener que actuar como mensajero de las empresas.

Se hace urgente y necesario  que todos los Colegas de la orden tengan siempre presente el contenido del artículo Nº 7 del Código de Ética en cuanto a su actuación profesional,  y el contenido de los artículos  Nº 39 y 40 referente a la retribución económica por sus honorarios profesionales. Es indispensable que el Colegio de Contadores Públicos del Cusco, mediante su Dirección de Actividades Profesionales u otra a fín efectúe el seguimiento permanente a estos Colegas que desmerecen la profesión con los cobros que realizan por honorarios, y una vez detectados se les aplique una sanción por el desprestiguio  que someten a la profesión.

En la actualidad  se encuentra  en proceso de análisis  a  nivel  Nacional, mediante los  Colegios departamentales  de Contadores Públicos del Perú,  el Proyecto de Modificación al Código de Ética Profesional del Contador Público Colegiado  que presenté ante el Colegio de Contadores Públicos del Cusco  y  la  Federación  Nacional  de Colegios de Contadores Públicos del Perú el 18 de febrero del 2003,  habiéndose programado para el mes de agosto del presente año   su discusión  en  la  Federación, el mismo que no se realizó por motivos ajenos a nuestra voluntad. 

Existiendo en el momento la Resolución Nº 21 del XVIII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú realizado en Huaraz el  año 2002 donde se otorga facultades a la Federación de Colegios de Contadores Públicos del  Perú y su Junta de Decanos para la aprobación del nuevo Código de Ética Profesional del Contador Público, esperamos que en el plazo más breve posible se proceda a su discusión en dicho órgano directriz para su implementación a nivel nacional.

Debemos  indicar que  es necesario y urgente la discusión del Proyecto de Código de Ética Profesional del Contador Público, propuesto, en razón que el actual Código de Ética que rigue la Profesión  no cuenta  con  los  instrumentos necesarios que sirvan a los Comités de  Ética Profesional de los Colegios  departamentales de Contadores Públicos del País  para una aplicación correcta de las sanciones que deben hacerse merecedores los Colegas que infrinjan el indicado Código y cometan actos dolosos y de corrupción que  dañe la imagen de  la Profesión del Contador Público y  por  lo tanto menoscabe  su prestigio y presencia a nivel Nacional e Internacional.

 

                                                     CPC. MIGUEL   ALATRISTA   GIRONZINI

Discurso pronunciado en el Colegio de Contadores Públicos del Cusco, el 24 de setiembre del 2003.                                  

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