III
VICISITUDES DE LA "MISTICA CIUDAD DE DIOS"
Se ha calificado el siglo XVll como el "siglo de oro" de la mariología, a cuyo embellecimiento España contribuyó en medida única. Sin embargo, en los últimos decenios se empezaba ya a sentir la fatiga de la decadencia. La devoción mariana, a fuerza de rehuir los aspectos fundamentales, se desarticulaba prodigándose en cuestiones tales, que hoy las calificaríamos de ociosas y algunas hasta de inconvenientes. Pensemos, por ejemplo, en la reacción de Baillet contra "los devotos indiscretos de la Virgen". Esto, junto con la intransigencia de las escuelas y el invertebrado espíritu de la España del siglo XVII, fueron los determinantes principales que marchitaron el ideal de la reforma teológica.
En este ambiente salió a luz la Mística Ciudad de Dios. Presentada por su autora como divinamente revelada, y tomada por la escuela franciscana como estandarte de las ideas que entonces defendía (predestinación absoluta de la Virgen y sus consecuencias: inmaculada, etc.), la luz que pretendió irradiar en el mundo quedó oscurecida por la crítica de quienes o eran contrarios a dicha escuela, o militaban en las filas de la avanzadilla del "espíritu geométrico" y jansenista del tiempo. La obra quedó a,merced de una de las más reñidas controversias que se registran en la historia de la mariología.
Pasando a mejor vida la Ven. Sor María de Jesús de Agreda el 24 de mayo de 1665, mandó el P. Salizanes, ministro general por entonces de la Orden Franciscana, que se recogieran todos sus escritos. El principal de los que se hallaron fue la Mística Ciudad de Dios. Después de leída y examinada con personas doctas convino el P. Salizanes "en que sería de gran servicio de Dios y utilidad de los fieles que saliese a luz luego... si después de examinada con diligencia se hallaba corresponder toda la obra, sin disonancia alguna, a lo que promete su título.
Se formó una junta examinadora integrada por padres de la provincia de Burgos, entre los que figuraba el P. Andrés de Fuenmayor, el último confesor de la Venerable. Y después del examen todos convinieron en que la sobredicha obra "nada contenía contra la fe y buenas costumbres; antes bien, todo era conforme a la doctrina católica. La junta acordó, además, que se ilustrara con prefacios y notas aclaratorias en los lugares más oscuros. Cargo que, por carta del 12 de noviembre de 1669, se lo encomienda el P. Salizanes al P. José Ximénez Samaniego. Se le nombraba, además, encargado de la impresión tipográfica de la obra con la prohibición de variar en lo más mínimo el contenido de la misma.
Completada con el Prólogo Galeato, notas, relación de la vida de Sor María, tablas y elencos, licencias del Ordinario y del Consejo Real de Castilla, fue enviada a la imprenta y el año 1670 apareció a la luz pública.
Faltaban todavía por imprimirse el prólogo, notas, aprobaciones, tablas y elencos cuando la Inquisición española la embargaba ya. El Supremo Tribunal notificó al religioso encargado de la impresión y al mismo impresor, en cuya casa se guardaban los tercios impresos, que bajo las penas y censuras establecidas no se publicara ni distribuyera sin nueva orden del Santo Oficio. Al parecer la causa de tal medida fue el haberse repartido clandestinamente entre personas particulares algunos de los pliegos impresos: "ya porque ellos los cogieron a ocultas y sin licencia de la Religión, ya por codicia del impresor mismo o de alguno de sus oficiales, ya por el celo indiscreto de algunos devotos curiosos, ya porque sacaron copias del ejemplar que persona muy soberana pidió al general pasado, sin poder resistir a la suma autoridad y gusto que manifestó de verlos, aunque se le propuso por el general, no estaban impresos todavía con las licencias y demás prevenciones.
Con este modo de proceder se violaba el decreto de Urbano VIII de 13 de mayo de 1625, en que se exigía la aprobación de una comisión de teólogos y de la Santa Sede, de tal modo que los libros de esta índole que se publicaban sin tales requisitos se consideraban como no aprobados.
La cosa es que no obstante las protestas y justificaciones del P. Samaniego, sólo tras un examen que duró dieciséis años, en los que se celebraron cincuenta y siete sesiones, falló favorablemente la Inquisición española el 3 de julio de 1686, y con ella dieciséis universidades españolas y extranjeras.
Al mismo tiempo mandaba recoger todas las ediciones anteriores "introducidas furtivamente" para ver si concordaban con el original, es decir, con la edición de 1670 impresa en Madrid por Bernardo de Villadiego.
La Inquisición española redactó después de los primeros exámenes un elenco de reparos y objeciones contra la obra, con el mandato de entregarlo a la Orden de San Francisco para su defensa.
Iniciado el proceso diocesano de beatificación en el año 1668, era introducido en la Congregación de Ritos el 21 de junio de 1672. Clemente X, a instancia de Carlos II, firma un decreto, el 28 de enero de 1673, en que se inicia el proceso apostólico, quedando a cargo del cardenal Portocarrero el examen de los libros. El 2 de septiembre de 1679 la Congregación de Ritos pasa los libros al Santo Oficio, quien atendiendo no a la obra como tal, sino a lo que convenía al ambiente, se pronunció en contra de la Mística Ciudad de Dios, terminando por ser incluida en el índice de libros prohibidos el 24 de junio de 1681 por decreto de Inocencio XI.
Una de las principales acusaciones fue que la autora mantenía como divinamente reveladas las doctrinas de Escoto. Se señalan también como causas de esta condenación los prejuicios "de un cierto censor", la violación del decreto de Urbano VIII, el que se narren en la obra historias apócrifas y exagere el culto a Nuestra Señora 0.
Si la decisión de la Inquisición española causó asombro, no menos lo causó el de la romana, ya que aún no se había dado ninguna sentencia en España y la censura no iba basada sobre el original.
Vuelto el ministro general a Madrid después de la visita canónica, pidió protección al rey Carlos II, buscó el patrocinio de los príncipes y magnates y dirigió a Su Santidad un memorial en que pedía la supresión del decreto hasta tanto que la Orden diera satisfacción a los reparos propuestos por la Congregación. El Papa, siempre dispuesto a satisfacer los deseos del rey, ordenó la supresión del decreto para España y Portugal, aunque "el procedimiento y práctica de esta Sagrada Congregación aconsejaría lo contrario" ". Sucedía esto el 9 de noviembre de 1681.
La obra de María de Agreda era ya conocida en el mundo religioso cuando el P. Crosset publicó en Marsella en 1695 la versión francesa del primer volumen de la Historia Divina. "Traductionem fecit, et traditionem in ipsa traductione, ut dicitur, aemulatio suscitavit", comenta Arbiol en el prólogo de su Certamen2.
Sintetizando el proceso de la Sorbona, tal como nos lo narra Arbiol, encontramos en él las siguientes etapas:
El 2 de mayo de 1696 se convocaron los comicios de la facultad para someter a examen el libro de María de Agreda. La crítica fue encomendada a cuatro doctores. (Era costumbre en tales casos elegir 10, 14 ó 20 doctores.) Después de 61 días de estudio redactaron una suma de 19 artículos en los que se condenaban 60 proposiciones de la Mística Ciudad de Dios. En los comicios del 2 de julio promulgaron la sentencia condenatoria. Y estalló la guerra en la facultad teológica. Los "agredistas" y "marianos" veían como buena y recta la doctrina agredana, y proponían que el juicio definitivo lo diera la Iglesia. Por el contrario, los "antiagredistas", "antimarianos" o "sediciosos" la condenaban y encontraban en ella los errores de Arrio, Nestorio, Pelagio, Focio, Bayo, Jansenio, calificando a su autora de impúdica, sacrílega, idólatra, pelagiana, luterana, quietista.
El día 14 era el señalado para la votación. Fueron tan violentas las discusiones entre "marianos" y "antimarianos" que hasta el día 10 de septiembre no pudieron decidir nada. Mientras tanto, sin embargo, los doctores encargados del examen aprobaron la censura que habían presentado a discusión.
El primero de octubre de 1696 se hizo de dominio público una segunda censura que llevaba por título "Censura Sacrae Facultatis Parisiensis", donde después de una introducción en honor de la Virgen se refería la de los "Doctores Deputados". Pero dicha censura no se sometió a votación pública y no obstante la oposición de los "marianos" se disolvieron los comicios. Es la "Censura Supposititia", que a excepción del prólogo es semejante a la primera3.
Se suelen poner como causas de la censura parisiense el galicanismo y el jansenismo reinantes por entonces en Francia4. En el cuarto período de la guerra de los treinta años (1635–1649) la casa de los Augsburgo queda derrotada. Richelieu y su política se enfrentan a la política hispánica y al renacimiento gálico se opone el ocaso del imperio español. Por otra parte, en la segunda mitad del siglo XVII asistimos en Francia a una gran rebelión contra la escolástica y contra los "devotos indiscretos" de La Virgen, movimiento que tenía como trasfondo el "espíritu geométrico" de la intelectualidad francesa, constituía el germen esencial del jansenismo y que culminó en la "ilustración" 5.
Que las universidades españolas asumieran la defensa de la Mística Ciudad de Dios como causa propia y se rasgaran las vestiduras ante la "injusticia" francesa, nada tiene de extraño si tenemos en cuenta la oposición existente entre Francia y España, así como la diferente trayectoria cultural y el calificativo de "jansenista" con que se apellidaba en la Península Ibérica a la universidad francesa. El asunto "Sor María de Agreda" se tomó en España como causa nacional, del mismo.modo que se había asumido la causa de la Inmaculada. Las universidades de Granada, Burgos, Cádiz, Madrid, Canarias, Alcalá, Toulouse, Lovaine, Salamanca, con los diecisiete colegios mayores, se pronunciaron en contra de la Sorbona y a favor de la Mística Ciudad de Dios 6. Nace así una de las vertientes más amplias en la bibliografía de la controversia agredana.
Los sucesores de Inocencio XI siguieron envueltos en la problemática controversia.
El Papa Clemente XI reintegró la comisión examinadora y manda sacar la obra del índice. Es más, queriéndola examinar la congregación del índice, responde que no había necesidad de ello, pues no se encontraba nada malo en ella y además existía ya una congregación particular para el asunto. Con todo, en 1713, la condena de nuevo el obispo inquisidor apoyándose en el decreto de 1681. Pero una vez más interviene el rey de España, ahora Felipe V, y los libros quedan permitidos.
Benedicto XIII determina, el año 1729, que se siga la causa de beatificación sin nuevo examen de los libros. Pero su sucesor, Clemente XII, manda detener la causa diciendo que en el decreto de 1681, Inocencio XI prohibe que se siga la causa sin previo examen de los libros. Por eso se instituyó una comisión que hiciese una revisión de la obra, y así se pudiese poner fin a la controversia y a la causa.
Muere Clemente XÍI y todo queda en suspenso hasta el año 1743, en que Felipe V insta a Benedicto XIV a que se prosiga la tarea. Y por fin, el año 1747, promulgó un decreto en el que, a pesar de que queda en tela de juicio la autenticidad de la Mística Ciudad, permite "gratia speciali" se siga trabajando en la causa de beatificación, permaneciendo siempre en pie la duda sobre las virtudes. Dice, además, que sean de quien sean los libros no contienen ningún error. La autenticidad de las obras quedó aprobada en 1757.
Muerto Benedicto XIV, su sucesor, Clemente XIV, manda que en virtud del decreto de su inmediato predecesor, se podía proceder "ad ulteriora" examinando primero la heroicidad de las virtudes. Los consultores nada opusieron a las virtudes. Lo único que objetaron es que no se había concluido todavía el examen de las obras. Se formó una nueva comisión examinadora. Se reunió el 27 de abril de 1773 y revisó los libros conforme a los votos del año 1747, hechos por Benedicto XIV y que se guardaban en el Castel Sant'Angelo. Pero como hubiese tenido el rey de España noticia de la causa, mandó escribir a su ministro de Roma para que interpusiese su súplica en orden a aplazar la resolución para otra congregación.
Se tuvo al fin la congregación. Todo se guardó en secreto y durante varios meses nadie supo nada. Según el promotor de la fe, la mayoría de los votos de la congregación fueron contrarios a la aprobación de los escritos. Y aun los que opinaban a favor, al ver el dictamen de Benedicto XIV, que se hallaba en el Castel Sant'Angelo, cambiaron de opinión. El Sumo Pontífice dejó la cosa como estaba y mandó que no se hablase más de ella. Así terminó la controversia de la Mística Ciudad de Dios y paralelamente el proceso de beatificación de su autora.
Posteriormente, en tiempo de Pío IX, León XIII y Pío XI, se enviaron a los mismos pontífices muy valiosas recomendaciones a favor de la causa, a las cuales se contestó también atentamente, como convenía a las altísimas personalidades que las escribieron, pero en concreto no se dio ningún paso útil.