Miembro
del Comité Técnico del Sistema de Evaluación y Acreditación
–SEA– OPSU/CNU. Caracas, Venezuela
De: Max
Contasti
Para: Fundación Venezolana de Promoción
del Investigador
CC: Lista SPI-PPI
Asunto: Nuevo Reglamento PPI
Fecha: lunes 18 de marzo de 2002 12:14
Estimados colegas y amigos:
Por medio de la presente deseo expresar
algunos puntos relacionados con el nuevo Reglamento del SPI-PPI. El texto va si
acentos ni caracteres especiales para su mejor lectura.
Saludos cordiales,
Max Contasti
NUEVO
REGLAMENTO SPI-PPI
I.
Como Investigador y Cientifico, me siento satisfecho por la celeridad con que
se ha propuesto una nueva forma de evaluar la produccion cientifica de los Investigadores
Nacionales. Como he de referir y mostrar, este nuevo protocolo implica sin
ninguna duda, minimizar la discrecionalidad que antes poseian las Comisiones de
Areas y que estas en la mayoria de los casos utilizaban generosamente, pero no
en la misma direccion, como simetricamente hubiese debido ser. Este ultimo
punto constituye el nucleo central de mi comentario.
II.
Dentro del pequen#o universo de Investigadores y Postulantes PPI de mi entorno,
relato un caso que como miembro del Consejo de Investigaciones, conoci muy de
cerca. En 1994, una destacada investigadora de la UNA, una vez obtenido su
doctorado, con dos articulos en una Revista Arbitrada y otras publicaciones /
ponencias en congresos, le fue rechazado su ingreso al Sistema. Al reclamar
insistentemente, se le informo que el "Evaluador / Comision"
consideraba que la revista ("Informe de Investigaciones Educativas",
arbitrada desde 1988, acreditada y reconocida desde un inicio por el CONICIT, y
ahora clasificada y jerarquizada en la lista correspondiente) a su juicio no
debia ser considerada como una revista arbitrada, que por lo tanto se le
aconsejaba que debia publicar sus articulos en la Revista "Fermentum"
de la Universidad de los Andes.
Dos an#os mas tarde, en 1996, esta misma
investigadora presento dos articulos publicados en dos Revistas Arbitradas de
dos universidades distintas, mas otras Publicaciones y Ponencias en Congresos
Internacionales de Educacion a Distancia. El Analista Evaluador encargado
inicialmente del caso recomendo su ingreso al Sistema (En el expediente
respectivo que en esa oportunidad, de manera transparente y honesta, me mostro
el Secretario General Dr. Manuel Velazco, vi con mis propios ojos, escrito a
mano de pun#o y letra del analista evaluador, la frase que decia "se
recomienda su ingreso en el Nivel I") pero la Comision de Area en su
revision final, lo veto. Nuevamente, con reiterados y esta vez publicos y
ampliamente difundidos reclamos, se le niega su incorporacion al Sistema. El
argumento - ad hoc y peregrino - consistia en que no habia participado en la
formacion (Doctorado) de Personal Cientifico de Alto Nivel, exigencia esta que
no es aplicable al ingreso para el Nivel I ya que solo es valida para el Nivel
II y el Nivel III. Solo muy recientemente se han incorporado como creditos, el
ser tutor de tesis de Maestria y Pregrado.
III.
Hace cuatro an#os, en la Fundacion Polar se desarrollo una jornada de
evaluacion del PPI. Un grupo de investigadores discutimos y propusimos:
a) Reestructurar
el Nivel I.
b) Crear
una Comision de Revision independiente de las Comisiones de Areas.
c) Darle
mas valor a los articulos publicados en Revistas Nacionales, especialmente en
Ecologia y Ciencias Sociales.
d) Buscar
un procedimiento que asegurase mayor objetividad en la evaluacion y menor
discrecionalidad para las Comisiones de Area.
IV.
Todo esto se ha logrado. Notese que la variabilidad para el factor 4 en
articulos publicados en Revista Venezolana, no implica discrecionalidad ya que
se incluye adicionalmente el condicionante "de acuerdo a los indices
aprobados por la Junta Directiva de la FVPI". Es muy importante hacer
notar que anteriormente la discrecionalidad la ejercia el Analista Evaluador
y/o las Comisiones de Area, directa y personalmente sobre un investigador
particular y el juicio era privado, por lo tanto, no podia contrastarse con la
discrecionalidad aplicada sobre otros investigadores, es decir, que en algunos
casos, supongo que fue la mayoria, se favorecia al investigador, pero en otros
como el que he detalladamente relatado, lo perjudicaba. Ahora en cambio, la
discrecionalidad se ha transformado en una "convencionalidad" y la
jerarquizacion de las revistas es de caracter publico y discutible.
V.
Finalmente pienso que el procedimiento es perfectible y que toda "
meritocracia" para que sea eticamente aceptable, debe ser transparente,
con reglas claras y bien definidas, no solo para el ascenso sino tambien para
el ingreso. No puede ser ad hoc y asimetrica, aplicables a unos y a otros no.
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