Banfield, 4 de setiembre de 2006.-
Autos y Vistos:
Para resolver en la presente causa número 56.344.
Y Considerando:
Primero:
Que se inician estas actuaciones a través del acta labrada a fs. 1/13, a las once horas del día 6 de noviembre de 1996, dando cuenta de un procedimiento iniciado cuando un número indeterminado de sujetos del sexo masculino fuertemente armados, intentara llevar a cabo un desapoderamiento ilegítimo, en la sede de la empresa Andreani S.R.L., sita en Pienovi 104 de la localidad de Piñeyro, partido de Avellaneda.
La mecánica concreta del suceso que ha traído materia de este dilatado proceso no ha podido ser recreada con total precisión, pero si se ha establecido que el mismo tuvo comienzo cuando uno de los sujetos ingresó por la portería con la excusa de despachar una encomienda; para luego hacer lo propio un Peugeot 405, dominio C-1.584.426 y una camioneta Renault Trafic dominio SFX 086; vehículos estos a bordo de los cuales viajaban otros ejecutores de la sustracción intentada.
No se ha podido establecer si todos los sujetos activos ingresaron de esa forma al predio, o si había otros que lo hicieron en diferentes rodados, o a pie; desde que el número exacto de intervinientes en el hecho no se ha recreado con certeza, punto éste sobre el que luego he de regresar.
Lo cierto es que a partir del ingreso de los rodados, comenzó un fortísimo intercambio de disparos entre sujetos de marras y el personal policial que, en gran número, había arribado al lugar.
A raíz de lo dicho en el párrafo anterior, se produjo el deceso de Marcelo Damián Vázquez (obrando la autopsia del mismo a fs. 203/205 y 418/422, como el certificado de defunción de fs. 526 e informe de inhumación de fs. 544), Felipe Meza (autopsia de fs. 204/208 y 424/428, certificado de defunción de fs. 528 e informe de inhumación de fs. 547/548), Hugo Daniel Escobar (autopsia de fs. 209/211 y 430/434 y certificado de defunción de fs. 1.360), Daniel Arturo Paz (autopsia de fs. 215/217 y 442/447, certificado de defunción de fs. 525 y certificado de inhumación de fs. 791), Ruben César Solis (autopsia de fs. 218/219 y 449/467, certificado de defunción de fs. 529 e informe de inhumación de fs. 545/546), Luis Domingo o Manuel Domingo Godoy (autopsia de fs. 230/232 y 468/477, y certificación de inhumación de fs. 754/755) y José Luis Yanacón (autopsia de fs. 212/214 y 437/440 y certificado de defunción de fs. 525); adjudicándose - en principio - a todos ellos participación ejecutiva en el intento de sustracción armada.
También, a raíz del enfrentamiento descripto, se produjo el deceso de los funcionarios policiales Marco Bayona (pericias médicas de fs. 149 vta. y 199, autopsia de fs. 533, historia clínica de fs. 554/604 y 718/748, certificado de defunción de fs. 549, certificación de lugar de inhumación de fs. 751 y 823) y Roberto Armando Felix (pericias médicas de fs. 148 vta., 198, historia clínica de fs. 490/502, certificado de defunción de fs. 530 y 750, y certificación de lugar de inhumación de fs. 751 y 823), los que tomaron parte en el mismo, para evitar la sustracción.
Del mismo modo, sufrieron heridas de distinta consideración los preventores Carlos Gastaldi (descriptas en la pericia médica de fs. 147 vta. y 753, donde se estableciera que resultaron de carácter leve), José Vázquez (pericia médica de fs. 150 vta. y 753, donde se las calificara como graves), Hugo Amarilla (lesiones de carácter grave conforme fluye de la pericia médica de fs. 151 vta.), Víctor Hugo Herrera (lesiones de carácter leve, conforme fluye de la pericia médica de fs. 200), Rubén Miguel Adonajlo (lesiones de carácter leve, conforme surge de la pericia médica de fs. 386 vta. y 753) Juan Carlos Gonzalez, Miguel Angel Cespedes, y Héctor Alberto Villalba (de carácter leve, conforme fluye del peritaje de fs. 136 vta.).
También acreditan lo expuesto en el párrafo anterior los precarios médicos de fs. 142/146 y 176.
El acta inicial de cuenta, además del secuestro de una pistola calibre 11.25 marca DGMAP, una pistola calibre 9 mm. Sin número no marca visible, un revolver Custer calibre 32 largo número A-5617, un revolver marca Taurus K 1501446, una pistola Astra 100 sin numeración, un Fusil FAL sin numeración, una escopeta High Estándar sin numeración visible, un revolver calibre 32 largo, marca Doberman nº 01581, una pistola calibre 9 mm. Marca Browning's sin numeración visible, un revolver marca Custer calibre 32 largo número A 5618, una pistola Browning's calibre 9 mm. Número 309888, un revolver calibre 32 largo marca Custer número A 5616. Una pistola Star calibre 11.25 número 1138 y en su empuñadura 327164, así como de innumerable cantidad de cartuchos. Vainas servidas, plomos y una granada.
A resultas de los hechos aludidos, resultaron, además, varios vehículos automotores dañados, de lo que da cuenta la pericia de fs. 105.
Conforme se ha establecido a través de los testimonios recibidos en autos los sujetos activos de la sustracción no han podido consumar el ilícito intentando dada la actividad desarrollada por el personal policial interviniente.
Para reproducir esta parte del fáctico se cuenta con los testimonios de Elsa Elvira Roldan (fs. 84), quien circulaba circunstancialmente por el lugar : el despachante Juan Omar Castro (fs. 86/88 y 1185/1186), el remisero Juan Carlos Gonzalez (fs. 96/97), el empleado de la empresa Norvi Aceros S.R.L. Rubén Moreira (fs. 293/294), el empleado de seguridad de la Oxigena Hugo Hermenegildo Ferreyra (fs. 363/364 y 1596).
Del mismo modo deponen los empleados de la empresa de seguridad que cumplía funciones en el lugar, Dorsac, y los de la firma Andreani, esto es Ernesto Alfredo Antolicche (fs. 76/79, 771 y 1584/1586), Martín Alejandro Perelstein (fs. 80/81), Lucio Andrés Echeverría (fs. 82/83 y 1.695/1.696), María Cristina Duarte (fs. 89/90), Gladys Mabel Mendez (fs. 91/92 y 763). Guillermo Pablo Fregni (fs. 93/95), Roberto Oscar Moreira (fs. 99/100, 762 y 1697), Adrián Ricardo Lucci (fs. 102), Aquiles Gramajo (fs. 107), Jorge Gimenez (fs. 108), Miguel Eduardo Cantero (fs. 160), Carlos Alberto Garramuño (fs. 161/162), Miguel Angel Ferrari (fs. 180/181), Carlos Ramirez Seijas (fs. 182/183), Hugo Arnaldo Fretes (fs. 355), Alejandro Fabian Auteri (fs. 356), Rogelio Rolando Coronel (fs. 357), Carlos Elías Grinstein (fs. 358), Fabian Enrique Camionschu (fs. 359) Osvaldo Enrique Gil (fs. 360), Gustavo Hugo Rateno (fs. 361), Rubén Oscar Taddeo (fs. 362 y 1594/1595), Jaime Miguel Castillo (fs. 513/514, 1598/1599, 1726 y 1.918/1.919), Sandra Elizabeth Sanchez (fs. 515), Juan Carlos Beco (fs. 516), Alicia Liliana Pallares (fs. 517), Hugo Daniel Storti (fs. 517), Rubén Dario Dabat (fs. 518/519 y 766), Elvio Miguel Jourdan ( fs. 535), Alberto Fernando Darmon (fs. 533), Raúl Oscar Felippo (fs. 534), Emilio Alfredo Puebla (fs. 535 y 765), Julio Aquiles Oberti (fs. 549 y 764), y Miguel Andreani (fs. 761).
Llamo también aquí el testimonio de Ricardo Carlos Himmerlbauer, de fs. 179, a la sazón propietario del automóvil Peugeot 405, dominio C-1.584.426, que interviniera en el suceso en juzgamiento, y que le fuera sustraído al nombrado el día anterior.
Deben ser también convocados aquí los siguientes elementos de convicción: el acta de entrega de cadáveres de fs. 233/234, la pericia realizada sobre los móviles policiales a fs. 235/236, la pericia balística de fs. 238/239, las actas de entrega de fs. 241/248, 288, 295, 301, 308/312, 376, 480, 605, 683, 690, 706,; pericia balística de fs. 282/284, fotografías de fs. 313/353, 402/419, informe pericial de fs. 365/370, pericia de rastros de fs. 394/399), informe pericial balístico de fs. 411/414, planimetría de fs. 478; pericias realizadas por la Dirección de Policía Científica de Gendarmería Nacional, que corren por cuerda separada, Carpeta de Pericias del Servicio Especial de Investigaciones Técnicas, que corren por cuerda separada; pericias mecánicas de fs. 531, 540/542, pericia de manchas biológicas de fs. 773, acta de destrucción de fs. 808 y sus fotografías de fs. 809/810, pericia anatomopatológica de fs. 1115/1116, pericia química de fs. 117/118, e informes del Registro Nacional de Armas de fs. 2.283/2.284.
Segundo:
Ahora bien, a mi juicio múltiples son los interrogantes que plantean estos autos y que no han podido ser despejados con la actividad jurisdiccional desarrollada.
El primero de ellos, y sin duda el más importante consiste en las razones por las cuales se hallaba en el lugar Marcelo Damián Vázquez, en qué circunstancias el mismo fue herido mortalmente, y cuál es la razón por la cuál, junto a su cuerpo, fue hallada un arma de fuego de gran calibre.
Para reproducir los hechos a su respecto se cuenta, en primer término con el testimonio de Edgardo Leonel Dacoba, quien a fs. 101/102, 187/188, 777 afirmó que "...resulta ser propietario del vehículo Renault Traffic, dominio SFX 086...que en el día de la fecha el vehículo fue Traffic fue retirado de la planta por el empleado MARCELO VAZQUEZ y con la finalidad de efectuar unos mandados en la firma Aceros Tacuarí, sita en la localidad de Lanús,...que pasadas las horas y no habiendo regresado a su destino, el compareciente opta por llamar a la firma Tacuarí, donde le es informado que su empleado no había concurrido,.......en relación al empleado Vazquez dice que lo conoce desde hace mucho tiempo y lo considera una persona de bien..."
Por su parte, a fs. 187, se presenta Carlos Hugo Vazquez, progenitor de Marcelo Damian Vazquez, refiriendo el mismo que "... en la víspera su hijo se retiró de su domicilio como lo hacía habitualmente siendo las 06.00 horas, aproximadamente, para concurrir a su lugar de trabajo, es decir a la empresa Edgar Plast, en la localidad de Remedios de Escalada, partido de Lanús....el mismo día regresó a su domicilio aproximadamente a las 8.15 horas por alimentos, permaneció por espacio de 20 minutos, aproximadamente, para después retirarse nuevamente a su trabajo... Normalmente regresaba a su domicilio a eso de las 14.00 horas. Ayer como inusual pasó el tiempo y no regresaba, y es así que su esposa comenzó a averiguar en el lugar de trabajo y en la casa de algunos de sus amigos sin poder obtener una respuesta satisfactoria, es decir todos desconocían su paradero. Concretamente, en la empresa le manifestaron que tenía que hacer una entrega en una empresa cosa que tampoco formalizó. Pasaron las horas y sin saber nada del paradero de Marcelo ampliaron sus indagaciones, hasta que un compañero de la empresa que se llama Cristian Almada fue a su domicilio comunicándole que había visto por televisión la camioneta Traffic de color crema que manejaba Marcelo en un asalto y tiroteo en la empresa Andreani...".
A su turno depuso Cristian Gabriel Almada (fs. 193/194 y 300), compañero de trabajo de Marcelo Damian Vazquez, quien corrobora la presencia del nombrado en la empresa Edgar Plast, en horas tempranas de la mañana el día de los hechos, y aclara que "...alrededor de las 9.30 horas se comunica con Vazquez que estaba en el depósito y le dice que al regresar a la firma le traiga una balanza, cosa que hizo, indicándole el dicente que debía salir con la Traffic hasta la calle Rivadavia en V. Alsina a retirar nos fierros, posteriormente dirigirse a La Paternal, matricería y finalmente a la firma Pilasnyl que está en San Martín, calcula que sale alrededor a las 10.30 horas, sin poder precisarlo con exactitud...". El testigo que vengo analizando se encargó de precisar la buena conducta de Vazquez en su lugar de trabajo, y lo que es aquí de vital importancia, el hecho de que el nombrado no pudiera tener con precisión conocimiento de qué día y en qué horario conduciría la camioneta Traffic, ya que el propio testigo se encargaba a menudo de su conducción.
En el mismo sentido depuso a fs. 306/307, Nancy Davila, también empleada de Edgar Plast, quien recordó que esa mañana, cerca de las 8.30 horas, Marcelo Vazquez la condujo en la camioneta de figuración en autos, desde la parada de colectivos hasta su lugar de trabajo, hecho lo cuál Vazquez "...se encaminó a la planta a retirar mercadería, retornando en no más de una hora...hasta las 9.45 hs., oportunidad en que se retira conduciendo la Traffic y a los efectos de trasladarse hasta dos comercios, en uno a retirar una matriz y en otro a comprar pigmentos...Que respecto al occiso Vazquez, la declarante manifiesta que se trataba de una persona muy trabajadora y de bien...".
En iguales términos se refieren a lo sucedido los testigos Guillermo Hernán Zottelo a fs. 857 y Bernardo Héctor Aiello a fs. 862.
Obra a fs. 203/205 la autopsia del nombrado Vazquez, la que arroja las siguientes conclusiones "...Al exámen tanatológico de la superficie corporal se constatan las siguientes lesiones: 1.- Orificio de entrada de proyectil de arma de fuego en la región mastoide izquierda...con salida en región malar izquierda. El orificio de entrada tiene anillo de contusión sin tatuaje. 2.- Orificio de entrada de proyectil de arma de fuego en región lateral izquierda del cuello por delante del borde de trapecio, con salida en la región carotidea derecha, con anillo de contusión sin tatuaje. 3.- Orificio de entrada de proyectil de arma de fuego en región supra espinosa izquierda, de 1 cm., con forma circular, con anillo de contusión y sin salida...Quien en vida fuera ...MARCELO DANIEL VAZQUEZ fallece por una lesión irreversible en médula y por lesión de la vía respiratoria alta y vasos del cuello, hechos estos que le produjeron en primera instancia un paro respiratorio por la lesión medular. Estas lesiones son secundarias a proyectil de arma de fuego, son vitales y de un tiempo de data similar al tiempo de la muerte...".
A fs. 273/274 obra glosado al proceso una noticia aparecida en el Diario Clarín del 8 de noviembre de 1996, en la que los familiares de Marcelo Vazquez afirman la inocencia de su hijo.
Sobre lo que le sucedió a Vazquez esa mañana, arrojan luz los testimonios de Blanca Beatríz Alvarez, corriente a fs. 276/277 y Jorge Raúl Dragone de fs. 278/279, cuando afirmaron laborar en una remisería sita en la calle Rivadavia 1323 de Lanús, y que ese día, entre las 10.30 y 11.00 horas, ingresó al comercio un muchacho joven, cuya descripción coincide absolutamente con Marcelo Vazquez, quien preguntó por una fábrica de aceros, al tiempo que exhibía una boleta. Aclararon que unos dos minutos después de que se retirara el joven de marras, se escucharon ruidos en el exterior, y pudieron apreciar que una camioneta Traffic color crema se encontraba estacionada en doble fila, y que delante de la misma había un automóvil oscuro, con vidrios polarizados, siendo que ambos rodados interrumpían el tránsito. Luego, al observar las fotografías de la Renault Traffic dominio SFX 086 y el automóvil Peugeot 405, dominio C-1.584.426, afirmaron que eran de similares características a los que observaran frente al comercio esa mañana.
En apoyo a lo dicho en el párrafo anterior, obra el testimonio de Roberto Oscar Olaizola de fs. 854/855 y 1.698, a la sazón propietario de una carnicería ubicada en Callao y Rivadavia de Lanús, quien observó una camioneta Traffic, color crema, estacionada frente a su local, con un joven en su interior leyendo unos papeles, y "...luego observa que se aproximan tres automóviles, en el mismo sentido de circulación que tenía la Traffic, es decir de Lomas hacia Avellaneda, ...un Peugeot 405 azul, el cuál se cruza delante de la camioneta Traffic, en segundo lugar lo hacia un coche bordeaux, del cuál no puede precisar marca pero cree que era un Fiat Duna, y en tercer lugar un automóvil blanco, cree también que era un Fiat Uno, pero no lo puede precisar. Que ve que desde el asiento trasero del Peugeot a que hiciera referencia, desciende una persona del sexo masculino, el cuál vestía una campera negra de cuero...el cuál portaba en sus manos una escopeta recortada tipo Itaka, se acercó al conductor de la Traffic, conversó algo y luego le pegó con el culatín del arma en la cara, viendo que el conductor de la Traffic caía en medio de los asientos delanteros. Que en forma inmediata se bajó el que iba de acompañante, siendo que otra persona del sexo masculino bajó del auto blanco y se subió del lado del conductor de la Traffic, y la persona que le pegara al conductor deja el lugar y se sube al asiento delantero derecho del 405..."
Este último testimonio de conjuga armónicamente con el hematoma que, en la persona de Marcelo Vazquez, precisamente en la región temporal, se establece en la autopsia de fs. 203/205.
Lo dicho hasta aquí me permite tener por acreditado que Marcelo Vazquez, lejos de tener participación ejecutiva en la sustracción intentada en la empresa Andreani, fue víctima é mismo de un ilícito, ocurrido en la ciudad de Lanús, en la que se encontraba por razones laborales, oportunidad en que fue golpeado y así llevado dentro del rodado que hasta entonces conducía hasta el predio de la empresa Andreani, donde luego se desarrollaron los sucesos a los que aluden el considerando anterior, en los que sus ejecutores emplearon la camioneta Traffic en la que se encontraba Marcelo Damian Vazquez.
Hasta aquí las certezas, ya que cómo por que y por quién, Marcelo Damián Vázquez fue ultimado en el ingreso del predio de Andreani: no puede recrearse con precisión en estos autos.
Para despejar la incognita planteada en el párrafo precedente, sólo se cuenta con el testimonio del uniformado Hugo Antonio Amarilla, quien a fs. 842/843, afirmó que un sujeto "salió corriendo ...con un arma de fuego empuñada, a quien no le disparó debido a la gran distancia que había entre ambos...que era un joven de aparentemente unos 25 años, cabellos cortos, negros, tez blanca, vestia pantalón de jean y remera clara multicolor...reconoce al sujeto ...cuyo cadáver identificado como...Marcelo Vázquez como el sujeto que saliera corriendo del interior de Andreani empuñando un arma de fuego...".
Claro que el testigo aludido en el párrafo anterior, esto es Hugo Antonio Amarilla depone nuevamente a fs. 1.617/1.630 y dice que esta vez "...dirige su vista a la puente de Andreani, desde donde casi simultáneamente salieron dos personas corriendo. Que ...el primero lo hizo desde las proximidades del lugar donde se encontraba parado el Peugeot y directamente hacia la puerta de la Oxigena. Que mientras corría efectuaba disparos con un arma, una pistola, estando casi seguro el declarante que fue esta la persona que lo hiere en el tobillo. Que el declarante repele la agresión de este sujeto...Que el segundo sujeto salio corriendo de Andreani, lo hizo como "agazapado" en dirección hacia el Puente Velez Sarfield. Que este sujeto tenia en sus manos algo "que para mi era una pistola". Preguntado si vió que esta persona efectuara disparos con dicha arma, dice que no. Preguntado si escuchó que dijera o gritara algo al salir de Andreani, dice que no. Que luego este sujeto cae abatido....Que exhibidas que le son nuevamente las fotografias obrantes en autos el dicente vuelve a individualizar a aquella que corresponde a Marcelo Vázquez (cadaver uno), como el segundo de los sujetos que sale corriendo de Andreani... preguntado si cuando reconoce la fotografía de Marcelo Vazquez como la del segundo sujeto que vio salir de Andreani lo hace por su rostro o por las ropas que vestia, dice que por las ropas, aclara que no vió salir otras personas corriendo desde Andreani, y que después que pasó todo el dicente se acercó a cuerpo y vio que era el mismo que había visto salir de Andreani. Preguntado si recuerda la posición del cuerpo dice que cree que estaba boca arriba, no sabe si con la cabeza orientada hacia Andreani o hacia la Oxigena. Que al acercarse luego al cuerpo no vio el arma, aunque aclara que el cadáver estaba sobre el agua, que no había tanto como en el otro caso pero si había agua. Que no sabe si el arma hubiera podido ser tapada por el agua acumulada en el lugar...que primero salen las dos personas corriendo desde el interior de Andreani e inmediatamente después el Peugeot....".
No desconozco que conforme surge del acta de fs. 2/13, junto al cuerpo de Marcelo Damián Vazquez fue hallada una pistola marca DGMAP calibre 11.25; pero ni el poco contundente testimonio de Amarilla, ni esta circunstancia, desdibujan el crédito que he dado a los elementos de convicción antes mencionados, que me permitieran arribar a la certeza de que Marcelo Damian Vázquez fue una víctima de los hechos que motivaran la formación de la presente causa, y que ninguna participación tuvo en la sustracción intentada.
Pero, ello no impide que queden sin respuesta con lo actuado las preguntas antes planteadas referidas a las circunstancias en que Vazquez fue herido mortalmente, el motivo por el cuál ello sucedió, y la identidad de quien o quienes dispararan contra el nombrado.
Cierto es que sobre el punto depuso Jacinto Antonio Tufaro (fs. 1.332/1.338), quien reproduciendo presuntos dichos del Suboficial Proverbio, afirmó que quien disparó contra Marcelo Vázquez fue el hoy fallecido Comisario Márquez; pero también lo es que convocado a prestar declaración testimonial Osvaldo Rodolfo Proverbio, el mismo depuso a fs. 1.987 y desmintió a Tufaro, afirmando que "...sobre el hecho no puede agregar otra cosa a la ya declarada", en la que ninguna mención efectúa en relación al posible autos de los disparos que culminaran con el deceso de Vazquez.
Tercero:
La segunda pregunta que me he hecho a lo largo del proceso es cuál fue la razón de la numerosísima y calificada presencia policial en el escenario de los hechos.
Es que varias son las explicaciones que los mismos protagonistas le dan dado al punto.
La primera comienza con el testimonio de Gonzalo Roberto Correa (fs. 38, 71 y 1.848/1.852), a la sazón numerario policial, quien dice haber recibido, exactamente a las 9.35 horas, un llamado telefónico anónimo, en el que le advertían " Avisale a tu jefe que dentro de un rato asaltaran una empresa en la zona de Macro".
Esta hipótesis es apoyada por el Comisario Domingo Luis Madrid, a fs. 38 y 1.782/1.784, y de su deposición puede concluirse que recién al tomar conocimiento del llamado telefónico de marras comenzó el procedimiento desarrollado para evitar la sustracción.
Esta versión del suceso encuentra apoyo probatorio en los testimonios de Víctor Hugo Herrera (fs. 39), Vicente Melito (fs. 40/1 y 1.829/1.833), Carlos Arturo Marquez (fs. 42/43), Rubén Miguel Adonajlo (fs. 44), Juan Abelardo Saíz (fs. 45/46), Gustavo Fabián Reale (fs. 51/52), Julio Angel Esterlich (fs. 53), Marcelo Horacio Maccarrone (fs. 64/65), Juan Carlos Cáceres Presentado (fs. 66/67), Ramón Darío Maciel (fs. 68), Guillermo Walter Barrientos (fs. 69/70), Oscar Abel Bustamante (fs. 110/112), Oscar Fabian Tosso (fs. 113/115), Gustavo Fabián Nieva (fs. 118), Gustavo Hernán Tosso (fs. 119/121), Osvaldo Rodolfo Proverbio (fs. 122*/123), Fernando Antonio Montecchiari (fs. 60/61), Carlos Daniel Gómez (fs. 124/125), Daniel Alberto Juarez (fs. 195), Daniel Salvador Baratta (fs. 249/259), Jorge Luis Esquivel (fs. 251/252), y Claudio Alejandro Romero (fs. 253).
Corrobora esta versión del suceso la copia certificada del libro de guardia de la Comisaría de Avellaneda Segunda, corriente a fs. 1166/1169.
Por otro lado, obran en el proceso un grupo de testimonios que - sin mencionar ya ningún llamado telefónico, y mucho menos un anoticiamiento tan cercano al suceso - afirma que los preventores contaban con "... cierta información de que con esa fecha se podría cometer un asalta..." o "se cometería un ilícito tipo comando en esa área".
Así surge de los testimonios de Luis Orlando Peveri (fs. 47/48), Héctor Raúl Fucha (fs. 49/50), Fabián Daniel Perrone (fs. 54 y 801), Jorge Marcelo Gerez (fs. 56/57), Héctor Daniel Chirico (fs. 58 y 803), Isidro Enrique Figueredo (fs. 59 y 802), Enrique Alberto Juárez (fs. 109), Ramón Roberto Salvatierra (fs. 114/115), Héctor Alberto Villalba (fs. 126), Rubén Gregorio Lezcano (fs. 127), Osmar Dalmiro Moreno (fs. 128), Elfio González (fs. 130/131), Luis Adrián Vargas (fs. 153), Miguel Angel de la Vega (fs. 254/255), Carlos Osvaldo Gastaldi (fs. 373/374 y 1.621/1.623), Roman Jose Domingo Vazquez (fs. 756/757, 835 y 2.242/2.243), Hugo Antonio Amarilla (fs. 842/843 y 1.627/1.630), y Christian Enrique Stainnekker (fs. 1587/1588).
Claro que deben convocarse aquí las fotocopias certificadas correspondientes al libro de guardia del Comando de Patrullas de Avellaneda, de la que fluye la salida de cuatro móviles con destino al lugar del hecho, entre 7.17 y las 7.35 horas, conforme se acredita con lo actuado a fs. 1152/1157: así como las corrientes a fs. 1161/1162, que establecen la salida de los Perrone, Gerez y Chirico, a las 7.15 horas, desde la Comisaría de Lanús Cuarta; también las correspondientes a la Subcomisaría Vial del Puente Velez Sarfield, que a fs. 1174/1175, establece la salida de los móviles entre las 08.20 horas y las 08.50 horas del día del hecho; las correspondientes a la Comisaría de Lomas de Zamora Segunda, corrientes a fs. 1202/1210, en las que se establece la salida de los numerarios Sterlich y Fuch, a las 7.30 horas; aquellas glosadas a fs. 1.223/1.227, correspondientes a la Comisaría de Lanús Séptima, en tanto dan cuenta de la salida a las 7.45 horas de el Comisario junto con personal de servicio externo, a realizar un procedimiento en jurisdicción de la Comisaría de Avellaneda Segunda; así como aquellas pertenecientes al libro de guardia de la Comisaría de Lanús Sexta, corrientes a fs. 1.241/1.246, que establece la salida, a las 7.45 horas del Comisario Herrera, el Subcomisario Gastaldi, y los numerarios Reales, Bayona y Amarilla, a las 7.35 horas del día del hecho "en comisión"; y las correspondientes al Comando de Patrullas de Avellaneda, corrientes a fs. 2.150/2.157, en el que se deja constancia de la salida de cuatro móviles, con destino al Puente Velez Sarfield, entre las 7.17 y las 7.35 horas del día del hecho.
También corrobora esta versión del suceso el testimonio que prestara a fs. 1252/1253 José Adolfo Di ofino, empleado de la estación de servicios Esso, ubicada en Rivadavia y Ecuador de Avellaneda, esto es muy próxima al lugar del hecho, quien esa mañana, al arribar a su lugar de trabajo, cerca de las 8.00 horas, advirtió la presencia de diez policías, vestidos de civil, pero que se dieron a conocer como tales, los que portaban un aparato de radio con el que se comunicaban al exterior. Asegura que estos policías tomaron diez cafés, cuyos vasitos dejaron en el sector del lavadero, que ellos estaban ocultos en el sector del lavadero; y que cerca de las 9.00 horas estos policías cortaron la calle, obligando a pasar a algunos vehículos por la vereda. Agregó que cuando comenzaron a escucharse disparos, los policías comenzaron a correr en todas direcciones, el tiempo que decían "sí entró, informaron por radio que entró".
Este testimonio no deja de producirme sorpresa, si se lo compara con el que prestaran Natalia Lorena Timpara (fs. 191), y Sandra Adrian Nieto de Barrientos (fs. 192, 275 y 1171) empleadas de la misma estación de servicios; quien es mañana, cerca de las 8.00 horas, despacharan a un desconocido que viajaba a bordo de una camioneta Traffic, diez cafés. La propia Nieto, en su segunda deposición reconoce a Felipe Meza, como uno de los sujetos que adquirieran la bebida.
Claro está que el mismo sitio de reunión, la misma calidad de cafés, y el horario similar en el que simultáneamente se encontrarían los autores del hecho y el personal policial que pretendía evitarlo; constituye una sugerente coincidencia que no he podido explicar a lo largo de este proceso.
Por otra parte, se encuentra el testimonio de Guillermo Pablo Fregni (fs. 93/94), Jefe de Seguridad de Andreani, no se compadece con lo que vengo diciendo, en tanto el mismo afirma que "...el día de ayer la firma había sido alertada de que se podría producir algún hecho anormal en la zona, o sea, concretamente que podría existir algún atentado contra la firma, lo que no se sabía exactamente era la fecha del posible atentado...".
Y, en el mismo sentido que Fregni se pronuncia a fs. 519/520, Rubén Antonio Dabat, quien afirma que "...ya desde el día anterior estaba el comentario de que algo podía suceder el día del pago de haberes. Que la tesorería había recibido llamadas extrañas el día anterior por parte de personas que se hacían pasar por empleados bancarios solicitando saldos de cuentas corrientes de Andreani, y por otro lado el dicente tomó conocimiento a raíz de comentarios que le hiciera CIRA quien le preguntó si un tal CARRIZO era empleado de ANDREANI, en virtud de que una persona que dijo llamarse así llamó por teléfono a una sucursal de la Banca del Laboro que podría ser la de Barracas, solicitando en nombre de ANDREANI, chequeras, formularios contínuos, que son las chequeras para hacer por PC, aclarando el dicente que ninguna persona apellidada Carrizo trabaja en la empresa, todo lo cual era extremo, sumado a que la Sra. Cira le había comentado que el día anterior, un policía acompañado del Jefe de Seguridad de la empresa GUILLERMO FREGONI estuvo en el banco verificando las instalaciones del mismo... ".
Otros testimonios no dan explicación alguna de la razón de tan numerosa presencia policial en el escenario de los hechos, simplemente reproducen la convocatoria "para brindar apoyo", así surge, por ejemplo, de los dichos de Mario Orlando Magno (fs. 677 y 1.624/1.626).
Como se observa con lo dicho, el interrogante planteado no encuentra respuesta satisfactoria con lo actuado en el proceso, ya que sus propios protagonistas no coinciden en la explicación brindada.
Cuarto:
También ha sido materia de interrogante en este proceso la existencia o no de otros ejecutores del suceso que aquí se resuelve, que hayan podido darse a la fuga.
Esta hipótesis se robustece a poco que se repare en los siguientes testimonios:
A fs. 42/43, el Comisario Carlos Arturo Marquez, recordó que, terminado el intercambio de disparos, se dispuso un operativo, "... con el objeto de lograr la captura de los prófugos...", los que nunca fueron habidos.
A fs. 44 el Comisario Rubén Miguel Adonajlo aseguró que "...un operario le hace señas que en la parte superior de la firma había malvivientes...", los que nunca fueron hallados.
A fs. 68, el Subcomisario Ramón Darío Maciel afirmó que "...que se habían escuchado rumores por parte del personal de la fábrica DEKER lindera a la firma Andreani, de que un delincuente había saltado un muro lindante..." el que tampoco fue aprehendido.
Por su parte, a fs. 69 el Oficial Principal Guillermo Walter Barrientos afirma que "...personal policial previamente dispuesto para la vigilancia de ese sector refirió que unos diez delincuentes habían intentado robar la empresa Andreani...", y luego refiere la existencia de "...siete delincuentes abatidos, mientras menciona la existencia de un alerta que daba cuenta que "...delincuentes habían logrado llegar hasta la fábrica (vecina a Andreani) Decker, por la calle Fiorito ingresaron a la misma...", los que nunca fueron ubicados.
Del mismo tenor que el testimonio anteriormente reseñado, es el del Oficial Ayudante Gonzalo Roberto Correa, corriente a fs. 71.
Por su parte, a fs. 89/90, María Cristina Duarte, empleada de seguridad de la firma DORSAC SRL, que cumplía funciones en Andreani, afirma que "...siendo alrededor de las 11.00 horas y hallándose la declarante en su puesto de trabajo, observa que un automóvil color bordó estacionó en el sector de la playa externa que posee la empresa Andreani, justo frente a la portería, y del mismo baja un NN masculino, el cuál llevaba un bolso color azul francia y se encamina a la puerta de acceso..."" del mismo testimonio fluye que el sujeto de marras no es otro que Felipe Meza, uno de los ejecutores de la sustracción intentada, sin que nunca se haya individualizado al citado automóvil bordó o a sus ocupantes.
El mismo vehículo color bordó, aunque esta vez con más precisión ya que se lo individualiza como Ford Escort, surge del testimonio de Alejandro Fabián Auteri de fs. 356.
Del mismo modo, a fs. 99/100. Roberto Oscar Moreno, también empleado de Dorsac, afirmó que "...luego le dice al conductor de la traffic mientras ingresa que avance hasta poder cerrar el portón que abre hacía adentro (en hoja), como observó un automóvil Fiat Duna blanco, que se hallaba detrás de la traffic, le hizo señas para que retrocediera para poder cerrar el portón, pero en ese momento siente que es encañonado...Que cuando fue encañonado dejó de mirar al Fiat Duna blanco e ignora si éste ingresó o se alejó del lugar...". Este automóvil y sus ocupantes nunca fueron individualizados.
La presencia de un automóvil de iguales características al descripto por Moreno, fluye del testimonio del Sargento Javier Rena Santandreu, quien a fs. 378/379 y 1597, afirmó que esa mañana se encontraba cumpliendo con un servicio adicional en las proximidades del comercio denominado Nucleo, ubicado en Rivadavia, entre Cabildo y Chile de Avellaneda, a unas siete cuadras de la empresa Andreani, lugar por el que -en el momento mismo del enfrentamiento armado- pasa a mucha velocidad., este vehículo, dirigiéndose hacia Lanús, con todos sus vidrios bajos, y cuatro ocupantes, "...dos delante y dos atrás, siendo que estos últimos que miraban como si fueran perseguidos, acota además que los desconocidos habrían permanecido bajo la lluvia, dadas las condiciones de sus cabello...".
Ambos rodados, el blanco y el bordó fueron vistos también por el testigo Olaizola, quien depusiera a fs. 855/856, afirmando que "...luego observa que se aproximan tres automóviles, en el mismo sentido de circulación que tenía la Traffic, es decir de Lomas hacía Avellaneda, ...un Peugeot 405 azul, el cuál se cruza delante de la camioneta Traffic, en segundo lugar lo hacía un coche bordeaux, del cuál no puede precisar marca pero cree que era un Fiat Duna, y en tercer lugar un automóvil blanco, cree también que era un Fiat Uno, pero no lo puede precisar. Que ve que desde el asiento trasero del Peugeot a que hiciera referencia, desciende una persona del sexo masculino, el cuál vestía una campera negra de cuero...el cuál portaba en sus manos una escopeta recortada tipo Itaka, se acercó al conductor de la Traffic, conversó algo y luego le pego con el culatín del arma en la cara, viendo que el conductor de la Traffic caía en medio de los dos asientes delanteros. Que en forma inmediata se bajó el que iba de acompañante, siendo que otra persona del sexo masculino bajó del auto blanco y se subió del lado del conductor de la Traffic, y la persona que le pegara al conductor deja el lugar y se sube al asiento delantero derecho del 405...".
También Carlos Daniel Gomez, a fs. 124/125 se expide sobre el punto, afirmando que "...los malhechores que no pudieron emprender la huída a bordo del Peugeot 405, lo hicieron corriendo varios sujetos en diferentes direcciones, efectuando disparos con las armas de fuego que portaban contra el personal policial...".
En el mismo sentido que Gomez se pronuncian Osmar Dalmiro Moreno (fs. 129/129) y Elfio Gonzalez (fs. 130/131).
Por su parte, Luis Adrián Vargas, a fs. 153, afirmó que mientras se desarrollaba el intercambio de disparos "varias personas del sexo masculino salían corriendo del interior de la empresa", ninguna de las cuales fue individualizada en el proceso.
Corrobora lo que vengo diciendo el hallazgo de dos armas de fuego, en las proximidades del lugar del hecho, de lo que da cuenta el acta de incautación de fs. 159, y el testimonio de Mercedes Agueda Medrano de fs. 186.
Llamo también aquí los testimonios de Natalia Lorena Timpara (fs. 191), Sandra Adriana Nieto de Barrientos (fs. 192, 275 y 1171 y 1.693/1.694 y Paola López (fs. 1.368 /1.369) empleadas de un estación de servicios sita en Rivadavia y Ecuador de Avellaneda; quienes esa mañana, cerca de las 8.00 horas, despacharan a un desconocido que viajaba a bordo de una camioneta Traffic, diez cafés.La propia Nieto, en su segunda deposición reconoce a Felipe Meza, como uno de los sujetos que adquirieran la bebida.
Sobre el punto depuso, también, Rubén Antonio Dabat, a fs. 519/520), quien afirmó que "el empleado de playa que se encontraba con el dicente, a través del ventanal, le indica a la policia que un delincuente había fugado hacia el primer piso...Que a media tarde, el dicente se encuentra nuevamente con el empleado del sector de playas, una persona de unos 24 a 25 años, que se encontraba vestido con ropa grafa azul, preguntándole a ésta persona por donde había visto subir a un delincuente a la planta alta, tal cuál como se lo señalara a un policía a través del vidrio de la ventana, contestándole ésta persona que lo vió subir por la escalera exterior que conduce a los vestuarios...". Este sujeto tampoco identificado en autos.
El testigo Dabat amplía sus dichos a fs. 766, refiriendo que el operario que menciona en su deposición es Jaime Miguel castillo.
Lamo también aquí el testimonio de Jaime Miguel castillo, empleado de la firma damnificada, quien a fs. 1.598/1.599, afirmó que "de las personas que bajaran de la caja de la traffic, al que describe como de remera azul fuerte, no volvió a verlo luego entre cadáveres, que éste era el que tenía el arma larga y el que intentó hacerlo ascender a la traffic cuando el dicente se escapó...Que está seguro que la persona de remera azul fuerte que lo apuntara con el arma larga no estaba entre los cuerpos que quedaron tendidos en los alrededores de la firma...".
Agrego aquí que del sólo cotejo del acta inicial de fs. 2/13 y el testimonio de fs. 102 brindado por Adrián Ricardo Lucci; fluye que en el curso del hecho que vengo analizando, le fueron sustraídos al personal de la empresa Dorsack cinco armas de fuego; resultando, luego, que dos de ellas no fueron recuperadas luego de culminado el fáctico en tratamiento, tratándose específicamente de los revólveres calibre 38, marca Custer, números 3916 y 3918.
Todo ello me permite establecer con certeza que el grupo que intentó la sustracción de la empresa Andreani estaba conformada por más personas que aquellas que fueran abatidas en el exterior de la misma.
Pero sobre la identidad de estos sujetos, no se ha podido avanzar, veamos:
A fs. 377, el Oficial Subinspector David Osmar Pussatti, afirmó haber recibido el día 9 de noviembre de 1996, un llamado telefónico anónimo, en el cuál un hombre le aseguró que "uno de los prófugos del hecho de Andreani, se trataría de NN. O Kenchy", brindándole incluso el domicilio aproximado del nombrado.
En base a la información mencionada en el párrafo anterior, se produjo la diligencia de fs. 831/833, no pudiéndose identificar al nombrado Kenchy.
En relación a la identidad de este sujeto, ahora mencionado como "Genchi o Quenchi", deponen a fs. 1.777/1.778 y 1.779/1.780, respectivamente, los funcionarios policiales Guillermo Marcelo Konop y Adrián Leonardo Petroni, quienes dijeron ser amigos de una de las víctimas de autos, y afirmaron que "conoce en relación a esta causa que habría una persona prófuga, apodada "Genchi o Quenchi". Que ha tomado conocimiento de ello al interiorizarse del caso y con información suministrada por la entonces Brigada de Investigaciones de Lanús...", para luego mencionar haber procedido a la aprehensión de Sergio Nestor Gallero, quien poseería dicho apodo, ello en el marco de una causa en trámite por ante el ex Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional número 12 Departamental.
Conforme a lo actuado a fs. 2.395 Gallero, que se encontraba detenido en el momento del hecho tal como surge del proceso antes referido, falleció con posterioridad en el Hospital de Olmos.
Por su parte, Andrés Eligio Verón, prestó declaración testimonial a fs. 1285/1287, y dijo que su hijo, que había sido víctima de homicidio en fecha reciente, habría tenido conocimiento de la planificación del suceso que aquí se juzga, en el que habrían participado "El curita o Samuel Gatti y Fredy"
Por su parte, a fs. 1288/1289, presta declaración testimonial Pedro Angel Avio, quien aún sin dar muchas precisiones sobre la forma en que los sucesos llegaron a su conocimiento, afirmó que "...la banda que llevó a cabo el hecho de Andreani está integrada por 42 personas, aproximadamente.... Esta gente le mencionó que hay por lo menos dos personas que participaron en el hecho y que estarían prófugos y que en este momento estarían amenazados de muerte tanto por el resto de la banda como por Mario Rodriguez. Que la gente de la banda los quiere matar porque son traidores porque en Andreani murieron todos y Mario Rodriguez los quiere matar para que no hablen. Que no sabe los nombres reales pero un de ellos sería apodado "Chimba" ...y el otro es apodado "Tula". Ice que también trabaja con Mario Rodríguez y habría provisto las armas al grupo que robo Andreani es Miguel Angel Guzman... ".
También mencionado a los señalados como "Chimba y Tula", obra el testimonio que a fs. 1306/1.308 prestara Daniel Dolores Hidago, cuando refirió ser amigo de Rubén César Solís, quien se habría puesto en contacto con el mismo vía telefónica, anunciándole haber tomado contacto con un tal "Chimba"...que Solís le anunció que al día siguiente o a más tardar el miércoles tenía un trabajo...Que el dicente sabe que Chimba entregó varios hechos que terminaron con la muerte de varias personas y siempre con algún "prófugo aparente" que se lleva el botín. Que para esto trabajaba en combinación con Mario Rodríguez quien "solía asesinar a los delincuentes porque sí"...Que Chimba tiene relación con otra persona de Fuerte Apache de apodo " Tula"..."
Y, en los mismos términos obra una declaración con reserva de identidad recibida en la Fiscalía General Departamental, que obra a fs. 1.347.
Convoco del mismo modo aquí los testimonios de Carlos Alberto Ancharte (fs. 1257/1.269 y 1.309/1.310), Jacinto Antonio Tufaro (fs. 1.332/1.338), Domingo Antonio Schillase (fs. 1858/1859 y 1856), Néstor Omar Brucella (fs. 1935/1941), y Carlos Alberto Gómez (fs. 1982/1984), sobre los que luego he de expedirme en considerando quinto, sólo en cuanto mencionan algún dato identificatorio de posibles coautores del hecho que no fueran individualizados hasta aquí.
En relación a todas las personas mencionadas por los testigos citados en el párrafo anterior, y en las demás piezas de convicción hasta aquí citadas, se dispuso a fs. 2.286 su completa identificación y localización; arrojando dicha orden resultado negativo - sea porque no se pudo dar con el paradero de las personas buscadas, o porque las mismas habían fallecido - conforme se acredita con lo actuado a fs. 2.295, 2.304, 2.307, 2.331/2.332, 2.381/2.382, 2.395, 2.396; excepción hecha de Samuel Gatti, a quien se convocó a prestar declaración informativa a fs. 2.538, y ha hecho uso de su derecho a negarse a declarar en este proceso.
Luego, concluyo, en el curso de la sustracción tentada que es objeto de este proceso, tuvieron participación ejecutiva un número indeterminado de sujetos no fueron identificados en el proceso, los que lograron darse a la fuga.
Quinto:
Corresponde dar aquí tratamiento a la distintas versiones de lo sucedido, que han surgido de algunas piezas procesales, y que no han tenido debida corroboración con lo actuado.
1.- Así de la noticia aparecida en el Diario Clarín el 8 de noviembre de 1996 fluye que los funcionarios policiales intervinientes en el suceso habrían afirmado que "El robo frustrado a la empresa Andreani no fue el único golpe de esta banda. El 25 de setiembre pasado, la misma organización habría intentado copar la Sucursal Castelar del Banco del Buen Ayre. En esa oportunidad, unos 10 ladrones armados con Itakas y Granadas, se tirotearon con la policía utilizando como escudo a los quince clientes que había en el Banco. "Estamos seguros que son los mismos. Los policías de Castelar que vieron lo de Andreani por televisión los reconocieron", explicó una fuente policial..."
En virtud de ello se requirió y fueron recibidas en este Juzgado fotocopias certificadas de la causa 29.875, del registro del ex Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional número 8 del Departamento Judicial de Morón, las que obran a fs. 2.424/2.528, sin que de la misma fluya ningún elemento de convicción que pueda vincular a sus autores con los sujetos del ilícito que aquí se resuelve.
2.- Luego, a fs. 614/617 obra glosada una nota aparecida en la revista Noticias, del 9 de noviembre de 1996, titulada "Los perros de la calle", de la que fluye que Marcelo Vazquez habría bajado de la Traffic, desarmado y con los brazos en alto; que dos de los ocupantes del Peugeot 405 fueron "rematados" por el personal policial interviniete cuando yacían heridos en el pavimento; y que todo se debió a una "encerrona armada" por la policía con el objeto de lograr un hecho espectacular y "hacerse del botín.
El integrante del conjunto musical "Los Wawancó" que habría comentado al periodista de Noticias lo sucedido esa mañana, resultó ser Félix Ricardo Vigliezzi, quien depuso a fs. 676 y 2.241 negando terminantemente la hipótesis.
3.- A fs. 865 obra un informe del Actuario dando cuenta que el mismo día de ocurrido el suceso que se juzga se recibió en Secretaría un llamado telefónico de una mujer que sólo se identificó como "Mirta", quien "... dijo ser policía y pertenecer a la Unidad Regional II de Lanús, la que notoriamente alterada dijo una y otra vez que "Rodríguez es un asesino, mandó matar a los chicos, tienen que pararlo". Que al intentar calmar a esta mujer para lograr que se identificara y que concurriera al Tribunal a declarar lo que sabía del hecho que se investiga, la misma de inmediato cortó la comunicación. Tiempo después, sin poder precisar fecha exacta, aparentemente la misma mujer, volvió a llamar por teléfono al Tribunal, afirmando que la investigación seguia buen rumbo y que ella tenía conocimiento de cómo y por qué se había producido el hecho. Otra vez, se insistió una y otra vez intentando obtener las circunstancias personales de esta persona que llamaba por teléfono, sin lograrlo, ya que la misma cortó la comunicación..."
La presunta autora del llamado, Mirta Esther Pozzer depuso a fs. 1.389 y 1.600, afirmando conocer el suceso que se juzga sólo a través de los comentarios periodísticos.
4.- Luego a fs. 872/1101 obra copia de la declaración prestada por el Comisario Gral. Pedro Anastacio Klodczyk, el 14 de febrero de 1997, ante la Comisión Investigadora de la Aduana de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación; la que fuera requerida a partir de una nota periodística en la revista Noticias, que daba cuenta de la misma.
En lo que aquí nos ocupa, fluye de lo actuado a fs. 1050/1051 que el declarante afirmó que Mario Rodríguez "... por lo que ví de afuera - porque yo no estaba - él tenía la información de que iban a asaltar el lugar y preparó todo para enfrentarse a un grupo bien armado. Se fue de madre, hubo corridas y un montón de cosas más, no se si él motivó a los tipos a que fueran, pero da la impresión de que los estaban esperando...".
Convocado a prestar declaración testimonial Pedro Anastacio Klodczyk, comparece a fs. 1188, y afirmó no recordar haber dicho exactamente lo que se transcribió precedentemente, y que no tenía ningún conocimiento de lo sucedido esa mañana.
5.- Con fecha 15 de noviembre de 1996, en el marco de este proceso, se recibió en Secretaría un llamado telefónico anónimo donde una persona de sexo masculino que no quiso identificarse, afirmó poseer información sobre lo realmente ocurrido en el marco del hecho que aquí se juzga. Este sujeto aseguró que dos de las personas prófugas en el suceso serían funcionarios policiales, especificamente el Subcomisario Martínez y el Oficial Heindl; los que habrían provisto las armas para el robo y que "... el comentario gemeral de la Policía es que el hecho de Andreani es " una operatoria montada por el Comisario Rodríguez para evitar su pase a retiro y que, con conocimiento con mucha anticipación del robo que se intentara, montó todo el operativo "para ganar puntos" ante la Superioridad...aseguró que en la Comisaría de Avellaneda Quinta, en el libro de guardia respectivo figura la salida en comisión del Subcomisario Martínez al Chaco u a otra provincia del norte argentino, en el día del hecho o días previos, aún cuando ése nunca viajó a dicha Provincia..."
A raíz de esto se formó la causa 56.604, en la que se practicaron diversas diligencias a fin de verificar lo expuesto, entre ellas se diligenció un exhorto a la provincia del Chaco por personal de este Juzgado, estableciéndose así que ambos funcionarios policiales aludidos, esto es Martinez y Heindl efectivamente se encontraban en la Provincia del Chaco cuando se cometiera el suceso que aquí se investiga.
6.- Otra de las hipótesis ha fluído del testimonio de Carlos Alberto Ancharte glosado a fs. 1257/1269, que concretamente, y en lo que este hecho se refiere, dice tener conocimiento de lo sucedido en el robo de la empresa Andreani, ya que dos días antes del suceso lo fue a buscar a su casa el numerario policial Fabian Tosso, del servicio externo de la Comisaría de Villa Centenario "...que fueron con Rambo en un Falcon verde clarito, que el dicente no estaba y le dejan el mensaje a su mujer, que lo esperaban al día siguiente, a almorzar en un restaurante que se llama Diva y que queda en 25 de Mayo y Pavón de la localidad de Lanús Oeste.
Que el dicente a Tosso lo conocía porque un tiempo antes había colaborado en la detención de Juan Richouto por el robo de un Ford Escort, que le mencionó que tenían información de un robo grande que iba a hacer una gente, uno de los cuales vivía en Budge, que Tosso le mencionó "este trabajo es del viejo" refiriéndose a Rodriguez, y "vamos a necesitar algún testigo, porque vos sabés como es el viejo, estos van al corte", y le comentó que hacía siete días que tenían información de lo que iba a suceder, que sabía que la gente de la banda estaba buscando una Traffic y que estaba arreglado que irían tres oficiales de jerarquía por Comisaría. Que al día siguiente se comunica por teléfono con Tosso, a la misma comisaría y quedaron en que Rambo lo iba a pasar a buscar, que Rambo lo pasó a buscar el día del hecho a la mañana y como llovía el dicente puso eso como excusa para no ir, ahí me entero lo del café de la YPF y que habían robado un 405 oscuro para hacer el hecho y una Traffic. Que como la banda estaba vigilada la policía vio cuando robaron el 405 oscuro y la Traffic, y sabían que arriba de la Traffic estaba el chofer que no tenía nada que ver con la banda. Que al día siguiente lo fue a buscar Tosso para recriminarle porque no había concurrido, y a decirle que de todas maneras tenía que estar a disposición porque se había armado quilombo, porque habían matado al pibe de la Traffic y había unos policias heridos...Que al dicente le consta que el Comisario Rodriguez trabaja en complicidad con varias bandas, directamente o a través de otros policías, que los proveía de armas, les vendía los hechos y que retiraba al custodia cercana a los hechos que pudiera existir, y que de esto cobraba un porcentaje de lo sustraído...que estaban reunidos con este hombre en un puesto de Choripán, en la esquina de Mozzati y Cosquín, y apareció una persona que luego se retiró, y el dueño del Renault 18 (que no identifica de manera alguna) le dijo "ves éste se va a hacer casi de un palo verde, trabaja con Rodriguez"- Exhibidas que le son las fotos de los abatidos en el hecho de Andreani, dice que "el individualizado como Escobar se parece mucho a la persona que fue a ese lugar". Que continuamente la persona del Renault 18 le decía que era un tonto queriendo poner un negocio, por lo que él tenía que hacer era pedirle a Rodriguez que le entregue un trabajo de 30 o 40 mil pesos y le limpie la zona. Que Tosso le pedía que declarara y que dijera que "el mismo día del robo de Andreani le habían avisado del hecho y que todo se había arreglado sobre la marcha". Que continuamente en su relación con Rodriguez escuchaba que él decía "caiga quien caiga, voy a llegar al sillón " refiriéndose a la Jefatura de Policía...".
El mismo testigo depone a fs. 1.309/1.310 y aclara que "...Que el dicente tiene conocimiento que una de las personas que murió en Andreani se apodaba Bordolino, que robusto, pelo corto ondulado y negro, cutiz trigueño, de más de 30 años. Que este Bordolino es el hombre que vió en el bar de Cosquín y Mosoti que menciona en su declaración anterior. Que Bordolino integraba una banda de piratas del asfalto que "perdió" en Budge por la Brigada de Lanus..."
En la misma línea obra la denuncia con reserva de identidad que remitiera a esta sede el Sr. Fiscal General Departamental, y que obra a fs. 1.277/1.278, de la que surge que "...sabe el dicente lo siguiente: para ser más preciso entre fines del año pasado y principios del 1997 MARIO RODRIGUEZ se entera por un informante que iba a ser asaltada la firma ANDREANI, de esto se entera una semana antes de ocurrido, y el nombrado comienza a armar todo el procedimiento, pudiendo asegurar el dicente que con antemano efectúan los policías los seguimientos e individualización de cada uno de los integrantes de la banda que robaría la empresa aludida, también sabe quien depone que reclutaron testigos previo los hechos con el fin de que sus testimonios favorecieran a los policias. Que de esta manera RODRIGUEZ y sus hombres sabían que quien conducía la Traffic en que se movilizaban los delincuentes para asaltar la empresa era un rehén inocente, pero ello no fue abstáculo para que abrieran fuego indiscriminadamente contra todos...".
Ningún elemento de convicción arrimado a este dilatado proceso ha corroborado las manifestaciones antes transcriptas.
7.- Presta también declaración testimonial , a fs. 1.332/1.338, Jacinto Antonio Tufaro, quien afirma que "...centrado el tema concreto de investigación en este proceso, el dicente refiere que en el mismo participó el Suboficial Proverbio...Que según sabe el dicente el Comisario Mario Rodriguez en las academias se quejaba permanentemente porque "no mataban ningún delincuente en Centenario". Que incluso en una oportunidad el dicente sabe que hubo una discusión entre el Comisario Amato y Mario Rodriguez, porque el primero le dijo que si le armaban un hecho en su jurisdicción se iba a sentar a escribir la realidad de lo sucedido, y no lo que el Jefe de la Unidad Regional quisiera. Que preguntado concretamente a qué se refiere con "armar un hecho" dice que si alguno de los policías que trabaja con Rodriguez conocía a un delincuente o un informante, se le entregaban primero varios hechos chiquitos como para que la gente entre en confianza, que se los dejaba hacer. Que si era necesario le proveían las armas y de coches. Que las armas provenían de secuestros que nunca se legalizan y los autos son robados y hallados, aún cuando nunca se blanquean, que después de varios hechos chicos, se les da la información de un hecho grande, importante, se les promete cierta seguridad en la obtención del botín, se los deja entrar a hacer el hecho y se deja escapar al informante y al resto de la banda de los mata a todos, porque si alguno quedara vivo iban a entrar a desconfiar del informante y eso era peligroso. La plata o el botín desaparece y se le echa la culpa al prófugo cuando en realidad se reparte entre todos los que participaban en el procedimiento. Que Proverbio le comentó que el hecho de Andreani había sido arreglado así, pero que no sabe porque no se robó nada. Que sabe, por Proverbio, que el comisario Marquez remató al chico Vazquez, que no tenía nada que ver con la banda, y que también lo hizo con otro que estaba herido aún cuando no de gravedad. Que para ello cree que utilizó una pistola 45. Que también sabe que todos los policías que participaron en el procedimiento se reunieron a la mañana en la Unidad Regional y que allí el Comisario Rodriguez les dio órdenes precisas y le dijo que quería por lo menos siete muertos. Que esto lo hacía porque como en el proceso del declarante buscaba hechos resonantes, para llegar al sillón del Jefe de Policía. Que el dicente tiene conocimiento de que el Sucomisario Martínez y el Suboficial Heindl no estaban en el Chaco y que estuvieron ese día supervisando todo en Andreani y después se fueron. Que también tiene conocimiento que existen prófugos en el hecho, por lo menos dos, un tal Richard Acosta, persona que vive en la calle Trelles. Que sabe que estas personas están muy asustadas porque los quieren matar y que pensaban irse del país, sino tenían garantías para presentarse y preservar su integridad física. Que el dicente tiene conocimiento que la banda que intentó robar en Andreani la armó el Subcomisario Martínez, desde la Comisaría de Avellaneda quinta, con Richard y Meza, los que había detenido poco tiempo antes en esa dependencia. Que el dicente tenía conocimiento, por boca del propio Oficial Felix, que éste tenía escuchas telefónicas que vinculaban al subcomisario Martinez...y a otra gente con el tema de la droga, que sabe que este Oficial pretendía presentarlas a la Justicia, lo que le hace presumir que fueron sus propios compañeros los que lo mataron para evitar que hablara. Que Proverbio le dijo que a Félix nadie lo quería llevar al hospital, por lo que tuvo que hacerlo él mismo...Que los prófugos que no llegaron a entrar a Andreani iban en un Fiat Duna blanco y cuando empezaron los tiros se dieron cuenta de todo y se fueron..."
Pero, convocado a prestar declaración testimonial el aludido Osvaldo Rodolfo Proverbio, el mismo depone a fs. 1.987 y desmiente a Tufaro, afirmando que "...sobre el hecho no puede agregar otra cosa a la ya declarada"; y en relación a la presunta participación en el suceso de los uniformados Martinez y Heindl, he de remitirme a lo dicho en el punto 5 de este considerando.
8.- Una nueva versión del suceso se introduce a través de la denuncia formulada ante la Fiscalía de Juicio en lo Criminal y Correccional 5 Departamental, bajo reserva de identidad, de la que fluye que "...en el mes de setiembre, en que se encontraba alojado en la Unidad 16, en el Penal de Caseros, llega a su poder una carta dentro de un sobre conteniendo papeles y fotografías, en la que se relataba que la foto era de Alfredo Leguizamon, quien fue la persona que supuestamente se encargó de juntar las personas que vivían en el ámbito de Villa Fiorito, Ingeniero Budge y Villa Centenario (tiene entendido) con el objeto de cometer un ilícito tipo comando que luego fuera conocido como el asalto a la Sucursal de la Empresa de Correo Andreani, en el partido de Avellaneda. Que Leguizamóm aportó armamento y ropas de trabajo que se usaron en el precitado evento, siendo también la persona que los lleva hasta el lugar, resultando ser uno de los prófugos. Que la supuesta banda fue armada con el conocimiento del Sr. Jefe Regional, Comisario Mayor Mario Rodríguez, Subcomisario Fernando Montecciari, Subcomisario Delgado, entonces Jefe de Calle de la Comisaría de Villa Fiorito. Que Leguizamón trabajaba como informante para la dependencia policial de Villa Fiorito, llevando a cabo hechos ilícitos de los cuales formaba parte para luego fugarse y dejar a sus compañeros detenidos, arreglando este tipo de trabajos con el Jefe de calle, quien a su vez se encontraba autorizado por el Sr. Jefe Regional. Que antes del hecho de "Andreani" hubo una reunión entre los nombrados funcionarios policiales con el fin de determinar el lugar en que se llevaría a cabo el ilícito, ya que los que lo cometieran habían sido convocados por Leguizamón, determinándose que el ilícito se llevaría a cabo en la citada empresa Andreani, ya que allí se podría obtener una suma elevada de dinero. Luego Leguizamon los lleva al lugar del hecho y antes de producirse el enfrentamiento con personal policial, se da a la fuga en un automóvil, que el dicente supone era modelo Fiat Uno. Que ...para certificar que Leguizamon trabajaba como informante para la Seccional 5ª de Lomas de Zamora, en el transcurso del año 1996, propongo al Sr. Domingo Antonio Schilliasse, que era numerario de esa dependencia y se halla actualmente alojado en el Penal de Caseros..."
La persona aludida en la denuncia que antecede, esto es Domingo Antonio Schillasse depone testimonialmente en este proceso a fs. 1.858/1.859 y 1.876, y afirma conocer a Alfredo Leguizamón, caracterizándolo como "informante" de la Comisaría Quinta de Lomas de Zamora y que "en una oportunidad lo detiene al nombrado con una moto robada, lo lleva hacia la Comisaría y le comunica la novedad al Oficial Inspector Arturo Alvarez...Media hora después lo observa que el nombrado se retira de la dependencia con la motocicleta con la que el dicente lo había aprehendido. Que el dicente le pide explicaciones al Jefe de Calle sobre esta actividad evidenciada y el mismo le dice que prefería "cambiar figuritas" con esta persona, porque tenía gran conocimiento de la zona y podía suministrar amplísima información sobre los delitos que se produjeran...gracias a la información suministrada por Leguizamóm se esclarecieron muchísimos delitos.... a principios del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y seis, y a poco de iniciada la " relación" con Leguizamón...el nombrado le dice que tenía gente grande para hacer un trabajo grande, entendiendo el dicente por "grande" al hecho de que es gente con experiencia en la delincuencia. Que para ese hecho necesitaba equipos de ropa de trabajo y armamento bueno. Que Alvarez le preguntó sobre el objetivo a asaltar y Leguizamóm le contestó que en principio iba a ser una empresa telepostal de Avellaneda, pero necesitaba para establecer la fecha del hecho, saber fechas de cobro y demás datos, con el objetivo de hacerse de un botín lo más grande posible. Que en esta reunión quedó establecido que Alvarez se encargaría de conseguir las armas en tanto que Leguizamón la ropa o uniformes de trabajo necesarios para el hecho......", aclarando posteriormente haberse encontrado dos veces en forma circunstancial con Leguizamón, y que este le hizo allí referencia que el hecho de cometería contra la firma Andreani, y que las armas que le habían llegado le satisfacían.
Contando con fotografía aportada por el denunciante bajo reserva de identidad, se llevó a cabo a fs. 1.919/1.918 una diligencia de reconocimiento por parte del testigo Jaime Miguel Castillo, en relación al nombrado Alfredo Leguizamón, arrojando la misma resultado negativo.
Por lo demás, conforme surge del informe de fs. 2.381, Alfredo Leguizamón ha fallecido en el curso del año 2.003.
Esta versión del suceso fue parcialmente corroborada a través de las transcripciones de fs. 1.931/1.933, aunque allí se alude a otro "entregador" del hecho que habría actuado en forma simultánea con el tal Leguizamón, tratándose de un tal "Fredy", quien resultaría ser cuñado de Felipe Meza. En el mismo sentido deben valorarse las actuaciones de fs. 2.042/2.087, y 2.89/2.096 sin poder dejar de mencionar aquí que de las mismas fluye un acuerdo previo de los interlocutores sobre los detalles que luego brindarían en sus respectivas deposiciones, y la enemistad que ambos tienen con el Oficial Alvarez, todo lo cuál sin duda, desdibuja la credibilidad de sus dichos.
Mencionado por Schillasse en su declaración, a fs. 1.935/1.941, prestó declaración testimonial Néstor Omar Brucella, quien afirmó que actuaba frecuentemente como "perito fotógrafo" de la Comisaría de Lomas de Zamora Seccional Quinta, en la que laboraba el Oficial Alvarez, y en tal actividad conoció a una persona llamada Alfredo Leguizamón, quien fue detenido en la misma, reproduciendo al igual que Schillase el motivo tanto de la detención como de la liberación de Leguizamón, aún cuando sobre éste último punto afirma " igualmente Leguizamón iba a recuperar su libertas, dado que (de) imputársele algún delito sería sólo el de encubrimiento y éste no es detenible, por lo que en realidad lo que hizo Alvarez fue "venderle humo" a Leguizamón".
Luego, centrado el testigo en relación al aporte que habría hecho o prometido el mentado Leguizamóm, dice haber tomado conocimiento de ello en forma indirecta, a través de conversaciones mantenidas con otros dos funcionarios policiales, esto es Cabreli y Schillase. Aparecen aquí nuevamente como presuntos prófugos del suceso que es materia aquí de pronunciamiento, los ya citados "Fredy y Richard"; y agrega a "unos chilenos" que habrían participado en el hecho y aduna que "ha escuchado en la zona que, aproximadamente entre uno y dos años antes del hecho que se investiga en este proceso, se habría producido por parte de personal de la Brigada de Investigaciones de Lanús, un secuestro de armas largas en la zona de Capital federal, y que al menos parte de esas armas habrían sido utilizadas por los asaltantes para este hecho...sólo es versión circulante y no le consta...".
Finaliza el testigo su deposición aclarando las razones por las cuales decidió romper su relación con el Oficial Alvarez, vinculadas ellas a una causa judicial que habría tenido al propio testigo como imputado.
Pero, examinados que fueron los libros de la Comisaría Quinta de Lomas de Zamora, a fs. 1974, no fue posible hallar antecedente alguno de la aprehensión en la misma de Alfredo Leguizamón.
Concurre, luego, a prestar declaración testimonial Carlos Alberto Gómez (fs. 1.982/1.984), quien para ese entonces resultaba ser Cabo Primero de la Comisaría de Lomas de Zamora Quinta, quien comienza su relato afirmando haber tomado contacto previo con el ya citado Omar Brucella, y corrobora a éste en cuanto a la detención de Alfredo Leguizamón en la dependencia policial citada.
Luego, el testigo refiere una escena ocurrida poco tiempo antes de ocurrido el hecho que nos ocupa, que lo tuvo como protagonista junto con Felipe Meza, en la que el mismo le habría anunciado, en evidente estado de ebriedad "...después que yo me pare te dejo el 18 para trabajar...se iba a parar con un hecho grande..."; a pesar de esta última afirmación el testigo continúa su relato afirmando que "...ignoraba que el grupo que frecuentaba Meza se dedicara a delinquir", y a renglón seguido identifica a los integrantes de este grupo como "...Rubén Roca...Cacho Fernández...Fredy...El Chango...Pelusa, el Polaco Richard...El Tarta...".
Afirma luego el testigo que "...un año después del hecho, se encuentra con MIGUEL EL DIABLO, quien se hallaba drogado, ...y le manifiesta al dicente que ...en ese laburo de Andreani, a nosotros nos vendieron...y le cuenta que el grupo que había intentado robar ANDREANI además de los muertos estaba integrado por el ya mencionado PENDEJO ROCHA, EL PATON FERNANDEZ, EL CHANGO, EL PELUSA, RICHARD, FREDY, Y EL CHILENO MIGUEL, le refiere que...habrían arreglado con la policía para cometer el hecho y que ésta los habría traicionado, nombrándole a "RODRIGUEZ" como el policía que los habría traicionado, le cuenta además lo siguiente, que el 405 llegó a entrar, que creía que FELIPE se hallaba en el mismo, y que en la COMBI se hallaban dos más, quienes serían gente de la localidad de San Martín, le refiere que él (MIGUEL ZALAZAR), se hallaba en un vehículo DUNA ROJO en las esquinas de Ecuador y Rivadavia, donde funciona una estación de servicio lindera a una fábrica en las inmediaciones de Andreani, que el PENDE se hallaba en el RENAULT 11 CREMA en Santa Fé y Cabildo, y el vehículo VERDE refiriéndose al Renault 18 de Meza, iba a darse a la fuga por Rivadavia...que LEGUIZAMON iba a actuar de rehén para que la policía no les dispare...diciéndolo el Tara que FELIPE MEZA le pagaba para cuidarle los vehículos, entre ellos una COMBI furgón, en donde se hallaban las armas que iban a utilizar en el asalto a Andreani...".
Depone, luego, a fs. 2.037/2.039, en estos autos Héctor Alberto Cabreli, quien fuera aludido por los testigos mencionados en este punto, y respecto a quien se habría producido algún acto de naturaleza intimidatoria, conforme la versión dada a fs. 2.007 por Omar Brucella. El mismo comenzó su relato afirmando haber sido personal hasta el año 1997, oportunidad en la cuál fue declarado prescindible, señalando haber prestado servicios en la Comisaría de Lomas de Zamora seccional quinta, donde conoció a Alfredo Leguizamón, a quien dice haber visto dos o tres veces en la dependencia policial, desconociendo los motivos de la concurrencia del mismo, afirmando asimismo desconocer si existía relación de "informante" entre Leguizamón y el Oficial Alvarez y que no recuerda reunión alguna en el Servicio de Calle entre Alvarez y Leguizamón, en relación a información que éste último tuviere sobre la comisión de un hecho ilícito. Finalmente el testigo negó haber padecido intimidación alguna por su posible deposición en este proceso, y agregó sobre el punto "que últimamente recibió llamadas intimidatorias anónimas que supone se hallan relacionadas con la disposición del declarante de recurrir a la justicia para resolver su situación procesal...".
Pero, el resultado de la diligencia a través de la cuál el testigo Castillo no individualizara a Leguizamón como uno de los autores de la sustracción intentada, sumada al contenido mismo de la desgrabaciones de las intervenciones telefónicas producidas, las contradicciones en que es dable apreciar entre este grupo de testimonios, y la enemistad ostensible que los testigos tienen con por lo menos una de las personas a quienes dirigen su imputación; me impiden fundar en las actuaciones que he analizado aquí, aún un estado de sospecha que permita continuar con la investigación desarrollada.
9.- Otra vez, a fs. 2.103/2.144, obran deposiciones formuladas bajo identidad reservada en el marco de la causa 39.405 del registro de la Unidad Funcional de Instrucción 6 Departamental, en la I.P.P. 39.405.
El único pasaje que se refiere al hecho que nos ocupa, se encuentra glosado en una de las declaraciones, a fs. 2.129, de la que fluye "la mamá de Gastón le refirió hace aproximadamente un año y medio atrás de las muertes acaecidas en Avellaneda, en Andreani". Que éste le dijo que le daba lastima por los pobres muchachos, ya que los conocía a todos y que Gastón tenía que ir ahí, pero tuvo suerte de no ir. Que dentro de los muertos en Andreani había algunos muchachos que salían y entraban de las Comisarías para robar. Que esto fue una buchoneada de la madre de Gastón, que ella siempre buchoneo para cambiar, ya que el yerno de ella, que se apellidaba Benítez robaba siempre, al igual que Gastón..."; a lo que cabe agregar, en otra de las declaraciones, a fs. 2.141 que uno de los deponentes afirma "...Que en una conversación en la casa de la madre de Gastón, antes de que la dicente saliera con Gastón, sin recordar fecha exacta, la madre de Gastón le dice a la madre de la deponente que suerte que Gastón no fue a lo de Andreani porque parece que los habían mandado presos a todos y murieron cuatro compañeros de Gastón. Que no lo había dejado ir porque tenía un mal presentimiento..." .
De estas manifestaciones, formuladas por quienes no se han identificado en autos, nada puede extraerse para continuar la investigación.
Como se observará por lo que vengo diciendo en este considerando, ninguna de las hipótesis reseñadas ha encontrado corroboración en autos, resultando varias de ellas, incluso, contradictoras entre sí; y por concluyo por ende que corresponde adoptar, respecto a la actuación del personal interviniente en el suceso de marras, un criterio expectante, hasta la aparición de nuevos elementos que justifiquen la reapertura de la investigación.
En virtud de todo lo hasta aquí dicho, RESUELVO:
Iº) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL en este proceso, en relación a FELIPE MEZA, HUGO DANIEL ESCOBAR, DANIEL ARTURO PAZ, RUBEN CESAR SOLIS, LUIS DOMINGO o MANUEL DOMINGO GODOY y JOSE LUIS YANACON, por haberse producido el deceso de los mismos. Artículo 59 inciso 1º del Código Penal.
IIº) SOBREER PROVISORIAMENTE la presente causa, en relación a los coautores del hecho no individualizados en el proceso, a tenor de lo normado en el artículo 382 inciso 2º del Código de Pocedimiento Penal.
IIIº) SOBRESEER PROVISORIAMENTE la presente causa, en relación al delito de HOMICIDIO del que resultara víctima MARCELO DAMIAN VAZQUEZ, a tenor de lo normado en los artículos 79 del Código Penal y 382 inciso 2º del Código de Procedimiento Penal.
IVº) SOBRESEER PROVISORIAMENTE la presente causa, en relación al accionar del personal policial interviniente en el suceso, a tenor de lo normado en el artículo 382 inciso 1º del Código de Procedimiento Penal.
Vº) Ordenar el decomiso y destrucción por Secretaría de las ropas y otros efectos personales, así como de las vainas servidas incautadas en el proceso. Artículo 23 del Código Penal.
VIº) Disponer el decomiso y puesta a disposición del Poder Ejecutivo de las armas y proyectiles secuestradas en autos. Artículo 23 del Código Penal.
VIIº) Convertir en definitivas las entregas en depósito instrumentadas en el proceso.
VIIIº) Ordenar la devolución de los libros oportunamente requeridos a la ex Brigada de Investigaciones de Lanús.
IXº) Disponer, conforme fuera solicitado a fs. 2.537 que, firme que sea la presente, se remita la misma "ad effectum videndi" al Tribunal de Trabajo número 1 de Lanús, conforme fuera solicitado en los autos Vazquez, Carlos Hugo y otro c/Edgard Plast SHD y otro s/accidente- Expediente 6108".
Notifíquese al Sr. Agente Fiscal, líbrense cédulas de notificación, cúmplase con la remisión dispuesta en el punto IXº) y, devuelta que sea, resérvese en Secretaría hasta la aparición de nuevos elementos que justifiquen su reapertura. Fdo. Dra. Silvia Susana Gonzalez. Juez.-
En la fecha se libraron cédulas de notificación. Conste. Fdo. Javier Oscar Vitale. Secretario.-