I.1: Visite la pagina http://www.caracasstock.com/esp/index.jsp,  determine cada ente u organismo que interactúan, su función y responsabilidad.

 

Entidades Reguladoras

* Ministerio De Finanzas

Es un organismo del Poder Ejecutivo central encargado de la dirección de las finanzas públicas y de la formulación de políticas económicas y presupuestarias.

* La Comisión Nacional de Valores (CNV)

Es un ente público encargado de promover, regular, vigilar y supervisar el mercado de capitales; tiene personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente del Fisco Nacional.

 

Los objetivos de la CNV son velar por la transparencia del mercado de valores y la protección de los inversores, asegurando la mayor difusión de información financiera y el cumplimiento, por parte de los entes intermediarios y emisores del mercado, de estándares internacionales de actuación y conducta y de los principios de buen gobierno.

 

Tienes como responsabilidad

·         Hacer del mercado de capitales un mecanismo confiable e idóneo para contribuir al desarrollo sustentable de la economía, como un instrumento de política para la conformación de un sistema alternativo que canalice e incentive en forma eficiente el ahorro interno, con miras a elevar la competitividad del país, mediante normas que generen transparencia, seguridad y protección.

·         Conservar la integridad del mercado en un marco de protección de los inversores.

·         Insertar el Mercado de Capitales venezolano conforme demanda la competitividad internacional en sus tres ejes: local, regional y global.

·         Cooperar en la formulación de criterios y estrategias con los organismos internacionales que tienen como objetivo la estandarización y armonización de las reglas de supervisión, fiscalización, vigilancia y promoción de los Mercados de Capitales.

 

 

Entidades Operadoras

 

* Bolsas de Valores

 

 

Institución de carácter privado organizada de acuerdo con la Ley venezolana para facilitar la negociación de títulos valores autorizados por los organismos competentes y que actúan bajo la vigilancia de la Comisión Nacional de Valores.

La Bolsa, fundada en 1947, tiene un local abierto al público donde antes acudían los corredores a la rueda, y desde 1992 también concurren algunos corredores pero la mayoría operan desde sus casas de bolsa, interconectados por una red de computadoras enlazadas vía microondas y fibra óptica (el Sistema de Conexión Remota). El público tiene acceso a la Sala de Inversionistas de la Bolsa, desde donde, a través de estaciones de consulta se pueden observar las transacciones. Otros inversionistas conocen en tiempo real cotizaciones y precios de las sesiones de mercado desde terminales remotos ubicados en diferentes ciudades y países, mientras que el mayor volumen de personas e instituciones sabe de los resultados de la Bolsa a través de Internet y variados medios de comunicación.

 

Casa de bolsa
Intermediarios autorizados para realizar intermediación en el mercado bursátil. Se ocupan de las siguientes funciones: realizar operaciones de compraventa de valores, brindar asesoría a las empresas en la colocación de valores y a los inversionistas en la constitución de sus carteras, recibir fondos por concepto de operaciones con valores, y realizar transacciones con valores mediante los sistemas electrónicos de la BMV por intermediación de sus operadores.

 

Caja Venezolana de Valores

 

 

Es una entidad privada con personalidad jurídica propia, constituida legalmente el día 23 de abril de 1.992 por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, creada por las Bolsas de Valores establecidas en el país, Entidades Financieras, Empresas de Seguros, Reaseguradoras, Empresas Emisoras e Intermediarios Bursátiles quienes tienen intereses distintos pero congruentes en cuanto a la necesidad de promover un mercado de valores eficiente.

 

La Caja Venezolana de Valores tiene como misión principal la prestación del servicio de compensación y liquidación de aquellos títulos valores inscritos en las bolsas de valores del país transados bursátil y extrabursátilmente ( de la circulación de la titularidad sobre los títulos valores ), la custodia y la administración de los mismos, utilizando en forma óptima sus recursos para satisfacer las necesidades de un mercado de valores libre, ágil, transparente, competitivo, autoregulado y con la capacidad para adecuarse a los cambios tecnológicos y comerciales, garantizando la confiabilidad.
Posteriormente, prestará el servicio de liquidación de las operaciones bursátiles y extrabursátiles (de la circulación de los medios de pago).

 

 

Empresas Emisoras

 

Permiten y ponen en circulación títulos, valores, obligaciones y otros documentos.

 

 

Corredores Públicos de Títulos Valores

 

Son personas naturales o jurídicas que realizan operaciones  de corretaje con acciones, bonos y otros títulos valores, dentro o fuera de la bolsa, con previa autorización de la Comisión Nacional de Valores.

 

 

Administradoras de Fondos Mutuales

Es una asociación sin fines de lucro, cuyo objetivo principal es la representación de las Sociedades Administradoras, de las Entidades de Inversión Colectiva y de los Fondos Mutuales de Inversión que se administran a si mismas. Entre sus principales funciones están:
 

 

·         Crear las medidas para el fortalecimiento y el desarrollo del mercado de los Fondos Mutuales, y los Fondos de Inversión que derivan en el fortalecimiento del Mercado de Capitales.
 

·         Proporcionar respaldo legal y técnico en materia de Entidades de Inversión Colectiva, a los Fondos Mutuales, Comisión Nacional de Valores y al Congreso Nacional.
 

·         Promover todas aquellas iniciativas destinadas a estructurar un esquema legal y fiscal favorable a los inversionistas institucionales en el país.
 

·         Contribuir al desarrollo del Mercado de Capitales a través de conferencias y otros eventos.

 

Agentes de Traspaso

 

Son aquellos que están autorizados para llevar los libros de accionistas o para emitir certificados de acciones, provisionales o definitivos de una empresa.

 

 

Asesores de Inversión

 

Son las personas que tienen como objeto principal asesorar al público en cuanto a las inversiones en el Mercado de Capitales, con autorización de la Comisión Nacional de Valores.

Si devenga sus ingresos por comisiones que obtiene de los productos que tú adquieres por su recomendación y no te cobra una cuota fija o cargo por servicio.

 

Calificadoras de Riesgo

 

Las Sociedades Calificadoras de Riesgo son las encargadas de establecer los niveles de riesgo de los diversos instrumentos que se negocian en el Mercado de Capitales.

 

 

Entidades Relacionadas

 

Asociación Venezolana de Casas de Bolsa

 

La Asociación Venezolana de Casas de Bolsa (AVCB) tiene por objeto promover la cooperación entre sus asociados, proteger y defender sus legítimos derechos e intereses y propiciar la comunicación y entendimiento entre los mismos a fin de que resuelvan sus problemas o desavenencias. Contribuir a la optimización de la organización y del funcionamiento de las casas de bolsa.

 

 

Asociación Venezolana de Sociedades Emisoras de Valores  (Aveseval)

 

El objetivo principal de esta asociación es promover y concretar un marco institucional y jurídico que favorezca la emisión de valores tanto en Venezuela como en el exterior.

 

 

Otras Entidades

 

Bolsa de Productos e Insumos Agropecuarios de Venezuela - BOLPRIAVEN

 

 

 

Es una sociedad mercantil de carácter privado, que busca proveer al sector agrícola en general de la infraestructura y los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada la negociación de contratos de compraventa de productos, insumos y servicios de origen o destino agropecuario, así como los documentos representativos de estos (Certificados Ganaderos, Certificados de Depósito y Bonos de Prenda, etc.), con la finalidad de proporcionar a los productores, agroindustriales, intermediarios, comerciantes e inversionistas en general, condiciones adecuadas de transparencia y seguridad.

 

 

 

I.2: Determine las diferencia entre la Bolsa de Valores de Caracas y la Bolpriaven, instrumentos y el fin para que fue creada.

 

 

La Bolsa de Valores de Caracas (BVC) es una institución privada en cuyo seno tienen lugar operaciones de compra y venta de instrumentos autorizados para su negociación en el mercado bursátil, asegurando transparencia y eficacia dentro de un marco autorregulador y apegado a los principios legales y éticos, apoyándose para ello con el mejor recurso humano y el la solvencia de nuestros accionistas, conforme a la ley de Mercado de Capitales de Venezuela, también facilita la negociación de títulos valores autorizados por los organismos competentes y que actúan bajo la vigilancia de la Comisión Nacional de Valores.

 

 

 

BOLPRIAVEN S.A.C.A., tiene como objetivo principal el de contribuir al desarrollo y modernización de la comercialización agrícola en nuestro país, mejorar la competitividad en un mercado globalizado y ampliar mercados en el ámbito nacional e internacional, a través de una organización abierta en la cual se concentrarán la oferta y la demanda, para lograr la formación transparente de precios, garantizar las transacciones que se realicen por su intermedio, así como la generación de información referencial veraz y al día.

 

Instrumentos

 

Bolsa de Valores de Caracas

Entre los instrumentos de la bolsa de valores se halla la Renta Variable y la Renta Fija

Dentro de las Renta Variable se encuentra: las Acciones (Son títulos valores que representan una parte del capital de la empresa que las emite, convirtiendo a su poseedor en co-propietario de la misma en la medida de su inversión), ADR'S (American Depositary Receipts, Certificados negociables que se cotizan en uno o más mercados accionarios y constituyen la propiedad de un número determinado de acciones), GDS’s (Global Depositary Shares, Cada Unidad de este título representa un número determinado de acciones de la empresa, emitidos por un banco extranjero) y Warrants (Es una opción para comprar los títulos o acciones en una fecha futura a un determinado precio)

Y de las Renta Fija esta el Bonos (Son títulos valores que representan una deuda contraída por la empresa que los emita y poseen características como valor, duración o vida del título, fecha de emisión, fecha de vencimiento, cupones para el cobro de los intereses y destino que se dará al dinero que se capte con ellos) y Papeles Comerciales (Constituyen fracciones de endeudamiento de una sociedad anónima. Son títulos con validez que oscila entre 15 días hasta un año. La brevedad de su vigencia es su principal ventaja.)

Bolpriaven

El desarrollo de instrumentos va a modificar significativamente las formas tradicionales de financiamiento agrícola tales como las operaciones de Reporto con Certificados de Depósito, la Titularización de Activos, las operaciones de venta diferida (Forwards) con pago anticipado y los Certificados Ganaderos van a permitir que los productores y agroindustriales accesen a financiamiento en mejores condiciones de costo, plazos y requerimientos de garantías.

 

I.3: Visite la página http://comunidad.vlex.com/pantin/mcapitales.html y complemente el siguiente cuadro:

Autorización para hacer Oferta Pública e Inscripciones en el Registro Nacional de Valores (LEY DE MERCADO DE CAPITALES)

 

*Monto a Cancelar ante el Registro Nacional de Valores al momento de la Inscripción y Oferta Pública de Títulos de Valor

 

 

 

Fundamento Legal

Requisitos

Formularios o Planilla de Solicitud

Recaudos Anexos a la Solicitud

Monto a Cancelar*

Obligaciones

1.- Ley de Mercado de Capitales, Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.565 de fecha 22 de octubre de 1.998. Artículo 9 ordinales 1, 3, 5 y 6.

 

2.- Las “Normas Relativas a la Oferta Pública y Colocación Primaria de Títulos Valores y a la Publicidad de las Emisiones”, publicada en la Gaceta Oficial Nº 31.205 de fecha 29 de marzo de 1.977.

 

La solicitud deberá ser introducida por el representante legal de la empresa o la persona autorizada por los estatutos de la compañía.

1.- Formulario CNV-FG-001 denominado “Formulario General para solicitar autorización con el objeto de hacer Oferta Pública de Títulos Valores y obtener su inscripción en el Registro Nacional de Valores“ publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.612 de fecha 14 de septiembre de 1974.

2.- Este formulario se obtiene en la Comisión Nacional de Valores.

 

1.- La solicitud debe acompañarse con los siguientes recaudos anexos:

Hoja de identificación

*Copia del Acta de la Asamblea que aprueba la emisión

*Versión Preliminar del Prospecto

*Calificadoras de Riesgo

*Carta de aceptación del Representante Común

*Anexos y copias del material suplementario destinado a la difusión pública. (Aviso de Prensa y Facsímil del Título Valor).

*Contratos de Agente de Colocación y Distribución, Agente de Pago, Agente Custodio y Representante Común

*Información adicional no requerida en el Prospecto.

NOTA: La Solicitud y sus respectivos anexos deberán ser consignados en original y tres (3) copias.

2.- Contenido de los recaudos anexos

Solicitud

Es una comunicación dirigida a la Comisión Nacional de Valores, donde se solicita la autorización para la realización de la respectiva emisión de Obligaciones, haciendo referencia a los fundamentos legales, establecidos en la Ley de Mercado de Capitales y sus Normas.

La solicitud debe contener: Identificación del solicitante, dirección, clase de titulo valor, y anexo que consigna, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos en su artículo 49.

Hoja de Identificación

Nombre de la Entidad Emisora:

Datos de Registro: (1)

Nº de Contribuyente (RIF y NIT): (2)

Dirección y teléfonos de las Oficinas Principales,Página WEB e E-Mail:

Representante:(3)

Descripción de la Emisión

Tipo de Título:(4)

Valor Nominal: (5)

Cantidad de Títulos:

Precio estimado de oferta por títulos: (6)

Monto total de la emisión:

Convertibilidad: (7)

Vencimiento:

Otras Características especiales: (8)

NO ESCRIBA EN ESTE ESPACIO

Observaciones:

Fecha de recepción

Nº de Registro

Fecha de Registro

Notas:

  • Indique los datos de inscripción en el Registro Mercantil, del acta constitutiva y de los estatutos de la entidad emisora.

  • Señale el número de contribuyente asignado por la administración del impuesto sobre la Renta.

  • Suministre el nombre, dirección y teléfono del representante autorizado con quien debe tratarse cualquier aspecto relacionado con la solicitud.

  • Especifique si se trata de obligaciones quirografarias o hipotecarias.

  • Mencione las denominaciones de los títulos a emitir.

  • Mencione si es a descuento con prima.

  • Mencione si las obligaciones serán convertibles en acciones y sus condiciones.

  • Mencione cualquier característica adicional de la emisión.

Copia del Acta de la Asamblea

La emisión de Obligaciones debe ser aprobada por una Asamblea de Accionistas donde esté representado, por lo menos, las tres cuartas partes del capital social (Artículo 34 de la Ley de Mercado de Capitales). Esta asamblea debe aprobar el monto de la emisión, así como la vigencia de la misma, fijar la remuneración del Representante Común, designar las personas autorizadas para firmar cualquier documento relativo a la emisión y la realización de los respectivos tramites ante la Comisión Nacional de Valores.

Versión Preliminar del Prospecto (Formulario CNV-FG-001)

El prospecto debe contener toda la información necesaria para que el posible inversionista tome una decisión, el cual se puede dividir en información relativa a la emisión, información sobre la empresa, general, financiera e información complementaria.

Información Adicional no Requerida en el Prospecto.

Se refiere a información para el uso interno de la Comisión Nacional de Valores. El público tendrá acceso a ella salvo que el emisor solicite la confidencialidad de la misma y la Comisión Nacional de Valores así lo acuerde. La Comisión Nacional de Valores podrá disponer que parte de esta información se incluya en el prospecto. Se incorporará en forma tabular los principales accionistas, número y clase de acciones que poseen y el porcentaje del capital, remuneración de la Junta Directiva y estabilización de mercado. 

Artículo 17 numeral 1 de la Ley de Mercado de Capitales

 

(VER TABLA 1)

 

 

Acciones

1. Ley de Mercado de Capitales, Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.565 de fecha 22 de octubre de 1.998. Artículo 9 (ordinales 1, 3, 5 y 6).

 

2. Las “Normas Relativas a la Oferta Pública y Colocación Primaria de Títulos Valores y a la Publicidad de las Emisiones”, publicada en la Gaceta Oficial Nº 31.205 de fecha 29 de marzo de 1.977.

 

La solicitud deberá ser introducida por el representante legal de la empresa o la persona autorizada por los estatutos de la compañía.

 

1.      Formulario CNV-FG-001 denominado “Formulario General para solicitar autorización con el objeto de hacer Oferta Pública de Títulos Valores y obtener su inscripción en el Registro Nacional de Valores “ publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.612 de fecha 14 de septiembre de 1974.

2.      Este formulario se obtiene en la Comisión Nacional de Valores.

 

  1. La solicitud debe acompañarse con los siguientes recaudos anexos:

·         Hoja de identificación

·         Copia del Acta de la Asamblea que aprueba la emisión

·         Versión Preliminar del Prospecto

·         Anexos y copias del material suplementario destinado a la difusión pública. (Aviso de Prensa y Facsímil del Título Valor).

·         Contratos de Agente de Colocación y Distribución y Agente de TraspasoInformación adicional no requerida en el Prospecto.

NOTA: La Solicitud y sus respectivos anexos deberán ser consignados en original y tres (3) copias.

2.- Contenido de los recaudos anexos

Solicitud

Es una comunicación dirigida a la Comisión Nacional de Valores, donde se solicita la autorización para la realización de la respectiva emisión de Acciones, haciendo referencia a los fundamentos legales, establecidos en la Ley de Mercado de Capitales y sus Normas.

La solicitud debe contener: Identificación del solicitante, dirección, clase de titulo valor, y anexo que consigna, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (Lopa) artículo, 49.

Hoja de Identificación

·         Nombre de la Entidad Emisora:

·         Datos de Registro: (1)

·         Nº de Contribuyente (RIF y NIT): (2)

·         Dirección y teléfonos de las Oficinas Principales,Página WEB e E-Mail:

·         Representante:(3)

·         Descripción de la Emisión

·         Tipo de Título:(4)

·         Valor Nominal: (5)

·         Cantidad de Títulos:

·         Precio estimado de oferta por títulos: (6)

·         Monto total de la emisión:

·         Convertibilidad:

·         Vencimiento:

·         Otras Características especiales: (7)

NO ESCRIBA EN ESTE ESPACIO

Observaciones:

Fecha de recepción

Nº de Registro

Fecha de Registro

Notas:

1.        Indique los datos de inscripción en el Registro Mercantil, del acta constitutiva y de los estatutos de la entidad emisora.

2.        Señale el número de contribuyente asignado por la administración del impuesto sobre la Renta.

3.        Suministre el nombre, dirección y teléfono del representante autorizado con quien debe tratarse cualquier aspecto relacionado con la solicitud.

4.        Especifique si se trata de acciones comunes, acciones preferidas.

5.        Exprese el valor nominal por acción.

6.        Indique si el precio incluye prima de emisión.

7.        Indique el rendimiento en caso de acciones preferidas y señale si los dividendos son acumulativos.

Copia del Acta de la Asamblea

La emisión de Acciones será aprobadapor una Asamblea de Accionistas constituida de acuerdo a lo establecido en el artículo 280 del Código de Comercio. Esta asamblea debeaprobar el monto de la emisión, y cantidades de acciones, así como designar las personas autorizadas para firmar cualquier documento relativo a la misma y la realización de los respectivos tramites ante la Comisión Nacional de Valores.

Versión Preliminar del Prospecto (Formulario CNV-FG-001)

El prospecto debe contener toda la información necesaria para que el posible inversionista tome una decisión, elcualse puededividir en información relativa a la emisión, informaciónsobre la empresa, general, financiera e información complementaria

Información Adicional no Requerida en el Prospecto.

Se refiere a información para el uso interno de la Comisión Nacional de Valores. El público tendrá acceso a ella salvo que el emisor solicite la confidencialidad de la misma y la Comisión Nacional de Valores así lo acuerde. La Comisión Nacional de Valores podrá disponer que parte de esta información se incluya en el prospecto. Se incorporará en forma tabular los principales accionistas, número y clase de acciones que poseen y el porcentaje del capital. Remuneración de la Junta Directiva. Estabilización de Mercado.

 

Artículo 17 numeral 1 de la Ley de Mercado de Capitales.

 

 

(VER TABLA 1)

 

Papeles Comerciales

 1) Ley de Mercado de Capitales, Publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.565 de fecha 22 de octubre de 1.998. Artículos 9 (ordinales 1, 3, 5 y 6), 50 y 51.

2.- Las “Normas Relativas a la Oferta Pública y Colocación Primaria de Títulos Valores y a la Publicidad de las Emisiones”, publicada en la Gaceta Oficial Nº 31.205 de fecha 29 de marzo de 1.977.

 La solicitud deberá ser introducida por el representante legal de la empresa o la persona autorizada por los estatutos de la compañía.

 1.- Formulario CNV-FG-001 denominado “Formulario General para solicitar autorización con el objeto de hacer Oferta Pública de Títulos Valores y obtener su inscripción en el Registro Nacional de Valores “ publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 1.612 de fecha 14 de septiembre de 1974.

2.- Este formulario se obtiene en la Comisión Nacional de Valores.

 

La solicitud debe acompañarse con los siguientes recaudos anexos:

  • Hoja de identificación

  • Copia del Acta de la Asamblea que aprueba la emisión.

  • Copia del Acta de Junta Directiva que determina las características de la emisión.

  • Versión Preliminar del Prospecto.

  • Calificadoras de Riesgo

  • Carta de aceptación del Representante Común

  • Anexos y copias del material suplementario destinado a la difusión pública. (Aviso de Prensa y Facsímil del Título Valor).

  • Contratos de Agente de Colocación y Distribución, Agente de Pago, Agente Custodio y Representante Común

  • Información adicional no requerida en el Prospecto.

NOTA: La Solicitud y sus respectivos anexos deberán ser consignados en original y tres (3) copias.

2.- Contenido de los recaudos anexos

Solicitud

Es una comunicación dirigida a la Comisión Nacional de Valores, donde se solicita la autorización para la realización de la respectiva emisión de Papeles Comerciales, haciendo referencia a los fundamentos legales, establecidos en la Ley de Mercado de Capitales y sus Normas.

La solicitud debe contener: Identificación del solicitante, dirección, clase de titulo valor, y anexo que consigna, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos en su artículo 49.

Hoja de Identificación

Nombre de la Entidad Emisora:

Datos de Registro: (1)

Nº de Contribuyente (RIF y NIT): (2)

Dirección y teléfonos de las Oficinas Principales,Página WEB e E-Mail:

Representante:(3)

Descripción de la Emisión

Tipo de Título:(4)

Precio del Título: (5)

Cantidad de Títulos: (6)

Monto total de la emisión:

Otras Características especiales: (7)

NO ESCRIBA EN ESTE ESPACIO

 

Observaciones:

Fecha de recepción

Nº de Registro

Fecha de Registro

Notas:

  • Indique los datos de inscripción en el Registro Mercantil, del acta constitutiva y de los estatutos de la entidad emisora.

  • Señale el número de contribuyente asignado por la administración del impuesto sobre la Renta.

  • Suministre el nombre, dirección y teléfono del representante autorizado con quien debe tratarse cualquier aspecto relacionado con la solicitud.

  • Indique si es nominativo o al portador.

  • Indique si el precio será a descuento con prima o a valor nominal.

  • Indique si la emisión constará de una o varias series igualmente si se emitirá macrotítulo.

  • Indique cualquier característica adicional.

Copia del Acta de la Asamblea

La emisión de Papeles Comerciales debe ser aprobada por una Asamblea de Accionistas donde esté representado, por lo menos, la mitad del capital social (Artículo 6 de las Normas Relativas a la Emisión, Oferta Pública y Negociación de Papeles Comerciales) Esta asamblea debe aprobar el monto de la emisión ya sea en bolívares o cualquier tipo de divisas; la remuneración del Representante Común y la delegación a la Junta Directiva para que fije las características de cada una de las series a ser emitidas, así como designar las personas autorizadas para firmar cualquier documento relativo a la emisión y la realización de los respectivos tramites ante la Comisión Nacional de Valores.

Versión Preliminar del Prospecto (Instructivo CNV-I-02)

El prospecto debe contener toda la información necesaria para que el posible inversionista tome una decisión, el cual se puede dividir en información relativa a la emisión, información sobre la empresa, general, financiera e información complementaria.

Información Adicional no Requerida en el Prospecto.

Se refiere a información para el uso interno de la Comisión Nacional de Valores. El público tendrá acceso a ella salvo que el emisor solicite la confidencialidad de la misma y la Comisión Nacional de Valores así lo acuerde. La Comisión Nacional de Valores podrá disponer que parte de esta información se incluya en el prospecto. Se incorporará en forma tabular los principales accionistas, número y clase de acciones que poseen y el porcentaje del capital. Remuneración de la Junta Directiva. Estabilización de Mercado.

 Artículo 17 numeral 1 de la Ley de Mercado de Capitales

 

 

(VER TABLA 1)

 

 

 

 

1. Inscripción de Acciones ante Registro Nacional de Valores

U.T.

a.- Hasta Bs. 5.000.000.000,oo

300

b.- Desde Bs. 5.000.000.000,01 hasta Bs. 10.000.000.000,oo

600

c.- Desde Bs. 10.000.000.000,01 hasta Bs. 20.000.000.000,oo

900

d.- Más de Bs. 20.000.000.000,01

1.200

2. Inscripción ante el Registro Nacional de Valores de Obligaciones, Papeles Comerciales, Títulos de Participación y otros Derechos

a.- Hasta Bs. 5.000.000.000,oo

300

b.- Desde Bs. 5.000.000.000,01 hasta Bs. 10.000.000.000,oo

600

c.- Desde Bs. 10.000.000.000,01 hasta Bs. 20.000.000.000,oo

900

d.- Más de Bs. 20.000.000.000,01

1.200

3. Contribución Anual Emisores de Acciones y Obligaciones Inscritas ante R.N.V.

100

4. Inscripción para operar como:

 

Bolsa de Valores

80

Caja de Valores

80

Agente de Traspaso

80

Cámara de Compensación de Opciones/Futuros y Similares

80

(Se exceptúan Agentes de Traspaso de E.I.C.)

 

5. Contribución Anual por parte de:

 

Bolsa de Valores

150

Caja de Valores

150

Agente de Traspaso

150

Cámara de Compensación de Opción/Futuros y Similares

150

(Se exceptuan Agentes de Traspaso de E.I.C.)

 

6.- Inscripción para actuar como:

 

Sociedad Administradora de E.I.C.

60

Sociedad Distribuidora de Unidades de Inv. E.I.C.

100

Sociedad de Corretaje de Valores

100

Sociedad de Asesores de Inversión

60

Sociedad Calificadora de Riesgo

40

7.- Contribución Anual por parte de: (Inscritos en el R.N.V.)

 

Sociedad Administradora de E.I.C.

60

Sociedad Distribuidora de Unidades de Inv. E.I.C.

60

Sociedad de Corretaje de Valores

60

Sociedad de Asesores de Inversión

60

Sociedad Calificadora de Riesgo

60

8.- Inscripción para actuar como:

 

Corredor Público de Títulos Valores

40

Asesor de Inversión - Persona Natural

40

Contador Público en Ejercicio Independiente de la Profesión

40

* Cualquier otro sujeto no previsto o exceptuado en los casos antes mencionados del presente artículo.

40

9.- Contribución Anual por parte de entes Inscritos R.N.V.

 

Corredor Público de Títulos Valores

40

Asesor de Inversión - (Persona Natural)

40

Contador Público en Ejercicio Independiente de la Profesión

40

* Cualquier otro sujeto no previsto o exceptuado en los casos antes mencionados del presente artículo.

40

10.- Inscripción definitiva de Unidades de Inversión de E.I.C.

100

11.- Contribución Anual por parte de:

 

Soc. Administradora de Unidades de Inversión de E.I.C.

100

Soc. Distribuidoras de Unidades de Inversión de E.I.C.

100

12.- Copias y Certificaciones - Disposiciones Internas

 

13.- Venta de Publicaciones - Disposiciones Internas

 

Tabla 1

 

I.4: Busque ejemplos reales de los dos mercados, identificando claramente sus diferencias.

 

 

Por ejemplo : EL MERCADO DEL ARTE

 

Las galerías de arte, como gestores o representantes artísticos, construyen la trayectoria profesional de los artistas, y como marchantes, compran y venden obras de arte, ellos trabajan tanto con el mercado primario como con el mercado secundario, con respecto a la capacidad de producción y el volumen de ventas es muy baja, se mueven considerables sumas de dinero en poco frecuentes transacciones, los coleccionistas adquieren sus obras sin recibo, los pagos se realizan en efectivo, la privacidad de cara a los impuestos desempeña un papel importante.

 

Con el mercado primario da salida a las obras de arte recién producidas, donde las galerías promocionan a sus artistas e intentan crear una marca con su nombre y estilo estético; y con el mercado secundario sirve de plataforma comercial para las obras de arte “de segunda mano”, en el cual se revenden obras de arte concretas a través de casas de subastas y marchantes.

 

Con respecto a la determinación del precio de la obra de arte; en el mercado primario se basa en sus dimensiones y en la reputación del artista, es decir, que cada obra mostrada en una exposición tiene el mismo precio por centímetro cuadrado,  cualquier pieza podría haber sido sustituida por otra; y lo referente a la calidad del producto, no se ha establecido ninguna diferencia en el precio.

 

El precio asignado a una obra de arte, en el mercado secundario, se ha estimado de forma exclusiva, esto quiere decir, que las obras clave o con un destacado historial de colecciones de un determinado artista obtendrán un valor superior y, por tanto, serán ofrecidas a un precio más alto que obras menores o medias realizadas por el mismo artista.

 

En el mercado primario, el galerista lleva a cabo una labor de gestión para los artistas de la galería, convirtiéndose en su representante. Buscará el reconocimiento y fama a nivel internacional de “sus” artistas. Las galerías que cuentan con una sólida y duradera relación laboral con un artista, se denominan galerías primarias. Los representantes de las galerías primarias tratan de construir una red mundial para sus artistas. Intercambian artistas con otras galerías, presentan las obras de sus artistas en ferias de arte internacionales, potencian al máximo las relaciones con los medios de comunicación y organizan la participación del artista en relevantes muestras, entre otras actividades. 

En el mercado secundario, la procedencia de la obra de arte es esencial. Para alcanzar precios elevados, la obra debe reunir cuatro elementos característicos: un notable y reconocido creador, un excelente historial de colecciones/exposiciones, un buen estado físico y una verificada declaración de autenticidad.

 

Fracaso del mercado

La calidad de una obra de arte contemporáneo no puede ser medida según criterios estándar como el material, la durabilidad o el manejo del pincel. La calidad del arte contemporáneo se basa en la calificación que hacen de ésta acreditados participantes del mercado. El reconocimiento de un artista aumenta de acuerdo al número de citas a su persona en publicaciones artísticas. Este fenómeno es conocido como sistema de auto referencia. Este sistema es eficiente en dicho mercado, siempre y cuando la calidad y cantidad de menciones continúe creciendo. Si el mercado fracasa (no hay demanda), el artista (o la obra de arte) se verá forzado a abandonar su nivel o, en el peor de los casos, será completamente expulsado del sistema.

En el mercado primario, el galerista, en su función de promotor de la carrera de un artista, planea estratégicamente la futura fijación de precios de sus obras. Construye una reputación y gradualmente aumenta el nivel precios. Por lo tanto, los precios sólo pueden ir al alza. Si la demanda no sigue la trayectoria estratégica, en lugar de reducir los precios, el galerista preferirá retirar al artista del programa de la galería. El artista encontrará probablemente otra galería representante de menor prestigio, que establecerá un nuevo plan de precios (más bajos).

En el mercado secundario, los precios solamente pueden descender hasta un determinado nivel. El límite inferior de precios es acordado por el vendedor y el tasador. Si la obra de arte no recibe siquiera una oferta por el precio mínimo, la obra no se venderá (bought in o retirada). Si a una obra se le imprime el sello de ”retirada”, su valor se sitúa por debajo del precio aceptado por el mercado o cero, y difícilmente será revendida. Las obras de arte que se ofrecen públicamente en el mercado secundario pero no se venden, quedan catalogadas como burned (fuera de mercado).

 

 

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