Universidad de San Carlos de Guatemala
Departamento de Educación de la Facultad de
Odontología
Reflexiones sobre la dignidad
humana
Manuel González Ávila
Guatemala, 5 de marzo de 2004
El día martes 2 de marzo del
año en curso, el Comité de Bioética de la USAC sometió a la discusión entre sus
miembros el tema de la dignidad humana como parte de sus actividades de
formación continua. El tema fue seleccionado por ser uno de los que más
generalmente son reconocidos como centrales en la bioética.
Presento aquí algunas de las
reflexiones que fueron expresadas en la reunión mencionada. La consideración de
ellas en las actividades de la vida universitaria puede ayudar a la
incorporación de los enfoques de la ética en los programas.
Recientemente hemos conocido algunos planteamientos que ponen en duda la importancia del valor de la dignidad humana. Uno de los más importantes es el presentado por Ruth Macklin en el editorial del número navideño del British Medical Journal.[1] La Dra. Macklin es una conocida bioeticista. Sostiene que el concepto de dignidad es prescindible porque es muy vago y muchas veces se refiere en realidad al respeto a la autonomía de las personas. Aquellos interesados en leer el artículo se encontrarán con una sorpresa: la Dra. Macklin señala vaguedad en el término dignidad cuando en realidad lo que hay es una falta de comprensión y aplicación de ese significado en la práctica de las ciencias de la salud. Ella misma ofrece una argumentación que resulta insuficiente para descalificar el concepto como inútil.
El editorial mencionado provocó una importante cantidad de notas de respuesta y cartas al editor del BMJ.[2] Todas ellas en forma unánime, al menos todas las publicadas hasta la primera semana de marzo, expresan su desacuerdo con el desafortunado escrito de la Dra. Macklin, al mismo tiempo que ofrecen un espacio rico en argumentos que ayudan a desarrollar el significado del concepto en cuestión. Los argumentos varían desde los que señalan reducción al absurdo hasta los que indican que Macklin apela a una nueva forma de “imperialismo moral científico.” Una de las que me pareció que mejor ayuda a aclarar la diferencia entre dignidad y respeto a la persona es la carta enviada por Mary Catherine Beach y colaboradores que sostienen lo siguiente: “[...] aun cuando la dignidad se usa para describir a las personas, persiste una diferencia fundamental en el enfoque moral de la dignidad versus el respeto a la persona. La idea de “dignidad” concierne a la persona que debe ser respetada, mientras que el deber del “respeto” se centra en el agente moral, la persona que respeta. Las personas tienen dignidad sin importar si son respetadas por otros. Decir que una persona tiene dignidad implica que esa persona tiene valor y merece respeto, lo cual es diferente a decir que alguien tiene el deber de respetarle. Dignidad no es meramente una formulación vaga del respeto a las personas; es la base fundamental del respeto a las personas.”[3]
Con respecto al concepto de la
dignidad de las personas, Juliana González hace destacar que el valor se
sustenta en el ser. Primero, en el ser de la persona misma; y luego
menciona algunos rasgos distintivos, universales y permanentes, del ser humano:
la necesidad de valorar; el hecho de que la naturaleza humana es abierta y posible, por lo tanto, libre; la condición humana de llevar la
contradicción, los contrarios, en su ser mismo, de lo cual nace la posibilidad
de valorar; y la cualidad humana de contener una pulsión de vida en permanente
lucha con las pulsiones de la muerte.[4]
Otros autores, como Antonio Elizalde, han aludido a las condiciones humanas, algunas compartidas con seres no humanos: somos seres físicos y biológicos, seres sujetos de la historia, seres hermenéuticos, seres lingüísticos, es decir, comunicativos, seres metaforizantes, creadores de símbolos y cultura, seres sociales, seres éticos.[5]
Y otros, como Oswaldo Guariglia, subrayan la dimensión social: “[...] dado que la autonomía de la persona solamente se puede desplegar en el medio de una interacción con otras personas regulada por los principios de la moralidad, el régimen político que organiza la sociedad debe garantizar este trato entre sus miembros como personas.” Y agrega que: “[...] dignidad es típicamente, un sentimiento interpersonal, que afecta las relaciones de reconocimiento entre los miembros de una misma sociedad, independientemente de su posición de poder, dinero, educación o capacidad profesional.” Guariglia extiende el concepto de dignidad al indicar que su goce va unido al ejercicio de los derechos de participación en un estado democrático, de tal manera que la posesión de la dignidad de cada uno de los miembros de una sociedad legítima le garantiza su condición de ciudadano de esa sociedad; la dignidad es un bien primario. El sentido de la dignidad es un constituyente indispensable de la identidad personal y colectiva de cada uno, y no puede provenir de ningún poder tradicional, religión, nacionalidad, etnia (o género, agregamos).[6]
La reunión del Comité de Bioética hizo la consideración de numerosas ocasiones de la práctica de las ciencias de la salud en las que la dignidad humana da sentido y protección a las personas. Una de las conclusiones mencionó que en la profundización de los conceptos ligados a la dignidad humana, así como en la de otros valores, será importante enfocar el análisis desde varios ángulos. Expuestos muy brevemente, tres de los mencionados fueron: 1. El ser humano tiene una dimensión individual y una social, ambos deben ser estudiados como aspectos de un mismo eje. 2. La condición del ser humano está vinculada a la naturaleza; el desarrollo humano también está ligado al del entorno natural. 3. El ser humano individual y social deviene de una historia y tiene un futuro o proyecto que marca sus ideales, intereses o visión para dar solución a sus necesidades. Será provechoso que consideremos la historia con sentido de futuro y el futuro con sus raíces históricas.
[1] Ruth Macklin. Dignity
is a useless concept. Brit Med J
327:1419-1420, 2003. http://bmj.bmjjournals.com/cgi/content/full/327/7429/1419
(consultado el día 2 de marzo de 2004).
[2] Brit Med J. Rapid
responses. http://bmj.bmjjournals.com/cgi/eletters/327/7429/1419#52095 (consultado el día 5 de marzo de 2004).
[3] Mary Catherine Beach,
Patrick Duggan y Gail Geller. Don’t confuse dignity with respect. http://bmj.bmjjournals.com/cgi/eletters/327/7429/1419#52095
(consultado el día 5 de marzo de 2004).
[4] Juliana
González. El ethos, destino del
hombre. Fondo de Cultura Económica y Universidad Autónoma de México. México,
D.F. 1997. pp. 53-60.
[5] Antonio Elizalde. Desarrollo humano y ética para la
sustentabilidad. Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y
Universidad Bolivariana. Santiago, Chile. 2003.
[6] Osvaldo Guariglia. Moralidad. Ética universalista y sujeto moral. Fondo de Cultura Económica. Buenos Aires. 1996. pp. 199 -201.