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Capítulo 2/La corrupción en tiempo de Chávez  

 

 

 

"Amaneció de golpe"

Hugo Chávez fracasó en el golpe pero triunfó en elecciones. No podía combatir la corrupción en su gobierno (foto: Venezuela Analítica).

En varios de los documentos elaborados por el Movimiento Bolivariano Revolucionario 200 (MBR-200), recopilados en La rebelión de los ángeles de la periodista Angela Zago, se encuentran las razones por las que un grupo de militares de mediana y baja graduación insurgieron contra el gobierno establecido. La intentona estuvo encabezada por los tenientes coroneles Hugo Chávez Frías, Francisco Arias Cárdenas, Jesús Urdaneta Hernández y Joel Acosta Chirinos. Todos excepto Arias Cárdenas, reclutado posteriormente en la clandestinidad militar, pertenecían a la Segunda promoción Simón Bolívar de la Escuela Militar de Venezuela.

Entre aquellas figuran, a los fines de nuestra investigación, las siguientes:

Al insurgir, no sólo interpretamos la voz del pueblo del cual formamos parte y que es el único depositario legítimo de la soberanía política, sino que como soldados de la Patria obedecimos la orden imperativa contenida en el artículo 132 de la Constitución Nacional que nos manda... asegurar la defensa nacional, la estabilidad de las instituciones democráticas y el respeto a la Constitución y a las leyes, cuyo acatamiento estará siempre por encima de cualquier otra obligación. Las Fuerzas Armadas Nacionales estarán siempre al servicio de la República y en ningún caso al de una persona o parcialidad política...

La posibilidad de que pudiera surgir una situación tan desdichada para la República y la Nación... para impedir que el apoliticismo, obediente y no deliberante de las Fuerzas Armadas la transformara... en cómplices y sostén de los usurpadores de la soberanía política, de los traidores a la Patria, de los saqueadores de la Hacienda Pública, de los hambreadores del pueblo en provecho propio, de los traficantes de honras y conciencias y de los destructores de todos los valores éticos y morales que nos legaron el Padre de la Patria y los libertadores.

En Venezuela no existe separación alguna entre las ramas del Poder Político, pues los partidos políticos, violando deliberadamente su función de intermediarios entre la sociedad y el Estado, conspiraron entre sí para usurpar la soberanía popular y lograr que el Ejecutivo se arrogase la totalidad de los Poderes.

¿Cómo pudo degenerar nuestra democracia en tiranía, y con qué armas cuenta un régimen repudiado por su corrupción y privado de toda legitimidad, para continuar engañando a los que se debaten en el falso dilema, democracia o dictadura?

¿Cómo negar que el presidente Carlos Andrés Pérez es el hombre que en dos gobiernos nos empobreció y endeudó fraudulentamente en beneficio propio y de sus cómplices, que empujó a la gran mayoría a la miseria y la mendicidad...?

Un referéndum nacional, automáticamente debe considerar la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, en la cual se defina a través de una nueva Carta Magna, el modelo de sociedad hacia el cual deba enrumbarse la nación venezolana y en la cual no pueden participar ninguno de los responsables de la destrucción de la República.

La corrupción administrativa, desde la compra de armas y municiones con sobreprecios y en mal estado, la repotenciación de los tanques AMX-30, el caso Turpial, el Proyecto Beta donde sus artífices son Generales, Almirantes y Coroneles y hasta el vulgar robo de los sobrantes de alimentación y pago de reintegros al personal de tropas, por parte de algunos Comandantes de Unidades, donde el subalterno que denuncia es mal evaluado y está expuesto a perder su carrera porque la fuerza no tiene un organismo que lo ampare al hacer estas denuncias...

La otra parte del ideario anticorrupción de los golpistas del 4F de 1992 lo encontramos en el otro "paquete", es decir, en los 24 decretos previstos a aplicar tras el triunfo del golpe, de haber sido exitoso

En efecto, además del cese de las funciones de todos los poderes constituidos: Congreso, Asambleas Legislativas, Cámaras Edilicias, Corte Suprema de Justicia, Consejo de la Judicatura, Consejo Supremo Electoral, cesación de órganos sindicales y colegios profesionales, Fiscalía, Procuraduría y Contraloría General de la República, más la decisión de reorganizar los cuerpos policiales (Disip y DIM) y declarar una lucha sin cuartel al tráfico de drogas; el previsto "Consejo General Nacional de Administración para la Dirección Política y Administrativa de la República de Venezuela" contemplaba medidas anticorrupción como las siguientes:

En el caso de la cesación de actividades de los órganos constituidos de todos los poderes y gremios, policía y política de privatizaciones, se decretaría el regreso a la condición de ciudadanos sin más derechos ni privilegios a los ciudadanos que ocupaban aquellas posiciones; y se asumiría la custodia de los bienes, archivos, documentos y papeles de las respectivas instancias (Decretos 1, 2, 5, 6,11, 12, 13, 14, 16,18).

Se decretaría la constitución de Consejos Regionales de Gobierno, "como órganos colegiados para que asuman las tareas políticas, administrativas y legislativas necesarias para la buena marcha de los asuntos fundamentales de cada región y estabilizar el nuevo cuadro político nacional surgido en el país..." No podría ser miembro de tales Consejos ningún responsable directo o beneficiario de corrupción (Decreto 4). Esto también estaba planteado con la designación de las nuevas autoridades de todos los nuevos poderes y juntas de transición de los gremios sindicales y profesionales.

Se decretaría el nombramiento de una comisión de alto nivel político que velará por una elevada ética en las funciones que se realizarán en cualquier instancia de la administración pública (Comité de Salud Pública, decreto 7). Una suerte del hoy existente Consejo Moral republicano.

Se decretaría la suspensión provisional del proceso de privatizaciones de propiedades y bienes de la República (Decreto 13).

Se decretaría la continuidad de la justicia ordinaria, independientemente de la reorganización total del Poder Judicial (Decreto 14).

Pero aparte, figuraban otros 6 decretos que serían firmados por quien fuera designado Presidente de la República, referidos a:

Nombramiento de los ministros (Decreto 1 del Presidente).

Nombramiento del Fiscal General de la República, Contralor General de la República, Procurador General de la República (Decretos 2, 3, 4 del Presidente).

Invalidación de todos los permisos para portes de armas otorgados a nombre de la República (Decreto 5 del Presidente).

El decreto 6 del Presidente de la República merece un tratamiento más amplio, en tanto y en cuanto suponía la inhabilitación política de los reos de peculado. Entre los considerandos, figuraban:

Que fue motivo entre las causas del pronunciamiento cívico-militar para derrocar al anterior régimen, la necesidad de adecentar la administración pública;

Que adecentar el país significa cortar de raíz las causas y causantes de la corrupción generalizada, del dolo, del tráfico de influencias, del deterioro moral, social y político de la sociedad venezolana:

Se decreta:

Artículo 2. Queda igualmente vetado para participar en la administración pública cualquier ciudadano señalado como incurso en manejos impropios contra la cosa pública y contra la soberanía nacional; contra los derechos humanos; contra la ética ciudadana; por malversación o mala administración; por tráfico de influencias; por tráfico de drogas; por delitos contra el ambiente y los ecosistemas; por aprovechamiento de la venalidad de la justicia; aquellos ciudadanos enriquecidos súbitamente y que no tengan justificación pública de su peculio.

Artículo 3. Cualquier ciudadano que sea señalado incurso en una falta correspondiente a los señalamientos del artículo anterior y proclame su inocencia, debe recurrir al Comité de Salud Pública para que estudie y se pronuncie en su caso. Un pronunciamiento favorable de dicho Comité, a su integridad moral, será suficiente para borrar cualquier cuestionamiento sobre la materia tratada y restablecida la confianza pública que lo habilite para ejercer responsabilidades en la administración pública.

Artículo 4. Cualquier ciudadano (a) que logre burlar el espíritu de este decreto, al ser identificado será declarado culpable y pasado su caso al tribunal ad hoc creado por el Consejo General Nacional para la Administración Política del País.

Detrás del pronunciamiento militar del 4F, como se sabe, sobre la marcha de los acontecimientos del día surgió un acalorado debate televisado al país en directo, a propósito de la aprobación de un decreto de suspensión de las garantías constitucionales enviado por el Ejecutivo.

Como respuesta a la frase de David Morales Bello, presidente del Congreso: "muerte a los golpistas", el ex presidente Rafael Caldera acuñó su famosa sentencia: "es difícil pedirle al pueblo que se inmole por la libertad y por la democracia, cuando piensa que la libertad y la democracia no son capaces de darle de comer y de impedir el alza exorbitante en los costos de la subsistencia, cuando no ha sido capaz de poner un coto definitivo al morbo terrible de la corrupción, que a los ojos de todo el mundo está consumiendo todos los días la institucionalidad. Esta situación no se puede ocultar".

Agregó: "el golpe militar es censurable y condenable en toda forma, pero sería ingenuo pensar que se trata solamente de una aventura de unos cuantos ambiciosos que por su cuenta se lanzaron precipitadamente y sin darse cuenta de aquello en que se estaban metiendo". Esta intervención catapultaría a Rafael Caldera hacia su segundo mandato constitucional, la última presidencia antes de la etapa chavista.

 

   

 

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