Magisterio de la Iglesia

Divini cultus sanctitatem (Continuación)

IV. EL OFICIO CORAL

12. El cultivo del canto del Oficio

   III. -Todos aquellos que estén al frente de Basílicas, Iglesias Catedrales, Cole giatas y Conventuales religiosas, o que de cualquier modo pertenezcan a ellas, deben emplear todo su esfuerzo a fin de que se restaure el ofício coral según las prescripciones de la Iglesia; no sólo en cuanto es de precepto genérico, como rezar siempre el oficio divino digne, atente et devote, sino también en cuanto concierne al arte del canto: puesto que en la salmodia se debe aten der, ya a la precisión de los tonos con sus propias cadencias medias y finales, ya a la pausa conveniente del asterisco, ya, en fin, a la plena concordia en la recitación de los versículos salmódicos y de las estrofas de los himnos. Porque, si todo eso se cumple en sus mínimos puntos, salmodiando todos perfecta mente, no sólo demostrarán la unidad de sus espíritus, aplicados a las alaban zas de Dios, sino que también en el equi librado alternar de ambas alas del coro, semejarán emular la alabanza eterna de los Serafines, que en voz alta cantan al ternativamente: "Santo, Santo, Santo".

13. Persona responsable de la Litnrgia y el canto. 

   IV. -A fin de que en adelante nadie pueda aleegar excusas o pretextos por creerse dispensado de la obligación de obedecer a las leyes de la Iglesia, todos los Cabildos y Comuni dades religiosos deberán tratar de estas disposiciones en oportunas reuniones periódicas. Y, así como en otro tiempo había un cantor o maestro del coro, así también en adelante haya en todos los coros, tanto de canónigos como de religiosos, una persona competente que vele por la observancia de las reglas litúrgicas y del canto coral, y corrija en la práctica los defectos de todo el coro y de cada uno de sus componentes.

14. Insiste en el canto gregoriano auténtico

   Y aquí es oportuno recordar que por antigua y constante disciplina de la Iglesia, como también en virtud de las mismas Constituciones Capitulares, hoy todavía vigentes, es necesario que todos cuantos están obligados al oficio coral conozcan, a lo menos en la medida conveniente, el canto gregoriano, al cual han de ajustarse todas las iglesias, sin exceptuar ninguna, debe entenderse sólo aquel que ha sido restituido a la fidelidad de los antiguos códices,y que ya está dado por la Iglesia en edición auténtica.

V. CAPILLAS MUSICALES Y ESCOLANÍAS NIÑOS CANTORES

15. Capillas musicales 

   V. -  También queremos recomendar aquí a quienes corresponde las Capillas musicales, como aquellas que sucediendo en el curso de los tiempos a las antiguas Escolanías, se instituyeron para este fin en Basílicas y en las iglesias mayores a fin de que se ajustaran especialmente a la polifonía sacra. A este propósito, suelen con toda razón merecer la preferencia, después de las venerandas melodías gregorianas, sobre todo otro género de música eclesiástica. Por eso Nos ardientemente deseamos que tales Capillas, así como florecieron desde el siglo XIV al XVI, así también se restauren, especialmente dondequiera que la mayor frecuencia y esplendor del culto divino exijan mayor número y más exquisita selección de cantores.

16. Escolanías de niños deben formarse en todas las iglesias

   VI - Respecto de las Escolanías de niños, se las debe fundar no sólo para las iglesias mayores y catedrales, sino también para las iglesias menores y parroquiales; a los niños cantores los educarán en el canto maestros de capilla, para que sus voces, según la antigua costumbre de la Iglesia, se unan a los coros viriles, so bre todo cuando en la polifonía sacra se les confía, como sucedió siempre, la parte de soprano, o también de cantus.

   De los niños de coro, sobre todo en el siglo XVI, salieron, como es sabido, los mejores compositores de polifonía clásica, siendo el primero de todo ellos el gran PALESTRINA.

VI. LA MÚSICA INSTRUMENTAL Y EL ÓRGANO

17. La voz humana debe resonar en el templo

   VII. - Y porque sabemos que en alguna región se intenta fomen tar de nuevo un género de música, no del todo sagrada a causa especialmente del inmoderado uso de los instrumen tos, Nos creemos aquí en el deber de afirmar que no es el canto con acom pañamiento de instrumentos el ideal de la Iglesia; pues antes que el instrumen to es la voz viva la que debe resonar en el templo, la voz del clero, la de los cantores del pueblo. y no se ha de creer que la Iglesia se opone al flore cimiento del arte musical cuando pro cura dar la preferencia a la voz huma na sobre todo otro instrumento. Por que ningún instrumento, ni aun el más delicado y perfecto, podrá nunca com petir en vigor de expresión con la voz del hombre, sobre todo cuando de ella se sirve el alma para orar y alabar al Altísimo.

18. El tradicional instrumento de la Iglesia: el órgano

   VIII. - La Iglesia tiene además su tradicional instrumen to musical; queremos decir el órgano, que por su maravillosa grandiosidad y majestad fue estimado digno de enla zarse con los ritos litúrgico s, ya acom pañando al canto, ya durante los si lencios de los coros y según las pres cripciones de la Iglesia, difundiendo suavísimas armonías. Pero también en esto hay que evitar esa mezcla de lo sagrado y de lo profano, que a causa por un lado de modificaciones introdu cidas por los constructores, y por otro lado de audacias musicales de algunos organistas, va amenazando la pureza de la santa misión que el órgano está destinado a realizar en la Iglesia. 

19. Peligros del modernismo musical. 

   También Nos deseamos que, salvas siempre las normas litúrgicas, se desarrolle cada día más, y reciba nue vos perfeccionamientos cuanto se re fiere al órgano. Pero no podemos dejar de lamentarnos de que, así como acon tecía en otros tiempos con géneros de música que la Iglesia con razón reprobó, así también hoy se intente con mo dernísimas formas volver a introducir en el templo el espíritu de disipación y de mundanidad. Si tales formas comen zasen nuevamente a infiltrarse, la Iglesia no tardaría un punto en condenarlas.

   Vuelvan a resonar en los templos sólo aquellos acentos del órgano que están en armonía con la majestad del lugar y con el santo perfume de los ritos. Solamente así el arte del órgano volverá a hallar su camino y su nuevo esplendor, con ventaja verdadera de la liturgia sagrada.

VII. LA PARTICIPACIÓN DEL PUEBLO

20. El pueblo de espectador debe pasar a parte activa en el canto litúr gico. 

   IX. - A fin de que los fieles to men parte más activa en el culto divi no, renuévese para el pueblo el uso del canto gregoriano, en lo que al pueblo toca. Es necesario, en efecto, que los fieles, no como extraños o mudos espec tadores, sino verdaderamente compren sivos y compenetrados de la belleza de la Liturgia, asistan de tal modo a las sa gradas funciones -aun cuando en ellas se celebren procesioones solemnes-, que alterne su voz, según las debidas normas, con la voz del sacerdote y la del coro o schola cantorum. Porque, si esto felizmente sucede, no habrá ya que lamentar ese triste espectáculo en que el pueblo nada responde, o apenas responde con un murmullo bajo y con fuso a las oraciones más comunes ex presadas en lengua litúrgica y hasta en lengua vulgar.

21. Enseñanza general dc la música litúrgica. 

   X. - Aplíquense activamente uno y otro Clero, con la guía y tras del ejemplo de los Obispos y Ordinarios, a fomentar, o directamente, o por medio de personas entendidas, esta enseñanza
 litúrgico-musical del pueblo, como cosa que está tan estrechamente unida con 1a doctrina cristiana. Y ello será hasta fácil de obtener, si esta instrucción en el canto litúrgico se da principalmente en las escuelas, congregaciones piadosas y otras asociaciones católicas. Asimismo las comunidades de religiosos, de monjas e instituciones femeninas sean celosas por conseguir este fin en los diversos establecimientos de educac ión que les están confiados. Igualmente confiamos que ayudarán no poco a este fin las sociedades que en algunas regiones, y acatando siempre a las autoridades eclesiásticas, dedican toda su ,inteligente acción a restaurar la música sagrada según las normas de la Iglesia.

22. Formación musical. Institutos de música

   XI. - Para alcanzar estos dichosos f rutos, es indudablemente necesario que haya maestros, y que éstos sean muchísimos. A este propósito, no podemos dejar de tributar las debidas Alabanzas a aquellas Scholas e Institutos de Música fundados en muchas partes del mundo católico; pues, enseñando con todo esmero y diligencia las musicales disciplinas, forman sabios y meritísimos maestros.

    Pero de manera especialísima Nos queremos aquí recordar y alabar a la Escuela Superior de Música Sacra(4), institución fundada por Pío X en Roma el año 1910. Esta Escuela, que Nuestro inmediato antecesor BENEDICTO XV fervorosamente protegió, a la cual donó un nuevo y decoroso domicilio, también ha merecido que Nos le otorgásem os Nuestro especial favor, como a preciosa herencia que Nos han dejado dos Papas; y por eso la recomendamos calurosamente a todos los Ordinarios del mundo.

23. Música sagrada maravillosa del pasado y vida interior

   Bien sabemos cuánta inteligencia y trabajo requiere todo lo que arriba hemos ordenado. Pero ¿ quién no conoce las insignes obras maestras que, sin arredrarse por dificultad alguna, dejaron a la posteri dad Nuestros Predecesores, y eso cabal mente porque estaban compenetrados del fervor de la piedad y encendidos del espíritu .litúrgico? Y esto no es de maravillar; pues todo lo que emana de la vida interior de la Iglesia tras ciende a los más perfectos ideales de esta vida terrena. La dificultad, pues, de esta santísima empresa, en vez de abatir, debe más bien excitar y elevar los ánimos de los Sagrados Pastores. Todos los cuales, secundando concorde y constantemente Nuestra voluntad, prestarán al Obispo supremo una cooperación dignísima a su episcopal ministerio.

24. Decreto

   Todo lo cual Nos lo proclamamos, declaramos y sancionamos, decretando que esta Constitución Apostólica sea y permanezca siendo siempre de pleno valor y eficacia, ob tenga su efecto pleno, sin que obste nada en contrario. A nadie, pues, le sea lícito quebrantar esta Constitución por Nos promulgada, ni contradecirla con temeraria audacia.

   Dado en San Pedro de Roma, en el quincuagésimo aniversario de Nuestro sacerdocio, día 20 de diciembre de 1928, séptimo de Nuestro Pontificado(5).
                                                                                        PIO PAPA XI.

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