REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD YACAMBU

VICERECTORADO DE ESTUDIOS A DISTANCIA

ASIGNATURA: MERCADO DE CAPITALES

 

TRABAJO No. 2

ELABORADO POR: Luis H. Viloria Dominguez

 

 

BONOS DEL SUR

 

            Se le denomina así a una emisión binacional  de un instrumento financiero. Este comprende la venta conjunta, a un precio único, de tres instrumentos financieros:

 

Ø      Un bono emitido por el estado venezolano, denominado Título de Interés de Capital Cubierto (TICC042017), el cual ofrece una cobertura cambiara al capital y los intereses, ya que permite la recuperación de los mismos al tipo de cambio oficial y sus vencimientos oscilan entre el 2017 y el 2022.  Están denominados en US Dollars, con un cupón del 9,875%, pero pagaderos en Bolívares. A este bono le corresponde el 50% de la composición del “Bono del Sur”. Otra de las ventajas de este bono es su mecanismo de moderación de futuras ganancias o pérdidas en operaciones de importación y exportación, al que denominaron “cobertura”.

 

Ø      Dos instrumentos financieros emitidos por la Republica Argentina (BODEN12 y BODEN15). El BODEN12 posee un cupón flotante a la tasa de interés interbancaria de Londres (Libor) y su vencimiento es en el año 2012, negociable en Pesos Argentinos y en US Dollars. El BODEN15, en cambio, tiene un cupón fijo del 7% y su vencimiento es en el año 2015. su orientación financiera, según las autoridades, es hacia los portafolios de inversión de empresas y particulares.

 

Una de las características de este instrumento es que la emisión  primaria de estos bonos se realizaría en Caracas, esto con la finalidad  de impedir que este titulo pueda ser embargado por los tenedores de deuda argentina en cesantía de pagos que no adhirieron al canje ofrecido por el gobierno argentino. Esto se da así, ya que la crisis que sufrió la Argentina en 1999, el país se declaró en “default”, incurriendo en incumplimiento de pagos a los que para la fecha habían adquirido deuda argentina. Posteriormente a su liquidación, sus componentes podrían ser negociados de manera separada.

           

            Esta oferta combinada permite, más que todo al gobierno argentino, el financiamiento de obras de infraestructura, aunque existe la posibilidad de utilizarla para asegurarse los fondos para cancelar vencimientos de deuda publica. Así mismo, si se obtienen resultados positivos, la intención es avanzar en la concreción del banco del Sur, institución destinada al financiamiento de inversión en infraestructura y desarrollo de los países integrantes del MERCOSUR.

            Para funcionarios del gobierno venezolano, tales como el ex ministro de Finanzas Nelson Gerentes, el Bono del Sur es un importante instrumento de geopolítica financiera y aclaró que la intención del gobierno venezolano es incentivar el mercado de capitales nacionales y extranjeros residenciados en el país.

            Es de hacer notar, que cuando se abrieron las negociaciones para la venta de los “Bonos del Sur”, el exceso de demanda incidió en que el mercado alternativo de divisas de divisas (operaciones de ADRs) se incrementará.


ASIGNACIÓN No. I.2:

ORGANISMOS QUE INTERACTUAN EN EL MERCADO DE VALORES. FUNCION. RESPONSABILIDAD.

 

ORGANISMO

FUNCIÓN Y RESPONSABILIDAD

ENTIDADES REGULADORAS

 

 

MINISTERIO DE FINANZAS

 

Despacho del Poder Ejecutivo nacional que se encarga de las finanzas publicas. Formulación de las políticas económicas y presupuestarias.

 

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

 

 

Promover, regular, vigilar y supervisar el mercado de capitales

ENTIDADES OPERADORAS

 

 

 

 

BOLSA DE VALORES

Tiene como función principal la prestación de todos los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada las operaciones con títulos valores objeto de negociación en el mercado de capitales con la finalidad de proporcionarles adecuada liquidez

 

CASAS DE BOLSA

 

Se les denomina a las Sociedades de intermediación de títulos valores constituidas para prestar servicio publico en las operaciones bursátiles

 

CAJA VENEZOLANA DE VALORES

 

Tiene como función principal  es el depósito, custodia y administración de títulos valores, así como la transferencia, compensación y liquidación de los valores depositados.

 

EMPRESAS EMISORAS

 

Son empresas que emiten y  ponen en circulación títulos valores, obligaciones y otros documentos

 

 

CORREDORES PUBLICOS DE TITULOS VALORES

 

Se les denominan a personas naturales y jurídicas que realizan operaciones de intermediación financieras con acciones, bonos y otros títulos valores, dentro o fuera de la bolsa, esto con previa autorización de la Comisión Nacional de Valores.

 

 

ADMINISTRADORAS DE FONDOS MUTUALES

 

Su función principal es la inversión en títulos valores con arreglo al principio de distribución de riesgo, sin que dichas inversiones representen una participación mayoritaria en el capital social de la sociedad en la cual se invierte, ni permitan su control económico o financiero.

 

AGENTES DE TRASPASO

 

Son funcionarios que están autorizados para llevar los libros de los accionistas, así como para emitir certificados de acciones, sean provisionales o definitivas, de una empresa.

 

ASESORES DE INVERSIÓN

 

Son agentes que tiene como función principal asesorar al público interesado en cuanto a las inversiones en el Mercado de Capitales, previa autorización de la Comisión Nacional de Valores.

 

CALIFICADORAS DE RIESGO

 

Son organismos encargados  de establecer los niveles de riesgos de los diversos instrumentos que se negocian en el Mercado de Capitales.

 

ENTIDADES RELACIONADAS

 

 

 

ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE CASAS DE BOLSA

 

Tiene como función la promoción de la cooperación entre sus asociados, así como proteger y defender sus legítimos derechos e intereses, propiciar la comunicación y entendimiento entre los mismos a fin de que resuelvan sus problemas

 

ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE SOCIEDADES EMISORAS DE VALORES

 

 

 

Su función principal es la promoción de un marco institucional y jurídico que favorezca la emisión de valores, tanto en Venezuela como en el exterior.

OTRAS ENTIDADES

 

 

BOLSA DE PRODUCTOS E INSUMOS AGROPECUARIOS DE VENEZUELA

 

Busca proveer al sector agrícola de la infraestructura y los servicios necesarios para realizar la negociación de contratos de compra-venta de productos, insumos y servicios de origen o destino agropecuario

 

 


I.2: DIFERENCIA ENTRE LA BOLSA DE VALORES DE CARACAS Y LA BOLSA DE PRODUCTOS E INSUMOS AGROPECUARIOS DE VENEZUELA

 

 

 

BOLSA DE VALORES DE CARACAS

 

 

BOLSA DE PRODUCTOS E INSUMOS AGROPECUARIOS DE VENEZUELA

Establecimiento privado autorizado por el gobierno nacional donde se reúnen los corredores de Bolsa con el fin  de realizar las operaciones de compra-venta de títulos valores, por cuenta de sus clientes. Centro de transacciones debidamente organizado donde los corredores de bolsa negocian acciones y bonos para sus clientes.

Establecimiento privado que busca proveer al sector agrícola en general de la infraestructura y los servicios necesarios para realizar en forma continua y ordenada la negociación de contratos  de compra-venta de productos, insumos y servicios de origen o destino agropecuario, así como los documentos representativos de estos(certificados ganaderos, de Depósito y Bonos de prenda)

 

 

 

 

 

I.3: AUTORIZACIÓN PARA HACER OFERTA PÚBLICA E INSCRIPCIONES EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES DE OBLIGACIONES, ACCIONES Y PAPELES COMERCIALES.

 

 

FUNDAMENTOS LEGALES: Todo lo concerniente a las OPA e inscripciones en el Registro Nacional de Valores se fundamentan en:

 

Ø                 Ley de Mercado de Capitales: Promulgada según Gaceta oficial  No. 36.565, el 22 de octubre de 1998. Regula todo lo involucrado a la OPA y otros títulos valores de mediano y largo plazo. Así mismo la actuación de las Bolsas de Valores, intermediarios y entidades relacionadas al ramo.

 

Ø                 Ley de Cajas de Valores: Promulgada según Gaceta oficial  No. 36.020 del 13 de agosto de 1996. Establece un marco regulatorio de los servicios de depósitos y custodia de títulos valores.

 

Ø                 Ley de entidades de Inversión Colectivas: Promulgada en Gaceta Oficial No. 36.027 del 22 de agosto de 1996. su objeto primordial es el desarrollo de los mercados de capitales nacionales, a través de la estimulación hacia la creación de entidades de inversión colectivas como mecanismo de canalización hacia inversiones fructíferas.

 

Ø                 Ley del Banco Central de Venezuela: Puesta el ejecútese en la Gaceta Oficial No. 35.106 del 4 de diciembre de 1992, establece algunas normativas en lo que se refiere a las negociaciones de títulos valores en los mercados de valores nacionales.

 

Ø                 Ley del Impuesto sobre la Renta: Dentro de sus artículos se establecen los gravámenes de enriquecimientos originados de las operaciones efectuadas en el mercado de capitales.

 

OFERTA PUBLICA DE ACCIONES: Procedimiento por el cual el iniciador pretende llevar a cabo la adquisición de las acciones, valores o derechos de la sociedad afectada, ofreciendo como contrapartida el pago de dinero, cada vez que se produzca o pueda producir como resultado que el iniciador adquiera, complete o incremente una participación reputada significativa que no posee en dicha sociedad, siempre que no tenga el efecto de una toma de control.

 

REQUISITOS QUE DEBEN SEGUIRSE PARA EFECTUAR LAS OFERTAS ANTES DESCRITAS:

Las ofertas que regulan las Normas, tienen tanto reglas comunes como particulares. Dentro de las reglas comunes tenemos las siguientes:

Ø                 OBLIGACIÓN DE NOTIFICACIÓN: Todo iniciador que pretenda efectuar cualquiera de las ofertas a las que se refieren las Normas, debe consignar ante la Comisión Nacional de Valores, con por lo menos 5 días hábiles bursátiles de anticipación a la fecha que se desee hacer la oferta del conocimiento público, un informe claro y preciso para que los destinatarios de la oferta puedan formarse un criterio sobre la misma.

Ø       CONTENIDO DEL INFORME:

a.      Extracto del informe.

b.      Información general y financiera sobre el iniciador.

c.      Información sobre el propósito de la oferta.

d.      Información sobre la posición accionaría del iniciador.

e.      Información sobre las relaciones del iniciador con la sociedad.

f.        Condiciones específicas de la oferta.

g.      La oferta y el contenido de ciertas leyes especiales.

 

Ø                 PLAZO DE LA OFERTA: El plazo inicial de vigencia de la oferta será libremente determinado por el iniciador. Sin embargo, no podrá ser inferior a 20 ni superior a 30 días hábiles bursátiles contados a partir de la fecha efectiva de inicio.

 

Ø                 AUTORIZACIÓN DE LA DIVULGACIÓN DEL INFORME: La Comisión Nacional de valores dispone de 5 días hábiles bursátiles para autorizar la divulgación del informe sobre la oferta, contados a partir de la presentación del mismo.

 

Ø                 OBSERVACIONES A LA OFERTA: La sociedad afectada deberá obligatoriamente consignar en la Comisión Nacional de Valores y en la respectiva Bolsa de Valores, sus observaciones a la oferta, a más tardar el quinto día hábil bursátil siguiente a la divulgación del informe.

 

Ø                 OFERTAS COMPETIDORAS: Toda persona, incluyendo los accionistas de la sociedad afectada, puede formular una oferta competidora, convirtiéndose a su vez en Iniciador, teniendo que seguir el procedimiento establecido para ello en las Normas.

 

Ø                 PUJAS: Todo iniciador, hasta el décimo día hábil precedente a la fecha de vencimiento, puede efectuar pujas, mejorando las condiciones de su oferta. La Comisión Nacional de Valores dispondrá de 3 días hábiles bursátiles para autorizar la divulgación del informe modificado.

 

Ø                 RETIRO DE LA OFERTA: La oferta es revocable por parte del iniciador en su totalidad por medio del retiro, en los términos establecidos en las Normas.

 

Ø                 ACEPTACIÓN DE LA OFERTA: La aceptación de la oferta deberá ser comunicada al iniciador de la oferta o de la oferta competidora en el lugar y de la manera señalada en el informe, antes del cierre de dicha oferta, tomando en cuenta lo dispuesto para tal efecto en las Normas.

 

Ø                 LIQUIDACIÓN Y PAGO: Tendrán lugar en una Bolsa de Valores según las modalidades que autorice la Comisión Nacional de Valores, a más tardar al quinto día hábil bursátil siguiente al cierre de la oferta.

 

Ø                 PROCEDIMIENTOS SIMPLIFICADOS: El iniciador puede acogerse a un procedimiento simplificado de oferta en los siguientes casos:

a.      Si posee ya, directa o indirectamente, el control de valores que confieren al menos las 2/3 partes de las acciones o de los derechos de voto de la sociedad afectada, y ofrece adquirir el control total de la misma.

 

b.      Si la oferta del iniciador está limitada a la adquisición de acciones o de valores que confieren el derecho a voto equivalente al 10% de los derechos de voto de la sociedad afectada.

 

c.      Si la sociedad afectada lleva a cabo un plan de adquisición de acciones en tesorería.

 

En cuanto a los recaudos anexos a las solicitudes, encontramos dentro de las normativas vigentes:

 

Ø                 Copia certificada de los documentos constitutivos y de los estatutos sociales vigentes.

 

Ø                 Copia simple de los balances, debidamente dictaminados de acuerdo a la normativa vigente, anexando los informes de los Comisarios y de la Junta Administradora, correspondiente a los últimos periodos económicos, o desde su constitución, si esta fuera menor.

 

Ø                 Copia certificada de la Resolución de la Asamblea de Accionistas en la cual se hubiere acordado la emisión de los títulos cuya inscripción se solicite.

 

Ø                 Una muestra de los títulos emitidos y de los cupones correspondientes, así como una descripción del proceso de transferencia de la propiedad de los mismos.

 

Ø                 Un ejemplar de los prospectos correspondientes, aprobados por la Comisión Nacional de Valores.

 

Ø                 Constancia  de inscripción  de los títulos en el Registro Nacional de Valores.

 

Ø                 Nombre del representante provisional o definido de los obligacionistas.

 

Ø                 Relación exacta del procedimiento de pago de intereses, con indicación de la fecha y el lugar respectivos; así como una descripción pormenorizada de los procesos de amortización, sorteo y de conversión, cuando se trata de obligaciones convertibles.

 

Ø                 Dictamen de Calificadoras de Riesgo.

 

En cuanto a los formularios o planillas de solicitud para la autorización para hacer OPA y obtener su inscripción en el Registro Nacional de Valores, publicado en la Gaceta Oficial NO. 5101 de fecha 10 de octubre de 1996, se pueden visualizar en la siguiente dirección:

http://www.cnv.gob.ve/LeyesNormas/Formularios/Formulario%20FG-01.pdf

 

I.4: REALIZAR UNA BUSQUEDA DE EJEMPLOS DE LOS DOS MERCADOS, IDENTIFICANDO CLARAMENTE SUS DIFERENCIAS.

MERCADO PRIMARIO: Segmento del mercado de valores, donde se negocian las primeras emisiones ofertadas a su valor nominal o con el descuento por las empresas, con el objetivo de obtener financiamiento para la ejecución de sus proyectos.

EJEMPLOS:

Ø      El gobierno venezolano emite los Vebonos con fecha de vencimiento en los años 2007 y 2008, para honrar las deudas contraídas con el personal docente, administrativo y obrero de las universidades nacionales e institutos universitarios, por concepto de homologación de sueldos. Fueron depositados en la Caja Venezolana de Valores y esta abrió una cuenta individual a cada uno de los beneficiados.

Ø      Otro ejemplo es la oferta pública de acciones que realizaron empresas como la CANTV, con la finalidad de abrir al ciudadano común la posibilidad de poseer acciones de la empresa líder en comunicaciones en Venezuela.

MERCADO SECUNDARIO: Es un segmento del mercado de valores, donde se transan operaciones de valores ya emitidos en primera colocación. Se caracteriza por ser un mercado que otorga liquidez, a través de las sucesivas transferencias de los títulos, para lo cual concurren los ofertantes y demandantes de dichos valores que están en circulación y cuyo precio se forma mediante el juego de la oferta y la demanda.

Ø      Ejemplo de Bonos: Posterior a la fecha de apertura, cada beneficiario podía negociar a través de un corredor de bolsa el monto de su deuda, que en un primer momento era comprada a precios irrisorios (menor a su valor facial) en el mercado secundario de valores.

Ø      Las acciones emitidas por la CANTV, han sido colocadas a través de las Bolsas de Valores nacionales, cotizándose a precios mucho más elevados que su valor facial.

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