UNIVERSIDAD YACAMBU

 Carrera: Licenciatura en Contaduría Pública

 Asignatura:   Administración Pública

 Profesor:   Maury Ramírez

 Participante: Lurinalda Navarro

 

Introducción

 

          A continuación trataremos los temas de administración pública, Estado y gobierno,  en cuanto a la administración pública tenemos el siguiente concepto,  se entiende a la organización integrada por un personal profesional, dotada de medios económicos y materiales públicos que pone en práctica las decisiones tomadas por el gobierno.  Las administraciones del Estado constituyen una forma específica de organización con carácter de servicio público, dedicadas a la gestión y al control de las actividades de una Nación. La administración pública se caracteriza esencialmente por ser difusa. La clave de la distinción de esfera de naturaleza entre la administración pública y la administración privada, se encuentra en la relación entre los intereses generales y los intereses particulares.  Ahora bien con esta investigación ampliaremos los conocimientos en lo que ha división política territorial se refiere y como quiera que las personas interesadas en ejercer un cargo político, deben conocer cómo está estructurado el Estado, cuáles son las competencias de las entidades estatales, municipales. Las diferentes formas de gobiernos (Democráticos, autocráticos y monárquicos) así como también los conceptos de sistemas políticos, capitalistas y sociales,  regimenes democráticos y comunistas.

 

Tema 1: La Administración Pública

 

1.-  Breve reseña de la relación entre la administración pública y el nivel político-económico de la sociedad en los diferentes momentos de su evolución histórica.

 

La Administración Publica Moderna Nació en 1.887. Con la idea básica de que esta se encontraba desligada a la política. La Dicotomía política-Administración, como fue llamada tenia como propósito separar artificialmente lo que no era posible dividir. La política decide sobre los objetivos a lograr, la administración pone la política en ejecución o dicho en pocas palabras hace las cosas: ahora bien puede decirse, en General que la Administración de las instituciones Gubernamentales y de los asuntos públicos existe desde el origen de la sociedad organizada. Como campo de autodisciplina y como practica profesional, no obstante, los orígenes de la Administración Publica en los Estados Unidos y Canadá datan tan solo de la últimas décadas del siglo XIX. En la década de los 80 del siglo XIX se introdujeron reformas administrativas importantes en las ciudades y en el gobierno de la nación. La reorganización de los gobiernos estatales se convirtió también en un impulso del movimiento de la “era progresista”. El Gobierno Central se convirtió en un foco de cambio en la primera guerra mundial y con mayor intensidad durante y después de la gran depresión. Después de la segunda guerra mundial, las actividades se extendieron hacia la administración internacional y semejante, y para entonces sus aplicaciones abarcaban a gran parte de los asuntos públicos que eran tangenciales para el gobierno. A partir de estos orígenes y de forma extrapolable, merece la máxima atención una conclusión: La administración Pública ha dependido y depende considerablemente de un entorno muy variable y complejo. En consecuencia, es un campo muy amplio, que afecta a muchas disciplinas y se basa en gran variedad de modelos y paradigmas, integrado por algunos valores de interés publico generalmente aceptados en el seno de una democracia constitucional.

 

2.- Relación de la administración pública y la administración privada.

 

El estudio de la administración pública como la actividad del Estado, permite rebasar las visiones introspectivas y gerenciales del Poder Ejecutivo, frecuentemente inclinadas a equiparar el proceso administrativo interno del gobierno, con el proceso administrativo de la empresa privada. En vez de buscar la identidad de principios y prácticas en el gobierno y la empresa privada, la Ciencia de la Administración Pública observará la acción del Estado sobre la reproducción de las condiciones y relaciones de producción mercantil; es decir, las condiciones materiales y sociales en las cuales se desarrolla la empresa privada. El gobierno procura condiciones materiales adecuadas y estimulantes a la empresa privada, a la par de que contribuye a reproducir las relaciones entre el capital y el trabajo en el interior de la empresa. En segundo lugar, la distinción de campos permite encontrar un fenómeno equivalente en la administración pública y la administración privada: la unidad de la política y la administración. Aunque la dicotomía política-administración es un enfoque de la administración pública, en cierto grado se ha inspirado en el apoliticismo gerencial de la empresa privada. Los estudiosos de la administración industrial no formularon una dicotomía política-administración que separara la administración privada, de la política; simplemente, por su naturaleza no estatal, la concibieron como apolítica. La administración privada es el producto no sólo de la necesidad de dirección del trabajo asociado, sino de la necesidad del dominio de ese mismo trabajo. Por lo tanto, en la misma forma como en la acción gubernamental se plasman en unidad la política y la administración, en la administración privada se concretan en unidad la dirección y el dominio. El concepto de administración en su sentido más amplio, tiene un significado más general que lo relativo a la vida pública, es decir, la administración del Estado.

La clave de la distinción de esfera de naturaleza entre la administración pública y la administración privada, se encuentra en la relación entre los intereses generales y los intereses particulares. En un punto medio situado entre ambos, fluyen diversas e importantes cuestiones. Si consideramos que la nación es un organismo político, y la sociedad el conjunto de las clases y los individuos, entonces la diferencia de los intereses de ambos es muy importante porque la nación y la sociedad tienen relaciones estrechas: "el Estado goza del bienestar de la sociedad y padece sus males, y la sociedad necesita con frecuencia del auxilio del Estado".  Pero la oposición no es radical, por lo que el estadista debe poner sus ojos igualmente en los intereses generales y los intereses individuales, atendiendo a esas importantes y diversas cuestiones que mencionamos, y que se encuentran en ambos.

La administración pública y la administración privada no producen los mismos efectos ni tienen las mismas cualidades. La una es esencialmente general, extendiéndose uniformemente sobre todas las clases de la sociedad y el territorio, o al menos sobre sus divisiones orgánicas: provincias, distritos, municipios, que tienen sus normas legales y sus ordenanzas magistrales. La otra, por el contrario, es ordinariamente local, ligada al domicilio de las personas que de ellas se ocupan, y sólo excepcionalmente extiende sus ramificaciones por la asociación por la cual es muy variada. Cada cual puede elegir el método que mejor le cuadre, sin que haya generalmente decisiones autoritarias que la sujeten, dejándose todo a la previsión y a la voluntad del interesado".

La administración pública se caracteriza esencialmente por ser difusa, en tanto que la administración privada por ser concentrada. Un Ministerio opera en un amplio territorio, sobre diversas ciudades y simultáneamente, en tanto que una empresa particular radica en un lugar y en ella ejerce su actividad. Por consiguiente, "el examen de estos y otros tipos de actividades lleva a la conclusión de que la administración difusa requiere de métodos diferentes a los empleados en la administración concentrada y, dado que la mayor parte de la administración pública es difusa, el estudioso de estas cuestiones puede por lo pronto dedicar su atención a ésta, dejando los casos excepcionales de administración pública concentrada para considerarlos vinculados al estudio de la empresa privada".

 

  Así entendemos que administrar, es prever, organizar, mandar, coordinar y controlar,  ejercer la gerencia es conducir la empresa hacia su objetivo tratar de sacar el mejor partido de todos los recursos de que dispone; es asegurar la marcha de las seis funciones esenciales, la administración no es más que una de las seis funciones cuya marcha debe asegurar la gerencia".  Ambas administraciones tanto la publica como la privada deben seguir y cumplir estos pasos para su perfecta eficiencia.

 

3.- Relación con otras ciencias

 

La Administración Publica tiene sus bases en la Ciencia Política y su desarrollo inicial ocurrió en su interior, tiene estrecha relación con el Derecho puesto que se encuentra regido por normas legales,  la Economía por los diferentes problemas económicos que enfrenta, con  la Sociología para resolver los diferentes problemas y conflictos sociales, Todo gobierno planea, organiza, controla, ejecuta, coordina las actividades para efectuar sus propósitos, por eso la Administración Publica y las técnicas administrativas se vinculan mutuamente.

 

4.- La administración pública en la sociedad venezolana

 

El artículo 3 de la Ley orgánica de la Administración Pública  establece que La Administración Pública tendrá como principal objetivo de su organización y funcionamiento dar eficacia a los principios, valores y normas consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en especial, garantizar a todas las personas, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos.

 

Estructura de la Administración Pública en Venezuela:

Niveles de la Administración Pública:

1. Administración Pública Nacional:    conformada por las personas jurídicas estatales (entes) y por sus órganos, como lo precisa la Ley Orgánica de la Administración Pública Art 15.

2.Administración Pública Central:   (  La ejerce el Presidente o Presidenta de la República, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vice Presidenta Ejecutiva, El Consejo de Ministros ,los ministros o ministras y los viceministros o viceministros.)

3. Administración Descentralizada:

Articulo 30 LOAP "Con el principio de profundizar la democracia y de incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión de la Administración Publica, se podrán descentralizar competencias y servicios públicos de la República a los estados y municipios, y de los estados y municipios, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley

4. Entes de la Descentralización Funcional:

Esta clasificada en Institutos autónomos, Empresas del Estado, Empresas Matrices, Fundaciones del Estado y asociaciones y sociedades civiles del Estado.

5. Administración Publica Estadal

Art. 160 de CNRBV la administración de los Estados corresponde a los gobernadores, su gestión será vigilada por el Contralor del Estado, la funciones legislativas estarán a cargo del Consejo Legislativo los Consejos de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas actuaran para coordinar políticas de descentralización.

6. Administración Pública de los Distritos Metropolitanos

El Art. 172 CNRBV, las competencias metropolitanas serán asumidas por los órganos de gobierno del respectivo distrito metropolitano. (Formado por el Estado Miranda y Distrito Capital).

7. Administración Pública de los Municipios:

La administración de los municipio corresponde al Alcalde, el control y vigilancia de de los ingresos y gastos corresponde al Contralor municipal, los cuales gozan de autonomía orgánica según la Ley Orgánica de Régimen Municipal, el poder legislativo, corresponde al concejo integrado por los concejales.

 

Tema 2. Estado - Gobierno

 

 

1.- Definición, tipos características, estructura jurídica–política, aparato del Estado, elementos constitutivos

 

Estado:

Es el conjunto de instituciones que poseen la autoridad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio definido. También podríamos decir que es un conjunto de instituciones que forman parte del régimen político. O Agrupación humana, fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y mantenido por una autoridad dotada de poderes de coerción."

 

 La Constitución Nacional. (C. R. B. V.).  establece en su:

 

Artículo 2: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.” 

 

Artículo 4:La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.”

El estado esta formado por: Nación, Gobierno, Territorio, Población y estructurado de la manera siguiente:

Estructura del Estado:

PODER

Quien lo Ejerce

Funciones

Condiciones

Ejecutivo

(art. 225 al 246 CRBV)

El Presidente (a) de la República, El Vicepresidente (a) y los ministros (a)

Dirigir la Acción de Gobierno. Cumplir y hacer cumplir esta constitución y la ley.

Venezolano (a) mayor de 30 años, de estado seglar, y ser elegidos por votación.

Legislativo

(art. 186 al 195 CRBV)

La Asamblea Nacional integrada por Diputados (as).

Ejerce la  Administración Publica Nacional, Aprueba Leyes, Tratados y convenios, Acuerda y ejecuta presupuestos. Vela por los intereses y autonomía de los Estados.

Para ser diputado (a) debe Ser Venezolano, mayor de 21 años y elegidos por votación proporcional al estado que representan.

Judicial

(art. 253 al 266 CRBV)

El Tribunal Supremo de Justicia, Tribunales y Juzgados.

Dirección, gobierno  y Administración del poder Judicial. administrar Justicia, ejecutar y hacer ejecutar sus sentencias

Venezolano (a), de reconocida honorabilidad, Ser Jurista con un mínimo de 15 años de experiencia.

Ciudadano

(art. 273 al 289 CRBV)

Defensor (a) del Pueblo, El Fiscal (a) General, Contralor (a) General de la República.

Prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética publica y la moral administrativa Art. 274 CRBV

Sus representantes son elegidos por la Asamblea Nacional o el Poder Electoral por consulta popular.

Electoral

(art. 292-293 CRBV)

El Consejo Nacional Electoral

Organizar, Dirigir, supervisar todo lo referente a Leyes Electorales, sufragio y  Elecciones populares, sindicales y profesionales

Integrado por 5 ciudadanos, venezolanos, sin condición política, 3 de ellas escogidos por la sociedad civil 1 de las universidades y 1  por el poder ciudadano y elegidos por la Asamblea Nacional

Estatal

(art. 159 al 167 CRBV)

Los Consejos Legislativos, los gobernadores, T.S.J oficinas Regionales, Contraloría Autónoma. Todos los poderes a nivel estatal.

Los Estados son entidades autónomas e iguales en lo político, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional, y a cumplir y hacer cumplir esta Constitución y las leyes de la República y administrar sus recursos.

Su máxima autoridad la ejerce el Gobernador (a) quien debe ser venezolano, de estado seglar, mayor de 25 años y elegido por votación por un periodo de 4 años, seguido por el consejo legislativo quien sancionara y ejecutara Leyes y presupuestos estadales. La Contraloría del Estado tendrá el control, la vigilancia y la fiscalización de los ingresos, gastos y bienes estadales.

Municipal

(art. 168 al 182 CRBV)

El Alcalde o Alcaldesa, concejales, contraloría Municipal

La elección de sus autoridades.

La gestión de las materias de su competencia. (Salud, educación, vivienda, seguridad, vialidad etc.)

La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.

 

Su máxima autoridad la ejerce el Alcalde o Alcaldesa quien debe ser venezolano, de estado seglar, mayor de 25 años y elegido por votación por un periodo de 4 años,

 

2.- Gobierno: definición, formas, características, diferencias entre Estado y  gobierno.

 

Gobierno: es el órgano formado por un Presidente o Primer Ministro y un número variable de Ministros al que la Constitución o la norma fundamental de un Estado atribuye el poder ejecutivo y la cúpula que ejerce el poder político sobre una sociedad.

En nuestra Constitución Nacional. (C. N. R. B. V.) En su Artículo 6 establece: El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.” 

 

Formas de gobiernos y características:

 

Presidenciales:

Es una organización de un estado en la que todos los cargos públicos son escogidos democráticamente.

 

Parlamentarias:

Es un sistema de organización política en la que la rama ejecutiva del gobierno depende del apoyo directo o indirecto del parlamento, a menudo expresado por medio de un voto de confianza.

 

Monarquías (parlamentarias, constitucionales o absolutas):

Son sistemas de gobierno en que el jefe de estado no es elegido de manera democrática (a menudo es un cargo hereditario).

 

Unipartidistas:

Son estados en los que un partido único tiene todo el poder gobierno o estados en que la estructura del partido es a la vez la estructura del gobierno y que no permiten la creación de otros partidos (o si existen otros partidos, tienen una representación muy limitada).

 

Dictadura militar:

Es una forma de gobierno autocrática, en la cual el poder se concentra en torno a la figura de un solo individuo (dictador), estableciéndose un gobierno de facto (de hecho o non de iure) que controla los poderes del estado y legitima su poder en base al dominio de la fuerza.

 

Diferencias entre Estado y Gobierno:

Su principal  diferencia radica en que las Formas de Estado tienen en consideración la distribución espacial del poder. Tienen en cuenta el territorio pueden respetarlas o no. Las Formas de Gobierno hacen referencia a la distribución funcional del poder. Se crean determinados organismos a los que se les atribuye funciones.

 

Otra interpretación de diferencias seria que el Estado hace referencia a un modo de organización de la nación en un determinado territorio y con un gobierno.  Y el Gobierno hace referencia a la forma adoptada para dirigir un estado.

 

3.- Sistema político: definición. Sistema capitalista-Sistemas sociales: características, diferencias.

 

Sistema político: es el conjunto de individuos (de la alta nobleza, del alto clero, electores...) y de instituciones (Rey, Cortes, Consejos, Ministerios...) que participan en la formulación de decisiones (órdenes, decretos...) y de normas (fueros, constituciones, leyes...), así como esas mismas normas, que regulan el funcionamiento de la sociedad para asegurar la conservación de las relaciones de producción que se dan en la estructura económica.

 

Sistema Capitalista: Es de carácter puramente funcional y la función que cumple es (como es lógico) económica: la producción, el consumo y el intercambio de bienes y servicios.

 

Se caracteriza Por:

La velocidad de las comunicaciones es una de esas características, aunque su condición de novedosa es discutible: la invención de la telefonía y la telegrafía representaron en el siglo XIX una aceleración al menos tan grande como el desarrollo de las comunicaciones informáticas en nuestros días.

 

El principal objetivo de los países capitalistas consiste en garantizar un alto nivel de empleo al tiempo que pretende mantener la estabilidad de los precios.

 

La actividad económica aparece organizada y coordinada por la interacción entre compradores y vendedores que se produce en los mismos mercados.

 

Bajo el sistema capitalista el control del sector público debe ser mínimo, se considera que si existe competencia, la actividad económica se controlará.

 

El rasgo distintivo del sistema capitalista global es la libre circulación de capitales.

 

 

Sistema social: acciones, reacciones e interacciones, y las creencias y actitudes compartidas relacionadas con esas acciones. Se transmite por comunicación simbólica, no por los genes.

El concepto de «sistema social» es el que reconoce que el ámbito social, donde las organizaciones sociales se consideran algo más que un simple conjunto de personas, es un sistema.

 

Se caracteriza por:

 

El reconocimiento de las características como sistema de la sociedad, que las cosas interactúan entre ellas, en los ámbitos social o cultural, es importante para saber cómo funcionan las comunidades y cómo se puede influir en este funcionamiento.

 

Ser parte de un sistema social. En este proceso, aprendemos nuestra lengua, nuestros valores y creencias, aprendemos los símbolos que necesitamos para participar en las dimensiones económica, tecnológica, política e institucional de la sociedad.

 

Diferencias:

 

El Sistema Capitalista,  su principal objetivo es la producción de capitales a través de la globalización y utilizando tecnología avanzada, tratando en lo posible beneficios tanto para el productor como el consumidor.

 

En el Sistema Social: Se basa fundamentalmente en el carácter humano (grupos sociales o individuos) su integración dentro de la sociedad, la transformación de los mismos para participar en las dimensiones económica, tecnológica, política e institucional de la sociedad en beneficio de la comunidad en general y la no existencia de desigualdades.

 

4.- Régimen político: definición. Régimen de democracia–régimen de comunismo.

 

Régimen Político:

El régimen político en sentido restringido puede asimilarse a las instituciones pertenecientes al Estado y al modo como se relacionan entre sí y con la sociedad. Si se le toma en un sentido más amplio hay que sumarle a lo dicho, los partidos políticos, la opinión pública, el sistema electoral, entre otras cosas.

 

Régimen de Democracia:

Es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica preponderante es que el poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad general. En forma amplia es una forma de convivencia social en la que todos sus habitantes son libres e iguales ante la Ley y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

 

Régimen de Comunismo:

Es una ideología política cuya principal aspiración es la consecución de una sociedad en la que los principales recursos y medios de producción pertenezcan a la comunidad y no a los individuos.

 

En la teoría, estas sociedades permiten el reparto equitativo de todo el trabajo en función de la habilidad, y de todos los beneficios en función de las necesidades.

 

La sociedad comunista supone que, en último término, no se necesita que haya un gobierno coercitivo y, por lo tanto, la sociedad comunista no tendría por qué tener legisladores.

 

El comunismo debe luchar, por medio de la revolución, para lograr la abolición de la propiedad privada; la responsabilidad de satisfacer las necesidades públicas recae, pues, en el Estado.

 

Infografia y bibliografía

 

http://es.wikipedia.org/wiki/Democracia

http://www.elprisma.com/apuntes/administracion_de_empresas/gestionpublica/default3.asp

http://platea.pntic.mec.es/anilo/cuaderno/historia.htm

http://www.filosofia.tk/soloapuntes/tercero/fpol/t9aca.htm

http://www.alipso.com.ar/monografias/dif_entre_reformas_de_/

http://www.monografias.com/trabajos12/capita/capita.shtml

http://www.monografias.com/trabajos/capimperial/capimperial.shtml

http://herzog.economia.unam.mx/directorio/soros.pdf.

http://www.scn.org/mpfc/key/key-ss.htm

http://www.zonaeconomica.com/definicion/economia

http://docencia.udea.edu.co/derecho/constitucion/regimen_politico.html

Blunstchli, Gaspar. Derecho Público Universal. Madrid, J. Góngora Impresor. Sin año (1876). Dos tomos.

Tomo I, pp. 150

 

La Administración Pública Como Ciencia:

Autor: José Juan Sánchez González

 

La Constitución Bolivariana de Venezuela

 

 

 

 

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