| Sede Otras columnas 020610 Carpe Diem No es lo mismo Luis Figueroa [email protected] No es lo mismo ser General y mandar en una divisi�n de soldados, que ser el Presidente del Congreso. No es lo mismo presidir un gobierno de hecho, que presidir el parlamento de derecho. No es lo mismo Juan Dom�nguez� La controversia entre el presidente del Congreso, Efra�n R�os Montt y el ministro de Finanzas, Eduardo Weymann sobre la vigencia de la prorroga para el pago del impuesto de circulaci�n de veh�culos ha sido muy ilustrativa. Ha puesto en evidencia, una vez m�s, que el jefe del legislativo no termina de entender lo que es el estado de derecho y que la Constituci�n es la ley suprema. No parece estarle claro que los funcionarios est�n sujetos a la ley y que no son superiores a ella. �Ni siquiera si sus intenciones son buenas! Para hacer la historia corta, fiel a las m�s nefastas tradiciones chapinas, el Congreso ampli� el plazo para pagar el impuesto de circulaci�n de veh�culos. Esto es para que los que lo dejan todo para �ltima hora tengan otra oportunidad de hacer lo mismo. Pues bien, el legislativo no le envi� a tiempo al Ejecutivo el decreto correspondiente, y no aquel no fue publicado. Al respecto, la Constituci�n es clara, en su art�culo 181, donde dice que �La ley empieza a regir en todo el territorio nacional ocho d�as despu�s de su publicaci�n �ntegra en el Diario Oficial, a menos que la misma ley ampl�e o restrinja dicho plazo o su �mbito territorial de aplicaci�n�. O sea que aunque la ley haya pasado por todo el proceso de formaci�n y sanci�n descrito en la Carta Magna, si no es publicada, no entra en vigencia. El general R�os, sin embargo, insiste en que la ley fue aprobada por el Pleno antes de que venciera y que por lo tanto la prorroga est� vigente. Lo cual no es cierto porque aunque el Congreso la haya aprobado, resulta que no la mand� a tiempo para su publicaci�n y por lo tanto no est� vigente. En esa direcci�n est� actuando la Superintendencia de Administraci�n Tributaria, y est� cobrando multas por mora. No importa si la intenci�n de R�os y del Congreso fue buena al aprobar la pr�rroga. Lo importante es que la Constituci�n establece un procedimiento claro para la formaci�n y sanci�n de leyes. Lo importante es que el Legislativo y su presidente deben respetar esos procedimientos. Lo importante es que el ejercicio del poder, para bien y para mal, est� sujeto a las limitaciones se�aladas por la Constituci�n. Esto es esencial en un estado de derecho y en una rep�blica. Lo contrario no ser�a un gobierno de leyes (nomoi), sino uno de hombres, lo cual se conoce como tiran�a. Claro que no todo lo que emana del Parlamento con el nombre de ley, es una ley en la tradici�n de las normativas generales, abstractas e impersonales conocidas en filosof�a del derecho como nomoi; y a eso abr�a que dedicarle otro espacio. Pero en principio debe quedar claro que los funcionarios y sus actos siempre deben estar sujetos a la Constituci�n, para seguridad y bienestar de los habitantes de la rep�blica. Sede |