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010409


Carpe Diem

A la AFL-CIO, con amor
Luis Figueroa

�Qui�n se beneficia  s� la industria centroamericana de la exportaci�n fracasa?  �A qui�nes les conviene que las condiciones de producci�n, en Guatemala, se entorpezcan?
A las mujeres que trabajan en la confecci�n, no; porque tendr�an que regresar a hacer oficios dom�sticos.  A los empresarios locales, tampoco, porque se hundir�an sus negocios, descender�a el nivel general de vida, y perder�an consumidores.  A un gobernante con dos dedos de frente, menos, porque perder�a contribuyentes. A usted y a m�, no creo.
�Qui�n sale ganando si son aprobadas las reformas al C�digo de Trabajo?

El art�culo 211, que faculta al ministerio de Trabajo para vigilar que los sindicatos funcionen de acuerdo con las disposiciones legales y no haya mal manejo de fondos, pretende ser cambiado, por uno que obligue al organismo Ejecutivo a defender y desarrollar el sindicalismo e incluso a garantizar asesor�a jur�dica gratuita a los que deseen organizar un sindicato.

No es un secreto que los sindicatos, como cualquier otro grupo de inter�s y de presi�n, pueden ser utilizados con prop�sitos ajenos a sus objetivos naturales. La mafia, por ejemplo, ha estado vinculada a algunas organizaciones sindicales en Estados Unidos, y cualquiera que conozca la historia de Jimmy Hoffa, sabe que esto es cierto (hay una pel�cula para los que no est�n enterados).  M�s cerca de nosotros, la guerrilla tuvo estrecha relaci�n con sindicatos y dirigentes sindicales, cuando pretend�a imponer la revoluci�n y la dictadura.  �Qui�n, entonces, podr�a tener inter�s en eliminar el texto original del art�culo citado?
Por otro lado, usted, contribuyente, sabe perfectamente que cuando el gobierno y los organismos internacionales dicen gratuito, en realidad lo pagar�n con sus impuestos.
Adem�s, la nueva norma busca incentivar el desarrollo del sindicalismo, y no de los trabajadores. �No le parece sospechoso?

El art�culo 213 del texto original, indica que los ejecutivos de los sindicatos �son responsables de todas las violaciones legales o abusos que cometan en el desempe�o del cargo�, lo cual es razonable porque usted y yo somos responsables de nuestros actos, sobre todo si constituyen delito.
Eso s�, aquellos que cada 1 de mayo usted ve gritando consignas contra la impunidad, pretenden recetarse el privilegio de la inimputabilidad, cuando incurran en violaciones a la ley si lo hacen �con la aprobaci�n de la Asamblea General o del Comit� Ejecutivo del su sindicato�. �No es eso, un abuso de lo peor? 

La propuesta de reforma, para el art�culo 255 no protege la libertad de trabajo de quienes no se adhieran a huelgas, si se diera el caso.  Lo cual reitera lo ya dicho en el sentido de que a las reformas le interesan los sindicatos y sus privilegios,  y no los trabajadores y sus derechos.  Esto no es nuevo, y en todas partes del mundo los grupos de inter�s tratan de obtener ventajas.  La cuesti�n es: �Debemos permit�rselos?
Debe quedar claro, sin embargo, que aunque en un sistema mercantilista, hecho para que unos vivan a costillas de otros, es natural que todo el que pueda se agrupe e intente aprovecharse del mismo, lo que no es admisible es que se perpet�e aquella pr�ctica, y que los grupos de inter�s sigan obteniendo privilegios que afectan los derechos de las personas.

�Qui�nes se benefician de estas reformas? Los que viven del enfrentamiento; los eternos dirigentes sindicales chapines; y  los sindicalistas de Estados Unidos y de Europa, que ven en la industria guatemalteca y en sus trabajadores una competencia que les afecta.  A la AFL-CIO, por ejemplo.


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