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LA VOLUNTAD DEL PUEBLO

 

 

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 En estas fechas, con motivo del puente festivo de Todos los Santos, hemos oído a los responsables del tráfico pedir a los conductores que escalonen su regreso a los lugares de origen. Como si quienes se han desplazado estos días dispusieran de un único cerebro capaz de ordenar a cada uno de los individuos el día y hora de su vuelta a casa.  Hay una tendencia proclive a considerar los grupos sociales como totalidades orgánicas, dotadas de voluntad propia e independiente de la de sus miembros.

Esto es lo que se percibe cuando muchos nombran al «pueblo» o a los «españoles». Hay implícitas en estas palabras el error del organicismo. En boca de los políticos se convierten en falacia. Así, les atribuyen una voluntad colectiva, singular y propia, al afirmar, por ejemplo, que el pueblo soberano ha querido el resultado producido en las urnas; que ha deseado evitar la mayoría absoluta de un partido político; incluso, rizando el rizo, que dicha voluntad incluye los pactos realizados posteriormente para lograr mayorías parlamentarias.

Sin embargo, lo cierto es que los resultados electorales responden a las voluntades individuales de quienes ejercen su derecho a votar ignorando el resultado que va a producirse. Cada uno ha mostrado sus preferencias. El recuento, la suma de votos de un sentido u otro, determina el resultado. No ha habido voluntad del «electorado», sino de cada uno de los electores. Ni siquiera un sector ha expresado una voluntad colectiva. El resultado electoral no es, por consiguiente, la «voluntad popular» en sentido estricto. Esta expresión responde a una ficción, de la que debemos ser conscientes. El pluralismo de la sociedad implica que ningún gobernante democráticamente elegido debe creerse, o hacer creer a los ciudadanos, que la sociedad, el pueblo, lo ha elegido y respaldado su programa político. Son sus votantes, sólo ellos, quienes lo han votado y elegido, los únicos que le han dado su confianza. Es el dato de conformar una mayoría a su favor, y la aplicación de las reglas electorales y políticas establecidas, lo que le ha llevado a gobernar.

Por eso el Gobierno no «represente» a la sociedad, ni siquiera al cuerpo electoral, aunque por tener un mandato representativo indirecto deba orientar su acción a satisfacer los intereses generales de la sociedad, no los intereses sectarios de partido ni los de quienes presuntamente lo han llevado al poder.

 Ningún poder constitucional, según nuestra Carta Magna, salvo las Cortes Generales (formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado), representa al pueblo español.

Cuando el Presidente del Gobierno opina en nombre de todos los españoles –cosa frecuente en los discursos de galería– desconoce que sus funciones representativas no le permiten hablar más que en nombre del Gobierno (art. 2.2.a) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno). 

1.11.2005 (revisado 2.5.2016)