LEGISLACIÓN DEL MUSEO NACIONAL DE HISTORIA NATURAL


Decreto No. 1184-86-407 que integra el Patronato Rector del Museo Nacional de Historia Natural

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 1184-86-407

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1.- El Patronato Rector del Museo Nacional de Historia Natural, queda integrado por los señores Enrique Peynado, quien lo presidirá, Ing. Guillermo Caram, Ramón Prieto Peña, Enrique Armenteros Rius, Ing. Leoncio Almánzar, Josefina Vda. Alvarez, Sophie Jakouska, Ivonne García y sendos representantes del Capítulo Dominicano del ICOM, de la Oficina de Patrimonio Cultural y de la Dirección Nacional de Parques.

Artículo 2.- Dicho Patronato, en un plazo no mayor de 60 días, deberá elaborar y aprobar el Reglamento interno para el funcionamiento del Museo.

Artículo 3.- El Patronato Rector del Museo Nacional de Historia Natural, se reunirá por lo menos una vez al mes para conocer de las actividades de esa entidad y cada año revisará el informe anual que preparen y sometan los diferentes organismos del Museo.

Artículo 4.- El Director del Museo Nacional de Historia Natural, será el Secretario Ejecutivo del Patronato Rector.

Artículo 5.- El presente deroga y sustituye cualquier Decreto, Reglamento o disposición administrativa que le sea contrario.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y seis, año 143º de la Independencia y 124º  de la Restauración.

JOAQUIN BALAGUER

 

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