FUNDACIÓN NACIONAL DEL COMERCIO PARA LA EDUCACIÓN

LICO TÉCNICO "JOSE MARIA NARBONA CORTÉS"

COVENTRY #244 - ÑUÑOA

 

 

 

MANUAL

DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

 

 

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

 

INTRODUCCIÓN.

Un manual de convivencia es, por definición, un conjunto ordenado de normas técnicas y administrativas que regulan la estructura, el funcionamiento, vinculaciones e interrelaciones, de los distintos estamentos de un establecimiento educacional, y establece un marco de referencia para fijar los derechos y deberes de sus integrantes, de acuerdo a la realidad propia de cada establecimiento, con la finalidad expresa de mejorar la calidad del proceso educativo.

Como establecimiento perteneciente a la Fundación Nacional del Comercio para la Educación (COMEDUC), nuestro manual se configura de acuerdo a la definición citada anteriormente y considera las siguientes premisas:

 

 

 

FUNDAMENTACIÓN:

El siguiente manual se concibe como un eje conductor, que establece los criterios que se tomarán en consideración para determinar la transgresión de las normas de convivencia social. Estos criterios tienen sus fundamentos en el Programa de Valores Institucionales (PROVI) el que responde a una inspiración humanista y cristiana que guía los principios de nuestra institución.

De acuerdo a lo sostenido anteriormente los valores que involucran a alumnos y alumnas, docentes, padres y apoderados de nuestro liceo y que fundamentan este reglamento son:

 

Además se establece que, de acuerdo los lineamientos planteados por la Reforma Educacional, los objetivos transversales que fundamentan este manual de convivencia escolar son los siguientes:

Finalmente este manual se fundamentará en tres criterios esenciales para su comprensión y aplicación.

 

 

 

OBJETIVOS DEL MANUAL:

 

Objetivo General:

Objetivos Primarios:

 

 

 

CAPÍTULO I

NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO PEDAGÓGICA

 

  1.  
  2. Las ausencias a procedimientos de evaluación deben justificarse por el apoderado en Inspectoría General quien informará al alumno que debe prepararse para ser evaluado en la primera oportunidad que tenga clases con el profesor o en la oportunidad que el profesor indique. El no cumplimiento significa sanción de 1ª instancia.
  3. Frente a la ausencia a un procedimiento de evaluación es responsabilidad del propio alumno o alumna dirigirse al profesor para acordar la oportunidad en la que se aplicará la evaluación.
  4. Respecto al profesor, éste deberá otorgar una oportunidad de evaluación.

 

CAPÍTULO II

NORMAS TECNICO – ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.

 

  1.  
  2. Una vez que haya incurrido en el Tercer Atraso, en cualquier momento del año escolar, se le citará a su apoderado. Para este efecto se le comunicará a su apoderado por escrito en su libreta y el alumno deberá firmar la constancia de su Tercer atraso y citación del apoderado en el registro, que para tal efecto, llevará la Coordinación de Asuntos Estudiantiles.
  3. El alumno que esté en esta situación podrá ingresar al liceo, al día siguiente de su Tercer atraso, sólo si es acompañado por su apoderado. El alumno y su apoderado deberán presentarse en Inspectoría para dejar constancia del incumplimiento reiterado, con el horario de ingreso al establecimiento, en su hoja de observaciones del libro de clases.
  4. Todas las medidas mencionadas anteriormente se aplicarán cada vez que el alumno incurra en Tres Atrasos. No obstante al cumplirse el Noveno atraso, se considerará una conducta sancionada por el Manual de Convivencia en Segunda Instancia. (Ver Anexo N°1).
  5. El alumno que haya incurrido en un tercer atraso y que ingrese al establecimiento sin su apoderado, habiendo sido oportuna y correctamente informado, no podrá ingresar a clases y será derivado Inspectoría, donde permanecerá hasta que el apoderado concurra al liceo, o hasta el término de la jornada. Para tal efecto Inspectoría realizará todas las acciones necesarias para contactarse con el apoderado, ya que el no ingreso a clases del alumno será considerado como horas de inasistencia. No obstante, queda establecido que en ningún caso el alumno, que halla ingresado al establecimiento, será devuelto a su hogar.
  1.  
  2. Ser informado al comenzar el año escolar respecto del Reglamento de Evaluación y Promoción, así como también respecto del Manual de Convivencia Escolar.
  3. Recibir una enseñanza acorde con los principios científicos y metodológicos de cada sector y subsector de aprendizaje, asignaturas de especialidad u otras actividades de tipo pedagógico.
  4. Conocer el procedimiento de sus evaluaciones en cada sector y subsector.
  5. Ser informado del carácter de las observaciones que se consignen en su hoja de vida
  6. Pertenecer y ser elegido en las directivas de cursos o en el Centro de Alumnos de su establecimiento conforme a las normas de éste.
  7. Participar de las decisiones estudiantiles de su curso así como también de las actividades programáticas y extraprogramáticas organizadas por el establecimiento o por su curso con conocimiento y autorización del establecimiento y/o sus padres según corresponda.
  8. Hacer uso de todas las dependencias destinadas a su educación, al igual que al acceso de material didáctico del establecimiento, solicitándolo con la debida antelación (24 horas si corresponde) y previa autorización del estamento a cargo.
  9. Ser escuchado a través de los conductos regulares establecidos y jerarquizados de la siguiente forma: Profesor, Profesor Jefe, Inspector de Nivel, Coordinador de Asuntos Estudiantiles, Coordinación de Asuntos Pedagógicos, Orientación; en caso de apelación la última instancia será la Dirección del Establecimiento.
  10. Optar a los programas y beneficios a través de Orientación del establecimiento cuando corresponda.
  11. Ser atendido por su profesor jefe en un horario pertinente, que respete el normal funcionamiento del Liceo.
  12. Hacer uso del seguro de Accidente Escolar, ante situaciones acaecidas en el interior del establecimiento o en el trayecto desde o hacia su hogar, así como también en todas las actividades o salidas autorizadas.
  13. Participar de las actividades culturales, sociales, deportivas y recreativas, tanto internas como externas en las que participe el liceo.
  14. Ser tratado con el respeto que se merece por su condición de persona y de alumno por cualquier miembro de la comunidad escolar.
  15. A desarrollar sus actividades de aprendizaje en un ambiente exento de interferencias tanto al interior de la sala de clases como provenientes desde fuera de ella.
  16. Poder desarrollar sus aprendizajes en un lugar limpio y ordenado.
  17. Expresar libremente sus opiniones en un marco de respeto por las ideas ajenas, asumiendo que la diversidad de opiniones es necesaria y enriquecedora.
  18. A ser atendido en sus necesidades como adolescente por los miembros de la comunidad escolar que corresponda.
  19. A ser reconocido por su comportamiento y rendimiento académico positivo y destacado, como también por la superación de conductas y rendimiento negativo.
  20. Poder postular a becas, ya sea del establecimiento u otras otorgadas por diversos organismos, de acuerdo a sus características y necesidades personales.
  21. A no recibir sanciones, en caso de problemas disciplinarios o de otra índole, que puedan significar castigo físico, agresión verbal o psicológica, que dañen su integridad como personas en formación.
  22. Frente a un robo, una agresión física o cualquier atentado que dañe su integridad física y/o sus pertenencias personales, sufridos dentro del Liceo, el alumno o alumna tendrá derecho a recibir de parte del establecimiento la colaboración necesaria para esclarecer los hechos.

 

  1.  
  2. Conocer, y actuar en consecuencia a las disposiciones respecto al Reglamento de Evaluación y Promoción, así como respecto al Manual de Convivencia Escolar y de acuerdo a los principios de la Fundación COMEDUC.
  3. Cumplir con todos sus deberes escolares durante su permanencia en el establecimiento. Será responsabilidad de la familia estar al tanto y supervisar el trabajo escolar en el hogar.
  4. Durante la ausencia de un profesor, el alumno deberá participar en actividades de estudio, de Orientación u otras.
  5. Justificar sus inasistencias a clases durante la primera hora de la jornada de clases, ante el profesor respectivo. Para tal efecto deberá utilizar su libreta de comunicaciones, documento oficial y el único nexo entre el hogar y el liceo.
  6. Deberá justificar, ante su Inspector de Nivel y C.A.E., toda inasistencia de tres o más días con la presencia de su apoderado y entregar un certificado correspondiente dentro de las 48 horas siguientes después de su reintegro a clases.
  7. Cumplir con los procedimientos de evaluación en las fechas fijadas.
  8. Deberá participar en las decisiones y actividades que se realicen tanto al interior de su curso como de aquellas promovidas por el Centro de Alumnos u otros estamentos y respetar los compromisos adquiridos ya sea como integrante de un curso o como alumno o alumna del liceo.
  9. Canalizar sus inquietudes según los conductos regulares establecidos en el liceo.
  10. Presentarse puntualmente a todas sus horas de clases durante la jornada, las ausencias a alguna clase, dentro de la jornada, debe estar autorizada por la Coordinación de Asuntos Estudiantiles.
  11. Presentarse a clases correctamente uniformado (Uniforme del Liceo). En el caso de Educación Física sólo podrá usar el Buzo del Liceo.
  12. Presentarse con todos sus materiales u otros enseres necesarios para su aprendizaje.
  13. Tratar con respeto, tanto en el lenguaje como en actitud a todos los miembros de la comunidad escolar.
  14. No interferir el desarrollo de las clases u otras actividades académicas con conductas no adecuadas al contexto, tales como: llegar tarde a clases, usar cualquier medio tecnológico como celular, MP3, cámaras digitales, etc., promover o realizar desorden u otras actividades que dificulten las actividades de aprendizaje y enseñanza.
  15. Mantener y cuidar el aseo y la infraestructura del colegio, haciéndose responsable de manera personal o como curso de los daños ocasionados.
  16. Respetar las ideas ajenas y escuchar otros planteamientos distintos de los propios.
  17. Mantener una presentación personal adecuada a las exigencias del liceo, poniendo especial énfasis en la higiene personal.
  18. Cuidar y hacerse responsable de sus efectos personales. En el caso de la pérdida de dinero, joyas, artefactos electrónicos u otros objetos de uso personal, el Liceo no se hará responsable por la reposición de los objetos perdidos.
  19. Promover y manifestar actitudes solidarias ante las necesidades de cualquier miembro de la comunidad.
  20. Informar a su apoderado cuando sea citado al Liceo.

Ante estas situaciones se procederá de acuerdo a lo establecido en este Manual de Convivencia y está incluido en el Anexo N°1

Como estrategias remediales pertinentes para enfrentar este tipo de faltas, al no existir, por parte del alumno o alumna, un cambio sustancial y duradero de actitud, se establecen las siguientes opciones, las que están contenidas en el Manual de Convivencia: Orientación interna, Compromiso alumno y apoderado, Condicionalidad a la participación en actividades estudiantiles, Renuncia obligada a cargos, Atención psicológica externa, Traslado interno (cambio de curso), Matrícula en Observación, Gestión personal del apoderado para cambiarlo de Establecimiento, No renovación de la Matrícula al año siguiente.

Son Apoderados la madre, el padre, tutor legal o algún familiar directo, que viva con el alumno o alumna, que sea mayor de 18 años y no sea alumno o alumna del Liceo.

 

 

Ante el incumplimiento reiterado en alguna de estas funciones, el liceo se reserva el derecho de nombrar un profesor-tutor a cargo del alumno.

 

 

CAPÍTULO III

NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, DE HIGIENE Y DE SEGURIDAD.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPÍTULO IV

DE LOS ANEXOS.

ANEXO N° 1

REGLAMENTO DE DISCIPLINA

(CONCEPTOS, CRITERIOS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS).

  1.  
  2. Disciplina: regulación consciente de la conducta, que posibilita al ser humano vivir con otros, de acuerdo a las etapas de su desarrollo. Este Manual entiende que la disciplina favorece la convivencia de toda comunidad, propiciando que exista un orden y organización que dé garantía de máxima libertad.
  3. Sanción: Es una instancia que educa a los alumnos y alumnas, y que les permite reconsiderar su conducta. El objetivo de este Manual es dejar previamente establecidas cuales serán las sanciones respecto a determinadas conductas y permitir que sean conocidas por toda la comunidad escolar.
  4. Observación en Hoja de Vida: es el registro, en el libro de clases, en forma objetiva de las conductas de los alumnos y alumnas, sin emitir juicios de valor.
  5. Acción Remedial: es el conjunto de acciones destinadas a corregir el comportamiento del alumno y la alumna en el marco de la convivencia escolar. El presente Manual establecerá las siguientes acciones remediales:

    4.1. Primera Instancia: Frente a los alumnos y alumnas que manifiesten conductas establecidas en este presente Manual de Convivencia, se cita en primera instancia al apoderado por parte del profesor Jefe y/o Inspectoría. En dicha citación se le debe dejar claro al apoderado y alumno (a) los motivos por los cuales se le aplicó sanción de primera instancia.

    La realización de la entrevista debe quedar registrada en el libro de clases como el compromiso que asumirá el apoderado en la colaboración del cambio conductual de su pupilo. Al apoderado se le dejará en claro que si el alumno (a) no modifica su conducta se le aplicará la sanción de Segunda Instancia. En el libro de clases se deberá consignar: "El apoderado toma conocimiento de la conducta de su pupilo, comprometiéndose a colaborar con el Liceo en el cambio conductual del alumno (a); si no cambia de conducta, al Liceo le corresponde, según el reglamento de disciplina, aplicar sanción de Segunda Instancia."

    Al alumno (a) que se le aplique sanción de Primera Instancia se le aplicará un seguimiento realizado por el profesor jefe. Este seguimiento consistirá en una entrevista cada 15 días, en la que participarán el apoderado y el alumno. En los casos que corresponde podrá derivarse a Orientación.

    4.2 Segunda Instancia: Corresponderá a una nueva citación al apoderado y al alumno por parte del C.A.E. En dicha entrevista se firmará un compromiso de cambio de conducta, el que debe quedar registrado en el libro de clases. Se debe consignar: "Si a pesar de los esfuerzos realizados por el Liceo y del compromiso del apoderado para superar el problema de conducta del alumno (a), éste continúa con su conducta, se aplicará sanción de Tercera Instancia".

    En esta instancia se aplicará una suspensión de clases de 1 día, el cual servirá para que el orientador en conjunto con el profesor jefe, intensifiquen el tratamiento del alumno, aplicando entrevista a él y su familia (cada 15 días) y todo instrumento que permita determinar las causas de dicha conducta.

    Los profesores del curso serán informados de los alumnos en Segunda Instancia para que ellos ayuden a promover el cambio conductual del alumno (a) a través de acciones concretas que el orientador y profesor jefe determinen (cambio de curso, tutoría, etc.)

    En esta instancia el orientador y profesor jefe, si el caso así lo amerita y en vista de los antecedentes recopilados, derivarán a otro especialista para que se realice un diagnóstico más especializado. En todo momento el apoderado deberá estar en conocimiento de lo resuelto por orientación.

    Cualquier entrevista que se haga al alumno (a) o al apoderado debe quedar registrada en el libro de clases con su respectiva firma.

    4.3. Tercera Instancia: El alumno (a) junto con su apoderado son citados por la Dirección del Liceo.

    En dicha entrevista el Director del Liceo le comunica al apoderado que su pupilo es suspendido por 3 días, y si la conducta no acorde con el Manual de Convivencia continúa, el liceo entregará al apoderado los antecedentes de otros liceos para su cambio o el apoderado gestionará la matrícula de su pupilo a otro liceo o el Liceo cancelará la matricula para el próximo periodo escolar.

    Durante el periodo de suspensión de 3 días, el orientador y el profesor jefe intensificarán las acciones para superar el problema del alumno o alumna. Durante el tiempo de seguimiento del alumno (a), el Director del Liceo irá recopilando todos los antecedentes del tratamiento del alumno (a) a través de informes del Departamento de Orientación, C.A.E. y toda información proporcionada por los profesores del curso en los consejos de profesores.

    Se dejará constancia en el libro de clases todas las formas de ayuda que el Liceo está brindando al alumno o alumna (entrevista, aplicación de instrumentos, derivación a especialista, tutorías, etc.) con la respectiva firma del apoderado y del alumno (a).

  6. Comité de Mediación: tendrá la tarea de mediar en los conflictos que se produzcan a raíz de la aplicación del presente Manual de Convivencia. Este comité estará bajo la supervisión del C.A.E. y contará con la participación de Orientación, Paradocente del Nivel, Profesor Jefe que corresponda, un Representante del Centro de Alumnos y el Asesor del Centro de Padres y Apoderados.

CRITERIOS:

  1.  
  2. Atrasos: La asistencia y puntualidad deben ser hábitos básicos que el Liceo debe formar en los alumnos y alumnas, con la finalidad de prepararlos para las exigencias normales del mundo laboral. Si el alumno o alumna acumula 9 atrasos, durante el año escolar, deberá aplicarse la acción remedial de Segunda Instancia. Por ningún motivo el atraso deberá ser considerado de Tercera Instancia. En ninguna circunstancia el alumno será devuelto a su hogar por atrasos.
  3. Inasistencias: Inasistencia del alumno, el profesor de la primera hora de clases, debe solicitar el justificativo, si no es presentado enviar al Paradocente.
  4. Citación de Apoderado: el apoderado será citado a través de la Libreta de Comunicaciones, indicándole la fecha y la hora de su concurrencia al Liceo, además se le señalará claramente con quien debe entrevistarse. Si el apoderado no asiste a la citación, el Liceo debe enviar una segunda citación y llamado telefónico comunicando expresamente que su no concurrencia será causal de que su pupilo entra en la sanción de Segunda Instancia, es decir, entrevista formal con C.A.E. donde se aplicará la amonestación escrita indicando la falta del alumno o alumna.
  5. Presentación Personal: La presentación personal de alumnas y alumnos de un Liceo Técnico Profesional es fundamental para ir adquiriendo la formalidad que la profesión le demandará en su vida futura. Por lo tanto, se entiende que la alumna y el alumno respetan las disposiciones que se han establecido en el Manual de Convivencia Escolar. Estas disposiciones serán aplicadas teniendo siempre en cuenta el fin formativo, observando el principio de la tolerancia y considerando el carácter de sujeto en formación de los alumnos y alumnas. Si un alumno en forma reiterada no porta su uniforme escolar correctamente, se le aplicará la sanción de Primera Instancia, se fijará un plazo para dar cumplimiento al uso del uniforme. Si el alumno y alumna persiste en esta conducta se aplicará sanción de Segunda Instancia. Por ningún motivo la falta de uniforme será considerada de Tercera Instancia, ni mucho menos devolver al alumno a su casa por la falta de su uniforme.
  6. Objetos de Valor: El liceo no se hace responsable de la pérdida de objetos de valor y artículos electrónicos que el alumno o alumna porte durante su estadía en el Liceo. Si un docente retira un objeto de valor, deberá entregarlo al C.A.E. bajo firma en el libro de clases, a su vez el C.A.E. deberá entregarlo al J.A.F. para su resguardo hasta que el apoderado lo retire, cautelando que éste firme en el Libro de Clases la recepción del objeto.
  7. El alumno y alumna en la sala de clases: El responsable de lo que sucede al interior de la sala de clases es el Profesor. Si por algún motivo, muy justificado, el docente presenta un problema con algún alumno o alumna, avisará a inspectoría acerca de la situación, para que esta unidad tome las medidas del caso. Por ningún motivo un alumno o alumna puede ser impedido de ingresar a una clase por faltas de disciplina, de rendimiento o de materiales por decisión del Profesor, como tampoco puede ser expulsado de clases.
  8. Aplicación de las leyes vigentes: El Apoderado y alumno declara conocer la aplicación de las leyes:
  • Si un integrante de la Comunidad Escolar no respetara las normativas vigentes se procederá a aplicar la ley en el ámbito que compete al Establecimiento Educacional.
  • 1° CONDUCTAS FRENTE A LAS QUE SE APLICARÁ

    PRIMERA INSTANCIA.

    CONDUCTA

    SANCIÓN Y/O PROCEDIMIENTO

    ACCIÓN REMEDIAL

    Acumular 3 inasistencias sin justificación de apoderado o certificado médico. Apoderado deberá justificar inasistencias de su pupilo (a) con Paradocente, acompañando documentación si esta amerita.
    •  
    • Se aplicará Primera Instancia
    Acumular 3 anotaciones por irresponsabilidad. Firmar compromiso del alumno y apoderado con Profesor(a) Jefe(a) para superar la conducta.
    Acumular 3 atrasos en horario de ingreso al Liceo sin justificación de apoderado o certificado médico. Apoderado deberá justificar atrasos de su pupilo(a) con Paradocente, acompañando documentación si esta amerita.
    Incurrir en copia de pruebas, trabajos o procesos evaluativos. Apoderado toma conocimiento por falta del alumno(a), firmando compromiso de no repetir la conducta con Profesor(a) y Paradocente.
    No acatar indicaciones u órdenes del profesor (a). Conversación personal del profesor (a) con el alumno (a), junto al Paradocente.
    No justificar inasistencias o atrasos a evaluaciones. Citación al apoderado y evaluación se posterga a nueva fecha fijada por el(la) profesor(a) por intermedio del (la) Paradocente y C.A.P.
    Realizar ventas dentro del Liceo sin autorización de la Coordinación de Asuntos Estudiantiles. Se requisan los productos de venta, entregándolos al apoderado, previo compromiso de no repetir la conducta consignándolo en el Libro de Clases por C.A.E.
    Inasistencia injustificada y sin aviso a eventos competitivos de naturaleza deportiva, cultural, etc.; previamente programados. Entrevista del alumno(a) y apoderado(a) con el profesor o monitor que corresponda según la actividad, comprometiéndolo(a) a que si se repite la conducta será retirado del evento con una observación en su Registro Anecdótico del Libro de Clases.
    No ingresar a clases en horas intrajornada. Entrevista del alumno(a) con el Paradocente y Profesor Jefe, firmando compromiso para no repetir la conducta.

    La repetición de esta conducta significa aplicar Segunda Instancia con conocimiento del Apoderado(a)

    Ingresar al Liceo sin uniforme, uniforme incompleto o equipo de Educación Física sin autorización de C.A.E. Apoderado toma conocimiento y firma compromiso con el alumno para superar la conducta. El registro anecdótico será consignado por C.A.E. y/o Paradocente.

     

     

    2° CONDUCTAS FRENTE A LAS QUE SE APLICARÁ

    SEGUNDA INSTANCIA.

    CONDUCTA

    SANCIÓN Y/O PROCEDIMIENTO

    ACCIÓN REMEDIAL

    Deteriorar, destruir y rayar: implementación y dependencias del Liceo. Apoderado y alumno se comprometen en 48 horas reparar y/o reponer lo dañado y/o destruido.
    •  
    • Se aplicará Segunda Instancia y/o suspensión del alumno a sus actividades académicas.
    Agredir física o verbalmente a un compañero (a) dentro o fuera del Liceo. Se considerará dentro del liceo, para efectos de este reglamento, el sector incluido dentro de tres cuadras a la redonda. Suspensión de los alumnos involucrados y posterior conversación con C.A.E., Orientación, Paradocente y apoderado.

    En un plazo de 15 días, el apoderado deberá entregar a .C.A.E. un certificado médico que acredite la necesidad o no de un tratamiento médico para la conducta observada.

    Acumulación de 9 atrasos Conversación con alumno y apoderado por parte de Paradocente, C.A.E. y Profesor Jefe para cambiar la conducta reiterada.
    Ingresar y/o retirarse del liceo sin autorización. Conversación del alumno(a) y Apoderado con Paradocente y Profesor Jefe para cambiar conducta grave.
    Adulterar firma o comunicación del apoderado. Entrevista del alumno(a) y Apoderado con C.A.E., Profesor Jefe y Orientador (a) para cambiar conducta grave.
    Consumo de alcohol y/o drogas dentro del Liceo Entrevista del alumno (a) y Apoderado con C.A.E., Profesor Jefe y Orientador (a). Derivación del alumno (a) a un especialista, entregando un informe en plazo máximo de 15 días.
    Portar revistas o bajar imágenes pornográficas desde Internet. Entrevista del alumno y apoderado con C.A.E. y Orientador(a) firma de compromiso de no repetir esta conducta grave.
    Acumular tres conductas antivalóricas en el registro de observaciones del Libro de Clases. Entrevista del alumno y apoderado con C.A.E., Profesor Jefe y Orientador(a), firma de compromiso de no repetir la conducta grave.
    Utilización de artefactos electrónicos: MP3, MP4, celulares, cámaras digitales u otros que alteren el normal desarrollo del proceso de aprendizaje en el aula y/o talleres. Profesor no permite uso de artefactos o implementos electrónicos, consignando conducta en el Libro de Clases, requisándolo y entregándolo a C.A.E. Apoderado retira elemento, previo compromiso de no repetir la conducta grave.

     

     

    3° CONDUCTAS FRENTE A LAS QUE SE APLICARÁ

    TERCERA INSTANCIA.

    CONDUCTA

    SANCIÓN Y/O PROCEDIMIENTO

    ACCIÓN REMEDIAL

    Reiterar cualquier conducta tratada en segunda instancia. Entrevista del alumno (a) con Apoderado y Profesor Jefe, Orientador (a), C.A.E. en forma periódica y consignándolo en el Libro de Clases.
    •  
    • Se aplicará Tercera Instancia.
    Destrucción o deterioro a las pertenencias de los funcionarios del Establecimiento. Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., Profesor Jefe y Orientador con el propósito de no repetir la conducta. Se consigna en Libro de Clases.

    Apoderado se compromete a reponer o reparar en un plazo máximo de 72 horas.

    Agresión física y/o verbal a un funcionario del establecimiento Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., Profesor Jefe y Orientador con el propósito que el apoderados retire al alumno del Establecimiento. El afectado(a) realizará la denuncia criminal respectiva.
    Alumno (a) que incurre en un hurto o robo. Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., Profesor Jefe y Orientador con el propósito de no repetir la conducta. Se consigna en Libro de Clases.

    En el caso de hurto o robo a una de las pertenencias de un funcionario o alumno(a) debe ser repuesta en un plazo de 72 horas, igualmente para el Establecimiento.

    Cuando correspondiere se cumplirá con la Ley Nº20.084 de Responsabilidad de Adolescentes por infracciones a la Ley Penal.

    Alumno (a) que es sorprendido: con porte de armas (blanca y de fuego). Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., Profesor Jefe y Orientador con el propósito de no repetir la conducta. Se consigna en Libro de Clases y se cumple con la Ley Nº20.014 de Control de Armas.
    Alumno (a) que es sorprendido en tráfico de drogas y/o alcohol en el interior del Liceo. Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., Profesor Jefe y Orientador con el propósito de no repetir la conducta. Se consigna en Libro de Clases y se cumple con las Leyes Nº19.925 de Consumo y Venta de Bebidas Alcohólicas y Nº20.000 Consumo y Tráfico de Estupefacientes.
    Alumno(a) que adultera, o elimina notas o elementos del registro escolar. Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., C.A.P., Profesor Jefe, Profesor de Asignatura y Orientador con el propósito de no repetir la conducta. Se consigna en Libro de Clases.
    Utilizar medios informáticos y digitales para agredir y/o menoscabar la dignidad de las personas. Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., Profesor Jefe y Orientador con el propósito de no repetir la conducta. Se consigna en Libro de Clases.
    Negarse colectivamente a ingresar a clases. Conversación del alumno (a) y Apoderado con Director, C.A.E., Profesor Jefe y Orientador con el propósito de no repetir la conducta. Se consigna en Libro de Clases.  

    4° CONDUCTAS QUE AMERITAN UN RECONOCIMIENTO DE LO

    POSITIVO EN LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    ANEXO N° 1

    REGLAMENTO INTERNO DE LA ESPECIALIDAD DE ALIMENTACIÓN COLECTIVA

     

    UNIFORME:

    ANEXO N° 2

    REGLAMENTO INTERNO DE LA ESPECIALIDAD DE PÁRVULOS.

     

     

    De las Alumnas:

     

    1. Asistir a clases en forma regular.

    2. Presentarse a cada clase con el material de trabajo solicitado con anticipación.

    3. Mantener su uniforme completo, en buen estado y limpio.

    4. Realizar todas las actividades indicadas por la profesora.

    5. Participar en todos los trabajos en equipo, manifestando una conducta positiva y de colaboración.

    6. Cumplir con los plazos establecidos para el desarrollo y presentación de los trabajos.

    7. Mantener vocabulario y comportamiento adecuado en cualquier situación pedagógica.

    8. Ponerse al día con contenidos, tareas y trabajos luego de haber faltado a clases.

    9. En caso de ausencia justificada a alguna situación de evaluación, esta tendrá nota máxima 6,5, a excepción de presentarse con certificado médico.

    10. Utilizar los implementos de trabajo con la precaución correspondiente.

    11. Mantener limpios y ordenados los espacios utilizados con fines pedagógicos.

    12. Cumplir los roles y funciones asignadas por las profesoras.

    13 Respetar los horarios de clases, ingresando a la sala o dependencia señalada, sin atraso. El atraso en el ingreso a la clase dará lugar a la disminución de la nota máxima a 6.0, respecto a la actividad que se esté desarrollando, aún cuando la evaluación no se realice en el momento del atraso.

     

     

    ANEXO N° 3

    REGLAMENTO INTERNO DE LA ESPECIALIDAD

    DE SERVICIOS HOTELEROS

     

     

    De los alumnos y alumnas:

    Los alumnos deberán usar uniforme en el Servicio de Alojamiento:

    Los hombres:

    Traje Negro.

    Camisa blanca.

    Corbata negra.

    Las Mujeres:

    Traje de 3 piezas.

    Falda (verano)

    Pantalón (invierno)

    Blusa.

     

    Los alumnos deberán usar uniforme en el Servicio Comedores:

    Los Hombres y las Mujeres:

    Pechera.

    Paño Repaso.

    Huasca.

    Humita.

    Pantalón negro.

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