UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

 

FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN

 

CURSO INTERANUAL DE CONTABILIDAD BÁSICA I.

 

 

 

 

Nombre: Rodríguez Santoyo Leonardo

 

No. de Cuenta: 9535185-0

 

Grupo: EC40

 

Asignatura: Contabilidad Básica I.

 

Profesora: Guadalupe Becerril Zarco

 

 

 

 

 

 

 

Clasificación y Movimientos de las Cuentas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CLASIFICACIÓN Y MOVIMIENTOS DE LAS CUENTAS

 

CAJA: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe del efectivo existente al iniciar un ejercicio.

Por el dinero recibido en: cobros a clientes, ventas en efectivo, pago de devoluciones de mercancías hechas por los proveedores, etc.

Por los sobrantes de efectivo al final de cada periodo.

Se abona:

Por cualquier concepto que represente una salida de efectivo.

Por los faltantes de efectivo que resulten al final de cada periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

BANCOS: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe depositado en cuentas de cheques al inicio del ejercicio.

Por los depósitos efectuados, así como el importe de cobranzas efectuadas por el banco y demás créditos a nuestro favor que se acrediten en nuestra cuenta de cheques.

Se abona:

Por el importe de los cheques expedidos.

Por el importe de comisiones por cobranzas, intereses, etc., que el banco nos deduzca en la cuenta de cheques.

Por el importe de su saldo final de ejercicio (asiento de cierre).

 

CLIENTES: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe de los adeudos pendientes de cobro al iniciarse un ejercicio.

Por el importe de las ventas a crédito efectuadas sin garantía documental.

Por el importe de intereses, impuestos y algunos conceptos (fletes, maniobras) que se carguen a los clientes.

Se abona:

Por el importe de los pagos realizados por los clientes.

Por las devoluciones de mercancías hechas por los clientes, así como las rebajas concedidas a ellos.

Por el importe de las cuentas que se consideren incobrables.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

ACCIONES Y TÍTULOS A LA VISTA: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe de los valores de este tipo, que al inicio de un ejercicio tenga la entidad.

Por las compras temporales de: acciones, Cetes, papel comercial, etc., que la empresa realice en un periodo.

Se abona:

Por las ventas de acciones, Cetes, papel comercial, etc., que la entidad realice en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 


 

DOCUMENTOS POR COBRAR: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe de los documentos pendientes de cobro al inicio de un ejercicio.

Por el importe de los documentos firmados por clientes u otros deudores a favor de la entidad.

Se abona:

Por el importe de los documentos cobrados o cancelados en un periodo.

Por el importe de los documentos que se consideran incobrables.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

DEUDORES DIVERSOS: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe de los adeudos de terceras personas a favor de la empresa al iniciar un ejercicio.

Por el importe de las deudas a favor de la entidad, siempre y cuando éstas no provengan de la venta de mercancías.

Por el importe de los intereses que se carguen a estos deudores.

Se abona:

Por el importe de los pagos realizados por los deudores.

Por el importe de las cuentas que se consideren incobrables.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

ALMACÉN: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe de las mercancías existentes en la entidad, al inicio de un ejercicio.

Por el importe de las compras de mercancías realizadas en un periodo.

Por el importe de las mercancías devueltas por los clientes.

Por los gastos que originan las mercancías compradas.

Se abona:

Por el importe de las mercancías vendidas.

Por el importe de las devoluciones hechas a los proveedores, así como las rebajas otorgadas por éstos.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

PAGOS ANTICIPADOS A CORTO PLAZO: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe de los pagos anticipados a corto plazo, vigentes al inicio de un ejercicio.

Por los pagos anticipados a corto plazo (renta, intereses, propaganda, seguros, etc.) que se efectúen en el periodo.

Se abona:

Por la parte proporcional de estos pagos que deba aplicarse a estos gastos por haberse devengado.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 


 

DOCUMENTOS POR COBRAR A LARGO PLAZO: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe de los documentos pendientes de cobro, a largo plazo, al inicio de un ejercicio.

Por el importe de los documentos de este tipo firmados por deudores o clientes, a favor de la entidad.

Se abona:

Por el importe de estos documentos cobrados o cancelados en un periodo.

Por el importe de los documentos que se consideren incobrables.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre)          

 

TERRENOS: Se clasifica en activo fijo

Se carga:

Por el valor de los terrenos adquiridos existentes al inicio de un ejercicio.

Por las compras de terrenos que se efectúen en el periodo.

Se abona:

Por el importe de los terrenos que se vendan en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

EDIFICIOS: Se clasifican en activo fijo

Se carga:

Por el valor de los edificios existentes al iniciar un ejercicio.

Por el importe de las adquisiciones de inmuebles en un periodo.

Por las adiciones, mejoras o construcciones que se efectúen a los inmuebles ya existentes.

Se abona:

Por el valor de los edificios que se vendan en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

MOBILIARIO Y EQUIPO: Se clasifican en activo fijo

Se carga:

Por el valor del mobiliario y equipo existente al iniciar un ejercicio.

Por el importe de adquisición de los muebles y enseres comprados en el periodo.

Se abona:

Por el precio de costo del mobiliario y equipo que se venda en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

EQUIPO DE REPARTO: Se clasifica en activo fijo

Se carga:

Por el valor según inventario de los vehículos destinados para el reparto de mercancías existentes al inicio de un ejercicio.

Por las adquisiciones que de este equipo se haga en el periodo.

Se abona:

Por el valor de los vehículos que se vendan o que se den de baja por inservibles.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 


 

EQUIPO DE TRANSPORTE: Se clasifica en activo fijo

Se carga:

Por el importe de los vehículos de transporte  existentes al inicio de un ejercicio.

Por las adquisiciones de automóviles o camiones destinados para el transporte de funcionarios y empleados, que se realicen en el periodo.

Se abona:

Por el importe de los vehículos que se vendan o se den de baja por inservibles en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

MAQUINARIA: Se clasifica en activo fijo

Se carga:

Por el valor de la maquinaria existente al inicio de un ejercicio.

Por las compras de maquinaria que se realicen en el periodo.

Se abona:

Por el importe de la maquinaria que se venda en el periodo o que se considere inservible.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

DEPÓSITOS EN GARANTÍA: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe vigente de las cantidades dadas como depósitos para garantizar el cumplimiento de algún contrato, al inicio de un ejercicio.

Por las cantidades que se entreguen como depósito para garantizar algún contrato durante el periodo.

Se abona:

Por el valor de los depósitos devueltos al término de los contratos que los amparaban.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

ACCIONES Y VALORES A LARGO PLAZO: Se clasifica en activo circulante

Se carga:

Por el importe que de estos títulos tenga una entidad al inicio de un ejercicio.

Por las compras de acciones, petrobonos u obligaciones que la entidad realice en el periodo.

Se abona:

Por las ventas de este tipo de valores que se realicen en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

PATENTES Y MARCAS

Se carga:

Por el valor que de estos derechos se tenga al iniciar un ejercicio.

Por la compra o autorización concedida por las autoridades de este tipo de derechos en el periodo.

Se abona:

Por la venta de derechos de las patentes o marcas en el periodo.

Por la baja o cancelación de las patentes que hayan caducado, o las marcas que se estimen incosteables por su nula generación de utilidades.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio.

 


 

CREDITO MERCANTIL: Se clasifica en activo

Se carga:

Por el valor que de este activo intangible se tenga al inicio de un ejercicio.

Por el exceso pagado en el periodo, en la adquisición de otras entidades sobre su valor en libros.

Se abona:

Por el importe amortizado (aplicación a resultados) que de este activo se haga en un ejercicio.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

GASTOS DE ORGANIZACIÓN: Se clasifica en activo diferido

Se carga:

Por las cantidades vigentes de estos gastos al iniciar un ejercicio.

Por los importes erogados en el diseño de la organización de la entidad.

Se abona:

Por la cantidad que de estos activos se aplique a resultados (amortización) en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

GASTOS DE INSTALACIÓN: Se clasifica en activo diferido

Se carga:

Por las cantidades existentes de estos gastos al iniciar un ejercicio.

Por los importes gastados en la adaptación o instalación de la entidad en un periodo.

Se abona:

Por los importes que de estos gastos se apliquen a resultados (amortización) en un periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

PAPELERÍA Y ÚTILES: Se clasifica en activo

Se carga:

Por el importe de la papelería y útiles que se tenga al inicio de un ejercicio.

Por las compras de papelería y útiles efectuados en el periodo.

Se abona:

Por el precio de costo de la papelería y útiles consumidos en el periodo.

Por el importe de la papelería y útiles devueltos a los proveedores de este material.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

PROPAGANDA Y PUBLICIDAD

Se carga:

Por el importe de la propaganda y publicidad vigentes al iniciar un ejercicio.

Por el costo de la propaganda y publicidad hechos en el periodo.

Se abona:

Por la parte consumida o devengada de este activo en el periodo, la misma que se aplicará a resultados (gastos).

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 


 

PRIMAS DE SEGUROS: Se clasifica en activo

Se carga:

Por el importe de las primas de seguros vigentes al inicio de un ejercicio.

Por el valor de las primas de seguros pagadas por anticipado a las compañías aseguradoras durante el periodo.

Se abona:

Por la parte proporcional de las primas de seguros que deban aplicarse a resultados por haberse devengado.

Por las bonificaciones que las aseguradoras otorguen a la entidad.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

RENTAS PAGADAS POR ANTICIPADO A LARGO PLAZO: Se clasifica en activo

Se carga:

Por el importe vigente de estas rentas al iniciar un ejercicio.

Por los pagos anticipados de rentas a más de un año que se efectúen en el periodo.

Se abona:

Por la parte proporcional que de estas rentas tengan que considerarse como gastos (aplicación a resultados) en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

 

INTERESES PAGADOS POR ANTICIPADO A LARGO PLAZO: Se clasifica en activo

Se carga:

Por el importe vigente de estos intereses al inicio de un ejercicio.

Por el importe de los intereses pagados por anticipado a más de un año, efectuados en el periodo.

Se abona:

Por la parte proporcional que de estos intereses deba aplicarse en el periodo a gastos por haberse devengado.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de  cierre).

 

PROVEEDORES: Se clasifica en pasivo a corto plazo

Se carga:

Por el monto de los pagos efectuados a proveedores.

Por las devoluciones de mercancías hechas a loas proveedores.

Por los descuentos concedidos por los proveedores, sea por pronto pago o por volumen de compras.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asunto de cierre).

Se abona:

Por el monto de los adeudos pendientes de pago a proveedores al iniciar un ejercicio.

Por las compras de mercancías a crédito.

Por el importe de fletes, acarreos, maniobras, etc. realizados por los proveedores por nuestra cuenta.

Por el importe de los intereses moratorios que cobren los proveedores a la entidad.

 

DOCUMENTOS POR PAGAR: Se clasifica en pasivo a corto plazo

Se carga:

Por el importe de los documentos pagados en el periodo.

Por el importe de los documentos que se cancelen en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el valor de las letras de cambio y pagarés pendientes de pago al iniciar un ejercicio.

Por el valor nominal de los documentos suscritos en el periodo.

 

ACREEDORES DIVERSOS: Se clasifica en pasivo a corto plazo

Se carga:

Por el importe de los pagos realizados a los acreedores en el periodo.

Por el importe de los descuentos concedidos por los acreedores en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe de las deudas a favor de terceras personas al iniciar un ejercicio.

Por el valor de las deudas contraídas en el periodo con personas que no sean proveedoras de la entidad.

Por los intereses moratorios que los acreedores cobren a la entidad.

 

 PRESTAMOS BANCARIOS A CORTO PLAZO: Se clasifica en pasivo a corto plazo

Se carga:

Por el importe de los pagos hechos a los bancos en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe vigente al iniciar un ejercicio de este tipo de préstamos.

Por los préstamos. Recibidos de los bancos en el periodo.

 

IMPUESTOS POR PAGAR: Se clasifica en pasivo a corto plazo

Se carga:

Por el importe de los pagos de impuestos hechos en el periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio. (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe de los impuestos pendientes de pago, al inicio de un ejercicio.

Por el importe de los diferentes impuestos (ISR, IVA, IAE, etc.) que la entidad deba pagar en el periodo.

 

COBROS ANTICIPADOS A CORTO PLAZO: Se clasifica en pasivo a corto plazo

Se carga:

Por el importe de este tipo de cobros, que en el periodo se apliquen a resultados por haberse devengado.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el monto de este tipo de cobros vigentes al inicio de un ejercicio.

Por el importe de estos cobros efectuados durante el periodo (rentas o intereses a menos de un año).

 

HIPOTECAS POR PAGAR: Se clasifica en pasivo a largo plazo

Se carga:

Por el valor de los pagos realizados en un periodo.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe de los préstamos hipotecarios pendientes de pago al iniciar un ejercicio.

Por el importe de los préstamos hipotecarios obtenidos en el periodo.

 

            DOCUMENTOS POR PAGAR A LARGO PLAZO: Se clasifica en pasivo a largo plazo

Se carga:

Por el importe de los pagos realizados en el periodo por este concepto.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe de esta clase de documentos pendientes de pago al inicio de un ejercicio.

Por la suscripción de estos documentos a su valor nominal en el periodo.

 

CAPITAL SOCIAL: Se clasifica en capital

Se carga:

Por el importe de las disminuciones que en el periodo sufra el capital, ya sea por retiro de socios o por absorción de pérdidas.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe del capital existente al inicio de un ejercicio.

Por el importe de nuevas aportaciones hechas por los socios en el periodo.

 

RESERVAS DE CAPITAL: Se clasifica en capital

Se carga:

Por el importe de las disminuciones que en el periodo se hagan a cualquiera de estas reservas (legal, de reinversión, para contingencias, etc.).

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe existente al inicio de un ejercicio de este tipo de reservas.

Por el importe de los incrementos que en el periodo se hagan a estas reservas.

 

UTILIDADES DE EJERCICIOS ANTERIORES: Se clasifica en capital

Se carga:

Por el importe de las disminuciones que en el periodo se realicen contra los resultados de otros ejercicios.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el total de las utilidades de este tipo que se tengan al inicio de un ejercicio.

Por el importe de los incrementos efectuados durante el periodo a esta cuenta.

 

UTILIDAD DEL EJERCICIO: Se clasifica en capital

Se carga:

Por el importe de las disminuciones efectuadas en el periodo a esta cuenta.

Por el importe de su saldo al final del ejercicio (asiento de cierre).

Se abona:

Por el importe del traspaso que en el periodo se efectúe, proveniente de la cuenta de Pérdidas y Ganancias.

 

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