Biblioteca Popular Barrio Obras Sanitarias
Amaro Galán 652, 5730 Villa Mercedes San Luis
www.RedArgentina.com/cultura/BPBOS
Tel.: 0657-420080 Conabip Nš 3504
Personería Jurídica 136 DPIGPJ 16/08/95
______________________________________________________________________
Villa Mercedes, San Luis, 3 de marzo del 2001
Res. 2/2001
VISTO:
El acuerdo de Comisión Directiva y socios presentes en la reunión de CD documentado en actas respecto al nuevo reglamento para socios
CONSIDERANDO:
Que es necesario protocolizar cualquier modificación de los reglamentos que afecten a los socios
Por ello y en uso de sus atribuciones la Comisión Directiva
resuelve:
ARTICULO 1. Aprobar el nuevo Reglamento 2001 para la BPBOS
ARTICULO 2. Comuníquese, insértese en el libro de resoluciones y archívese.
Biblioteca Popular
Barrio Obras Sanitarias
Amaro Galán 652, 5730 Villa Mercedes San Luis
Tel.: 02657-42 00 80 (sede de la BPBOS-de lunes a viernes de 9 a 12 y de 17 a 20 h)
Conabip N 3504 Personería Jurídica 136 DPIGPJ 16/08/95
www.RedArgentina.com/cultura/BPBOS
y en www.elgarageonline.com
______________________________________________________________________
Reglamento interno para la
biblioteca popular "Barrio obras sanitarias"
- Toda persona tendrá libre acceso a la Biblioteca.
- Podrá utilizar todo el material disponible dentro de la biblioteca: libros, revistas, publicaciones periódicas, videos educativos, "comicīs", etcétera.
- Los horarios de atención al público serán de lunes a viernes, de 900 a 1200 y de 1700 a 2000 horas.
- La persona que solicite información podrá desenvolverse libremente: buscando en los catálogos expuestos para el público o a través de la consulta al bibliotecario.
- Los lectores de Sala de Lectura que soliciten obras para consultar en ella, deberán firmar un registro.
- No podrán solicitar más de tres (3) volúmenes a la vez, en Sala de Lectura.
- Toda persona que desee asociarse a la Biblioteca, deberá presentar su DNI, una factura de pago de servicios (para constatar domicilio) y llenar la ficha de asociación.
- Se podrá asociar todo el grupo familiar como "categoría activo" cuya cuota mensual será de $ 2. Los menores de edad podrán asociarse como "categoría cadete", cuya cuota mensual será de $ 1.
- Las personas que no puedan abonar la cuota societaria, serán becados por la BPBOS; en cuyo caso se resolverá la forma en que retribuirá el servicio a la biblioteca.
- Los socios serán los únicos beneficiarios del préstamo a domicilio.
- La persona que realice anotaciones en un libro, lo deteriore o lo extravíe, está obligada a reemplazarlo por otro igual o pagar su importe. Además, se hará acreedor a los días de suspención que determine la Comisión Directiva en reunión extraordinaria o a la exclusión como socio según el perjuicio ocasionado en los libros o materiales de la biblioteca.
- Quién solicite una obra y observe que está deteriorada, deberá informar al bibliotecario, quién dejará constancia en la ficha de préstamo (faltan hojas de la ... a la ..; hojas escritas, etcétera).
- Cuando el socio realice la devolución fuera de la fecha estipulada será sancionado por la misma cantidad de días.
- Los socios tienen derecho a llevar dos (2) libros a domicilio por siete (7) días, previa firma de los recibos de préstamo; siendo factible su renovación por un período igual cuando no mediare alguien en lista de espera.
- La BPBOS no prestará otro tipo de material. Por ejemplo: videos, láminas, revistas, CDīs, etcétera.
- Los socios que adeuden más de dos cuotas no podrán retirar material a domicilio, hasta tanto no abonen al menos una. Se podrán realizar excepciones de acuerdo a la buena predisposición de los socios, que deberán incluir pago con trabajo de la deuda.
- La BPBOS es un espacio cultural abierto. Acudan a ella ante cualquier duda o inquietud.