FUEROS - TRIBUNAL DE LAS AGUAS
TRIBUNAL CONSOLAT DEL MAR
Y LIBRO DEL CONSOLAT DEL MAR
"Loa a Valencia" de
Ramón y Cajal.
FURS DE VALENCIA
Los Fueros del rey Jaime I y de
Alfonso II de Valencia y está signado por el notario Boronat de Pera, quien
dirigió la recopilación por mandato del rey Alfonso (lo que confirió al libro
carácter de ley). En los años posteriores al 1240 las aspiraciones de la
"costum" dependían de la voluntad del Rey, que la había concedido.
Por eso la ciudad y algunas villas trataron de obtener la irrevocabilidad del
derecho valenciano por parte del Rey, la definitiva constitución del Reino como
Estado soberano.
Ello tuvo lugar en abril de 1261, en que consta la celebración de las primeras "Corts" valencianas, en las cuales el rey Jaime juró los "Furs" y las "Costumes" de Valencia, y dispuso que, de igual modo que él había jurado y confirmado los fueros y las costumbres, sus sucesores lo jurasen también ante la "Cort General", al comienzo de su reinado.
TRIBUNAL DE LAS AGUAS - CORT DE
LA SEU - Justicia árabe
El Tribunal de las Aguas de la Vega
de Valencia es, sin duda, la más antigua institución de justicia de Europa. Su
reunión semanal, en el lado derecho de la gótica Puerta de los Apóstoles de
la catedral de Valencia, es una cita obligada para todo aquél que desee
retornar a tiempos árabes. Basta con esperar a que las campanas del Micalet de
la Seu den las doce horas y el alguacil, tras solicitar venia presidencial,
llame públicamente: "¡Denunciats de la Séquia de ........!".
Dos costumbres indican este origen. Uno, la reunión en la puerta de la catedral, que, antes, fue mezquita mayor, surgió por la prohibición de acceso impuesta sobre los musulmanes que siguieron cultivando la huerta valenciana, aunque el tribunal funcionaba antes en el interior. Otro apunta que el jueves, día de juicio, corresponde con el sábado del calendario religioso musulmán y las doce del mediodía, hora de inicio, es, con el sol en su cénit, el cambio de día para los mahometanos.
Confió que el amable lector me disculpe, por tratar esquemáticamente el Tema propuesto, si ello le incita a mayores estudios quedaré exonerado. SE HABLARA DE IMPARTIR JUSTICIA DE FORMA Y MEDIOS MODELICOS.
El portentoso sistema de riegos y drenajes de los campos Valencianos, realizados por los Árabes en varias centurias.
Si ello era perfecto, debía de estar
igualmente regulado (Además, aunque ya en desuso, el Presidente
concedía la
palabra señalando con el pie, no con la mano, igual que hacen,
aún hoy, los grandes señores y doctores de la ley musulmana en el desierto).
Se sustituyó por el Valenciano "calle vosté y parle vosté".
I-Orígen y Cronología. II-Ubicación, III-Parla Idioma, IV-Componentes, V-Formas, VI-Atribuciones, VII-Jurisdicción y Procedimientos (Avatares y Dualidad).
I) 1239- Privilegio del Rey Jaime I - TRIBUNAL DE LAS AGUAS-CORT DE LA SEU.
1268-El Rey concede la facultad de nombrar SEQUIERS de acequia.1326 y 1348-Diversos privilegios concedidos desarrollan y regulan el gobierno de las acequias, por los SINDICOS.
II) "A Cielo Abierto" a las once mañana los Jueves Puerta de los Apóstoles Catedral.
III) Solamente el Valenciano desde su orígen.
IV) El Tribunal se componía inicialmente de 7 SINDICOS (representaban a las ACEQUIAS de TORMOS-MISLATA-MESTALLA-FABARA-RASCAÑA-ROVELLA-BENAGEBER-FAITANAR)
Posteriormente se le añadió uno más de QUART Y BENAGEBER-FAITANAR.
Total ocho SINDICOS y un GUARDA.
V) La Presidencia un SINDICO.- Instructor el SINDICO "agraviado" (infracción demandada).- el Guarda expone el Caso, en presencia del acusado y dice "ES CUANT TENIA QUE DIR".
El Presidente le dice "QUE TE QUE DIR L'ACUSAT" y este expone su defensa.
VI) La Presidencia y los miembros del Tribunal se pueden consultar. Y en presencia del inculpado y en el momento se Sentencia y dice: ESTE TRIBUNAL EL CONDENA A PENA Y COSTES EN ARREGLO A ORDENANCES - (no existe recurso).
Las palabras del GUARDIA no necesitan acreditar la "verdad" de la denuncia.
Puede pedirse inspección ocular sobre el terreno, se llama VISURA.
De encausarse un miembro del Tribunal, ocupará el sitio del que se tiene que juzgar.
VII) Jurisdicción privilegiada, independiente de la vía ordinaria general.
Las citaciones son verbales, para el Jueves siguiente.
Tiene potestad sobre personas extrañas a la Comunidad de Regantes, en esta circunstancia y faltar a tres avisos se acude a la VIA ORDINARIA querella. Civil como prueba la sentencia del TRIBUNAL DE LAS AGUAS.
Todos los trámites son verbales, no se escribe nada, ni siquiera la denuncia.
Si lo pide una parte se toma por escrito la sentencia, La Ley de Aguas, creó un registro con unos pocos datos de cada Juicio.
El anecdotario de los avatares, es extensísimo, la dualidad con el TRIBUNAL DE ACEQUIEROS DE LA VEGA.

Las Comunidades de Regantes respetan viejas ordenanzas transmitidas oralmente por los árabes y, luego, ya escritas, ratificadas por Felipe V a principios del siglo XVIII.
TRIBUNAL DEL CONSOLAT DEL MAR
Tribunal
radicado en Valencia 1238 creado por Pedro el Grande.
Se estableció en la LLOTJA DE L'OLI, y al edificarse la LONJA DE LA SEDA
se trasladó a este edificio.
Subsistió hasta el año 1707 con el nombre de REAL JUNTA PARTICULAR Y CONSULADO
DE COMERCIO. Carlos III lo restableció en 1762.
La Corona de Aragón lo recogió en la NOVISIMA RECOPILACION rigiéndose por
este, hasta la publicación del Código de Comercio en 1829.
En 1934 se restableció de nuevo con el nombre de CONSULADO DE LONJA DE
VALENCIA.
LLIBRE DEL CONSOLAT DEL MAR
Elaboración y recopilación del
Derecho Consuetudinario marítimo siglo XIII que pasará a ser un Código
aceptado en todo el Mediterráneo. En adiciones posteriores, al Derecho
Mercantil y marítimo, que le añaden capítulos sobre procedimiento y Derecho
Militar.
En el Archivo Municipal de Valencia se conserva y exhibe unos de los más bellos
códices del LLIBRE DEL CONSOLAT DEL MAR que se conoce. Escrito en Valenciano y
se ha hecho numerosas ediciones en Valenciano. La bibliografía existente es muy
completa y de fácil consulta.
LONJA DE LA SEDA DE VALENCIA.
Monumento Nacional
Patrimonio de la Humanidad
Palacio comercial de Valencia -
Este grupo de edificios, construido entre los años 1482 y 1533, y en un
principio utilizado para el comercio de la seda (de ahí el nombre de Lonja de
la Seda), ha sido siempre, y de manera muy especial su Sala de Contratación de
espectacular imponencia, un lugar de comercio.
Obra maestra del gótico tardío, ilustra (Sala de Contratación o
Negociación), el poderío y la riqueza de esta gran ciudad mercantil
mediterránea de los siglo XV y XVI. Alojó
al CONSOLAT DEL MAR Y LA CAISA DE CAMVIS I
DEPOSITS.
Entidad Bancaria creada en Valencia, año 1408 (única en el mundo) con la
primera letra de cambio. (Pueden verse en el Excmo. Ayuntamiento de Valencia, el
"Arcón, caisa, y el documento mercantil".
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EL "SER" VALENCIANO A TRAVES DE ILUSTRES "PLUMAS".
Joan
Fuster.
Ramon y Cajal.
Joanot Martorell.
De sus más
importante Obra "NOSALTRES EL VALENCIANS" Joan Fuster,
se transcriben unas opiniones (17 edición).
Me encontraba en
un País
nuevo para mi,
de suavísima temperatura,
en cuyo campo florecía,
la pita y el naranjo,
y en cuyos espíritus,
anidaba la cortesía,
la cultura, y el ingenio.
Por algo de llama Valencia.
La Atenas Española.
Nota:
Es de tal magnitud el nombre de la titularidad de
este trabajo, que te daré unas "citas" que me
han servido de base para realizarlo, son de Juan
Frances Alart., los datos son
coincidentes con los firmados por ilustres Valencianos como.
Alfons Cucó - Joan Fuster - M. Sanchís Guarner. -