6.- NORMATIVA DE JUEGO DE LA ADMINISTRACIÓN
DEL ESTADO Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PUBLICADA DURANTE 2000.
ESTADO:
Ley 54/1999, de 29 de diciembre de Presupuestos del Estado para el 2000,
reiterando las cuotas y tipos de la Tasa Fiscal sobre el Juego, con valor
y efecto en aquellas Comunidades Autónomas que aún tienen
como referencia supletoria la legislación estatal.
Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, aprobando el Estatuto de la
entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado,
con efecto a partir de la fecha de su publicación en el B.O.E. de
14 de enero de 2000.
Resolución de 14 de marzo de 2000 del LAE, aprobando las normas
que han de regir los concursos de pronósticos de las apuestas denominadas
"Quinigol", fijando el precio de la apuesta en 50 ptas.
Orden de 31 de julio de 2000 del Ministerio de Fomento, regulando los requisitos
que han de reunir los contadores incorporados a las máquinas recreativas
y de azar de los tipos "B" "C" para superar el control metrológico
del Estado y estableciendo las fases de control en la aprobación
del modelo, la verificación primitiva, después de modificación
reparación y la verificación periódica, además
de otros requisitos.
Resolución de 19 de julio de 2000 del LAE, aprobando las normas
que regirán los concursos de pronósticos de la Apuesta Deportiva
para la temporada 2000-2001, introduciendo la "validación automática".
Resolución de 16 de octubre de 2000 del LAE aprobando las normas
que han de regir los concursos de pronósticos de Lotería
Primitiva y sus modalidades, en sustitución de las establecidas
en la Resolución de 17 de febrero de 1998 y modificando los precios
de las apuestas.
ANDALUCÍA
Ley 19/1999 de 28 de diciembre, estableciendo un nuevo impuesto sobre los
premios del juego del Bingo, aplicándose un gravamen del 10% y creando
un recargo sobre la Tasa Fiscal aplicable a los Casinos y Máquinas
Recreativas de los Tipos "B" y "C" del 20%.
Decreto 222/1999 de 2 de noviembre, modificando diversos artículos
del Reglamento de Hipódromos y Apuestas Hípicas de la Comunidad
Autónoma y regulando el funcionamiento de los locales de apuestas
externas, calificación de los hipódromos y requisitos de
las entidades titulares y otros aspectos.
Orden de 11 de enero de 2000, aprobando los modelos de declaración-liquidación
del impuesto sobre el Bingo y el recargo sobre la tasa fiscal que grava
las máquinas y casinos.
Decreto 337/2000 de 27 de junio, modificando los Decretos 230/1988 y 231/1988
de planificación de Casinos e Hipódromos.
Decreto 410/2000 de 24 de octubre, creando el Registro de Control e Intervenciones
de acceso a los establecimientos de juegos y apuestas, regulando el control
de entrada en Bingos y Casinos, la garantía de los derechos de los
jugadores y la protección del correcto desarrollo de los juegos.
También modifica otros preceptos de los reglamentos andaluces de
Casinos y Bingos.
ARAGÓN
Ley 15/1999 de 29 de diciembre de Medidas Tributarias, Financieras y Administrativas,
incrementando las cuotas aplicables a las máquinas recreativas,
fijándolas en 287.280 ptas. semestrales para las del tipo "B" y
421.470 ptas. semestrales para las del "C".
Decreto 30/2000 de 28 de febrero, creando el Registro de Empresas de Máquinas
Recreativas y de Azar, donde deberán inscribirse las empresas Fabricantes,
Comercializadoras y Distribuidoras de material de juego, las Empresas Operadoras
de Máquinas Recreativas, los Salones Recreativos y de Juego y las
Empresas de Servicios Técnicos. También establece los requisitos
de inscripción e implantando el Registro de Modelos y el procedimiento
de homologación de las máquinas, así como las fianzas
exigidas.
Real Decreto 98/2000 de 16 de mayo, modificando el Reglamento de las modalidades
del Bingo, eliminando la reserva mínima de 10 millones de pesetas
para conformar el premio del Bingo Plus.
Ley 2/2000 de 28 de junio, aprobando la Ley del Juego de la Comunidad Autónoma
de Aragón, recogiendo entre otros aspectos, los principios de intervención,
juegos y apuestas autorizados en el catálogo y los requisitos del
material homologable.
Decreto 183/2000, de 24 de octubre, establece la composición y funcionamiento
de la Comisión de Juego de la Comunidad Autónoma.
BALEARES
Ley 12/1999 de 23 de diciembre de Medidas Tributarias, Administrativas
y de Función Pública y Económicas, regulando los tipos
de gravamen de Bingos, Casinos y Máquinas Recreativas y su devengo,
gestión y recaudación.
El tipo aplicable al Bingo se establece en el 21%, se modifica la escala
de la tarifa aplicable a los Casinos y la cuota anual para Máquinas
"B" se fija en 527.000 ptas. y en las "C" de 773.100 ptas.
Decreto 254/1999 de 24 de diciembre, asumiendo las competencias transferidas
por la Administración del Estado en materia de tasas y otras exacciones
sobre el juego atribuyéndoselas a la Consejería de Hacienda
y Presupuestos.
Decreto 35/2000 de 10 de marzo, estableciendo una nueva regulación
de la Comisión del Juego de las Islas Baleares.
Orden de 1 de febrero de 2000 del Consejero de Hacienda y Presupuestos,
modificando el porcentaje del Bingo, quedando en el 58% para el premio
del Bingo, el 9% para la Línea y el 1,5% para el Bingo Acumulado.
CANARIAS
Orden de 5 de octubre de 2000 del Consejero de Presidencia, modificando
la planificación de las autorizaciones de explotación de
máquinas recreativas del tipo "B" que hasta ahora estaba fijada
en un máximo de 25.000, estableciéndose en función
de las máquinas anteriores o pendientes de autorizar a la entrada
en vigor de dicha Orden.
Decreto 227/2000, de 22 de diciembre, suspende provisionalmente las autorizaciones
de explotación de máquinas recreativas que están en
los almacenes de las empresas a efectos de no tributar por la Tasa Fiscal
sobre el juego.
CANTABRIA
Decreto 129/1999, de 17 de noviembre, que aprueba el catálogo de
juegos de la Comunidad Autónoma, incluyendo las reglas y características
de diversos juegos de Casinos.
Decreto 123/1999, de 11 de noviembre que aprueba el Reglamento de Máquinas
Recreativas y de Azar, estableciendo una regulación integral de
este subsector del juego, e imponiendo plazos de seis meses para actualizar
las fianzas. Se reconocen a la vez, las autorizaciones inscripciones otorgadas
con anterioridad a su entrada en vigor con ciertas adaptaciones.
Decreto 122/1999 de 4 de noviembre, aprobando el Reglamento del Juego del
Bingo, estableciendo la regulación integral de este subsector, además
de las reglas aplicables contenidas en el Catálogo de Juegos que
se aprueba simultáneamente.
CASTILLA LA MANCHA
Ley 13/1999 de 15 de diciembre, incrementando los tipos de gravamen del
recargo sobre las máquinas recreativas a un tipo del 27,5% sobre
la base imponible, fijada en la cuota estatal de la Tasa de Juego.
Decreto 90/2000 de 11 de abril, aprobando el Reglamento de Juego de Casinos,
establecimiento el régimen general de los juegos de las empresas
titulares que deberán contar con un capital social mínimo
de 5.000 millones de pesetas, distribuidos en acciones nominativas, vinculando
su autorización a la promoción de complejos turísticos,
además de otros aspectos como los de personal, servicios, funcionamiento,
contabilidad y prestar una fianza de 750 millones de pesetas afectada al
pago de sanciones, premios y tributos específicos sobre el juego.
Se fija un plazo de 12 meses para publicar la primera convocatoria de concesión
de autorización.
CASTILLA LEÓN
Ley 6/1999, de 27 de diciembre de Medidas Económicas, Fiscales y
Administrativas, estableciendo modificaciones de las cuotas fijas para
las máquinas recreativas del tipo "B" que se cifra en 559.000 ptas.
y en 802.000 para las de tipo "C".
Resolución de 8 de febrero de 2000, publicando el convenio entre
el Ministerio del Interior y la Comunidad Autónoma en materia de
juego, fundamentalmente lo relativo a la homologación de material
de juego y validez de ensayos de laboratorio.
Resolución de 29 de febrero de 2000, publicando la encomienda de
gestión al Ministerio del Interior en lo relativo a la homologación
de material de juego.
Orden de 25 de enero de 2000 de la Consejería de Presidencia y Administración
Territorial, regulando los horarios de apertura y cierre de las salas de
Bingo.
Decreto 133/2000, de 8 de junio, aprobando la planificación sobre
instalación de casinos de juego.
Decreto 180/2000 de 27 de julio, aprobando diversas modificaciones del
Reglamento regulador de la explotación e instalación de máquinas
de juego, aprobado por Decreto 246/1999.
Orden de 7 de septiembre de la Consejería de Presidencia y Administración
Territorial, modificando el modelo de autorización de emplazamiento
de máquinas de juego.
Decreto 247/2000 de 23 de noviembre, suspendiendo el otorgamiento de nuevas
autorizaciones de instalación de Bingos, en tanto se regula este
subsector.
CATALUÑA
Decreto 301/1999, de 30 de noviembre, modificando la comisión que
perciben los agentes vendedores de la lotería "Supertoc", fijándola
en el 12%.
Decreto 34/2000, de 26 de enero, modificando el Reglamento de Máquinas
Recreativas y de Azar para adaptar los precios de las partidas al euro,
estableciéndolo en 20 céntimos y el máximo en 400
veces ese precio. También se introducen variaciones en los dispositivos
opcionales de las del tipo "B" y fijando premios máximos de 1.000
veces el precio de la partida simple y 3.000 en la doble para las máquinas
especiales de las salas de juego.
Decreto 147/2000 de 11 de abril, aprobando el Reglamento de Juego del Bingo
que limita a 75 el número máximo de autorizaciones de salas
e impidiéndose el traslado e instalación de nuevas salas
en un radio de 1050 metros de otras y prohibiéndose la autorización
de nuevas salas o ampliaciones de las existentes con más de 600
plazas de aforo.
Decreto 213/2000 de 26 de junio, modificando parcialmente el régimen
jurídico de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la
Generalidad.
Decreto 263/2000, de 31 de julio y Orden del Consejero de Interior de 7
de agosto de 2000, estableciendo ciertas modificaciones en el Reglamento
de la Lotería "Loto Express".
COMUNIDAD VALENCIANA
Ley 9/1999 de 30 de diciembre, modificando diversos preceptos de la Ley
del Juego, entre ellos los plazos de prescripción de las infracciones
administrativas y regula la publicidad de los juegos.
Ley 10/1999, de 30 de diciembre de Presupuestos para el 2000, incrementando
las cuantías de la Tasa Fiscal aplicable a las máquinas recreativas
que queda fijada en 506.000 ptas. para las de tipo "B" y en 720.012 ptas.
para las de tipo "C".
EXTREMADURA
Resolución de 6 de abril de2000, publicando el convenio entre el
Ministerio del Interior y la Junta de Extremadura en materia de juego,
fundamentalmente en homologación de material de juego, ensayos oficiales
y coordinación de actuaciones.
Decreto 115/2000 de 16 de mayo, aprobando el Reglamento de Casinos, introduciendo
modificaciones en el Bingo Acumulativo y estableciendo el régimen
de las máquinas del "tipo grúa", como del tipo "B", salvo
excepciones en que deben considerase como del tipo "A-1". También
establece una regulación integral del juego de Casinos, aprobando
un Catálogo de Juegos y un "Registro de Limitaciones de acceso".
GALICIA
Orden de 13 de diciembre de 2000, estableciendo normas de gestión
y pago de la Tasa Fiscal sobre el Juego (Máquinas del tipo "B" y
"C").
Decreto 161/2000 de 29 de junio, aprobando una nueva estructura orgánica
de la Consellería de Justicia e Interior y Relaciones Laborales,
encuadrando la competencia de Casinos, Juegos y Apuestas en la Dirección
General de Interior y Protección Civil y en la Subdirección
de Juego, las Asociaciones y Espectáculos Públicos.
LA RIOJA
Ley 7/1999, de 20 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas, modificando
aspectos de la Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas,
incluyendo la transmisibilidad de las autorizaciones en materia de juego
y ampliando las conductas constitutivas de infracción administrativa.
Orden de 29 de diciembre de 1999, que aprueba los modelos de declaración-liquidación
y normas de gestión de los tributos del juego.
Decreto 41/2000, de 28 de julio, aprobando el Reglamento de las Máquinas
de Juego, ordenando el ámbito y régimen de fabricación
y explotación, además de otros aspectos como los de instalación,
autorización, premios, etc.
Asimismo se establece la regulación de un Registro de los
establecimientos y titulares de las máquinas de juego, así
como de los Salones Recreativos y de Juego.
- Orden de 13 de octubre de 2000, del Consejero de Hacienda y Economía,
por la que se aprueban los modelos normalizados de solicitud de autorización
de máquinas de juego.
MADRID
Ley 24/1999, de 27 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas modificando
las cuotas tributarias de la Ley 12/1994, sobre los juegos de suerte, envite
o azar, fijando el recargo sobre las Máquinas "B" en 56.000 ptas.
sobre las "C", en 125.000 ptas., sobre los Casinos en el 13,5% sobre la
base estatal y sobre Rifas, Tómbolas, Apuestas y Combinaciones aleatorias
en el 30%. También incrementa la tasa por tramitación de
expedientes un 2%.
Orden 3785/1999, de 15 de noviembre, regulando la autorización de
Rifas, Tómbolas y Combinaciones aleatorias con fines publicitarios.
Orden de 26 de enero de 2000 del Consejero de Hacienda, estableciendo las
fianzas a constituir por las empresas de distribución e intermediación
en la venta de máquinas recreativas con premio o de azar.
Orden de 27 de marzo de 2000 del Consejero de Hacienda, modificando las
competencias y funciones del Servicio de Juego de la Consejería
de Hacienda.
Orden de 23 de marzo de 2000 del Consejero de Hacienda, suprimiendo el
distintivo acreditativo del pago del Recargo Autonómico sobre la
Tasa de Juego de Máquinas.
Ley 3/2000 de 8 de mazo de Medidas Urgentes Fiscales y Administrativas
en materia de juego, estableciendo un tributo sobre la instalación
de Máquinas "B" en establecimientos de hostelería de 80.000
ptas. por cada máquina y fijando un plazo de 5 años de duración
para las autorizaciones de instalación, obligando a la subrogación
en caso de cambio de titularidad de los establecimientos.
Decreto 83/2000, de 18 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de
los Juegos Colectivos de Dinero y Azar.
Decreto 184/2000 de 31 de julio, regulando la estructura orgánica
de la Consejería de Presidencia y Hacienda, donde han quedado incluidas
las competencias de intervención en materia de juego.
Resolución de 27 e julio de 2000 de la Dirección General
de Atención al Ciudadano, estableciendo un nuevo modelo para el
reverso de los cartones de Bingo, adaptándolo a las recientes modificaciones
en el reparto de premios.
Orden de 2 de octubre de 2000 del Consejero de Presidencia y Hacienda estableciendo
l a estructura orgánica de la Consejería.
Resolución de 13 de noviembre de 2000, de la Dirección General
de Atención al Ciudadano, aclarando y concretando los establecimientos
donde pueden explotarse máquinas de tipo "A" y "B".
MURCIA
Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 3 de noviembre
de 1999, suspendiendo la concesión de autorizaciones para instalar
máquinas recreativas con premio en bares y cafeterías y para
funcionamiento en salones recreativos, en tanto se aprueba el Reglamento
de Máquinas.
Ley 9/1999, de 27 de diciembre, estableciendo nuevas cuotas para la Tasa
Fiscal sobre el Juego, fijándolas en 536.000 ptas. para las máquinas
"B" y 786.000 ptas. para las "C".
Modifica también, parte de los preceptos de la Ley del Juego, relativos
a la publicidad y promoción del juego y apuestas, además
de otros aspectos.
- Ley 7/2000, de 29 de diciembre, modifica las cuotas tributarias aplicables
a las máquinas recreativas de los tipos "B" y "C".
Decreto 13/2000 de 9 de marzo, modificando aspectos del Reglamento de Casinos
en cuanto a la exigencia de capital social a las empresas titulares de
250 millones de pesetas y vigencia de las autorizaciones y sus posibles
revocaciones o extinciones.
NAVARRA
Ley Foral 19/1999, de 30 de diciembre de Medidas Tributarias, incrementando
las Tasas Administrativas en materia de juegos.
Orden Foral 55/2000 de 13 de abril, aprobando el Plan Marco de Autoprotección
para Salones de Juego y Recreativos con un aforo de más de 100 personas.
Orden Foral 55/2000, de 13 de abril del Consejero de Presidencia, Justicia
e Interior, por la que se aprueba el Plan Marco de Autoprotección
para Salones de Juego y Recreativos.
PAÍS VASCO
Decreto 25/2000 de 8 de febrero, modificando el Reglamento de Máquinas
de Juego, estableciendo medidas para la adaptación al euro, fijando
el precio máximo de la partida en las Máquinas "B" en 25 ptas.
o 20 céntimos de euro y en las "C" en 1.000 ptas. o 6 euros y el
premio máximo de las "B" en 600 veces el precio de la partida.
Orden de 3 de marzo de 2000 del Consejero de Interior, modificando los
modelos de tramitación de las máquinas recreativas y autorizaciones
de instalación de máquinas de juego.
Decreto 77/2000, de 26 de diciembre, modificando el Reglamento de Salones
de Juego y Salones Recreativos.
Órdenes del Consejeros de Interior de 21 de diciembre de 2000,
estableciendo Disposiciones para la homologación de máquinas
interconectadas en salones recreativos y otras normas sobre servicios complementarios.