LIBRES, TRIUNFADORES Y OTROS PLEITOS

Hay personas que cuando llegan a una reunión parecen decir: de qué se habla, para oponerme. Pretendo aquí hacer lo contrario: intentar sacar las ideas positivas de toda la algarabía que se ha producido con el proyecto de enseñanza de valores morales en la escuela pública.

La primera idea clara es el derecho de los padres a la educación de sus hijos: ellos son los responsables primarios. Y en este derecho se incluye muy principalmente que reciban educación religiosa (cristiana o la que ellos decidan). Esto es un derecho humano universal, recogido además en el art. 73 de la Constitución.

Estamos en una sociedad democrática y pluralista, cuyo sistema educativo ha de responder al sistema de valores de la misma sociedad. Las instituciones educativas están al servicio de esos valores. Y esto comporta dos ideas básicas: no se puede imponer como obligatoria una enseñanza religiosa confesional a los alumnos, que los padres no deseen. Y: los padres tienen derecho a que se de enseñanza religiosa en las escuelas públicas.

Quizá este última afirmación pide aclaración. La enseñanza neutra no existe: si se omiten valores religiosos o éticos, los alumnos crecen ya mediatizados por una concepción de la vida ausente de valores y esto ya no es neutra o imparcial: es trágicamente parcial como vemos en el deterioro de muchas sociedades actuales. Y si se intenta hacer una especie de compromiso entre todas las confesiones religiosas, el resultado será algo tan aseptico, incoloro, insípido que no servirá para nada.

Podemos concluir de inmediato, que hay derecho de los padres a que la enseñanza de la religión sea una disciplina específica y rigurosamente escolar para quienes la soliciten, equiparable al resto de las disciplinas en el rigor científico.

En la sociedad contemporánea se considera la religión como un hecho integrante del entramado colectivo, un ineludible hecho cultural. Por estar en el centro de la consideración personal y social de los pueblos, todo el patrimonio cultural de la sociedad está vertebrado por contenidos de signo religioso. Ignorar los contenidos de la religión es carecer de claves para interpretar una cultura.

Finalmente, la enseñanza de la religión no sólo proporciona conocimientos, sino ofrece y da unos valores, al mismo tiempo que una determinada manera de ver la vida, un concepto de hombre, un núcleo referencial de ideas que no debe faltar.

No estamos hablando aquí "de la salvación eterna", sino de la dimensión social de la enseñanza de la religión y de puros derechos y valores humanos. En lo que se refiere al cristianismo, religión mayoritaria de nuestra sociedad, no cabe duda de que la enseñanza de la religión debe ser un núcleo en la formación de los jóvenes, pues es querido y vivido por muchos ciudadanos y, además, ejerce de por sí un verdadero impulso crítico para la sociedad. La religión, el mensaje y el acontecimiento cristiano, hace surgir en el hombre el sentido de la dignidad absoluta de sí mismo y del prójimo, descubre lenguajes olvidados, abre un horizonte de sentido que le da una irreductible condición personal y le libera de todo afán de dominación e injusticia, encaminándole por sendas de libertad para sí y para los demás.

La conclusión es simple: aplicar el Acuerdo Gubernativo vigente de 1958: que se den las clases de religión optativas, con una supervisión por parte de la confesión religiosa de que se trate. Y prescindir de un proyecto enseñanza específica confesional por parte del Estado.

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