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DERECHOS O PROTECCIÓN?Guatemala tiene un record para Guiness, no reconocido aún. Es el Código del Niño, que tiene el dudoso honor de ser el proyecto de ley que más veces ha sido pospuesto: tres veces. Muchos se preguntan el por qué.
La razón, en breve: por que pretende dar por ley lo que la ley no puede dar: el niño necesita básicamente protección, no exactamente derechos. Y unido a esto: porque al entrar el mentado Código en la familia, la va a deshacer: y la familia es el ámbito necesario para protegen al niño. Es decir, el Código no sólo no protege al niño, sino que lo va a dañar profundamente, y, con él, a la sociedad entera. Por esto se ha dado un rechazo tan profundo.
La pregunta inmediata es por qué se aprobó inicialmente. La respuesta es también sencilla: por superficialidad. La presentaron con respaldo de organismos internacionales (UNICEF entre otros) y el Congreso anterior pensó que aprobarlo era una muestra de buena voluntad que les saldría barata. Y posiblemente muchos levantaron la mano para aprobarlo sin haberlo leído. Así de simple. Pero es un regalo envenado para los niños y para Guatemala.
Ayuda también a entender que nos pasó, darnos cuenta que no es sólo un problema nuestro. De esto habló el jurista Akira Morita, profesor de la Universidad de Tokio, en una conferencia pronunciada en el II Congreso Mundial de las Familias en Ginebra a fines del año pasado. Recuerda que en los ordenamientos jurídicos, lo tradicional es no reconocer autonomía legal a los niños, por su falta de madurez, y tampoco, por tanto, pedirles responsabilidades por sus decisiones. Esto no es una discriminación contra los niños, sino una forma de protegerlos con arreglo a su edad.
Los países libres (no estatalistas) defendieron siempre que la protección y educación del niño era responsabilidad de los padres. La ley estatal sólo debería intervenir en los casos excepcionales de incapacidad o inmoralidad de los padres para ejercer su misión. Por ello en la Convención de los Derechos del Niño (CDN) (el padre de nuestro Código), aprobada hace diez años en la ONU, se confiaba en la autonomía familiar y en la autoridad natural de los padres. Morita se adhiere a la opinión del Dr. James Lucier, que aportó la base teórica para frenar la ratificación de la CDN en Estados Unidos: "Lo que se está perdiendo es la idea de los derechos para las familias... Al dotar al niño de autonomía legal, es decir, con capacidad de ejercer derechos independientemente de la familia, la nueva doctrina pone a la familia en posición de mera cuidadora, limitada a la observancia de los derechos del niño". Estados Unidos no sólo no ratificó la CDN, sino que jamás pensaron hacer un Código para proteger al niño.
Con esto Morita no quiere decir que los derechos de los niños carezcan de sentido. En la compleja sociedad actual, los niños pueden requerir protección en el caso de estar sometidos a una autoridad paterna abusiva o que no puede cumplir su misión. Pero incluso en esos casos, no conviene olvidar que los derechos no son como la lámpara de Aladino que puede traer la felicidad.
En Guatemala, además crea un un aparato administrativo dedicados a entrometerse en lo íntimo de la familia, centralizado, poderoso y bien financiado, con miles funcionarios, obviamente a costa del contribuyente.
El anterior Congreso cometió un error al aprobar el Código hace ya… ¡cuatro años!. Ahora, incluso políticamente, lo acertado es anularlo.
Y, por supuesto, hacer muchas cosas positivas en la protección del niño. En primer lugar, desarrollar una política de verdadera protección de la familia y a la mujer. No olvidemos que lo que daña más al niño son malas -o inexistentes- políticas a favor de las familias.