RESOLUCION
GENERAL A.F.I.P. 869/00
Buenos
Aires, 3 de julio de 2000
B.O.:
6/7/00
Procedimiento. Dto. 93/00, su modificatorio y complementario. Régimen de facilidades de pago. Obligaciones vencidas entre el 1/3/00 y el 31/5/00. Res. Gral. A.F.I.P. 863/00. Programa aplicativo. Plan especial de facilidades de pago Res. Gral. A.F.I.P. 863/00 Versión 1.0.
Art.
1 El programa aplicativo a que se refiere el inc. b) del
art. 3 de la Res. Gral. A.F.I.P. 863/00 se ajustará a las
características, funciones y aspectos técnicos para su uso, que
se consignan en el anexo de esta resolución general y estará
disponible en las dependencias de este organismo y en la página
Web (http:\\www.afip.gov.ar).
Art.
2 Las presentaciones mediante las que se formule el
acogimiento al régimen dispuesto por la Res. Gral. A.F.I.P. 863/00
podrán ser realizadas a partir del día 10 de julio de 2000. Las
citadas presentaciones podrán también ser efectuadas en los términos
de la Res. Gral. A.F.I.P. 474/98 (Osiris en línea).
Art.
3 Apruébase el anexo que forma parte de la presente.
Art.
4 De forma.
SISTEMA
PLAN ESPECIAL DE FACILIDADES DE PAGO.
RES. GRAL. A.F.I.P. 863/00 VERSION 1.0
Este
programa aplicativo deberá ser utilizado por los contribuyentes
alcanzados por lo normado en la Res. Gral. A.F.I.P. 863/00.
Los
datos identificatorios de cada contribuyente deben encontrarse
cargados en el S.I.Ap. Sistema Integrado de
Aplicaciones Versión 3.0 o 3.1.
La
veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del
contribuyente o responsable.
1.
Descripción general del sistema:
La
función fundamental del sistema es generar la información en
disquete y el F. de declaración jurada 889 para presentar la
adhesión al régimen. La información contendrá el detalle de
obligaciones correspondientes a la deuda consolidada.
El
sistema calculará el valor del pago a cuenta y de las
correspondientes cuotas.
2.
Requerimientos de hardware y software:
2.1.
PC 486 DX2 o superior.
2.2.
Memoria RAM mínima: 16 Mb.
2.3.
Memoria RAM recomendable: 32 Mb.
2.4.
Disco rígido con un mínimo de 30 Mb disponibles.
2.5.
Disquetera 3 ½" HD (1.33 Mb).
2.6.
Windows 95, 98 o NT.
2.7.
Instalación previa del S.I.Ap. Sistema Integrado de
Aplicaciones.
3.
Metodología para la generación de la declaración jurada:
Para
generar la declaración jurada, en primer término, el sistema
requerirá la carga de una presentación consignando la fecha de
consolidación. Paso siguiente, se detallarán una a una las
obligaciones que corresponda incluir.
De
tratarse de intereses resarcitorios y/o punitorios, el sistema,
en función de la deuda declarada, realizará el cálculo
pudiendo el usuario modificar el importe calculado, si lo
considera necesario.
Una
vez cargadas las obligaciones, el sistema calculará el pago a
cuenta, la cantidad de cuotas e importe de cada una, pudiendo el
usuario modificar dichos valores dentro de las condiciones
previstas.
Por
último, se informarán los pagos a cuenta efectuados indicando
fecha e importe.
Como
resultado de la carga de datos, el sistema mostrará el total de
la deuda, el pago a cuenta y las cuotas determinadas,
posibilitando la generación del disquete y la impresión del F.
889.