RESOLUCION GENERAL A.F.I.P. 869/00

Buenos Aires, 3 de julio de 2000

B.O.: 6/7/00

Procedimiento. Dto. 93/00, su modificatorio y complementario. Régimen de facilidades de pago. Obligaciones vencidas entre el 1/3/00 y el 31/5/00. Res. Gral. A.F.I.P. 863/00. Programa aplicativo. “Plan especial de facilidades de pago – Res. Gral. A.F.I.P. 863/00 – Versión 1.0”.

Art. 1 – El programa aplicativo a que se refiere el inc. b) del art. 3 de la Res. Gral. A.F.I.P. 863/00 se ajustará a las características, funciones y aspectos técnicos para su uso, que se consignan en el anexo de esta resolución general y estará disponible en las dependencias de este organismo y en la página Web (http:\\www.afip.gov.ar).

Art. 2 – Las presentaciones mediante las que se formule el acogimiento al régimen dispuesto por la Res. Gral. A.F.I.P. 863/00 podrán ser realizadas a partir del día 10 de julio de 2000. Las citadas presentaciones podrán también ser efectuadas en los términos de la Res. Gral. A.F.I.P. 474/98 (Osiris en línea).

Art. 3 – Apruébase el anexo que forma parte de la presente.

Art. 4 – De forma.

ANEXO

SISTEMA “PLAN ESPECIAL DE FACILIDADES DE PAGO.
RES.
GRAL. A.F.I.P. 863/00 – VERSION 1.0”

Este programa aplicativo deberá ser utilizado por los contribuyentes alcanzados por lo normado en la Res. Gral. A.F.I.P. 863/00.

Los datos identificatorios de cada contribuyente deben encontrarse cargados en el “S.I.Ap. –Sistema Integrado de Aplicaciones– Versión 3.0 o 3.1”.

La veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del contribuyente o responsable.

1. Descripción general del sistema:

La función fundamental del sistema es generar la información en disquete y el F. de declaración jurada 889 para presentar la adhesión al régimen. La información contendrá el detalle de obligaciones correspondientes a la deuda consolidada.

El sistema calculará el valor del pago a cuenta y de las correspondientes cuotas.

2. Requerimientos de “hardware” y “software”:

2.1. PC 486 DX2 o superior.

2.2. Memoria RAM mínima: 16 Mb.

2.3. Memoria RAM recomendable: 32 Mb.

2.4. Disco rígido con un mínimo de 30 Mb disponibles.

2.5. Disquetera 3 ½" HD (1.33 Mb).

2.6. Windows 95, 98 o NT.

2.7. Instalación previa del “S.I.Ap. –Sistema Integrado de Aplicaciones–”.

3. Metodología para la generación de la declaración jurada:

Para generar la declaración jurada, en primer término, el sistema requerirá la carga de una presentación consignando la fecha de consolidación. Paso siguiente, se detallarán una a una las obligaciones que corresponda incluir.

De tratarse de intereses resarcitorios y/o punitorios, el sistema, en función de la deuda declarada, realizará el cálculo pudiendo el usuario modificar el importe calculado, si lo considera necesario.

Una vez cargadas las obligaciones, el sistema calculará el pago a cuenta, la cantidad de cuotas e importe de cada una, pudiendo el usuario modificar dichos valores dentro de las condiciones previstas.

Por último, se informarán los pagos a cuenta efectuados indicando fecha e importe.

Como resultado de la carga de datos, el sistema mostrará el total de la deuda, el pago a cuenta y las cuotas determinadas, posibilitando la generación del disquete y la impresión del F. 889.

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