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Universidad de Yacambú Vicerrectorado de Estudios
Virtuales Programa de Doctorado en Gerencia Fase III. Período Académico
CR:07-1 (08ENE-23MAR07) Participante: Inés Otilia
Fernández Pérez CI: 2.887.379 - [email protected] |
Segundo
momento del proceso investigativo
Fundamentación
gnoseológica de la investigación
Versión
23-03-2007
Título tentativo de la investigación
(nueva versión)
Modelo de gestión municipal para la participación de
la Comunidad Educativa en la solución de problemas ambientales generados por el
manejo y disposición final de basura en municipios del Estado Táchira
Formulación del enunciado holopráxico (problema reformulado)
¿Cuáles elementos deberán integrar un
modelo de gestión ambiental que
vincule de manera permanente y participativa a la comunidad educativa en la solución
de problemas generados por el manejo y disposición final de basura en
municipios del Estado Táchira?
Objetivo General (reformulado en función del
enunciado-problema)
Diseñar un modelo de gestión ambiental que permita vincular de manera permanente
y participativa a la comunidad educativa en la solución de problemas
generados por el manejo y disposición final de basura en municipios del Estado
Táchira.
Capítulo 2
Sintagma
Gnoseológico
2.1. Fundamentación
epistémica
El presente estudio se asume dentro de la
comprensión integradora de los principios epistémicos de la investigación
holística. En tal sentido, se integran ideas, criterios, teorías, concepciones…
sustentadas por personas que, a nivel municipal, son responsables del
desarrollo de “una gestión ambiental eficiente y efectiva”, la cual depende
fundamentalmente de la integración de acciones, proyectos, planes y programas,
en desarrollo o en proceso de diseño e instrumentación por parte de
instituciones públicas y privadas.
Este fundamento integrador implica el abordaje holístico de la realidad ambiental existente. Es decir, implica asumir el modelo teórico de la espiral holística (Hurtado de Barrera, © 1998), el cual permite al investigador la generación de conocimiento nuevo, innovador e integrador mediante la holopraxis de la investigación que, partiendo de un nivel perceptual, se proyecta en tiempo y espacio para generar conocimiento de niveles aprehensivo, comprensivo e integrativo.
En tal sentido, es pertinente considerar,
por una parte, que la investigación holística, integra en sí misma diferentes
enfoques epistémicos que, hasta finales del siglo XX y aún en los albores del
siglo XXI, son considerados como contradictorios, excluyentes e incompatibles.
Por lo tanto, si se considerara a
Por otra parte, se debe considerar que cada enfoque epistemológico, ya sea originario (naturalismo, idealismo, realismo, humanismo, materialismo) o derivado (racionalismo, empirismo, positivismo, estructuralismo, pragmatismo, conductismo, constructivismo…), orienta la investigación de una manera determinada mediante el desarrollo de un determinado método para generar un determinado tipo de conocimiento considerado como válido. En la comprensión holística de la investigación tales conocimientos constituyen niveles de profundidad (perceptual, aprehensivo, comprensivo, integrativo) que dependen del nivel de complejidad del proceso investigativo mediante el cual fueron generados, por lo cual no son contradictorios ni excluyentes.
Para abordar la realidad implicada en el presente estudio y sumirla en función de los principios epistémicos de la investigación holística, se toman en cuenta tres aspectos fundamentales de la gestión municipal y de la participación de la comunidad educativa, que giran alrededor de lo que debería hacerse, lo que se ha hecho y lo que se está haciendo en materia ambiental:
· El deber ser normativo (reglamentos, estatutos, ordenanzas, leyes, códigos… que no son susceptibles de modificar mediante la investigación), y el futuro deseable por las personas e instituciones del contexto municipal;
· El estudio de los planes, programas, proyectos… ejecutados y en ejecución por parte de las alcaldías y concejos municipales, y por las comunidades educativas que integren la muestra; y
· La observación directa de la situación ambiental en el presente contemporáneo.
El desarrollo de tales aspectos en función
de los principios epistémicos de la investigación holística, implica el
recorrido por la espiral holística y el desarrollo, según corresponda, de las
actividades pertinentes establecidas en el ciclo metodológico de la
investigación proyectiva. Se entiende, por tanto, que para el desarrollo del
presente Studio, se asumen en su totalidad, los criterios metodológicos
implícitos y explícitos en la propuesta desarrollada por Hurtado de Barrera
(1998, 2000, 2005, 2006), para lo cual se tiene una clara conceptualización
explicativa de la espiral holística y de las cuatro dimensiones de la investigación:
histórica, metodológica, trascendente y cuántica.
En tal sentido, la fundamentación
gnoseológica no se presenta mediante una estructura sectorizada, es decir, los
antecedentes, las teorías, las conceptualizaciones, los fundamentos legales… no
son tratados en forma separada, los mismos son desarrollados de manera
integrada en cada uno de los aspectos del esquema conceptual establecido para
el desarrollo temático.
Así mismo, en el desarrollo de los
criterios que orientan el diseño metodológico se explica exhaustivamente la
aplicación de la metodología holística en el presente proceso investigativo,
por cuanto las metotactécnicas o procedimientos de dicha metodología, varían de
manera específica en cada investigación lo cual depende de los eventos, los contextos,
la temporalidad, las unidades de estudio, las fuentes de información y, muy
especialmente, del “toque personal” o creatividad y originalidad de la
investigadora.
2.2.
Antecedentes
La revisión bibliográfica y documental efectuada desde el mismo momento
en el cual se decidió efectuar el presente estudio, ameritó la compilación de
un gran volumen de material informativo tanto del proveniente de la red de
comunicaciones Internet, como del existente en publicaciones especializadas en
gerencia, en manejo de deshechos sólidos y basura orgánica, en participación
social, en comunidad educativa… Además, la indagación documental ameritó la
revisión de normativas legales relativas a la temática tales como la
Constitución Nacional, Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica del Ambiente,
Ley de tierras, Constitución del Estado Táchira, Ordenanzas Municipales y demás
normativas jurídicas relacionadas con la temática en estudio.
Sin embargo, en la intensiva revisión de material telemático y
bibliográfico aún no ha sido posible encontrar investigaciones anteriores
contextualizadas en el mismo nivel de profundidad del conocimiento que se
quiere generar por medio del presente estudio; es decir que, los trabajos y
publicaciones hasta ahora revisados, no están referidos a un modelo de gestión
municipal para la participación de la comunidad educativa, como tampoco a la
vinculación participativa de la comunidad educativa y la municipalidad en la
resolución de problemas ambientales.
En tal sentido, no todos los trabajos hasta ahora revisados corresponden
exactamente a investigaciones científicamente conducidas, es decir, que
obedezcan a una planificación previa y sistemática con objetivos y propósitos
predeterminados. Además, algunas de las informaciones que podrían ser recabadas
en la Internet, no poseen autor ni fecha determinados y en muchos no se
identifica claramente si corresponden o no a criterios personales o
particulares de una institución o empresa pública o privada o que o si están
sesgados o no por intereses económicos, políticos, ideológicos… tendientes a
manipular la buena intención de quienes accedan a informaciones sobre la
temática en estudio.
Un poco de historia
Es necesario destacar que, hasta los actuales momentos, la indagación
bibliográfica y documental para el desarrollo de los antecedentes, se ha
centrado en Venezuela, por cuanto, a nivel mundial y latinoamericano, un gran
volumen de información están referidos al manejo y reciclaje de desechos
sólidos y no al manejo de esa parte de los desechos que, por su acelerado
proceso de descomposición, no pueden ser almacenados para su reciclaje a
mediano y largo plazo.
Se puede afirmar, sin embargo, que en Venezuela, la gerencia ambiental
como actividad legalmente establecida fue iniciada por el Libertador Simón
Bolívar. Sus decretos conservacionistas así lo evidencian, dado que el conjunto
de sus textos “Es una voz de ayer, de hoy y de siempre. Es un mandato que sigue
teniendo vigencia no sólo a través del sentimiento patriótico, sino de un
elemental principio que consiste en la defensa del medio donde el hombre actúa”
(Febres Pobeda, en MARNR, 1979:5).
En los decretos conservacionistas del Libertador se puede observar, que
los mismos fueron expedidos en diferentes lugares de América en donde él
actuaba, como Chuquisaca, Quito, Guayaquil, el Cuzco.
Pero no hay duda de que
él, al legislar sobre los bosques, las aguas, los rebaños o las minas, tenía en
mente tanto a su Venezuela natal como al resto de la América Hispana, pues la
visión de Bolívar era continental en este (sic)
como en los demás aspectos de su acción. (Pérez Vila, en MARNR, 1979:9).
Desde la independencia hasta mediados del siglo XX, los asuntos
ambientales en Venezuela estuvieron circunscritos al cuidado de las aguas, los
bosques, la agricultura, la ganadería, la minería… Las poblaciones o
conglomerados humanos no tenían la densidad de habitantes de hoy en día; el
cuidado del ambiente urbano se limitaba al barrido de calles, la recolección de
algunos desechos domésticos y de diferentes escombros para su quema posterior;
los empaques generalmente eran de papel y cartón y relativamente escasos; las
bolsas y embases de plástico no existían, las amas de casa hacían su mercado en
mochilas y canastos, los productos del campo venían en guacales de madera; los
“periódicos” eran periódicos y no diarios con encartes propagandísticos si
volantes de todo tipo, el papel periódico era utilizado como papel higiénico, y
por supuesto, no existían ni las toallas higiénicas ni los pañales desechables,
y la mayoría de equipos quirúrgicos como las inyectadoras, sábanas, centros de
cama… eran rehusables.
Por otra parte, los desechos resultantes del procesamiento de alimentos
en hogares, hoteles, “pensiones” y demás expendios de comida eran utilizados
para la alimentación de animales domésticos (perros, gatos, pollos, cochinos) o
depositada en “el patio de atrás” donde Gaia se encargaba de su descomposición
y reciclaje natural; la mantelería y la lencería eran de tela pues no existían
los toallines y servilletas de papel, ni platos, vasos y cubiertos de cartón o
plástico desechables.
En consecuencia las ciudades eran más limpias, el problema de
degradación del ambiente por los desechos llamados basura era mucho menor, no
existía o posiblemente los ciudadanos no eran concientes de ello; lo cual
concuerda con lo dicho por Kormondy (©1969:209): “La
importancia de un problema no se deriva de su antigüedad, sino más bien de su
urgencia e inminencia”, es decir que, para darle importancia a un problema y
actuar en consecuencia es necesario estar consciente de su existencia y de la
necesidad de resolverlo.
Sin embargo, a pesar de que el “problema basura” pareciera no haber sido
considerado urgente ni inminente, en la primera mitad del siglo pasado las
cuestiones ambientales atendían a la aplicación de leyes tales como la Ley de
Sanidad Nacional, la Ley Forestal de Suelos y Aguas, la Ley de Protección a la
Fauna Silvestre, la Ley de Pesca, la Ley de Hidrocarburos, y la Ley de
Vigilancia para impedir la Contaminación de las Aguas por el Petróleo; así
mismo, al incumplimiento de las disposiciones ambientales contempladas en las
anteriores leyes le eran aplicadas las disposiciones pertinentes establecidas
en el Código Penal.
A partir del inicio de la segunda mitad del siglo XX con el crecimiento
poblacional, el desarrollo petrolero y el crecimiento industrial, comercial y
comunicacional Venezuela entra en un proceso de desarrollo en todos los
aspectos con el consecuente consumismo y producción de desechos cada día en
mayor volumen, es decir, las casas fueron desapareciendo junto con los “patios
de atrás”, en su lugar surgieron los edificios multifamiliares y las calles se
fueron llenando de bolsas de basura y desechos de todo tipo.
Al darse cuenta de la existencia de problemas ambientales ocasionados
por la basura en las calles (las alcantarillas se tapaban, los perros
callejeros rompían las bolsas en busca de materiales comestibles, los camiones
recogedores eran insuficientes, los causes de ríos y quebradas se transformaron
en lugar propicio para el depósito de basura…) el problema basura se tornó
importante y su solución fue considerado inminente, por lo cual, las
comunidades empezaron a presionar a los
organismos gubernamentales exigiendo la solución de múltiples problemas
ambientales.
Es así como en Venezuela, al igual que en el resto del mundo, surgieron
movimientos ambientalistas de todo tipo; surgieron plantas de reciclaje de
chatarra, vidrio, papel y cartón; el gobierno reafirmó definitivamente la
responsabilidad de los concejos municipales en la recolección del aseo urbano
domiciliario, creó el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales
Renovables y promulgó la Ley Orgánica del Ambiente.
Así mismo, la educación ambiental fue promovida en diferentes ámbitos al
iniciarse la reforma educativa de los años 70-80 que culminó con el
establecimiento de la Educación Básica que englobó a la educación primaria y al
ciclo básico común del bachillerato, y con el establecimiento de la Educación
Media Diversificada y Profesional que englobó al ciclo diversificado del
bachillerato y a la educación técnica, a las escuelas de agricultura, y a la
formación de bachilleres docentes que venía a cubrir la carencia de las
eliminadas Escuelas Normales.
Para garantizar la continuidad curricular entre la educación básica y la
educación media se establecieron los Programas de Articulación para las viejas
y nuevas asignaturas del plan de estudio. Entre las innovaciones programáticas,
tiene notoriedad la inclusión de la unidad curricular “introducción a la
investigación” en los programas de biología y de química del primero y segundo
año de educación media en la especialidad de ciencias y en el primero y segundo
año de la especialidad de agropecuaria.
Es así, con el apoyo de la unidad curricular sobre investigación, como
se inicia en el bachillerato el estudio de problemas ambientales. La exigencia
programática de realizar un proyecto, una monografía o un informe siguiendo los
pasos del método científico, propició el desarrollo de innumerables trabajos de
investigación que giraban alrededor de la temática ambiental. La contaminación
ambiental constituyó uno de los temas preferidos por los noveles
investigadores, entre los temas específicos tuvieron relevancia la
contaminación de las aguas, del suelo y el aire; además la contaminación
sónica, los efluentes industriales, los desechos sólidos… y, por supuesto, los
problemas generados por la basura.
Sin embargo, las investigaciones efectuadas en el bachillerato, no son
innovadoras sino en muy limitados casos, pues están destinadas a iniciar a los
estudiantes en la formación de destrezas investigativas, desarrollar proyectos
de acción, y generar conocimiento nuevo para el estudiante pero no para la
comunidad científica. Además, durante estos primeros años del siglo XXI, el
trabajo de investigación del bachillerato tiende a ser sustituido por proyectos
de acción, en su mayoría de carácter ambiental, en donde los problemas
generados por la basura siguen constituyendo temas de interés pero siempre de
tipo coyuntural y sin vinculación con la participación de la comunidad
educativa como centro protagónico del desarrollo comunal.
No obstante la carencia de investigaciones referidas a la temática en
estudio, es de singular importancia la investigación que entre 1978 y 1983, y
en el marco de la Ley Orgánica del Ambiente promulgada en 1976, fue efectuada
por el Centro de Investigaciones Jurídicas (CIJ)
adscrito a la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello con
apoyo de la Fundación Polar. Dicha investigación versó sobre el Régimen
Jurídico de la Ordenación, Conservación y Protección del Ambiente, la cual al
ser culminada, fue plasmada en la obra “Derecho Ambiental Venezolano” (Sosa y
Mantero, 1983).
Esta obra tiene la particularidad de estar fundamentada en la
investigación metódica, sistemática y previamente planificada por un equipo
multidisciplinario integrado por personal de la Fundación Polar y del CIJ de la UCAB. Según lo señala Brewer-Carías (en Sosa y Mantero,
1983:7), dicha investigación condujo “a deslindar dos ámbitos de acción pública
hasta el momento con límites desdibujados: la problemática ambiental y la
planificación ambiental”. La política ambiental del Estado (conservación,
defensa y mejoramiento del ambiente) tiene un carácter totalizante ya que es un
elemento condicionante de todas las acciones públicas y privadas. La
planificación ambiental, por su parte, no es totalizante pues está condicionada
por el territorio.
Entender lo expuesto en el párrafo anterior implica retomar lo ya señalado
(cfr. 1.2) en cuanto al pensar global y al actuar
local (Ander-Egg, 1995), es decir, la política
ambiental del Estado corresponde a la globalidad en cuanto Venezuela, y la
planificación ambiental corresponde a la territoriedad
en cuanto a localidad que, en el caso del presente estudio, corresponde al
municipio.
En este orden de ideas, es pertinente transcribir dos de las muchas
conclusiones señaladas por Sosa y Mantero (ob. cit.):
- Aún cuando el derecho
ambiental corresponde a una inquietud universal del hombre de nuestros días, es
posible señalar que el enfoque que del mismo hacen los países desarrollados y
los en vías de desarrollo no es idéntico. (P. 26).
- La Ley deberá
determinar con precisión la distribución de la materia ambiental entre el Gobierno
Nacional y los Municipios (p. 76).
Si bien es cierto que la Ley Orgánica del Ambiente de 2006, al igual que
la de 1976, atribuye al Poder Nacional
las materias propias del derecho ambiental, también es cierto
que algunas de ellas son atribuidas tanto a dicho Poder Nacional como al Poder
Municipal.
En este sentido la Ley de 1976 prevé “La prohibición o
corrección de actividades degradantes del ambiente” (ordinal 4º del Art. 3º)
entre las cuales se cuentan “Las que directa o indirectamente contaminen o
deterioren el aire, el agua, los fondos marinos, el suelo o el subsuelo o
incidan desfavorablemente sobre la fauna o la flora” (ordinal 1º del Art. 20) y
“Las que propenden a la acumulación de residuos, basuras, desechos y
desperdicios” (ordinal 11 del Art. 20).
Observación: El proceso de indagación para la fundamentación legal ha
presentado incontables inconvenientes por cuanto hay disparidad acentuada en
los proyectos y versiones de la nueva Ley Orgánica del Ambiente. Se está
tratando de identificar la versión final aprobada por la Asamblea Nacional y
refrendada por el Poder Ejecutivo.
Tal inconveniente ha impedido
terminar la redacción final de los aspectos relativos al manejo y disposición
de la basura, por cuanto los mismos deben relacionarse con lo establecido en la
Ley vigente.
Lo mismo ocurre con el
aspecto relativo a la comunidad educativa, las disposiciones del Ministerio de
Educación no siempre concuerdan con las de la Ley Orgánica y su Reglamento
General vigentes, además cambian periódicamente. Se está indagando al respecto.
Las informaciones de la
Asamblea Nacional y de la Defensoría del Pueblo publicadas en las respectivas
PW muchas veces no coinciden o son contradictorias
Se está tratando de
solucionar en lo posible dando una nueva redacción a lo ya planteado en la
versión preliminar del sintagma gnoseológico
En consecuencia… La
indagación continúa.
Estudio de la factibilidad de la investigación
El estudio de factibilidad de la investigación es la
“predicción” que permite determinar si es probable, posible y conveniente
efectuar la indagación en las condiciones resultantes del proceso de
documentación, es decir, en función de los elementos del enunciado holopráxico
y del objetivo general reformulado, y sobre la base de la teorización contenida
en la fundamentación gnoseológica ya desarrollada o semielaborada.
En este sentido, la factibilidad es determinada
respondiendo las interrogantes de tipo personal, metodológico y social
planteadas por Hurtado de Barrera (2000) a fin de decidir si se efectúa la
investigación, si se renuncia a ella o si es necesario reformular el enunciado
y el correspondiente objetivo en otro nivel de profundidad o en otro contexto.
Mediante el estudio efectuado, se pudo determinar lo siguiente:
·
Según los
aspectos de tipo personal que conciernen a la investigadora, el estudio es
factible por cuanto posee conocimientos y habilidades metodológicas, tiene
acceso a la información y a los materiales necesarios para la investigación,
dispone del tiempo y de recursos económicos necesarios y tiene posibilidad de
obtener la asesoría y orientación metodológica y temática que exige el estudio;
además, el tema se relaciona con sus intereses y expectativas personales y
profesionales.
·
En cuanto a los
aspectos de tipo metodológico la investigación es factible ya que, según la
revisión documental, los fenómenos y eventos de estudio pueden ser abordados,
en el nivel proyectivo, de manera adecuada desde el punto de vista
metodológico, y, aún cuando no se han encontrado instrumentos metodológicos
validados que permitan medir dichos eventos y fenómenos, es posible elaborarlos
de manera que garanticen validez y confiabilidad.
·
La factibilidad
social de la investigación está garantizada por cuanto aportará nuevos
conocimientos a la comunidad científica del ámbito regional y nacional y sus
resultados tendrán aplicación en cualquier municipio del Táchira y de
Venezuela; además, el estudio contribuirá a impulsar futuras investigaciones de
acción participativa, confirmatorias y evaluativas.
Como resultado del estudio de factibilidad, se reafirma la formulación
tanto del enunciado holopráxico o pregunta de investigación como del objetivo
general, por cuanto sus elementos constituyentes están completos y claramente
determinados, es decir, se quiere
elaborar un modelo, acerca de la
gestión ambiental, de la municipalidad, para la participación
de la comunidad educativa en el Estado Táchira con permanencia en tiempo y espacio, y las
unidades de estudio estarán constituidas por concejos municipales y comunidades
educativas.
Si bien es cierto que, el enunciado holopráxico, por lo general, es un
interrogante cuya formulación sólo ocupa un pequeño párrafo, también es cierto
que su correcta formulación requiere de todo un proceso de reflexión y toma de
decisiones con relación a cada uno de los elementos que lo conforman.
En tal sentido, el estudio de la factibilidad también fue desarrollado
mediante el uso de la matriz FLOR (matriz tipo FODA) la cual, en función de los
elementos constituyentes del enunciado holopráxico, permitió determinar que sí es posible desarrollar la
investigación en los términos establecidos en el enunciado holopráxico mediante
la aplicación de las estrategias determinadas durante el desarrollo de la
matriz FLOR, de tal manera es posible aprovechar las fortalezas y
oportunidades, y superar en la medida de lo posible, las limitaciones y
confrontar con éxito los retos asumidos (Ver infograma Nº 2)
Infograma Nº 2: Estudio de
la factibilidad del enunciado holopráxico mediante el uso de la matriz tipo
FLOR
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Elementos del enunciado holopráxico: 1. Qué: Elementos de un modelo 2. Acerca de: gestión ambiental 3. Quiénes: municipalidad y comunidad
educativa 4. Dónde: Estado Táchira 5. Cuándo: Presente contemporáneo |
Fortalezas (F) 1. El investigador está
capacitado metodológica y temáticamente 2. El evento es
factible, relevante y original 3. Existen suficientes
fuentes de información y las unidades de estudio son accesibles 4. Existe la
posibilidad cierta de contar con apoyo institucional de las municipalidades 5. Hay disponibilidad
temporal suficiente |
Limitaciones (L) -. Existencia casi nula
de investigaciones sistemáticas previas al presente estudio que conduzcan a
la generación de conocimiento en el mismo nivel -. El material
susceptible de consulta como antecedentes corresponden a planes y proyectos
de acción pero no de investigación |
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Oportunidades (O) 1. La comunidad
científica desarrolla líneas de investigación 2. La comunidad
científica y social requiere el estudio 3. Se cuenta con el
apoyo de personal capacitado, fuentes y unidades de estudio disponibles en el
contexto sociogeográfico 4. La comunidad
científica ofrece apoyo 5. El momento es
coyunturalmente favorable |
Estrategias FO (F1 , O1),
Desarrollar la investigación en el nivel y holotipo determinado por el
enunciado (F2 - O2)
acerca de la temática y los eventos seleccionados, (F3 - O3),
con las fuentes y unidades de estudio previstas (F4 - F5
- O4 - O5) en el contesto ambiental y temporal
previstos. |
Estrategias LO - Intensificar la
indagación documental con apoyo en la Internet - Solicitar recursos
bibliográficos y documentales a la comunidad científica (Universidades, Fundacite, Asovac) - Aprovechar los
recursos bibliográficos que suministran información sobre la temática, aún
cuando los mismos no correspondan a investigaciones anteriores |
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Retos a asumir (R) - No existen
investigaciones anteriores en el mismo nivel, con evento similares e iguales
unidades de estudio - El ordenamiento
jurídico en cuanto a manejo y disposición final de la basura es difusa y poco
tratada - El proceso
investigativo deberá desarrollarse desde el estadio exploratorio y recorrer
los estadios descriptivo, analítico y explicativo. - Los costos monetarios
de la investigación (previstos al inicio de la misma) se incrementan por la
necesidad de ubicar las fuentes de información en cada Municipio del estado
Táchira |
Estrategias FR -
Reafirmar la formulación del enunciado holopráxico, del objetivo general y de
los objetivos específicos -
Desarrollar la tabla holopráxica de los objetivos a fin de determinar con
cierta precisión el diseño metodológico más conveniente a ser aplicado para
el logro de cada uno de ellos |
Estrategias LR - Asumir la
investigación en los fundamentos epistémicos de la investigación holística - Intensificar la
indagación en función de los objetivos específicos formulados - Solicitar
financiamiento en Fundacite-Táchira y en algunas
Alcaldías del Estado Táchira -
Efectuar actividades autogestionarias para desarrollar el proceso
investigativo de la manera más independiente posible |
Elaborado por Fernández de
Silva, en función de la adaptación de la matriz FODA (David, 1994:14)
desarrollada por F de S (may. 2005:)
Referencias
Ander-Egg, Ezequiel (1995).
Diccionario del trabajo social. 2ª Edición, Editorial Lumen. Buenos Aires. 351
pp.
Concejo Municipal del Municipio San Cristóbal. Ordenanza de
Aseo Urbano y Domiciliario Nº 19 del 16-03-2005. Gaceta Municipal p.p. 76-414 Número extraordinario.
Coordinación
Legislación e Internacional, Gerencia General de Asesoría Jurídica (s/f). Derecho ambiental en el marco constitucional y legal venezolano. PW www.pgr.gob.ve/Doctrinas/pdf/derechoambientalenlaconstituciónnacionalarticulo.pdf Consulta del
14-09-2006
Defensoría del Pueblo (2004). Marco constitucional y legal del derecho ambiental. PW www.defensoria.gov.ve/lista.asp?sec=190104. Consulta del 14-09-2006
Fernández de Silva, Inés Otilia (may. 2005) Revisión
documental y sintagma gnoseológico en Investigación Holística. Ediciones
Quirón. Sypal. Caracas. 108
pp.
Kormondy, Edgard J. (© 1969). Conceptos de
Ecología. 2ª edición en Alianza Universidad (1975). Madrid, españa. 251 pp.
Ley Orgánica de Educación. (1980). Gaceta Oficial N° 2.635 de fecha 28-07-1980
Ley Orgánica del Ambiente. Gaceta Oficial N° 31.004 de fecha 16 de junio de 1976. Promulgada por el
Poder Legislativo el 07-06-1976. Refrendada por el Poder Ejecutivo el
15-06-1976
Ley Orgánica del Ambiente. Promulgada por la Asamblea
Nacional el 12 de septiembre de 2006. (No está refrendada por el Poder
Ejecutivo). Tomada de la PW de la Defensoría del Pueblo. Consulta del 15-03-2007
Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Gaceta Oficial N° 5.806 de fecha 10 de abril de 2006. (No tiene Fecha de
promulgación por parte de la Asamblea Nacional. No está Refrendada por el Poder
Ejecutivo) Tomada de la PW Leyes de
Venezuela http://www.leyesvenezolanas.com/
Consulta del 20-03-2007
Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (MARNR, 1979). Decretos conservacionistas del libertador.
(Presentación de Carlos Febres Pobeda, Ministro del
MARNR, y Prólogo de Manuel Pérez Vila).
Sosa, Cecilia y Mantero, Oswaldo (nov. 1983). Derecho Ambiental Venezolano. Investigación sobre el Régimen
Jurídico de la Ordenación, Conservación y protección del Ambiente. Fundación
Polar y Universidad Católica Andrés Bello, Centro de Investigaciones Jurídicas
adscrito a la Facultad de Derecho. Caracas. 175 pp.