Universidad de Yacambú

Vicerrectorado de Estudios Virtuales

Programa de Doctorado en Gerencia

Fase III. Período Académico CR:07-1 (08ENE-23MAR07)

Participante: Inés Otilia Fernández Pérez

CI: 2.887.379  -  [email protected]

 

 

 

Segundo momento del proceso investigativo

Fundamentación gnoseológica de la investigación

Versión 23-03-2007

 

 

Título tentativo de la investigación (nueva versión)

Modelo de gestión municipal para la participación de la Comunidad Educativa en la solución de problemas ambientales generados por el manejo y disposición final de basura en municipios del Estado Táchira

Formulación del enunciado holopráxico (problema reformulado)

¿Cuáles elementos deberán integrar un modelo de gestión ambiental que vincule de manera permanente y participativa a la comunidad educativa en la solución de problemas generados por el manejo y disposición final de basura en municipios del Estado Táchira?

Objetivo General (reformulado en función del enunciado-problema)

Diseñar un modelo de gestión ambiental que permita vincular de manera permanente y participativa a la comunidad educativa en la solución de problemas generados por el manejo y disposición final de basura en municipios del Estado Táchira.

 

 

 

 


 

 

Capítulo 2

Sintagma Gnoseológico

 

2.1. Fundamentación epistémica

El presente estudio se asume dentro de la comprensión integradora de los principios epistémicos de la investigación holística. En tal sentido, se integran ideas, criterios, teorías, concepciones… sustentadas por personas que, a nivel municipal, son responsables del desarrollo de “una gestión ambiental eficiente y efectiva”, la cual depende fundamentalmente de la integración de acciones, proyectos, planes y programas, en desarrollo o en proceso de diseño e instrumentación por parte de instituciones públicas y privadas.

Este fundamento integrador implica el abordaje holístico de la realidad ambiental existente. Es decir, implica asumir el modelo teórico de la espiral holística (Hurtado de Barrera, © 1998), el cual permite al investigador la generación de conocimiento nuevo, innovador e integrador mediante la holopraxis de la investigación que, partiendo de un nivel perceptual, se proyecta en tiempo y espacio para generar conocimiento de niveles aprehensivo, comprensivo e integrativo.

En tal sentido, es pertinente considerar, por una parte, que la investigación holística, integra en sí misma diferentes enfoques epistémicos que, hasta finales del siglo XX y aún en los albores del siglo XXI, son considerados como contradictorios, excluyentes e incompatibles. Por lo tanto, si se considerara a la IH como enfoque epistemológico, dejaría de ser holística “y eso implicaría de facto posibilidades que estuviesen fuera de su consideración” (Barrera M, jun. 2005:96).

Por otra parte, se debe considerar que cada enfoque epistemológico, ya sea originario (naturalismo, idealismo, realismo, humanismo, materialismo) o derivado (racionalismo, empirismo, positivismo, estructuralismo, pragmatismo, conductismo, constructivismo…), orienta la investigación de una manera determinada mediante el desarrollo de un determinado método para generar un determinado tipo de conocimiento considerado como válido. En la comprensión holística de la investigación tales conocimientos constituyen niveles de profundidad (perceptual, aprehensivo, comprensivo, integrativo) que dependen del nivel de complejidad del proceso investigativo mediante el cual fueron generados, por lo cual no son contradictorios ni excluyentes.

Para abordar la realidad implicada en el presente estudio y sumirla en función de los principios epistémicos de la investigación holística, se toman en cuenta tres aspectos fundamentales de la gestión municipal y de la participación de la comunidad educativa, que giran alrededor de lo que debería hacerse, lo que se ha hecho y lo que se está haciendo en materia ambiental:

·         El deber ser normativo (reglamentos, estatutos, ordenanzas, leyes, códigos… que no son susceptibles de modificar mediante la investigación), y el futuro deseable por las personas e instituciones del contexto municipal;

·         El estudio de los planes, programas, proyectos… ejecutados y en ejecución por parte de las alcaldías y concejos municipales, y por las comunidades educativas que integren la muestra; y

·         La observación directa de la situación ambiental en el presente contemporáneo.

El desarrollo de tales aspectos en función de los principios epistémicos de la investigación holística, implica el recorrido por la espiral holística y el desarrollo, según corresponda, de las actividades pertinentes establecidas en el ciclo metodológico de la investigación proyectiva. Se entiende, por tanto, que para el desarrollo del presente Studio, se asumen en su totalidad, los criterios metodológicos implícitos y explícitos en la propuesta desarrollada por Hurtado de Barrera (1998, 2000, 2005, 2006), para lo cual se tiene una clara conceptualización explicativa de la espiral holística y de las cuatro dimensiones de la investigación: histórica, metodológica, trascendente y cuántica.

En tal sentido, la fundamentación gnoseológica no se presenta mediante una estructura sectorizada, es decir, los antecedentes, las teorías, las conceptualizaciones, los fundamentos legales… no son tratados en forma separada, los mismos son desarrollados de manera integrada en cada uno de los aspectos del esquema conceptual establecido para el desarrollo temático.

Así mismo, en el desarrollo de los criterios que orientan el diseño metodológico se explica exhaustivamente la aplicación de la metodología holística en el presente proceso investigativo, por cuanto las metotactécnicas o procedimientos de dicha metodología, varían de manera específica en cada investigación lo cual depende de los eventos, los contextos, la temporalidad, las unidades de estudio, las fuentes de información y, muy especialmente, del “toque personal” o creatividad y originalidad de la investigadora.

 

2.2. Antecedentes

La revisión bibliográfica y documental efectuada desde el mismo momento en el cual se decidió efectuar el presente estudio, ameritó la compilación de un gran volumen de material informativo tanto del proveniente de la red de comunicaciones Internet, como del existente en publicaciones especializadas en gerencia, en manejo de deshechos sólidos y basura orgánica, en participación social, en comunidad educativa… Además, la indagación documental ameritó la revisión de normativas legales relativas a la temática tales como la Constitución Nacional, Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica del Ambiente, Ley de tierras, Constitución del Estado Táchira, Ordenanzas Municipales y demás normativas jurídicas relacionadas con la temática en estudio.

Sin embargo, en la intensiva revisión de material telemático y bibliográfico aún no ha sido posible encontrar investigaciones anteriores contextualizadas en el mismo nivel de profundidad del conocimiento que se quiere generar por medio del presente estudio; es decir que, los trabajos y publicaciones hasta ahora revisados, no están referidos a un modelo de gestión municipal para la participación de la comunidad educativa, como tampoco a la vinculación participativa de la comunidad educativa y la municipalidad en la resolución de problemas ambientales.

En tal sentido, no todos los trabajos hasta ahora revisados corresponden exactamente a investigaciones científicamente conducidas, es decir, que obedezcan a una planificación previa y sistemática con objetivos y propósitos predeterminados. Además, algunas de las informaciones que podrían ser recabadas en la Internet, no poseen autor ni fecha determinados y en muchos no se identifica claramente si corresponden o no a criterios personales o particulares de una institución o empresa pública o privada o que o si están sesgados o no por intereses económicos, políticos, ideológicos… tendientes a manipular la buena intención de quienes accedan a informaciones sobre la temática en estudio. 

Un poco de historia

Es necesario destacar que, hasta los actuales momentos, la indagación bibliográfica y documental para el desarrollo de los antecedentes, se ha centrado en Venezuela, por cuanto, a nivel mundial y latinoamericano, un gran volumen de información están referidos al manejo y reciclaje de desechos sólidos y no al manejo de esa parte de los desechos que, por su acelerado proceso de descomposición, no pueden ser almacenados para su reciclaje a mediano y largo plazo.

Se puede afirmar, sin embargo, que en Venezuela, la gerencia ambiental como actividad legalmente establecida fue iniciada por el Libertador Simón Bolívar. Sus decretos conservacionistas así lo evidencian, dado que el conjunto de sus textos “Es una voz de ayer, de hoy y de siempre. Es un mandato que sigue teniendo vigencia no sólo a través del sentimiento patriótico, sino de un elemental principio que consiste en la defensa del medio donde el hombre actúa” (Febres Pobeda, en MARNR, 1979:5).

En los decretos conservacionistas del Libertador se puede observar, que los mismos fueron expedidos en diferentes lugares de América en donde él actuaba, como Chuquisaca, Quito, Guayaquil, el Cuzco.

Pero no hay duda de que él, al legislar sobre los bosques, las aguas, los rebaños o las minas, tenía en mente tanto a su Venezuela natal como al resto de la América Hispana, pues la visión de Bolívar era continental en este (sic) como en los demás aspectos de su acción. (Pérez Vila, en MARNR, 1979:9).

Desde la independencia hasta mediados del siglo XX, los asuntos ambientales en Venezuela estuvieron circunscritos al cuidado de las aguas, los bosques, la agricultura, la ganadería, la minería… Las poblaciones o conglomerados humanos no tenían la densidad de habitantes de hoy en día; el cuidado del ambiente urbano se limitaba al barrido de calles, la recolección de algunos desechos domésticos y de diferentes escombros para su quema posterior; los empaques generalmente eran de papel y cartón y relativamente escasos; las bolsas y embases de plástico no existían, las amas de casa hacían su mercado en mochilas y canastos, los productos del campo venían en guacales de madera; los “periódicos” eran periódicos y no diarios con encartes propagandísticos si volantes de todo tipo, el papel periódico era utilizado como papel higiénico, y por supuesto, no existían ni las toallas higiénicas ni los pañales desechables, y la mayoría de equipos quirúrgicos como las inyectadoras, sábanas, centros de cama… eran rehusables.

Por otra parte, los desechos resultantes del procesamiento de alimentos en hogares, hoteles, “pensiones” y demás expendios de comida eran utilizados para la alimentación de animales domésticos (perros, gatos, pollos, cochinos) o depositada en “el patio de atrás” donde Gaia se encargaba de su descomposición y reciclaje natural; la mantelería y la lencería eran de tela pues no existían los toallines y servilletas de papel, ni platos, vasos y cubiertos de cartón o plástico desechables.

En consecuencia las ciudades eran más limpias, el problema de degradación del ambiente por los desechos llamados basura era mucho menor, no existía o posiblemente los ciudadanos no eran concientes de ello; lo cual concuerda con lo dicho por Kormondy (©1969:209): “La importancia de un problema no se deriva de su antigüedad, sino más bien de su urgencia e inminencia”, es decir que, para darle importancia a un problema y actuar en consecuencia es necesario estar consciente de su existencia y de la necesidad de resolverlo.

Sin embargo, a pesar de que el “problema basura” pareciera no haber sido considerado urgente ni inminente, en la primera mitad del siglo pasado las cuestiones ambientales atendían a la aplicación de leyes tales como la Ley de Sanidad Nacional, la Ley Forestal de Suelos y Aguas, la Ley de Protección a la Fauna Silvestre, la Ley de Pesca, la Ley de Hidrocarburos, y la Ley de Vigilancia para impedir la Contaminación de las Aguas por el Petróleo; así mismo, al incumplimiento de las disposiciones ambientales contempladas en las anteriores leyes le eran aplicadas las disposiciones pertinentes establecidas en el Código Penal.

A partir del inicio de la segunda mitad del siglo XX con el crecimiento poblacional, el desarrollo petrolero y el crecimiento industrial, comercial y comunicacional Venezuela entra en un proceso de desarrollo en todos los aspectos con el consecuente consumismo y producción de desechos cada día en mayor volumen, es decir, las casas fueron desapareciendo junto con los “patios de atrás”, en su lugar surgieron los edificios multifamiliares y las calles se fueron llenando de bolsas de basura y desechos de todo tipo.

Al darse cuenta de la existencia de problemas ambientales ocasionados por la basura en las calles (las alcantarillas se tapaban, los perros callejeros rompían las bolsas en busca de materiales comestibles, los camiones recogedores eran insuficientes, los causes de ríos y quebradas se transformaron en lugar propicio para el depósito de basura…) el problema basura se tornó importante y su solución fue considerado inminente, por lo cual, las comunidades empezaron  a presionar a los organismos gubernamentales exigiendo la solución de múltiples problemas ambientales.

Es así como en Venezuela, al igual que en el resto del mundo, surgieron movimientos ambientalistas de todo tipo; surgieron plantas de reciclaje de chatarra, vidrio, papel y cartón; el gobierno reafirmó definitivamente la responsabilidad de los concejos municipales en la recolección del aseo urbano domiciliario, creó el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables y promulgó la Ley Orgánica del Ambiente.

Así mismo, la educación ambiental fue promovida en diferentes ámbitos al iniciarse la reforma educativa de los años 70-80 que culminó con el establecimiento de la Educación Básica que englobó a la educación primaria y al ciclo básico común del bachillerato, y con el establecimiento de la Educación Media Diversificada y Profesional que englobó al ciclo diversificado del bachillerato y a la educación técnica, a las escuelas de agricultura, y a la formación de bachilleres docentes que venía a cubrir la carencia de las eliminadas Escuelas Normales.

Para garantizar la continuidad curricular entre la educación básica y la educación media se establecieron los Programas de Articulación para las viejas y nuevas asignaturas del plan de estudio. Entre las innovaciones programáticas, tiene notoriedad la inclusión de la unidad curricular “introducción a la investigación” en los programas de biología y de química del primero y segundo año de educación media en la especialidad de ciencias y en el primero y segundo año de la especialidad de agropecuaria.

Es así, con el apoyo de la unidad curricular sobre investigación, como se inicia en el bachillerato el estudio de problemas ambientales. La exigencia programática de realizar un proyecto, una monografía o un informe siguiendo los pasos del método científico, propició el desarrollo de innumerables trabajos de investigación que giraban alrededor de la temática ambiental. La contaminación ambiental constituyó uno de los temas preferidos por los noveles investigadores, entre los temas específicos tuvieron relevancia la contaminación de las aguas, del suelo y el aire; además la contaminación sónica, los efluentes industriales, los desechos sólidos… y, por supuesto, los problemas generados por la basura.

Sin embargo, las investigaciones efectuadas en el bachillerato, no son innovadoras sino en muy limitados casos, pues están destinadas a iniciar a los estudiantes en la formación de destrezas investigativas, desarrollar proyectos de acción, y generar conocimiento nuevo para el estudiante pero no para la comunidad científica. Además, durante estos primeros años del siglo XXI, el trabajo de investigación del bachillerato tiende a ser sustituido por proyectos de acción, en su mayoría de carácter ambiental, en donde los problemas generados por la basura siguen constituyendo temas de interés pero siempre de tipo coyuntural y sin vinculación con la participación de la comunidad educativa como centro protagónico del desarrollo comunal.

No obstante la carencia de investigaciones referidas a la temática en estudio, es de singular importancia la investigación que entre 1978 y 1983, y en el marco de la Ley Orgánica del Ambiente promulgada en 1976, fue efectuada por el Centro de Investigaciones Jurídicas (CIJ) adscrito a la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello con apoyo de la Fundación Polar. Dicha investigación versó sobre el Régimen Jurídico de la Ordenación, Conservación y Protección del Ambiente, la cual al ser culminada, fue plasmada en la obra “Derecho Ambiental Venezolano” (Sosa y Mantero, 1983).

Esta obra tiene la particularidad de estar fundamentada en la investigación metódica, sistemática y previamente planificada por un equipo multidisciplinario integrado por personal de la Fundación Polar y del CIJ de la UCAB. Según lo señala Brewer-Carías (en Sosa y Mantero, 1983:7), dicha investigación condujo “a deslindar dos ámbitos de acción pública hasta el momento con límites desdibujados: la problemática ambiental y la planificación ambiental”. La política ambiental del Estado (conservación, defensa y mejoramiento del ambiente) tiene un carácter totalizante ya que es un elemento condicionante de todas las acciones públicas y privadas. La planificación ambiental, por su parte, no es totalizante pues está condicionada por el territorio.

Entender lo expuesto en el párrafo anterior implica retomar lo ya señalado (cfr. 1.2) en cuanto al pensar global y al actuar local (Ander-Egg, 1995), es decir, la política ambiental del Estado corresponde a la globalidad en cuanto Venezuela, y la planificación ambiental corresponde a la territoriedad en cuanto a localidad que, en el caso del presente estudio, corresponde al municipio.

En este orden de ideas, es pertinente transcribir dos de las muchas conclusiones señaladas por Sosa y Mantero (ob. cit.):

- Aún cuando el derecho ambiental corresponde a una inquietud universal del hombre de nuestros días, es posible señalar que el enfoque que del mismo hacen los países desarrollados y los en vías de desarrollo no es idéntico. (P. 26).

- La Ley deberá determinar con precisión la distribución de la materia ambiental entre el Gobierno Nacional y los Municipios (p. 76).

Si bien es cierto que la Ley Orgánica del Ambiente de 2006, al igual que la de  1976, atribuye al Poder Nacional las materias propias del derecho ambiental, también es cierto que algunas de ellas son atribuidas tanto a dicho Poder Nacional como al Poder Municipal.

En este sentido la Ley de 1976 prevé “La prohibición o corrección de actividades degradantes del ambiente” (ordinal 4º del Art. 3º) entre las cuales se cuentan “Las que directa o indirectamente contaminen o deterioren el aire, el agua, los fondos marinos, el suelo o el subsuelo o incidan desfavorablemente sobre la fauna o la flora” (ordinal 1º del Art. 20) y “Las que propenden a la acumulación de residuos, basuras, desechos y desperdicios” (ordinal 11 del Art. 20).

 

Observación: El proceso de indagación para la fundamentación legal ha presentado incontables inconvenientes por cuanto hay disparidad acentuada en los proyectos y versiones de la nueva Ley Orgánica del Ambiente. Se está tratando de identificar la versión final aprobada por la Asamblea Nacional y refrendada por el Poder Ejecutivo.

Tal inconveniente ha impedido terminar la redacción final de los aspectos relativos al manejo y disposición de la basura, por cuanto los mismos deben relacionarse con lo establecido en la Ley vigente.

Lo mismo ocurre con el aspecto relativo a la comunidad educativa, las disposiciones del Ministerio de Educación no siempre concuerdan con las de la Ley Orgánica y su Reglamento General vigentes, además cambian periódicamente. Se está indagando al respecto.

Las informaciones de la Asamblea Nacional y de la Defensoría del Pueblo publicadas en las respectivas PW muchas veces no coinciden o son contradictorias

Se está tratando de solucionar en lo posible dando una nueva redacción a lo ya planteado en la versión preliminar del sintagma gnoseológico

En consecuencia… La indagación continúa.

 

Estudio de la factibilidad de la investigación

El estudio de factibilidad de la investigación es la “predicción” que permite determinar si es probable, posible y conveniente efectuar la indagación en las condiciones resultantes del proceso de documentación, es decir, en función de los elementos del enunciado holopráxico y del objetivo general reformulado, y sobre la base de la teorización contenida en la fundamentación gnoseológica ya desarrollada o semielaborada.

En este sentido, la factibilidad es determinada respondiendo las interrogantes de tipo personal, metodológico y social planteadas por Hurtado de Barrera (2000) a fin de decidir si se efectúa la investigación, si se renuncia a ella o si es necesario reformular el enunciado y el correspondiente objetivo en otro nivel de profundidad o en otro contexto. Mediante el estudio efectuado, se pudo determinar lo siguiente:

·         Según los aspectos de tipo personal que conciernen a la investigadora, el estudio es factible por cuanto posee conocimientos y habilidades metodológicas, tiene acceso a la información y a los materiales necesarios para la investigación, dispone del tiempo y de recursos económicos necesarios y tiene posibilidad de obtener la asesoría y orientación metodológica y temática que exige el estudio; además, el tema se relaciona con sus intereses y expectativas personales y profesionales.

·         En cuanto a los aspectos de tipo metodológico la investigación es factible ya que, según la revisión documental, los fenómenos y eventos de estudio pueden ser abordados, en el nivel proyectivo, de manera adecuada desde el punto de vista metodológico, y, aún cuando no se han encontrado instrumentos metodológicos validados que permitan medir dichos eventos y fenómenos, es posible elaborarlos de manera que garanticen validez y confiabilidad.

·         La factibilidad social de la investigación está garantizada por cuanto aportará nuevos conocimientos a la comunidad científica del ámbito regional y nacional y sus resultados tendrán aplicación en cualquier municipio del Táchira y de Venezuela; además, el estudio contribuirá a impulsar futuras investigaciones de acción participativa, confirmatorias y evaluativas.

Como resultado del estudio de factibilidad, se reafirma la formulación tanto del enunciado holopráxico o pregunta de investigación como del objetivo general, por cuanto sus elementos constituyentes están completos y claramente determinados, es decir, se quiere elaborar un modelo, acerca de la gestión ambiental, de la municipalidad, para la participación de la comunidad educativa en el Estado Táchira con permanencia en tiempo y espacio, y las unidades de estudio estarán constituidas por concejos municipales y comunidades educativas.

Si bien es cierto que, el enunciado holopráxico, por lo general, es un interrogante cuya formulación sólo ocupa un pequeño párrafo, también es cierto que su correcta formulación requiere de todo un proceso de reflexión y toma de decisiones con relación a cada uno de los elementos que lo conforman.

En tal sentido, el estudio de la factibilidad también fue desarrollado mediante el uso de la matriz FLOR (matriz tipo FODA) la cual, en función de los elementos constituyentes del enunciado holopráxico, permitió determinar que sí es posible desarrollar la investigación en los términos establecidos en el enunciado holopráxico mediante la aplicación de las estrategias determinadas durante el desarrollo de la matriz FLOR, de tal manera es posible aprovechar las fortalezas y oportunidades, y superar en la medida de lo posible, las limitaciones y confrontar con éxito los retos asumidos (Ver infograma Nº 2)

 

 

Infograma Nº 2: Estudio de la factibilidad del enunciado holopráxico mediante el uso de la matriz tipo FLOR

Elementos del

enunciado holopráxico:

 

1. Qué: Elementos de un modelo

2. Acerca de: gestión ambiental

3. Quiénes: municipalidad y comunidad educativa

4. Dónde: Estado Táchira

5. Cuándo: Presente contemporáneo

Fortalezas (F)

1. El investigador está capacitado metodológica y temáticamente

2. El evento es factible, relevante y original

3. Existen suficientes fuentes de información y las unidades de estudio son accesibles

4. Existe la posibilidad cierta de contar con apoyo institucional de las municipalidades

5. Hay disponibilidad temporal suficiente

Limitaciones (L)

 

-. Existencia casi nula de investigaciones sistemáticas previas al presente estudio que conduzcan a la generación de conocimiento en el mismo nivel

-. El material susceptible de consulta como antecedentes corresponden a planes y proyectos de acción pero no de investigación

 

Oportunidades (O)

1. La comunidad científica desarrolla líneas de investigación

2. La comunidad científica y social requiere el estudio

3. Se cuenta con el apoyo de personal capacitado, fuentes y unidades de estudio disponibles en el contexto sociogeográfico

4. La comunidad científica ofrece apoyo

5. El momento es coyunturalmente favorable

Estrategias FO

 

(F1 , O1), Desarrollar la investigación en el nivel y holotipo determinado por el enunciado

(F2 - O2) acerca de la temática y los eventos seleccionados,

(F3 - O3), con las fuentes y unidades de estudio previstas

(F4 - F5 - O4 - O5) en el contesto ambiental y temporal previstos. 

Estrategias LO

- Intensificar la indagación documental con apoyo en la Internet

- Solicitar recursos bibliográficos y documentales a la comunidad científica (Universidades, Fundacite, Asovac)

- Aprovechar los recursos bibliográficos que suministran información sobre la temática, aún cuando los mismos no correspondan a investigaciones anteriores

Retos a asumir (R)

- No existen investigaciones anteriores en el mismo nivel, con evento similares e iguales unidades de estudio

- El ordenamiento jurídico en cuanto a manejo y disposición final de la basura es difusa y poco tratada

- El proceso investigativo deberá desarrollarse desde el estadio exploratorio y recorrer los estadios descriptivo, analítico y explicativo.

- Los costos monetarios de la investigación (previstos al inicio de la misma) se incrementan por la necesidad de ubicar las fuentes de información en cada Municipio del estado Táchira

 

Estrategias FR

 

 

 

- Reafirmar la formulación del enunciado holopráxico, del objetivo general y de los objetivos específicos

 

- Desarrollar la tabla holopráxica de los objetivos a fin de determinar con cierta precisión el diseño metodológico más conveniente a ser aplicado para el logro de cada uno de ellos

 

Estrategias LR

 

- Asumir la investigación en los fundamentos epistémicos de la investigación holística

 

- Intensificar la indagación en función de los objetivos específicos formulados

 

- Solicitar financiamiento en Fundacite-Táchira y en algunas Alcaldías del Estado Táchira

 

- Efectuar actividades autogestionarias para desarrollar el proceso investigativo de la manera más independiente posible

 

 

Elaborado por Fernández de Silva, en función de la adaptación de la matriz FODA (David, 1994:14) desarrollada por F de S (may. 2005:)

 

Referencias

Ander-Egg, Ezequiel (1995). Diccionario del trabajo social. 2ª Edición, Editorial Lumen. Buenos Aires. 351 pp.

Concejo Municipal del Municipio San Cristóbal. Ordenanza de Aseo Urbano y Domiciliario Nº 19 del 16-03-2005. Gaceta Municipal p.p. 76-414 Número extraordinario.

Coordinación Legislación e Internacional, Gerencia General de Asesoría Jurídica (s/f). Derecho ambiental en el marco constitucional y legal venezolano. PW www.pgr.gob.ve/Doctrinas/pdf/derechoambientalenlaconstituciónnacionalarticulo.pdf  Consulta del 14-09-2006

Defensoría del Pueblo (2004). Marco constitucional y legal del derecho ambiental. PW www.defensoria.gov.ve/lista.asp?sec=190104. Consulta del 14-09-2006

Fernández de Silva, Inés Otilia (may. 2005) Revisión documental y sintagma gnoseológico en Investigación Holística. Ediciones Quirón. Sypal. Caracas. 108 pp.

Kormondy, Edgard J. (© 1969). Conceptos de Ecología. 2ª edición en Alianza Universidad (1975). Madrid, españa. 251 pp.

Ley Orgánica de Educación. (1980). Gaceta Oficial 2.635 de fecha 28-07-1980

Ley Orgánica del Ambiente. Gaceta Oficial 31.004 de fecha 16 de junio de 1976. Promulgada por el Poder Legislativo el 07-06-1976. Refrendada por el Poder Ejecutivo el 15-06-1976

Ley Orgánica del Ambiente. Promulgada por la Asamblea Nacional el 12 de septiembre de 2006. (No está refrendada por el Poder Ejecutivo). Tomada de la PW de la Defensoría del Pueblo. Consulta del 15-03-2007

Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Gaceta Oficial 5.806 de fecha 10 de abril de 2006. (No tiene Fecha de promulgación por parte de la Asamblea Nacional. No está Refrendada por el Poder Ejecutivo)  Tomada de la PW Leyes de Venezuela http://www.leyesvenezolanas.com/ Consulta del 20-03-2007

Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (MARNR, 1979). Decretos conservacionistas del libertador. (Presentación de Carlos Febres Pobeda, Ministro del MARNR, y Prólogo de Manuel Pérez Vila). 

Sosa, Cecilia y Mantero, Oswaldo (nov. 1983). Derecho Ambiental Venezolano. Investigación sobre el Régimen Jurídico de la Ordenación, Conservación y protección del Ambiente. Fundación Polar y Universidad Católica Andrés Bello, Centro de Investigaciones Jurídicas adscrito a la Facultad de Derecho. Caracas. 175 pp.

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