
Aprobado
por la Comisión Delegada
REGLAMENTO SOBRE LA COMPETICIÓN. PARA LA TEMPORADA
2004/05
Artículo
1º.- REQUISITOS:
Todos los Equipos
participantes en las Competiciones de la RFEDI, deberán pertenecer a
Clubes legalmente constituidos e inscritos en las Federaciones
Autonómicas donde tengan fijada su sede social.
Además para participar en la
liga correspondiente deberán solicitar en el formulario oficial, remitido a
través de su Federación Autonómica, su
voluntad de participar en la Liga
2004/2005, de la categoría correspondiente, adjuntando el certificado del acta
del órgano de gobierno en que se haya acordado, y en el que conste el
compromiso expreso de acatar los reglamentos de la competición y las norma s y
estatutos de la Real Fedaración Española de Deportes de Invierno y de
su Federación Autonómica .
Artículo
2º.- Calendario,
La temporada oficial para la
celebración de las competiciones de hockey sobre hielo, dará comienzo y se
desarrollaran con arreglo al calendario deportivo aprobado por lor órganos
competentes de la RFEDI.
Artículo
3º.- Ámbito de aplicación.
Las presentes normas serán
de aplicación en las competiciones:
v Liga
Nacional de Hockey sobre Hielo 1ª División Hockey Hielo
v Copa
de S.M El Rey
v Copa
de S.A.R. El Príncipe (Sub 18)
Las competiciones del resto de las categorías inferiores se regirán por los reglamentos Técnicos correspondientes aprobados por la Comisión Delegada.
Artículo
4º.- Forma de disputarse.
1.
Liga
Liga Nacional 1ª división y Categoría Sub - 18
·
Liga regular de
14 jornadas ( A IDA Y VUELTA )
·
Semifinales al mejor de 3 partidos entre el 1º y 4º
clasificado y entre el 2º y 3º y
finales al mejor de de 5 partidos entre los ganadores de las semifinales ( Las
dos eliminatorias deben realizarse en
tres fines de semana ).
·
Clasificación de final de liga para 5º y 6º ( al mejor de
tres partidos )
·
Los Play-Off comenzarán tras disputarse la Copa del Rey
2.
Categoría
Sub – 18
Esta
categoría estará Integrada por 5 equipos y se estructurará conforme al
calendario oficial de la misma.
Los
equipos disputaran dos vueltas, coincidiendo con el calendario de Liga regular
Senior.
Altérmino
de las dos vueltas, el equipo clasificado en primera posición será proclamado
Campeón de Liga 2004/2005.
Artículo
5º.- Sistema de puntuación en Liga regular:.
2 puntos Partido
Ganado.
1 punto Partido
Empatado a cada uno.
0 puntos Partido
perdido.
No Existe prorroga ni punto
adicional, sólo se jugara prorroga y gol de oro en Play Off
En la Liga Sub 18 o Junior se
podrán inscribir en la competición los jugadores nacidos en:
v 1987,1988,1989,1990, y cuatro
jugadores de 1986
v Además
podrá inscribirse en la categoría 1 jugador nacido en
1985
v Se
podrán inscribir en la categoría Sub 18, de manera excepcional, jugadores
nacidos en el año 1990 siempre y cuando dispongan de autorización paterna y/o
materna para participar en la categoría superior. ( deberá presentarse junto con las licencias )
Artículo
7º.- Clasificación:
Los equipos serán
clasificados conforme al numero de puntos obtenidos.
En caso de igualdad de
puntos de dos o más equipos en cualquier clasificación se seguirán las
siguientes reglas para obtener la clasificación resultante:
1. Donde
dos o mas equipos están en igualdad de puntos, sus posicione serán determinadas
por los resultados obtenidos durante los partidos disputados entre dichos
equipos.
2. Si
la igualdad de puntos de partidos jugados entre dichos equipos o algunos
equipos siguiera existiendo entonces se aplicaría el sistema de goles. En este
caso los goles en contra serán deducidos de los goles a favor, el equipo que
obtenga el mayor factor positivo a una diferencia negativa inferior tendrá
precedencia.
3. Si
dichos equipos continúan estando en igualdad en la diferencia de goles,
entonces tendrá precedencia el equipo que haya obtenido un mayor numero de
goles a favor.
4. Si
la igualdad continua existiendo, entonces todos los goles de todos los partidos
dentro de ese grupo contaran, siempre y cuando todos los equipos en igualdad
hayan jugado contra los mismos contrarios.
5. Si
los equipos continuaran en igualdad de goles de todos los partidos, entonces tendrá precedencia el equipo que
haya obtenido un mayor numero de goles a favor.
6. Si
dos equipos claramente definidos en igualdad después de su ultimo partido
mutuo, entonces dicho partido se prolongara
según la regulación de los
partidos de Play-Off.
7. Si
la igualdad continua existiendo después de todo el procedimiento anteriormente,
después de la ronda preliminar de la competición , la competición por
lanzamiento de penaltis de los equipos en igualdad se aplicara según las
regulaciones del deporte de la IIHF, el ganador tendrá precedencia. Si los
equipos en igualdad estuvieran de acuerdo, su clasificación en ronda preliminar
podrá ser decidida por sorteo.
Artículo
8º.- Disposiciones de aplicación en el Play-Off.
1. FASE SEMI-FINAL PLAY OFF
1.1. En
la fase semi-final del Play Off, participaran los cuatro primeros equipos
clasificados durante la Liga Regular, concluida la segunda fase.
1.2. En
la fase Semi-Final del Play-Off, cada equipo juega un partido en casa y otro
fuera. Los equipos clasificados PRIMERO y SEGUNDO, juegan el primer partido de
eliminatoria en casa y el segundo fuera. En caso de ser necesario el desempate,
se vuelve a jugar en la pista de estos dos equipos PRIMERO Y SEGUNDO
clasificados.
1.3. Los
partidos de la fase semi-final del Play Off, se jugaran según las fechas
acordadas por el órgano competente de la RFEDI.
1.4. Para
clasificarse a la fase final del Play Off, se aplicara el siguiente sistema:
1.4.1.
En la Fase
Semi-Final del Play Off el equipo que gane dos de los tres partidos sera
proclamado ganador y pasara a la Fase Final del Play Off.
1.4.2.
Si después de
haber jugado un Partido de 60 minutos ambos equipos continúan empatados, se
prolongara el partido con una prorroga de diez minutos por el sistema de muerte
súbita (Regulación nº 1) es decir el equipo que marque el primer gol en este
tiempo de prorroga, seria el ganador de la eliminatoria y pasaría a la final
del Play Off.
1.4.3.
Si al finalizar ésta no se hubiera producido el
desequilibrio, se procederá al sistema de “Ganador del partido por lanzamiento
de penaltis “ (Regulación nº2).
2. FASE FINAL DEL PLAY - OFF:
2.1 En
la fase final del Play Off, el equipo Mejor Clasificado jugará el primero,
segundo y quinto partido (si es
necesario) en casa como local y el tercero y cuarto partido (si es necesario)
fuera como visitantes.
2.2 Los partidos
de la fase final del Play Off se jugaran según la fechas acordadas por los
organos competentes de la RFEDI.
2.3 Para
ser ganador de la Fase Final del Play Off. Se aplicara el sistema siguiente:
2.3.1
El equipo que gane tres de cinco partidos de la Fase Final,
sera proclamado Campeón de la Fase Final del Play Off. De la liga Nacional .
2.3.2
Si después de haber jugado un Partido de 60 minutos ambos
equipos continúan empatados, se prolongara el partido con una prorroga de
veinte minutos por el sistema de muerte súbita (Regulación nº 1) es decir el
equipo que marque el primer gol en este tiempo de prorroga, seria el ganador de
la Fase Final del Play Off.
2.3.3
Si al finalizar ésta no se hubiera producido el
desequilibrio, se procederá al sistema de “Ganador del partido por lanzamiento
de penaltis “ (Regulación nº2).
Artículo 9.- Regulaciones para el tiempo de prorroga en competiciones por
eliminatorias.
REGULACIÓN Nº 1:
Prórroga
En caso de que finalizado
los tres periodos reglamentarios haya empate en un partido de Play Off,
semifinal , se jugara un tiempo de prorroga de diez minutos despues de un
descanso de tres minutos. Los equipos defenderán las mismas porterías que
durante el tercer tiempo, y el juego se reanudará con el sistema de 4 contra 4
es decir 4 jugadores de campo y un portero. No habrá pase de maquina entre el
tercer periodo y la prórroga.
Si se tratara de un partido
o Play Off final, el tiempo de prorroga sera de veinte minutos y dará comienzo
después de un descanso de quince minutos
donde se procederá a pasar la maquina de limpieza del hielo durante el
mismo.
Los equipos cambiaran de
porterias y y el juego se reanudará con el sistema de 4 contra 4 es decir 4
jugadores de campo y un portero.
Todas las sanciones por
falta seguirán en vigor.
El saque neutral se
efectuara en el punto central de la pista.
El partido finalizara cuando
se haya marcado un gol. El equipo que haya marcado un gol, sera proclamado
ganador.
Si finalizara el tiempo de
prorroga sin que ningún equipo haya marcado un gol, se aplicara el
procedimiento de “Ganador del partido por tandas de penaltis”
REGULACIÓN Nº 2: Regulación procedimiento de ganador del partido por lanzamientos del
penalti.
Si un partido de
eliminatoria sigue empatado después de la prorroga correspondiente, se procederá
de inmediato al sistema de “ganador del partido por lanzamientos de penalti”
Cada equipo designara por
escrito (nombre y numero del jugador) 2 porteros y 5 jugadores en el orden que
lanzaran los penaltis.
Cualquier jugador que este
cumpliendo una sanción por falta, eso incluye aquellos jugadores que estén
cumpliendo faltas del portero o del equipo y no haya finalizado una vez acabada
la prorroga, no podrá ser designado como uno de los jugadores para efectuar los
lanzamientos de penalti y deberá seguir en el banquillo de sancionados.
Una vez nombrados estos
jugadores. Solo podrán ser reemplazados por lesión o por sanción (Un jugador sustituto sera reflejado en la
ultima posición de la lista pata el lanzamiento de penaltis).
El arbitro llamara al
capitán de cada equipo al centro de la pista para determinar a cara o cruz con
una moneda, quien sera el primer equipo en dar comienzo a la tanda de penaltis.
Los porteros defenderán la
portería máscercana a su banquillo de jugadores y podrán ser cambiados después
de cada lanzamiento.
Para lanzar los penaltis, la
regla 406 del reglamento oficial de la IIHF / RFEDI. Se aplicará.
Los jugadores de ambos
equipos lanzaran los penaltis alternativamente hasta que el gol decisivo sea
marcado. Los lanzamientos restantes no se efectuaran.
Si el resultado sigue
empatado después de 5 lanzamientos por cada equipo, el procedimiento se volverá
a repetir pero con el sistema de “Muerte Súbita” con el otro equipo lanzando
primero en la tanda de penaltis hasta que el gol decisivo sea marcado. Muerte
súbita por lanzamientos de penalti, consiste en que en el momento que un equipo
marque gol de un penalti y el otro falle, se proclama ganador al equipo que
haya marcado el penalti.
El anotador oficial (Juez de
Mesa) anotara todos los lanzamientos efectuados reflejando jugadores porteros y
goles marcados.
Solo el gol decisivo contara
de cara al resultado del encuentro y sera acreditado al jugador que marco el
gol y al portero que encajo el gol de cara al Acta Oficial del partido y las
estadísticas.
Si cualquiera de los dos
equipos se negara a participar en el procedimiento de lanzamientos de penalti,
el otro equipo sera declarado ganador del partido. Si un jugador se negara a
lanzar el penalti, el lanzamiento no efectuado sera declarado como “no gol”
para su equipo.
Al término de las dos
primeras vueltas de la Liga Regular, los equipos participantes en la Copa de SM
El Rey, quedarán encuadrados en dos grupos de competición denominados “NORTE-CENTRO”
y “ESTE” que competirán por dos plazas en la Final a Cuatro de la Copa,
mediante el sistema de liguilla a Ida y Vuelta dentro de cada grupo.
El grupo “NORTE_CENTRO”
estará integrado por los equipos inscritos de Vitoria, San Sebastián y Madrid.
El grupo “ESTE” estará
integrado por los equipos inscritos procedentes de Barcelona, Puigcerdá y Jaca.
Los cuatro equipos
clasificados para la Fase Final de la Copa e S.M. El Rey disputaran las Semifinales y final DURANTE UN FIN DE
SEMANA, según el Calendario que se apruebe. Quedando emparejados de la
siguiente forma, : Primer clasificado del grupo “Norte_centro” contra el
Segundo clasificado del grupo “Este” y
Primer clasificado del grupo “Este” contra Segundo clasificado del grupo
“Norte_Centro” y los vencedores disputaran el titulo.
En caso de quedar sanciones
pendientes de cumplir, se cumplirán en el partido oficial inmediato que juegue
su equipo durante la misma temporada. Si no particiapase en ningún partido
durante la citada temporada se cumplirán
al incio de la siguiente temporada.
El CLUB organizador de la
Copa de S.M. El Rey en su fase final, correrá con los gastos que supone la
estancia y manutención de los equipos asistentes a esta Fase Final, compuestos
por 20 jugadores y 3 acompañantes por Club, así como hacerse cargo de los
gastos de arbitraje. Asimismo el organizador abonará 750 Euros, en concepto de
canon de participación, a cada uno de
los equipos participantes en la fase final.
Al término de la dos vueltas
de la Liga sub-18, los equipos participantes en la Copa de SM El Rey, quedarán
encuadrados en dos grupos de competición denominados “NORTE-CENTRO” y “ESTE”
que competirán por dos plazas en la Final a Cuatro de la Copa, mediante el
sistema de liguilla a Ida y Vuelta dentro de cada grupo.
El grupo “NORTE_CENTRO”
estará integrado por los equipos inscritos de Vitoria, San Sebastián y Madrid.
El grupo “ESTE” estará
integrado por los equipos inscritos procedentes de Barcelona, Puigcerdá y Jaca.
Los cuatro equipos
clasificados para la Fase Final de la Copa e SAR. El Príncipe disputarán las Semifinales y final DURANTE UN FIN DE
SEMANA, según el Calendario que se apruebe, quedando emparejados de
la siguiente forma, : Primer clasificado del grupo “Norte_centro” contra el
Segundo clasificado del grupo “Este” y
Primer clasificado del grupo “Este” contra Segundo clasificado del grupo
“Norte_Centro” y los vencedores disputaran el titulo.
En caso de quedar sanciones
pendientes de cumplir, se cumplirán inmediatamente en lo siguientes partidos que dispute dicho equipo durante la
misma temporada o al inicio de la siguiente temporada.
El CLUB designado como
organizador de la Copa de S.A.R el Principe en su fase final, con arreglo al
calendario aprobado, deberá comprometerse
en su solicitud a correr con los gastos que supone la estancia y
manutención de los equipos asistentes a esta Fase Final, compuestos por 20
jugadores y 3 acompañantes por Club, así como hacerse cargo de los gastos de
arbitraje.
Artículo
12.- Cambio de horario:
Los Clubs deberán remitir a
la RFEDI los horarios de los partidos como equipo local, mínimo 15 días antes
del comienzo de la Liga. Para los cambios de horario, debe formalizarse por
escrito y que habrá de tener entrada en el Área Estatal (Hockey Sobre Hielo de
la RFEDI) con una antelación mínima de quince días a la fecha que deba de
celebrarse el partido cuyo horario se
pretenda modificar.
Abstracción hecha de los
casos en que concurran circunstancias que determinen los retrasos de los que
quedan hecha dicha mención, todos los encuentros de hockey hielo tendrán una
tolerancia máxima e improrrogable de quince minutos sobre la hora oficial de
comienzo de los mismos.
Salvo lo previsto en el
apartado anterior, en el supuesto de que un partido no comenzara a la hora
prefijada con mas de los quince minutos de tolerancia, el arbitro principal
suspenderá el partido.
Dando como perdedor al
equipo infractor y con un resultado de
5-0 en su contra
Los Clubes visitantes no
aceptaran jugar partidos con retrasos en las horas de comienzo, siempre que
sean superiores a los indicados en las disposiciones establecidas.
Artículo
13.- Cambio de fecha:
Los cambios de fecha se
ajustaran a los criterios siguientes, si bien tales cambios solo se autorizaran
en casos debidamente justificados. En todo caso, la nueva fecha, que de mutuo
acuerdo, propongan los clubes implicados, deber
situarse dentro de las dos semanas anteriores o posteriores a la fecha
inicialmente señalada en el calendario para la celebración del partido cuyo
cambio se solicite, o en su defecto en las fechas señaladas en el Calendario
para partidos aplazados.
En el caso en que los Clubes
no lleguen a un acuerdo decidirá el Comité Federattivo
de Disciplina Deportiva y Competición.
A efecto de cambios de
fechas de los partidos, deber tenerse en cuenta:
Que al termino de la primera
fase de la Liga Nacional 1ª División, habrán de estar celebrados todos los
partidos correspondientes a la misma.
Que en las dos ultimas
jornadas del calendario aprobado, no se autorizara ningún cambio de fecha.
Ademas, en estas dos jornadas, el Área Estatal de la RFEDI. Podrá fijar una
hora de comienzo igual para todos los partidos de acuerdo con los Clubes.
Artículo
14.- Partido suspendido regla 607.
Se dará por suspendido un
partido cuando un equipo hace acto de incomparecencia para dicho encuentro, ó
cuando un equipo no de comienzo el partido después de una parada de juego, ó
cuando un equipo se retira antes de finalizar el partido infringiendo las
reglas del Reglamento Oficial de la RFEDI.
Cuando se declare un partido
suspendido, se registrara un resultado de 5-0 en contra del equipo infractor.
En caso de que el resultado actual del partido sea más favorable que la
suspensión del partido hacia el equipo no infractor, se dará validez al
resultado actual.
Cuando los dos equipos sean
responsables de que se suspenda un partido, se registrara con una derrota y un
resultado de 0-0, y -1 puntos respectivamente para cada equipo.
Cuando un equipo visitante
en la pista no pueda disputar, continuar o finalizar el partido por problemas
técnicos de la pista de hielo del equipo local. El equipo local, sera
sancionado con 0 puntos y con un resultado de 0-5.
1-
Se consideran problemas técnicos aquellos que imposibiliten
las practicas del Hockey sobre Hielo según la normativa de la RFEDI.
2-
En caso de que el problema técnico, debidamente
justificado, se comunique con un
adelanto de 48 horas, el equipo visitante no estará obligado a viajar o
realizar el desplazamiento.
Ambos equipos podrán pactar
un nuevo encuentro y comunicarlo en un plazo máximo de 7 días dicho acuerdo
deber esta plasmado y firmado en el acta arbitral con el mismo arbitro como
testigo.
En caso de no haber acuerdo,
se dará por perdido el partido al
equipo local, siendo sancionado este
con 0 puntos y un resultado de 0-5
En caso de haber acuerdo y
no comunicarlo o no cumplir el mismo, ambos equipos serán sancionados con 0
puntos y resultado de 0-0.
Cuando un equipo o equipos
sean causa de suspensión de un partido que ya esta en progreso, entonces, en
suplemento, se deducirá 2 puntos al
equipo o equipos culpables. El caso será elevado al Comité de Disciplina y
Competición de la RFEDI. Para posibles
sanciones disciplinarias adicionales.
NOTA: Un
partido será considerado en progreso desde el saque neutral inicial hasta el
pitido final.
Excepciones:
En el caso de que un partido
sea suspendido por causa de fuerza mayor, ( se puede considerar causa Mayor,
problemas de nieve o inclemencias del tiempo, accidentes o circunstancias
similares) la nueva fecha para su
celebración será propuesta de mutuo acuerdo por los clubes afectados
ajustándose en posible en lo señalado en el apartado anterior. De no producirse
mutuo acuerdo, la nueva fecha será la reservada en el calendario para partidos
aplazados, y en caso de que estén previstos más de un partido aplazado, será
fijada por el Área Estatal Hockey Hielo de la RFEDI.
Los partidos suspendidos por
decisión arbitral. Serán objeto de tratamiento por el Comité Federativo de
Disciplina Deportiva y Competición, adjuntando informe que en unión del acta
del encuentro remitirá al Comité de Disciplina Deportiva de la RFEDI, dentro de
las 24 horas siguientes a la fecha del encuentro suspendido.
Queda expresamente excluida
de las disposiciones anteriores la suspensión oficial de aquel partido que
pueda afectar a un club que tenga jugador o jugadores participantes en
actividades de la Selección Española de Hockey sobre Hielo.
Artículo
15.- Incomparecencia:
En caso de incomparecencia
no justificada conforme a lo establecido en el artículo anterior se notificará al Comité Federativo de
Disciplina Deportiva y Competición quién procederá conforme a lo establecido en
el vigente Reglamento de Disciplina Deportiva de la RFEDI y además declarará perdedor al equipo
causante con 0 puntos y un resultado de 0 – 5.
En caso de que incurra en
una segunda incomparecencia, será considerado como reincidente.
En caso de una tercera o más
incomparecencia o bien abandono de la competición de un mismo equipo, el Comité Federativo de Disciplina Deportiva
y Competición además de la correspondiente sanción dictaminará le pérdida de la
fianza exigida para participar en la competición.
Cuando un equipo o equipos
sean causa de suspensión de un partido que ya esta en progreso, entonces, en
suplemento, se deducirá 2 puntos al
equipo o equipos culpables. El caso será elevado al Comité de Disciplina y
Competición de la RFEDI. Para posibles
sanciones disciplinarias adicionales.
Artículo 16.- LICENCIAS.
16.1 Trámite Inicial.
A partir del día 1 de
Septiembre del 2.004, Los clubes solicitaran de la Federación de ámbito
autonómico correspondiente, el número de licencias que precisen para la
participación de sus jugadores, técnicos y delegados en las competiciones a las
que hayan de concurrir y cumplimentaran tal documento con arreglo a la
normativa. Dichas licencias deberán
reunir los requisitos establecidos en el vigente Reglamento de Expedición y Habilitación
de Licencias de la RFEDI y tramitarse conforme a lo regulado en él y a las
instrucciones de tramitación que lo desarrollan.
16.2 Expedición.
La expedición de licencia
para el inicio de la temporada 2.004/05, se podrá efectuar por las Federaciones
de ámbito autonómico a partir del día 1
de Septiembre del 2.004.
1. Para
su validez la licencia tendrá que ser expedida o habilitada al menos con tres
días antes de la celebración del partido para que aquella se formalice. La
licencia deberá estar debidamente diligenciada.
2. Excepcionalmente
la RFEDI, y siempre que concurran causas de fuerza mayor, podrá sustituir el
documento acreditativo de estar en posesión de la licencia por un fax,
debidamente firmado que remitirá al árbitro principal antes del inicio del
partido. En caso de no-presentación de la licencia al árbitro, esta procederá a
su inclusión en el Acta para su notificación al Comité Federativo de Disciplina
Deportiva y Competición quién podrá sancionar la falta de licencia como
alineación indebida.
3. En
caso de presentarse un equipo con la falta de alguna ficha por extravío
deterioro sobrevenido, el titular de la licencia deberá presentar al árbitro su
DNI o pasaporte para su correcta identificación. El árbitro consignará dicha
circunstancia en el Acta para su notificación al Comité Federativo de
Disciplina Deportiva y Competición
quién comprobará en el correspondiente registro de la RFEDI que la misma
estaba en vigor conforme a lo establecido y ordenará la emisión de un
duplicado. Dicha resolución será
comunicada a ambos clubes y al árbitro del encuentro.
4. La
cartulina que emita la Federación Autonómica a sus Clubes correspondientes,
deberá llevar el espacio reservado
para la foto del solicitante.
5. Todas
las licencias deberán incluir una fotografía actual del titular debidamente sellada, ir acompañada de un Certificado Médico
Oficial (Original) que deberá ser
entregado en la Federación Autonómica correspondiente y que faculte para la
práctica del hockey hielo en competición oficial y Documento Nacional de
Identidad (Fotocopia legible) o Pasaporte (Fotocopia legible).
NO SE ADMITIRÁN A TRAMITE
LICENCIAS CON FECHA POSTERIOR A LA CELEBRACIÓN DE LA 6ª JORNADA DE LIGA.
Artículo 17.-JUGADORES.
17.1 Consideración sobre jugadores Sénior:
Todos aquellos jugadores que
jueguen al menos un partido
de cualquier competición nacional en una misma temporada con un Club no
podrán cambiar de Club hasta la siguiente temporada salvo que este
cambio sea acordado, dentro de las 6 primeras jornadas, por escrito de los
clubes implicados en el cambio siendo comunicado a la RFEDI. En este caso se
deberá proceder a la emisión de una nueva licencia a nombre del nuevo club.
17.2 Consideraciones sobre jugadores Sub - 18.
Las licencias de estos
jugadores serán de color blanco y podrán suscribir las mismas aquellos
jugadores cuyas fechas de nacimiento estén comprendidas en los años 87, 88, 89,
90. Estos dos últimos años los
jugadores deberán acompañar autorización paterna y certificado médico para
poder jugar en la categoría Sub -18.
Asimismo se autoriza la
inscripción ( suscripción de licencia) en la competición de esta categoría de
cuatro (4) jugadores nacidos en el 86 y un (1) jugador nacido en 1985 por parte
de cada club inscrito en esta competición.
Los jugadores de categoría
Sub-18 en el transcurso de la competición podrán ser alineados en partidos de
la categoría sénior, cuantas veces desee el club que lo realice. En ningún caso
un jugador júnior podrá jugar dos partidos en la misma jornada. En ningún caso
podrán alinearse jugadores menores de 16 años en los equipos sénior de cada
club.
Las categorías inferiores quedaran regidas según la normativa del Hockey
Hielo y se denominaran
Sub - 16, Sub - 14, Sub – 12
y Sub - 10. ( Tan sólo podrán alinearse
jugadores hacia abajo con dos años de diferencia exclusivamente)
Los jugadores de categoría
Sub - 18 que su club estime puedan alinearse con el equipo de 1ª División
(Sénior), al presentar la solicitud de inscripción (licencia deportiva),
deberán acompañar reconocimiento médico, y además una autorización escrita de
quién ostente la patria potestad en la que conste autorización expresa para ser
alineados en categoría superior.
Los jugadores de esta
categoría que no acompañen los documentos antes citados, no podrán alinearse en
1ª división (sénior). Su alineación podrá ser considerada por el Comité
Federativo de Disciplina Deportiva y Competición como alineación indebida.
Los clubes que participen en
categoría Senior y Sub - 18, han de presentar un
mínimo de 15 deportistas con licencia. No podrán competir aquellos clubes que
no reúnan dicho requisito.
17.3 Jugadores Extranjeros o Comunitarios.
El documento Transfer-Card
(ITC) de jugadores extranjeros se facilitará por la Real Federación de Deportes
de Invierno, previa solicitud por escrito e ingreso en las cuentas de la RFEDI
de los correspondientes derechos, conforme a la normativa de la IIHF. En los
ITC se hará constar la solicitud anual, bianual o ilimitada del jugador a la
Federación de procedencia.
No se tramitará ningún Transfer Card que no esté abonado previamente
y remitido el resguardo de ingreso a la RFEDI
Los derechos a pagar serán
los estipulados para tal efecto por la IIHF y, en su caso, por la Federación
Miembro de procedencia del jugador en Francos Suizos, según la cotización en el
mercado de divisa del día de entrega, por cada uno de los Transfer-Cards
solicitados.
Para la temporada 2004-2005:
ITC ( International
Transfer Card )………………………. 300
CHF
Trámitación Urgente IIHF via
fax (validez 30 días)....... 100
CHF
Derechos Federación Miembro
..................................... 500
CHF (máximo autorizado IIHF)
Tramitación y Validación
RFEDI...................................... 100
CHF
No se admitirán licencias de
ningún extranjero o comunitario hasta que la Federación Autonómica
correspondiente disponga de la autorización que será comunicada por la RFEDI.
En la temporada 2004/05, se acuerdan los siguientes límites para la
alineación de deportistas que no sean de nacionalidad española:
1. Según
acuerdo de la temporada anterior sobre
la participación del 60% de jugadores nacionales, será al menos
de 7 y un máximo de 4 jugadores
extranjeros inscritos en el acta para jugar en cada partido (en el supuesto
mínimo de alinear 11 jugadores). Caso
de no ser exacto el porcentual resultante se acercará al entero más próximo,
ej. 7’2 = 7; 7’6 = 8
2. Los jugadores no nacionales que hayan competido en categorías inferiores durante
al menos las 4 temporadas anteriores no ocuparán plaza de extranjero en
categoría senior
Se establece como objetivo
que el % de los jugadores inscritos en el acta para jugar en cada partido que
deberán ser nacionales vaya en aumento en las dos próximas
temporadas con el fin de preservar la cantera, así:
- Temp. 2005/2006 70%
- Temp. 2006/2007 80%
Los jugadores no nacionales
deberán cumplir las normas establecidas por el Estado Español en el caso de
residencia por estudios o contrato de trabajo.
Cuando un equipo alinee uno
o varios jugadores sin ficha o Transfer Card incurrirá en alienación indebida
siendo sancionado por el Comité de Disciplina de la RFEDI con Falta Grave.
Artículo 18.- Actas e
Informes Arbitrales.
Los árbitros que intervengan
en las competiciones nacionales citadas en el punto 2 de las presentes normas,
deberán cumplir estrictamente las siguientes formalidades:
1.
Enviar el acta del partido dentro de las 48 horas
siguientes a la finalización del mismo
a la RFEDI (vía Internet o fax, antes de las 36 horas posteriores a la
finalización del partido).
2.
En el supuesto de que el acta remitida figurare alguna
circunstancia susceptible de sanción o resolución conforme a la normativa
vigente por parte del Comité Federativo de Disciplina Deportiva y
Competición, y sea necesario redactar
un informe complementario del acta del partido, el árbitro deberá,
entregar dicho informe y la copia del
acta que se entrega a los clubes. En
todo caso dicho informe complementario deberá ser remitido por fax o correo
electrónico a la RFEDI, dentro de las 48 horas
de haberse producido los hechos susceptibles del mismo. El original deberá ser
remitido igualmente por correo para su
inclusión en el respectivo expediente.
De no ser posible por falta de
medios el entregar dicho informe por el
árbitro en la
misma pista a los Clubes,
deberá hacerlo constar este a la
RFEDI, para que el mismo
lunes por la mañana se dé traslado a los interesados.
3.
En
el Acta solo podrá escribir el Árbitro principal del partido.
4.
El acta deberá incluir una casilla donde se reseñará si
un jugador es nacional o extranjero.
Artículo 19.- Protestos.
Los escritos que los clubes
hayan de enviar, como consecuencia de actas protestadas, serán remitidos en el
plazo de 48 horas, mediante fax o e-mail a contar desde la finalización del partido,
al Comité de Disciplina Deportiva y Competición de la RFEDI. El original deberá
ser remitido ulteriormente por correo o entrega en mano en el registro de la
RFEDI, para ser adjuntado al expediente.
Si dicho escrito no tiene
entrada en el plazo establecido, será desestimado, salvo que el protesto se
hubiera acompañado al acta arbitral.
Artículo 20.- Petición de Delegado Federativo.
La petición de Delegado
Federativo deberá hacerse mediante escrito dirigido al Área Estatal de la RFEDI
con una antelación mínima de siete días a la fecha en que el partido debe
jugarse. Los gastos derivados de la asistencia del citado delegado
correrán por cuenta del solicitante,
quién deberá reembolsárselos a la RFEDI.
Artículo 21.- Medidas de Seguridad
A tenor en lo establecido en
el articulo 69 de la vigente Ley del Deporte y normas que la desarrollan para
la prevención de la violencia en el deporte: “Los organizadores y propietarios
de las instalaciones deberán garantizar las necesarias medidas de seguridad de
los recintos deportivos...” En consecuencia se considerarán como organizadores
de los partidos oficiales y amistosos al Club residente en la pista donde se
realice la competición o en su caso al club solicitante de la misma. En
consecuencia serán considerados como tales a los efectos previstos en el artº
63 (de la Ley del Deporte
Los árbitros no deberán permitir el inicio de los partidos si no se cumplen
las medidas de seguridad y no se encuentra presente el servicio medico
obligatorio. Tampoco permitirán la realización de partidos oficiales de las
Ligas o Copas en pistas que no cuenten, o al menos hayan solicitado la
preceptiva homologación.
Artículo 22.-
Asistencia Médica.
Todas las instalaciones
deportivas donde se hayan de celebrar partidos de hockey sobre hielo de ámbito
nacional, deberán contar con un servicio básico medico - sanitario para
asegurar la asistencia urgente, y evacuación en su caso, que pueda precisarse en caso de incidencias
de esta índole.
En el caso de que dicho
servicio no contara con un coche - ambulancia para la rápida evacuación a un centro sanitario de quien pudiera
resultar accidentado, se adoptaran las medidas que sean precisas para que el
mismo pueda recibir asistencia con toda celeridad.
Artículo 23.-
Requisitos Técnicos de las Pistas de Hielo.
Regla 112,- Vestuarios e iluminación de la pista.
Un vestuario separado y
equipado con un servicio sanitario higiénico y ducha será proporcionado a los
árbitros y linieres para su uso exclusivo.
Ningún directivo, delegado, jugador
o empleado de cualquier equipo podrá entablarse en discusiones con los árbitros
durante o después de los encuentros, y ninguna persona salvo aquellos
autorizados por la Federación pertinente y el personal del Club exclusivamente
para facilitar la acomodación, tendrán acceso a los vestuarios de los árbitros
durante el transcurso del encuentro o una vez finalizado.
Cualquier infracción a esta
regla, el árbitro principal dará parte a las autoridades pertinentes para su
conocimiento para que lleven a cabo las acciones correspondientes.
Artículo
24.- Regla 203,- Jugadores en Uniforme.
Todos los jugadores de cada
equipo vestirán de manera uniforme con el mismo color de casco (a excepción del
portero), camiseta, pantalones y medias. La camiseta y las medias serán del
mismo color. El color básico deber cubrir aproximadamente el 80% de cada parte
del Uniforme, (excluyendo el número y el nombre).
No obstante lo anterior
mencionado, el portero podrá utilizar un casco de diferentes colores al resto
del equipo.
En todos los encuentros
cuando, según el criterio del
arbitro principal, los colores de los equipos contrincantes sean tan parecidos
que pueda existir la posibilidad de cometer un error arbitral, por parte del
arbitro principal y los linieres serán la
responsabilidad del equipo local quien tendrá que cambiar sus camisetas si el
arbitro principal del encuentro así
lo solicita.
Antes de un encuentro, un
equipo sénior o sub - 18 debe
poder situar en el hielo jugadores
uniformados en un número mínimo igual a:
10 jugadores más 1 portero.
Artículo 25.- PROTECCIÓN
OBLIGATORIA SEGÚN EDADES:
·
REJILLA O PANTALLA PROTECTORA FACIAL COMPLETA HOMOLOGADA POR LA IIHF ( según edad y categoría ).
·
COLLARIN O PROTECTOR DE CUELLO,
HOMOLOGADO POR LA IIHF ( hasta 18 años)
·
PROTECTOR BUCAL (
TODOS )
Si cualquier jugador no lleva correctamente puesto el equipamiento de protección obligatorio, se le aplicará la Regla 304 “ Protecciones “ apartado ( f);
vigente en el Reglamento Técnico de la RFEDI.
Artículo
26.- Alineación de Jugadores:
Mínimo para comenzar un partido, se
requiere presentar, 11 jugadores (10 de
campo más 1 portero)
En caso de no cubrir este
cupo al inicio del partido. El arbitro principal no tendrá otra alternativa que
declarar el encuentro suspendido, se notificara al Comité de Disciplina
Deportiva y Competición de la RFEDI. Para tomar medidas adicionales.
Artículo
27.- PARTICIPACIÓN INTERNACIONAL
Participara en la Copa
Continental Europea y atendiendo a la normativa de inscripción de cada
temporada de dicha competición en la IIHF, el
equipo ganador de la Liga Nacional del País.
1º.- Campeón de Liga.
En caso de existir renuncia
por el club Campeón de Liga, se podrá
inscribir el clasificado inmediatamente
después.
Artículo
28.- TORNEOS Y COMPETICIONES DE CATEGORÍAS INFERIORES
La organización de torneos oficiales en categorías inferiores
(todas excepto Senior y Sub –18) del Hockey sobre Hielo, fuera del proceso
anual de solicitud de inclusión en el calendario oficial, seguirán las
siguientes reglas:
1º) La competición deberá
ser solicitada por el club organizador a su Federación Autonómica, para que une
vez aceptada por esta se remita a la RFEDI, quién una vez revisada por el
Comité de Calendarios la someta a la aprobación de la Comisión Delegada. La solicitud deberá ser remitida por la
Federación Autonómica a la RFEDI al menos con
21 días de antelación a su celebración .
2º) La solicitud irá acompañada de la
autorización pertinente de la instalación deportiva donde se vaya a celebrar,
que en todo caso deberá cumplir con los requisitos establecidos en el
Reglamento de Homologación de Pistas, así como de la propuesta de reglamento
del Torneo para su visado. El citado reglamento deberá ser conforme con el
Reglamento Técnico de Hockey Hielo.
3º) Los participantes
deberán tener Licencia Federativa, siendo condición indispensable,
fundamentalmente, en los campeonatos oficiales aprobados por la RFEDI.
4º) Se creará para el campeonato solicitado un
directorado que constara de al menos un representante por Club participante, un
delegado federativo y un representante de árbitros, donde se trasladaran las
incidencias del torneo, tomando las medidas oportunas al respecto. Este
directorado se reunirá al menos una vez antes del torneo otra a mitad del mismo
y otra al final de la competición. En caso de incidencias excepcionales se
reunirá con carácter extraordinario cuantas veces fueran necesarias.
5º) Los equipos que deseen
participar se inscribirán al campeonato o torneo mediante documento enviado a
su Federación Territorial y tramitado a la RFEDI asumiendo los requisitos del
mismo. Esta inscripción deberá realzarse al menos una semana antes.
6º) La organización
establecerá el orden de partidos de los campeonatos, así como los horarios de
los mismos en función de los equipos inscritos.
7º) El arbitraje del
campeonato se trasladara a la decisión del Comite de Jueces, Árbitros y
Delegados Técnicos de la RFEDI.
8º) El organizador deberá
incluir el servicio medico necesario para el torneo que al menos deberá contar con un ATS y medio de
transporte rápido para traslado en caso necesario a un centro sanitario. Este
requisito sera intensificado en el momento que las categorías sean superiores a
los 16 años teniendo que tener como mínimo un medico y una ambulancia como
vehiculo de transporte en caso necesario.
Artículo
29.- REQUISITOS PARA LA REALIZACIÓN DE PARTIDOS AMISTOSOS,
1º) Se deberá solicitar el
correspondiente partido a la Federación Territorial y la RFEDI, con una antelación mínima de 7 días
antes de la celebración del partido.
2º) Ambos equipos deberán
dar su conformidad por escrito a la RFEDI, deberán estar al día en sus
licencias y documentos aseguradores de los jugadores.
3º) El club organizador
deberá adjuntar el horario del correspondiente o correspondientes partidos en
caso de celebrarse mas de uno.
4º) El Club organizador
podrá solicitar a la Federación la
designación de arbitros con un mínimo de 7 días para tal cometido y deberá responsabilizarse del pago de los mismos,
entregando los honorarios al respecto antes del segundo tiempo del partido o
partidos a celebrarse.
5º) Aquellos partidos que
sean internacionales o participe algún equipo extranjero o de la UE, deberán
tener conocimiento la Federación de origen del equipo o equipos indicados.
6º) Cualquier organización
de un partido amistoso supone aceptar y cumplir la normativa de competición
establecida por la RFEDI, así como el correspondiente reglamento disciplinario,
afectando sobre las competiciones oficiales o no oficiales.
La Competición se regirá
según el Reglamento actualizado vigente y aprobado por la comisión delegada.
Se remitirá a los Clubes y al
Coordinador de Árbitros las resoluciones del Comité de Disciplina Deportiva y
Competición.
Todos los deportistas con
licencia en vigor podrán ser objeto de los controles de dopaje establecidos por
los órganos competentes, tanto en competición como fuera de ella.
El incumplimiento de las disposiciones que contiene la
presente comunicación, será sancionado en la forma establecida en el Régimen
Disciplinario Deportivo de la Real Federación Española de deportes de Invierno.