Términos de comercio internacional (incoterms)
Cuando los comerciantes entran en un contrato para la compra y la venta de mercancías, están libres de negociar términos específicos en su contrato. Estos términos incluyen el precio, la cantidad, y las características de las mercancías. Cada contrato internacional contiene lo qué se refiere como Incoterm (reglas internacionales para la interpretación de términos comerciales) El Incoterm seleccionado por los comerciantes de la transacción, determinará quién pagará el costo de cada segmento del transporte, quién es responsable de cargar y descargar la mercancía, y quién lleva el riesgo de la pérdida en un momento dado durante el envío internacional. Incoterms también influencian el valor de la mercancía importada a través de una aduana.
Los incoterms se refieren a transporte, riesgos, seguros, envase y embalaje, obligaciones arancelarias y aduaneras. Implican ,pues, donde acaba y empieza la responsabilidad del comprador o del vendedor. El propósito de tales condiciones es aportar reglas internacionales para poder dar una interpretación uniforme, evitar malentendidos. La principal función es determinar con la mayor precisión la forma en que los costos deben distribuirse entre exportador e importador. La incorporación de los incoterms en el contrato no constituyen un ordenamiento legal su adopción es voluntaria, es un mutuo acuerdo; de no aplicarse, en caso de disputa, aplicará el ordenamiento legal nacional correspondiente. Fueron reconocidos en Viena en 1980, México los adoptó en aquél año. Los incoterms están estructurados de la siguiente manera: Las reformas establecidas obligan a aclarar el año correspondiente a cada incoterm. La siguiente tabla explicará de mejor manera las obligaciones de transporte y de aduanas del vendedor. La elección del incoterm adecuado dependerá de varias circunstancias, entre ellas verificar que no existan restricciones o diferentes interpretaciones, valorar las ventajas competitivas de cada término, los costos de transporte, el valor de lo seguros y riesgos.
Los Incoterms son supervisados y administrados por la Cámara de Comercio internacional en París y son incluidos por las principales naciones comerciales del mundo. Actualmente hay 13 Incoterms en uso, y pueden ser considerados en términos de la base citada arriba. Toda los Incoterms actuales están descritos abajo en un orden ascendente a la responsabilidad del vendedor. Sin embargo, Exw, FOB, CIF, y DDP son los Incoterms usados más frecuentes para los propósitos de NextLinx
GRUPO E. SALIDA
Bajo EXW, el vendedor reduce al mínimo su riesgo, teniendo las mercancías disponibles en su fábrica o lugar de negocio
En fábrica (EXW)
El vendedor (exportador) pone la mercancía a disposición del comprador (importador) en las premisas del vendedor. El comprador es responsable de todos los costos de transportación, aranceles, seguro, y acepta el riesgo de la pérdida de mercancía, inmediatamente después que la mercancía se compra y se coloca afuera de la fábrica. El precio de Exw no incluye el precio de embarcar la mercancía en un camión o un recipiente, y no incluye ningún tipo de permiso para despachar aduana. Si F.O.B. es el sistema de valuación de la aduana en el país destinatario, los costos de transporte y de seguro de las premisas del vendedor deben ser agregados al precio de Exw hasta el puerto de exportación.
GRUPO F. TRANSPORTACIÓN PRINCIPAL
No es Pagada por el Vendedor
Franco al Costado del Buque (FAS)
El vendedor transporta la mercancía desde su establecimiento de negocios, despacha la mercancía para exportar y la coloca junto al recipiente en el puerto de exportación, donde el riesgo de pérdida se la pasa al comprador. El comprador es responsable de embarcar la mercancía en el recipiente (al menos que se haya especificado lo contrario) y de pagar todos los costos de envío para mandar la mercancía al destino final.
Franco Transportista (FCA)
El vendedor (exportador) despacha la mercancía para la exportación y se la entrega a la empresa de transporte en un lugar especificado por el comprador. Si el lugar elegido es el establecimiento de negocios del vendedor, el vendedor debe embarcar la mercancía en el vehículo de transporte; sino, el comprador es responsable de cargar la mercancía. El comprador asume el riesgo y debe pagar todos los costos asociados para transportar la mercancía al destino final.
Franco a Bordo (FOB)
El vendedor (exportador) es responsable de enviar la mercancía desde su punto de negocios, de cargarla en el recipiente en el puerto de exportación, y de despachar aduana en el país de exportación. Tan pronto como la mercancía cruce la entrada del barco, el riesgo de perdida se transfiere al comprador importador. El comprador debe pagar todos los costos de transporte y de seguro desde ese momento, y debe despachar aduana en el país de importación. Una transacción F.O.B. "leerá FOB, puerto de exportación." Por ejemplo, si se asume que el puerto de exportación es en Boston, una transacción F.O.B. leerá "FOB Boston." Si el CIF es la base del valor de aduanas, la carga y el seguro internacional se deben agregar al valor FOB.
GRUPO C. TRANSPORTACION PRINCIPAL PAGADA POR EL COMPRRADOR
Coste y Flete (CFR)
El vendedor (exportador) es responsable de despachar la mercancía para la exportación, de entregar la mercancía más allá de la entrada del barco en el puerto de envío y de pagar todos los cargos de transportación internacional. El comprador asume el riesgo de propiedad y de pérdida de la mercancía, una vez que la mercancía cruce la entrada del barco, debe comprar seguro, descargar la mercancía, despachar aduana, y pagar para que el transporte entregue la mercancía a su destino final. Si F.O.B. es la base del valor de aduanas, los costos internacionales de la carga se deben deducir del precio de CFR.
Coste, Seguro y Flete (CIF)
El vendedor (exportador) es responsable de embarcar la mercancía al recipiente de transportación y de despachar aduana en el país de exportación. También, es responsable de comprar un seguro, con el nombre del comprador (importador) como su beneficiario. La transferencia de la propiedad ocurre mientras que la mercancía cruza la entrada del barco. Esto es, sí la mercancía se daña o se la roban durante el transporte internacional, el comprador es dueño de la mercancía y debe presentar una demanda con el seguro obtenido por el vendedor. El comprador debe despachar aduana en el país de la importación y pagar el resto de transporte y seguro en el país de la importación. El CIF se puede utilizar como Incoterm solamente cuando el transporte internacional de mercancía se hace parcialmente por agua. Si F.O.B. es la base del valor de aduanas, los costos internacionales del seguro y de la carga se deben deducir del precio CIF. Una transacción de CIF, leerá CIF, puerto de destino. Por ejemplo, el asumir que la mercancía está exportada al puerto de Los Ángeles, una transacción CIF leerá "CIF Los Angeles."
Transporte Pagado Hasta (CPT)
El vendedor (exportador) despacha la mercancía para la exportación, la entrega al transportador y se responsabiliza de los costos de transportación al lugar de destino. La transferencia de la propiedad ocurre una vez que la mercancía se transfiera al transportador y el comprador deberá asegurar la mercancía a partir de ese momento en adelante. Si F.O.B. es la base del valor de aduanas, el costo internacional de carga se debe deducir del precio de CPT.
Transporte y Seguro Pagados Hasta (CIP)
El vendedor transporta la mercancía al puerto de exportación, despacha aduana, y entrega la mercancía al transportador. De ese momento en adelante, la transferencia de la propiedad pasa a ser del comprador. El vendedor es responsable de los costos de transportación y del seguro al lugar de destino establecido. El comprador es responsable de todos los costos, y lleva el riesgo de la pérdida desde ese momento en adelante. Si F.O.B. es la base del valor de aduanas, los costos internacionales de carga y de seguro necesitan ser deducidos del precio del CIP.
GRUPO D. LLEGADA
Entrega en Frontera (DAF)
El vendedor (exportador) es responsable de todos los costos implicados en la entrega de la mercancía al punto y al lugar establecido en la frontera. La transferencia de propiedad ocurre en la frontera. El comprador debe pagar los costos y tomar el riesgo de descargar la mercancía, de despachar aduana, y de transportar la mercancía al destino final. Si F.O.B. es la base del valor de aduanas, los costos internacionales de seguro y de carga se deben deducir del precio DAF.
Entrega sobre Buque (DES)
El vendedor (exportador) es responsable de todos los costos implicados en el envió de la mercancía a un puerto de destino establecido. A su llegada, la mercancía se hace disponible al comprador (importador) a bordo del recipiente. Por lo tanto, el vendedor es responsable de todos los costos y el riesgo de pérdida de la mercancía antes de descargarla en el puerto de destino. El comprador (importador) debe tener la mercancía descargada, pagar aranceles, despachar aduana y proporcionar transporte al interior y seguro al destino final.
Entrega en Muelle (DEQ)
El vendedor (exportador) es responsable de todos los costos implicados en el transporte de la mercancía al muelle de destino establecido. El comprador debe pagar el arancel, despachar aduana, y pagar los costos y responsabilizarse por el riesgo de la pérdida, de ese momento en adelante. Si F.O.B. es la base del valor de aduanas, el seguro internacional y los costos de la carga, además de los costos de descargar la mercancía, deben ser deducidos del precio DEQ.
Entregado, Derechos no Pagados (DDU)
El vendedor (exportador) es responsable de todos los costos implicados en la entrega de la mercancía al lugar de destino establecido, en donde la mercancía se pone a la disposición del comprador. El comprador (importador) asume la propiedad y el riesgo de pérdida de ese momento en adelante, debe despachar aduana, pagar los aranceles, y proporcionar el transporte al interior del país y seguro del destino final.
Entregado, Derechos Pagados (DDP)
El vendedor (exportador) es responsable de todos los costos implicados en la entrega de mercancía al lugar de destino, y de despachar aduana en el país de importación. Bajo un Incoterm DDP, el vendedor proporciona literalmente el envió puerta a puerta, incluyendo despacho de aduana en el puerto de exportación y el puerto de destino. La transferencia de propiedad ocurre cuando la mercancía se entrega al comprador, generalmente en sus premisas. Así el vendedor toma el riesgo entero de la pérdida hasta que la mercancía sea entregada en las premisas del comprador. Una transacción de DDP leerá "DDP lugar de destino establecido." Por ejemplo, asumiendo que las la mercancía importada a través de Baltimore se entrega en Silver Spring, el Incoterm leerá "DDP, Silver Spring." Si el CIF es la base de valor de aduanas, los costos de descargar el recipiente, despachar aduana, y envío a las premisas del comprador en el país de destino, incluyendo seguro al interior del país, debe ser deducido para llegar a el valor CIF.

