25 de diciembre de 2005 - NOVEDADES CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, LEMA PRIORAL: "SI DEUS NOBISCUM QUIS CONTRA NOS" DESCRIPTO DE S.E.I. EL VENERABILISIMO GRAN MAESTRE GENERAL DE LA PRIEURE DE SION, PRINCIPE MARQUES PROF. DR. D. EDUARDO FERNANDO GIRERD, DEFENSOR DE LA FE Y CUSTODIO DE LAS TRADICIONES. De nuestra consideración: Nos, Gran Maestre General, Augusto Soberano y Célico Comandante en Jefe de la Orden de Caballería de la Prieurè de Sion, se dirige a los Exmos. dignatarios de la misma, postulados y postulantes a sus programas productivos y filantrópicos a ser gerenciados pos esta antiquísima Institución, con la finalidad de notificarles que por decisión conjunta de Su Despacho, del Exmo. Capítulo General Internacional, del Ilmo. Gobernador General de los Aportantes y del Sr. Representante de los países fundacionales, ha ordenado, decretado y establecido que presidirá la "ALTA JUNTA DE CLASIFICACION, CALIFICACION Y DISCIPLINA, REGULACION Y ADMINISTRACION DE REMUNERACIONES Y HONORARIOS", S.E.I. El Gran Maestre General de la Orden, Ministro, Secretario General, Gran Mariscal General de Campo al Servicio de San Santiago Apóstol, Príncipe Marqués Prof. Ing. D. Alejandro Jorge SUCKSDORFF quien será el máximo responsable de establecer:
S.E.I. El Gran Maestre General de la Orden, Ministro, Secretario General, Gran Mariscal General de Campo al Servicio de San Santiago Apóstol, Príncipe Marqués Prof. Ing. D. Alejandro Jorge SUCKSDORFF será además la máxima autoridad inapelable que determinará la admisión, modificación, reubicación o no admisión de los postulados y postulantes. En otro orden de cosas, esta Gran Maestría General quiere dejar meridianamente en claro que todos los integrantes de la Fuerzas Armadas, de Seguridad y Policiales que pasen a formar parte de los proyectos filantrópicos y productivos que nos convocan, no podrán ejercer actividades de carácter militar, de inteligencia o policiales y solamente cumplirán funciones administrativas de carácter civil. Toda aquella persona que transgreda estas normas será separado inmediatamente de su postulantado o postulación, o cargo que esté desempeñando en el momento de la falta,sin perjuicio de iniciarle las acciones legales que le correspondieren . SIN OTRO PARTICULAR, NOS, HACEMOS PROPICIA LA OPORTUNIDAD PARA SALUDARLOS MUY CORDIALMENTE, QUEDANDO UNIDOS EN CRISTO JESUS Y EN MARIA SANTISIMA, A TRAVES DE SANTA MARIA MAGDALENA.
FIRMA POR LA PRIEURE DE SION: + S.E.I. Prof. Dr. D. Eduardo Fernando GIRERD. GRAN MAESTRE GENERAL 43er SOBERANO COMANDANTE EN JEFE PRIORAL
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