Estatuto Fundaci�n Faro TITULO I: DENOMINACI�N, OBJETO, DURACI�N DOMICILIO Art�culo 1: Con la denominaci�n de Fundaci�n Faro, se constituye el d�a 24 de del mes junio del a�o 2oo4 una entidad de car�cter civil, la que fija su domicilio legal en la calle Perito Moreno 2350 de la ciudad de El Bols�n, Provincia de R�o Negro, Rep�blica Argentina Art�culo 2 - Objetivo: "Generar cambios ben�ficos en la vida de las personas carenciadas y en la sociedad toda, basandonos en su capacidad, esfuerzo, creatividad y en el esp�ritu emprendedor, desde la promoci�n y divulgaci�n educativa de la �nobleza de car�cter� y del cuidado del medio ambiente en sus diferentes expresiones y dimensiones de influencia�. Siguiendo las directrices planteadas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio para Argentina tendiendo a: 1 erradicar la pobreza extrema, 2 brindar una educaci�n b�sica �niversal, 3 promover la acci�n docente, 4 promover la igualdad de g�nero, 5 asegurar un medioambiente sustentable y sostenible 6 contribuir a reducir la mortalidad infantil, 7 mejorar la salud materna, 8 combatir las enfermedades f�sicas, psicol�gicas y sociales que amenazan a nuestras comunidades. Articulo 3: Para el cumplimiento de tales objetivos, y siempre que no implique un fin de lucro contrario a los fines de su constituci�n, la Instituci�n podr� encarar, encausar, propiciar, iniciar, patrocinar y ejecutar toda clase de acciones y emprendimientos, por s� misma, a trav�s de terceros, o asociada o conjuntamente con otras personas f�sicas o jur�dicas, organismos p�blicos o privados, nacionales, extranjeros o internacionales, siempre que en estos �ltimos casos ello no implique la puesta en riesgo del patrimonio o de los objetivos de la fundaci�n, y en particular: a. Entendiendo al hombre como �espiritualidad encarnada� capaz de aprender y reaprender a expresar los valores de Verdad, Belleza y Justicia a trav�s de actos voluntarios y creativos, generar un movimiento integrador, formador y unificador de voluntades y de horizontes, fundado en la libertad y el enriquecedor sentimiento de mutua pertenencia, que permita contener a su creciente n�mero de miembros, todos motivados apuntando a alcanzar plenitud individual y grupal por medio de la realizaci�n de tareas convocantes y estimuladoras � haciendo aquello que cada uno realmente desea realizar - , tendiendo a lograr a trav�s de dichas tareas, la expresi�n de las mejores virtudes humanas y capacidades de realizaci�n, recreando el verdadero sentido y dimensi�n de la valoraci�n de las cosas y de los gestos, no restringida a la imperante deshumanizadora mercantilista idea de precio. b. generar y promover movimientos educativos formativos � preferentemente destinados a ni�os y j�venes en riesgo o marginales - a partir de una �escuela de educaci�n del car�cter� basada en la adquisici�n de experiencias y conocimientos integrales e integradores, apoyadas en los logros alcanzados por experiencias realizadas y adquiridas anterior y oportunamente por sus fundadores� a saber del Proyecto Faro y de la Gesti�n Integral para la Cuenca del Lago Puelo -. Queda expresamente aclarado que el gran desaf�o en este aspecto de la �escuela de educaci�n del car�cter� consiste en alcanzar que cada individuo � ni�o, j�ven e incluso adulto - logre descubrir su propia vocaci�n, m�s all� del r�dito inmediato o inter�s econ�mico que dicho aprendizaje signifique, tratando de alentar a descubrir sus mejores habilidades y talentos para realizar tareas individuales como en la participaci�n de tareas grupales, estimulados por la alegr�a de emprender lo que realmente le incentiva a cada cual. Se aspira a que una vez formados y especializados, las actividades que realicen por motivaci�n vocacional signifiquen verdaderos horizontes laborales que les permitan lograr la suficiente autonom�a de poder completar sus ciclos de existencia anual cubriendo dignamente todas sus necesidades b�sicas, actualmente insatisfechas. c. Considerar e Impulsar proyectos individuales afines al objetivo de la fundaci�n, si los hubiere presentados por parte de alguno de los miembros. d. Impulsar proyectos grupales a plazos de diversa extensi�n, que contengan diversidad de actividades para elegir y que ratifiquen el sentido de pertenencia al grupo y a la fundaci�n. e. Retroalimentar y estimular las actividades individuales y grupales de pertenencia mediante una continuidad acordada de encuentros e intercambios entre grupos, proyectos y actividades en curso de realizaci�n. f. Impulsar la invesitgaci�n particular y hol�stica en los diversos campos del conocimiento respecto y a favor del ambiente natural y social, atendiendo especialmente los valores de la salud f�sica, psicol�gica y moral de la comunidad, y de protecci�n del entorno natural. g. Impulsar y alentar proyectos ambientales y de investigaci�n ecol�gica que permitan determinar tanto indicadores de calidad o deterioro como la detecci�n de aquellas especies en extinci�n, realizando diagn�sticos e informes pertinentes. h. Impulsar la generaci�n de centros de cuidado, rehabilitaci�n y cr�a de animales silvestres heridos, enfermos o en peligro de extinci�n. i. Organizar e impulsar trabajos integrados de registro de la diversidad de actividades abarcadas, a trav�s de videos, filmaciones, albumes fotogr�ficos y publicaciones respecto de las actividades del organismo. j. Gestonar fondos para becas de educaci�n, investigaci�n cient�fica, creaci�n art�stica y de producci�n artesanal. k. Promover actividades educativas para la formaci�n de gu�as lacustres y de monta�a y/o de �reas de reserva natural, brindando toda la instrucci�n y entrenamientos necesarios l. Propiciar, auspiciar, fomentar e intervenir en toda clase de inciativas, obras, empresas de car�cter educacional, cultural, art�stico, t�cnico, cient�fico, deportivo, social, ben�fico y filantr�pico que hagan a los fines de la Fundaci�n. m. Explotar por cuenta propia o de terceros o asociados, todos los medios de promoci�n y difusi�n existentes o a crearse en el futuro, en especial la edici�n de revistas, obras literarias de divulgaci�n, radial, televisi�n e internet con la facultad de adquirir la titularidad de las licencias respectivas. n. Dise�ar y ejecutar programas y estrategias de orientaci�n, y participar en el ordenamiento y contenci�n del desarrollo demogr�fico, del poblamiento as� como del asentamiento y colonizaci�n de territorios teniendo especial cuenta su compatibilidad con la protecci�n de los bienes ecol�gicos, paisaj�sticos, geol�gicos, paleontol�gicos, etnogr�ficos, antropol�gicos y sociales del area territorial de acci�n de la Fundaci�n. o. Impulsar el acrecentamiento de la conciencia regional respecto a las amenazas de cat�strofes posibles cuyo riesgo aumenta con el crecimiento demogr�fico , tales como Inundaciones, Incendios Forestales, Erupci�nes Volc�nicas o del tipo que fueren. p. Adquirir tierras de origen privado o fiscal con el objeto de constituir reservas naturales, ecol�gicas, litol�gicas y acu�ticas, geol�gicas, de flora, forestales, faun�sticas, paleontol�gicas, etnogr�ficas o antropol�gicas. q. Aprovechar racional y sensitivamente, bajo el modelo de trabajo de �Acci�n Gentil�, preservando sus caracter�sticas naturales, aquellas reservas y otras tierras propias o de terceros que en virtud del cumplimiento de su objetivo social detente la Fundaci�n Faro por cualquier t�tulo o convenio. r. Elaborar y/o promover la elaboraci�n de estudios ambientales y ecol�gicos, encausar filmaciones documentales e impulsar actividades pertinentes de ensanchamiento de la conciencia comunitaria respecto a los bienes ecol�gicos para la adecuada protecci�n de los mismos. s. Efectuar estudios y propuestas de cooperaci�n social, de educaci�n, de salud y de energ�a entre los sectores p�blico y privado. t. Organizar, patrocinar y/o realizar conferencias, seminarios, talleres, cursos, trabajos de investigaci�n t�cnico/cient�fica, y otro tipo de encuentros que permitan acrecentar el conocimiento y la conciencia respecto a los ambientes silvestres abordados. u. Incentivar actividades y encuentros relacionados con las llamadas Energ�as Alternativas y modelos alternativos de generaci�n. v. Editar, publicar y distribuir videos, DVD, CD�s, libros, revistas y otro tipo de publicaciones concretas o digitales sobre aquellos temas que se relacionan con los prop�sitos de la Fundaci�n. w. Administrar, usar o usufructuar la propiedad intelectual, cient�fica, literaria o art�stica y bienes inmuebles, muebles, semovientes y registrables propios o de terceros previo acuerdo, y disponer de sus frutos siempre en el cumplimiento de los fines de la instituci�n. x. Invertir y disponer de los recursos provenientes de las actividades que se mencionan en los p�rrafos anteriores en proyectos y actividades que coadyuden con el objetivo social de la Fundaci�n. y. Instituir becas y premios por trabajos relacionados con sus fines, especialmente tratando de incentivar y promover aquellos talentos y vocaciones naturales y/o excepcionales que se manifiesten entre sus estudiantes y becarios seleccionados. z. Financiar estudios sobre temas relacionados con los objetivos de la Fundaci�n y trabajos de consultor�a destinados a implementar proyectos, estrategias e iniciativas concretas. aa. Promover la integraci�n f�sica, social, cultural y econ�mica de la regi�n abarcada. bb. Promover la creaci�n de normas relativas al desarrollo local y regional que coadyuden a mejorar las legislaciones vigentes con el fin de orientar, ordenar y contener el desarrollo demogr�fico sobre las �reas silvestres hacia lo recomendable y deseable tendiendo a proteger y preservar los valores ambientales y paisaj�sticos contenidos. cc. Constituirse en parte sustancial y procesal en controversias legales, administrativas y de planeamiento territorial donde est� en discusi�n la protecci�n, preservaci�n o correcta gesti�n y manejo de bienes ecol�gicos, silvestres, naturales y paisaj�sticos. dd. Incentivar y apoyar la gesti�n y el trabajo de otros organismos, instituciones y organizaciones gubernativas y no gubernativas afines con los criterios y objetivos de la Fundaci�n. Tales como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Comisi�n Econ�mica para Am�rica Latina y el Caribe (CEPAL), la Organizaci�n de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentaci�n (FAO), Organizaci�n de Estados Americanos(OEA), Programas de UNESCO y UNICEF, Porpuestas Ecol�gicas de International Lake Environment Committe (ILEC), Lake Net, Monitor International, Nature Conservancy, ONUSIDA y OMS. TITULO II: DE LA CAPACIDAD Y DEL PATRIMONIO SOCIAL Art�culo 4 � Capacidad: La Fundaci�n tiene plena capacidad jur�dica para adquirir derechos y contraer obligaciones que tengan relaci�n directa o indirecta con el cumplimiento del objeto fundacional. Tambi�n tiene plena capacidad de contraer diversos modelos de hermandad social o de objetivos con otras Fundaciones u ONG�s que tengan relaci�n directa con el objetivo fundacional. A tal fin, de acuerdo con los principios de la legislaci�n referente a las personas jur�dicas, y con las limitaciones que �sta establece, podr� aceptar subsidios, donaciones, herencias o legados, comprar y vender, permutar, hipotecar, prendar bienes inmuebles, muebles y semovientes o t�tulos de renta de cualquier instituci�n p�blica o privada, local, regional, nacional e internacional, divisas, y en cualquier otra forma, adquirir o transferir el dominio sobre bienes inmuebles, muebles o semovientes, por los plazos, precios, modos o condiciones que se convengan y se consideren convenientes; realizar toda clase de operaciones de cr�dito o bancarias, entre las que expresamente se incluyen las vinculadas con tarjetas de cr�dito y de compra y con la banca electr�nica con cualquier entidad oficial o privada � creada o a crearse - de la regi�n, del pa�s o del exterior, especialmente con el Banco de la Naci�n Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires, Banco Patagonia, Banco de la Provincia del Chubut, Banco de la Provincia de Santa Cruz, Caja Nacional de Ahorro y Seguro y organismos de cr�dito internacional. Asimismo podr� estar en juicio como actora o demandada en todas las jurisdicciones e instancias, judiciales o administrativas, pudiendo a tal fin nombrar mandatarios con todas las facultades que al efecto estime necesarias, incluso las de componer �rbitros y transar y, en general, la de efectuar todos los actos y contratos necesarios. Art�culo 5 � Patrimonio: El patrimonio inicial de la fundaci�n estar� integrado por la suma de $ 10.000 aportados por los socios fundadores del siguiente modo: $ 3000 donados por el Contador. Jorge Isidoro Barzi, y un total de $7000 aportados en sumas de $ 1000 por cada uno de los restantes miembros. Dicho patrimonio podr� acrecentarse con los siguientes recursos: a. El importe de los fondos que se reciban en calidad de subsidios, legados, herencias o donaciones, los que no podr�n aceptarse sino cuando las condiciones impuestas se conformen al objetivo e intereses de la fundaci�n; b. Las rentas e intereses de sus bienes; c. Los aportes de todas aquellas personas que deseen cooperar con los objetivos de la instituci�n; d. Toda otra fuente l�cita de ingresos acorde al car�cter sin fin de lucro de la entidad. TITULO III: DE LA DIRECCI�N Y ADMINISTRACION Art�culo 6. Consejo de Administraci�n: La fundaci�n ser� dirigida por un Consejo de Administraci�n compuesto de tres (3) miembros como m�nimo y un m�ximo de trece (13), los que durar�n dos a�os en sus cargos, pudiendo ser reelegidos indefinidamente, y los desempe�ar�n en forma honoraria. Los integrantes del Consejo de Administraci�n ser�n designados por los fundadores en la reuni�n anual que corresponda, quienes deber�n fijar tambi�n el n�mero de consejeros, y distribuirse entre ellos los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero.- Pueden los miembros fundadores designar en el futuro, Prosecretario y Protesorero y nuevos miembros titulares hasta completar el n�mero de miembros establecido. Art�culo 7. El Consejo de Administraci�n se reunir� en Sesi�n Ordinaria una vez por mes y en Sesi�n Extraordinaria cuando lo decida su Presidente o a pedido por lo menos de dos de sus miembros, debiendo realizarse la reuni�n, en este �ltimo caso, dentro de los diez dias h�biles de formalizada la solicitud.- Las citaciones se efectuar�n por medio de comunicaciones fehacientes con cinco d�as h�biles de anticipaci�n, remitidas a los domicilios registrados en la fundaci�n por los Consejeros.- Dentro de los ciento veinte d�as de cerrado el ejercicio econ�mico se reunir� el Consejo de Administraci�n a los efectos de considerar la memoria, inventario, balance general y cuenta de gastos y recursos.- Con las citaciones se remitir� copia de la documentaci�n a tratar as� como el correspondiente orden del d�a. Art�culo 8: El consejo de administraci�n deber� sesionar v�lidamente con la mitad m�s uno de sus miembros tom�ndose las resoluciones por mayor�a de votos presentes. De sus resoluciones se dejar� constancia en un libro de actas.- Art�culo 9: Son deberes y atribuciones del consejo de administraci�n: a. Ejercer por intermedio del presidente o de quien sustituya, la representaci�n de la fundaci�n en todos los actos judiciales, extrajudiciales, administrativos o privados en que la misma est� interesada. b. Cumplir y hacer cumplir el estatuto, dictar las reglamentaciones internas necesarias para el cumplimiento de las finalidades las que deber�n ser aprobadas por el consejo y presentadas a la Direcci�n Gral. de Personas Jur�dicas para su aprobaci�n, sin cuyo requisito no pondr�n en vigencia.- c. Formar las comisiones auxiliares u organismos que requiera el cumplimiento de las finalidades de la fundaci�n. Fundar sedes, subsedes y centros de trabajo en la m�ltiple diversidad de espacios geogr�ficos y campos de acci�n en que se convenga participar d. Asignar a los cuerpos previstos en el inciso c) las funciones respectivas, aprobar su organizaci�n y la reglamentaci�n que dicte para su desenvolvimiento.- e. Nombrar y distribuir al personal de la fundaci�n.- f. Otorgar y revocar poderes generales y especiales.- g. Aceptar con sujeci�n a lo dispuesto en el art.5� respecto a . herencias, legados, donaciones y darles el destino correspondiente.- h. Abrir cuentas corrientes, solicitar pr�stamos, ordenar las inversiones, al destino de los fondos y el pago de los gastos.- i. Recibir y entregar bajo inventario los bienes de la fundaci�n.- j. Formular cada a�o, la memoria, inventario, balance gral. y cuentas de gastos y recursos los que ser�n enviados al �rgano de contralor.- k. Efectuar todo acto l�cito relacionado con el objeto social y autorizado por el estatuto.- l. Recurrir al asesoramiento de personas especializadas para el mejor cumplimiento de los fines sociales.- m. Reformar el estatuto en todas sus partes, salvo en lo que se refiera a los fines y objeto de la fundaci�n que no podr�n ser alterados. Para las enmiendas estatutarias, deber� llamarse a asamblea extraordinaria conforme a las formalidades previstas en articulo 7�.- La enumeraci�n precedente es enunciativa y excluyente por cuanto el consejo de administraci�n podr� celebrar todos los actos jur�dicos necesarios para obtener la m�s eficaz prestaci�n de los beneficios que constituye el fin de su creaci�n y el m�ximo rendimiento del capital incluso los actos especificados en articulo 1881 del c�digo civil y en cualquier otra disposici�n legal o reglamentaria que requiera poderes o facultades especiales.- Articulo 10: El presidente y en caso de renuncia, fallecimiento, ausencia o enfermedad e vicepresidente, tiene los deberes y atribuciones siguientes: a) convocar a asambleas y las sesiones del consejo de administraci�n.- b) Votar en las asambleas y las sesiones del consejo de administraci�n.- c) Firmar con el secretario las actas de las asambleas y del consejo de administraci�n, la correspondencia y todo documento de la fundaci�n.- d) Autorizar con el tesorero las cuentas de gastos firmando los recibos y dem�s documentos de la tesorer�a, de acuerdo con lo resuelto por el consejo de administraci�n , no permiti�ndose que los fondos sociales sean invertidos en objetos ajenos a lo prescripto por este estatuto.- e) Dirigir y mantener el orden en las discusiones, suspender y levantar las sesiones cuando se altere el orden y el respeto debido.- f)Velar por la buena marcha y administraci�n de la fundaci�n observando y haciendo observar el estatuto, reglamentos y resoluciones de la asamblea y consejo de administraci�n g)Suspender a cualquier empleado que no cumpla con sus obligaciones y tomar resoluciones por si en casos urgentes, debiendo en una u otra situaci�n dar cuenta de tales medidas al consejo de administraci�n en la primera reuni�n que esta celebre.- Articulo 11: El secretario en caso de renuncia , fallecimiento , ausencia o enfermedad de este, el prosecretario, tiene los siguientes deberes y atribuciones: a)Asistir a las sesiones del consejo de administraci�n y a las asambleas, redactando las actas respectivas, a las que asentar� en el libro correspondiente y firmar� con el presidente. b)Votar en las asambleas y las sesiones del consejo de administraci�n.- c)Firmar con el presidente la correspondencia y todo documento de la fundaci�n. d)Convocar a las reuniones del consejo de acuerdo a lo previsto en el art�culo . d)llevar con el tesorero el registro de miembros, as� como el libro de actas de sesiones del consejo. Articulo 12: El tesorero y en caso de renuncia fallecimiento, ausencia o enfermedad el protesorero , tiene los deberes y atribuciones siguientes: a)llevar de acuerdo con el secretario el registro de miembros ocup�ndose de todo lo relacionado con el ingreso de los fondos a los que se refiere el art�culo. b)Votar en las asambleas y las sesiones del consejo de administraci�n.- c)Llevar de acuerdo con el secretario, el registro de asociados,ocup�ndose de todo lo relacionado con el cobro de cuotas sociales. d)llevar los libros de contabilidad. e)Presentar al consejo de administraci�n las informaciones contables que le requieran y preparar anualmente el inventario, balance general y cuentas de gastos y recursos que deber� aprobar el consejo de administraci�n para ser sometido a la asamblea ordinaria. f)Firmar con el presidente los recibos y dem�s documentos de tesorer�a efectuando los pagos resueltos por el consejo de administraci�n. g)Los giros, cheques u otros documentos para la extracci�n de fondos deber�n ser firmados conjuntamente con el presidente. Articulo 13 Corresponde a los vocales: a)Asist�r a las asambleas y sesiones del consejo de administraci�n, le conf�e. b)Votar en las asambleas y las sesiones del consejo de administraci�n.- TITULO IV- DISOLUCI�N Y LIQUIDACION DE LA FUNDACION: Articulo 14: S� por cualquier circunstancia no fuera posible dar cumplimiento al objeto de la fundaci�n, el consejo de administraci�n podr� resolver su disoluci�n. Designar� una comisi�n liquidadora y una vez pagadas las deudas, el remanente de los bienes pasar�n al Centro de Rescate y Reeducaci�n del Mono Aullador Negro , Nro. De Inscripci�n 0136, del Paraje Tiu Mayu, C�rdoba, a cargo de la Asociaci�n para la Conservaci�n, Protecci�n y Mejoramiento del Zoo �Cba, Pers. Jur�dica 142�/88, Decreto Provincial Nro. 6480, CUIT 30-68095134-5. |
||