Aportes realizados por el Foro Ambiental Córdoba al pliego
de licitación sobre higiene urbana, que estudió y aprobó el Concejo Deliberante
de
Aportes realizados el 5/3/08 y logros obtenidos
Se corrigió el pliego y el 5/3/08 se
aportaron a los concejales de
El 17/4/08 se presentó en Audiencia Pública el
siguiente documento:
Observaciones (en rojo) realizadas por el Foro Ambiental Córdoba
a los anexos 13, 17, 12 y 18 del
Pliego de Higiene Urbana, aprobado en 1º lectura por el
Concejo Deliberante de
Presentado ante
SISTEMA DE CONTROL Y
MONITOREO AMBIENTAL (considerado dos veces: en 2.1.- Servicio de enterramiento sanitario
controlado y en 2. 5.- servicio de recepción y acondicionamiento de restos de
obras y demoliciones)
Anexo 13. Pág. 34 y pág. 80 del pliego aprobado en 1º lectura: indica
que “Todos los ensayos
y análisis deberán ser realizados por entidades públicas nacionales,
provinciales o universitarias, firmados por profesional competente.” Debe agregarse:
Deberá
requerirse a los laboratorios los manuales de procedimientos, protocolos
analíticos y certificados de calibración de los equipos utilizados para los
distintos análisis a los fines de asegurar la calidad de los resultados de
tales ensayos analíticos.
Los
resultados analíticos deben presentarse cotejados con valores pertinentes de
referencia existentes en la normativa nacional vigente, o en caso de no
existir, de normativa a nivel
internacional (por ejemplo, norma holandesa, de
Anexo 13. Pág. 34 y pág. 80 del pliego aprobado en 1º lectura:
indica que “
Todos los
resultados de los análisis, cotejados con los valores pertinentes de
referencia, deberán entregarse a
MONITOREO AMBIENTAL Y
OTROS CONTROLES (considerado en 2.2.- Tratamiento y disposición final de los residuos patógenos)
Anexo 13. Pág. 49 del pliego aprobado en 1º lectura: indica que “Deberá calibrarse permanentemente y mantener en buen estado el equipo de
monitoreo.” Debe agregarse:
Los
resultados de los análisis correspondientes al plan de monitoreo ambiental del tratamiento de los
residuos patógenos, deberán entregarse a
GESTIÓN DE
LIXIVIADOS (considerado en 2.1.- Servicio de enterramiento sanitario
controlado)
Anexo 13. Pág. 22 del pliego aprobado en 1º lectura: indica que “En forma indicativa,
la planta podrá estar compuesta de un tratamiento en etapas, integrado por un
acopio y ecualización, una etapa de tratamiento anaeróbico, una etapa de
tratamiento aeróbico, una etapa de tratamiento físico-químico y una cloración
final.” Debe reemplazarse tratamiento
anaeróbico por decantación. Queda entonces:
“En
forma indicativa, la planta podrá estar compuesta de un tratamiento en etapas,
integrado por un acopio y ecualización, una etapa de decantación, una etapa de
tratamiento aeróbico, una etapa de tratamiento físico-químico y una cloración
final.”
Anexo 13. Pág. 23 del pliego aprobado en 1º lectura: indica que “Con la finalidad de
facilitar los controles de los parámetros exigidos, el CONCESIONARIO deberá
contar con una laguna para el vertido transitorio, que eventualmente puede ser
receptor final, estableciéndose las condiciones de funcionamiento.” Debe agregarse:
La laguna deberá contar con un sistema de biorremediación
con vegetación para la eliminación total del agua tratada (y no por evaporación
y filtración), lo que también mejorará el predio en su aspecto paisajístico.
Para favorecer la actividad de los microorganismos degradadores presentes en el
suelo se debe construir un sistema de canteros de
Para evitar la proliferación de larvas de
mosquitos en la laguna, deberá tratarse con larvicidas u otros métodos de bajo
impacto ambiental.
SERVICIOS (considerado en 2.3.- Refuncionalización planta de selección y
acondicionamiento)
Anexo 13. Pág. 64 del pliego aprobado en 1º lectura: indica que “El CONCESIONARIO tendrá
a su cargo el control de roedores sinantrópicos en todo el predio. Se deberá evitar
la proliferación de insectos vectores dentro del predio, para tal fin efectuará
periódicas desinsectaciones.” Debe agregarse: Para evitar el uso inadecuado de plaguicidas,
se monitoreará la población de roedores e insectos vectores para realizar las
aplicaciones sólo cuando resulte necesario.
PARQUIZACIÓN
Y FORESTACIÓN (considerado dos veces:
en 2.1.- Servicio de
enterramiento sanitario controlado y en 2. 5.- servicio de recepción y
acondicionamiento de restos de obras y demoliciones)
Anexo 13. Pág. 25 y 72 del pliego aprobado en 1º lectura:
indica que “Las
superficies a parquizar deberán ser sembradas con las siguientes especies: poa
pratensis, lollium perenne, festuca rubra o agretis sp., en proporciones de
peso equivalentes y a una densidad de distribución 300 kg/Ha., la que podrá ser
disminuida en el caso de utilizarse medios mecánicos para su distribución.” Deben reemplazarse nombres científicos mal escritos y deben
ir en cursivas. También debe considerarse la implantación de Cynodon dactylon (gramilla) en lugares
donde los pastos anteriores no crezcan por exceso de sol o pisoteo. Queda
entonces:
“Las superficies a
parquizar deberán ser sembradas con las siguientes especies: Poa pratensis, Lollium perenne, Festuca rubra o Agrostis sp., en proporciones de peso equivalentes y a una densidad de
distribución 300 kg/Ha., la que podrá ser disminuida en el caso de utilizarse
medios mecánicos para su distribución. Para lugares con dificultades de crecimiento para las
especies citadas, se podrá consociar las mismas con Cynodon dactylon, implantada mediante champas.”
Anexo 17. Pág. 1 del pliego aprobado en 1º
lectura: indica que “Los fondos destinados para el Plan de Relaciones
con
“Los fondos
destinados para el Plan de Relaciones con
EDUCACION, COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD
Anexo 17. Pág. 2 del pliego aprobado en 1º
lectura: indica que en términos
generales, el Plan incluirá: “Planes específicos de educación y comunicación directa
orientados a escuelas primarias y secundarias de
“Planes específicos de educación y comunicación directa orientados a jardines de
infantes, escuelas primarias y secundarias, y escuelas especiales de
EVALUACIÓN SOCIAL
Anexo 17. Pág. 8 del pliego aprobado en 1º
lectura: indica que “Si la evaluación
arrojase resultados negativos,
“Si la evaluación arrojase resultados negativos,
SERVICIO DE RECOLECCIÓN DIFERENCIADA
Anexo 12. Pág. 10 del pliego aprobado en 1º
lectura: indica que “
“
RECIPIENTES (en Servicio de Recolección
Diferenciada)
Anexo 12. Pág. 13 del pliego aprobado en 1º
lectura: indica que “El CONCESIONARIO
propondrá diseños o características que contribuyan a facilitar la tarea de
recolección para su aprobación por
“El CONCESIONARIO propondrá diseños
o características que contribuyan a facilitar la tarea de recolección para su
aprobación por
Anexo 18. En el pliego aprobado en 1º
lectura no existe ninguna mención al tipo de residuo a separar para reciclar,
menos aún la mención a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos como
categoría imprescindible para su reciclado. Debe
agregar entonces a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos como
categoría a reciclar y que no se puede mezclar con la basura común en la
disposición final. Debe agregarse al final del Anexo 18:
6. RESIDUOS DE APARATOS
ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS
El CONCESIONARIO
deberá disponer del reciclado de los residuos de aparatos eléctricos y
electrónicos que reciba en
RESULTADOS
LOGRADOS EN EL PLIEGO APROBADO POR EL CONCEJO DELIBERANTE
Llamó la atención los pocos aportes que se tomaron en
la instancia de Audiencia Pública, al menos en lo que concierne a lo presentado
por el Foro Ambiental Córdoba, en particular porque han sido aportes sobre
los que es difícil pensar que pueda haber controversia.
Por este motivo, se puede inferir con claridad que no
hubo un proceso sistematizado de análisis de las propuestas presentadas en
De esta manera, para otros procesos participativos similares, se deben establecer
mecanismos internos en el Concejo que aseguren que las propuestas sean vistas
de manera sistematizada en el proceso de decisión.
Los resultados de lo que se propuso desde el Foro
Ambiental Córdoba en
* Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
(para los anexos 12 y 18): NO SE
INCLUYÓ NADA.
* Lixiviados: sacar tratamiento anaeróbico, realizar
biorremediación de la laguna (para el anexo 13): NO SE INCLUYÓ NADA.
* Control y monitoreo ambiental (para el Anexo 13): SE INCLUYÓ PARA EL PUNTO
2.5. SERVICIO DE RECEPCIÓN Y ACONDICIONAMIENTO
DE RESTOS DE OBRAS Y DEMOLICIONES (Pág. 97 Y 98):
"Quienes finalmente realicen los ensayos
y análisis deben presentar los manuales de procedimiento de los equipos e
instrumentos utilizados, los protocolos operativos de tales instrumentos y en
forma periódica anual los certificados de calibración de los mismos emitidos
por instituciones nacionales o internacionales de reconocido prestigio.
Los resultados analíticos deben
presentarse cotejados con valores pertinentes de referencia existentes en la
normativa nacional vigente o normativa internacional.
Los resultados de los análisis cotejados
con los valores pertinentes deben estar disponibles públicamente en la página
Web de
CONTENIDOS EQUIVALENTES PROPUESTOS PARA LOS PUNTOS
2.1.- SERVICIO DE ENTERRAMIENTO SANITARIO CONTROLADO y 2.2.- TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS
RESIDUOS PATÓGENOS NO FUERON
INCLUIDOS.
* Monitoreo de
poblaciones de roedores e insectos vectores para realizar las aplicaciones de
plaguicidas sólo cuando resulte necesario; y uso de larvicidas u otros métodos
de bajo impacto ambiental para el control de larvas de mosquitos en la
laguna de lixiviados (para el anexo 13): NO
SE INCLUYÓ NADA.
* Especies de
pastos en la parquización, corrección ortográfica del nombre de las
especies (para el anexo 13): NO SE
INCLUYÓ NADA.
* Inclusión de
jardines de infantes y escuelas especiales en los planes de educación (anexo
17): SE INCLUYÓ (pág. 1 y 2): habla
ahora de programas educativos "en
establecimientos de todos los niveles y modalidades". Este anexo fue mejorado aún más, respecto a las mejoras que ya se habían
incluido por nuestros aportes realizados el 5 de marzo.