ARCHIVO Y MUSEO HISTÓRICO DE
CATAMARCA
TESTAMENTO, CODICILO Y FE DE MUERTE DE
CRISTOBAL DE ORELLANA – 1674
Trascripción de Gerardo Flores
Ivaldi en base al original
Testamento:
En el nombre de Dios amen en cuyo nombre tienen buen
principio medio y fin todas las cosas. Sepan cuantos esta carta de testamento
final y última voluntad vieren como yo Cristóbal de Orellana hijo
legítimo de Baltasar de Orellana y de Lucia Oñate vecinos
moradores de este valle creyendo como creo en el misterio de la
santísima trinidad Padre, Hijo y Espíritu Santo tres personas y
un solo Dios verdadero y en el misterio de la encarnación del Hijo de
Dios y en todo lo que demás que cree y enseña
Primeramente
mando mi alma a Dios nuestro señor que la crió y redimió
con su preciosa sangre en el árbol de la santa cruz y mi cuerpo a la
tierra que fue formado.
Ítem
– Mando que si Dios fuere servido de llevarme de la presente vida mi
cuerpo sea sepultado en la iglesia parroquial de este valle con entierro menor
y acompañen mi cuerpo el cura y el sacristán con cruz baja y ese
día si fuera hora se me diga una misa rezada por mi ánima y de
esto se pague la limosna de mis bienes.
Ítem
– Mando que se me digan en la dicha iglesia por mi anima tres misas
rezadas y se pague la limosna de mis bienes.
Ítem
– Mando a las mandas forzosas
a dos reales a cada una con que los aparto de mis bienes.
Ítem
– Declaro por mis bienes un pedazo de tierras que heredé de mis
padres con el agua necesaria para beneficiarla y que están indivisas y
por partir aunque hermanablemente y de concierto con mis hermanos son ocho
cuadras en el guasco que cae bajo de mis casas de largo y por más de
media cuadra de ancho o menos.
Ítem
– Declaro por mis bienes dos yuntas de bueyes de arado con mi yerro.
Ítem
– Declaro por mis bienes diez mulas mansas y dos chúcaras con seis
madrinas las tres mansas de subir y las otras de manca.
Ítem
– Declaro por mis bienes una vaca lechera con dos becerros el un errado y
el otro por errar y todo este ganado declaro está errado con mi yerro.
Ítem
– Declaro por mis bienes un azadón, un hacha, una suela y un
escoplo y tres punzones.
Ítem
– Declaro por mis bienes un freno mular y otro caballar y un par de
espuelas y unos lomillos nuevos.
Ítem
– Declaro que tengo en espigas como veinte fanegas de trigo de que no he
pagado diezmo ni primicia que son tres pesos y medio mas tengo un almud de sembradero y mas
por coger.
Ítem
– Declaro que [papel roto en el borde superior unos
Ítem
– Declaro que un mancebo llamado Pedro García me debe 20 pesos que
le di en Salta en reales que me pidió prestados mando se le cobren por
mis bienes.
Ítem
– Declaro que Don Luis de Quiroga difunto me debía quince pesos y
me los quedó a pagar Doña Josefa de Vera, su mujer viuda que no
los negará, mando se le cobren por mis bienes.
Ítem
– Declaro que el ayudante Lázaro Gómez de Ledesma me debe
cuatro @ de lienzo, mando se le cobren por mis bienes.
Ítem
– Declaro que Bartolo Perea me debe tres pesos de unas petacas que le
hice mando se le cobren por mis bienes.
Ítem
– Declaro que un indio llamado Baltilla [sic] de Choya me debe dos pesos
de resto de un macho que le vendí mando se le cobren por mis bienes.
Ítem
– Declaro que un indio de Collagasta llamado Felipe que hoy sirve a
Faustino Rodríguez me debe dos pesos de maíz que le di mando se
le cobren por mis bienes.
Ítem
– Declaro que un indio llamado Bartolo me es deudor de dos pesos y medio
conócelo mi hermano Melchor de Orellana y es natural de Santiago, mando
se le cobren.
Ítem
– Declaro que debo del resto del entierro de mi mujer veinte pesos y
medio al cura y vicario mando se paguen de mis bienes.
Ítem
– Declaro que no me acuerdo deber a otra persona cosa alguna pero si
alguno demandare a mis bienes hasta cantidad de cuatro pesos con su simple
juramento se le paguen y si fuere más cantidad lo pruebe judicialmente y
se le pague de mis bienes.
Ítem
– Declaro que yo fui casado y velado según orden de
Ítem
– Declaro que durante nuestro matrimonio hubimos y procreamos por hijos
legítimos nuestros y así lo declaro por descargo de mi conciencia
el mayor llamado Sebastián Ventura de Orellana y a Nicolás
Barroso de Orellana y a Cristóbal y Domingo de Orellana y a Catalina y a
Luisa y a Pascuala y Magdalena de Orellana declárolos por mis hijos
legítimos.
Ítem
– Declaro que la dicha Catalina de Orellana mi hija la casé con
Don Francisco de Figueroa y en dote y casamiento le di una manada de
veinticinco yeguas con padr[falta el final de la palabra] y la dicha mi hija
vestida con un vestido negro de seda con un manto y sin puntas nuevo y pollera
de vayeta de [sic] las dos camisas de Ruán nuevas y no le he dado otra
cosa mando que venga ahora a montón con los demás mis hijos
partiendo por iguales partes que es descargo de mi conciencia.
Para
cumplir este mi testamento y sus legados nombro y constituyo por mis albaceas y
testamentarios a mi hermano Melchor de Orellana y al Capitán Felipe
Moreno de
Codicilo
En
el e Valle de Catamarca jurisdicción de la ciudad de San Miguel de
Tucumán en tres días del mes de Marzo de mil seiscientos setenta
y siete años Cristóbal de Orellana vecino morador del dicho Valle
me hizo llamar a mi el Capitán Laurencio Carrizo vecino y alcalde
ordinario de la dicha ciudad y su jurisdicción por su Majestad, que Dios
Guarde, a su casa de la otra banda del río donde lo hallé enfermo
en la cama y habiéndole platicado y preguntado el efecto para que me
llamó, me dijo que tenía hecho su testamento otorgado ante el
teniente de maestre de campo Blas de Pedraza, su fecha en este Valle de
Catamarca en doce días del mes de abril de mil seiscientos y setenta y
cuatro años y que quería otorgar codicilo por haberse mudado con
el tiempo algunas cosas declaradas en dicho su testamento el cual deja en su
fuerza y vigor para en cuanto a su entierro herederos y albaceas que se
nombrarán es este codicilo [una palabra] por su última voluntad =
Y según parece doy fe yo el dicho alcalde ordinario está en su
entero juicio entendimiento y voluntad y en esta conformidad ordena las
cláusulas siguientes:
Primeramente las cláusulas contenidas en dicho
su testamento y que se entierre con el hábito de nuestro padre San
Francisco en las sepulturas de sus padres.
Bienes que deja
Primeramente unas tierras y la parte de
agua en la acequia principal que fue de su padre Baltasar de Orellana que le
pertenece como a uno de sus herederos. ----
Ítem
– Declara por sus bienes tres caballos mansos, el uno de camino.
Ítem
– Declara con por sus bienes en dicha su chacra una trioja [sic] con el
trigo que se hallare en ella.
Ítem
– Declara por sus bienes dos pailas, la mayor de ocho libras y la otra
pequeña.
Ítem
– Declara por sus bienes un algodonal que comienza a reventar.
Ítem
– Dos azadones y un hacha, una suela y dos escoplos declaró por
sus bienes.
Ítem
– Declaró que le es deudor Julián de Escobedo de dote que
le prometió en dote y casamiento con doña Valeriana de Escobedo
dos cientos pesos que no los a cobrado y que constaren en los archivos de la
ciudad de
Ítem
– Le es deudor Antonio Quinteros a sus bienes de diecisiete mulas
chúcaras.
Ítem
– Declara que le es deudor Miguel Sánchez, difunto, diez pesos
manda se le cobren de sus herederos en la sierra de Santiago del Estero donde
dejó bienes, manda se cobren por sus bienes.
Ítem
– Declara por sus bienes dos mulas que le debe Gaspar de Almada, manda se
cobren por sus bienes.
Ítem
– Declara le es deudor Don Esteban de Loyola, once pesos los nueve de
tres fanegas de trigo y los dos de resto de una mula que le vendió manda
se cobren por sus bienes.
Ítem
– Declara que le es deudor Luisillo de Alijilán cinco pesos manda
se cobren por sus bienes.
Ítem
– Declara deber cinco pesos al capitán Luis de Hoyos, manda se
paguen por sus bienes.
Ítem
– Dijo le es deudor Po [seguramente Pedro] García,
veintidós pesos, manda se cobren por sus bienes.
Ítem
– Declara que le debe Pedro Lazarte en el Tucumán veintidós
pesos.
Ítem
– Declara deber un toro buey a Pascual Varela, manda se pague de sus bienes.
Ítem
– Declara le es deudor los bienes del maestre de campo Gabriel Sarmiento
de Vega de trescientos pesos que le dio en dote Baltasar de Magallanes y los
libros en el dicho declárolo por descargo de su conciencia y que
constará en el archivo de
Ítem
– Declara que le es deudor el maestre de campo Antonio de
Y
para cumplir y pagar las mandas y legados de este testamento y codicilo nombra
por sus albaceas y tenedores de bienes y testamentario a Melchor de Orellana,
su hermano y a Ventura de Orellana, su hijo mayor, a quienes da poder y
facultad a entre ambos [sic] juntos y a cada uno insolidum para que entren por
fin de sus días a los dichos sus bienes y hagan y cumplan dichas
cláusulas y cumplidas nombra pos sus legítimos herederos a sus
hijos e hijas de legítimo matrimonio según son nombrados en el
dicho su testamento para que se repartan por iguales partes y lo gocen con la
bendición de Dios y la suya y en esta conformidad lo otorgó
así ante mi el dicho alcalde y testigos que se hallaron presentes y
rogados y llamados para dicho efecto que lo son el ayudante Pascual de Varela,
Melchor de Orellana y el alférez Lorenzo Cabral y Blas de Maidana y Luis
de Pereira que lo firmó a ruego del dicho otorgante por decir no lo
podía hacer y por defecto de escribano publico y Real, yo el dicho
alcalde interpongo mi autoridad y judicial decreto para que haga fe en juicio y
fuera de él y lo firmaron conmigo el dicho alcalde: Laurencio Carrizo de
Andrada [rubricado] Testigo Blas de Maidana [rubricado] Testigo Pascual de Varela
[rubricado] Lorenzo Pérez Cabral [rubricado] Por ruego y testigo Luis
Pereira [rubricado]
Fe de muerte
En
el Valle de Catamarca jurisdicción de la ciudad de San Miguel de
Tucumán en quince días del mes de marzo de mil seiscientos y
setenta y cuatro años yo el dicho alcalde doy fe en cuanto puedo y a
lugar de derecho este dicho día bide [sic] según parece pasado de
esta presente vida a Cristóbal de Orellana amortajado con el
hábito de San Francisco en las casa de la morada del ayudante Pedro
Arías y lo firmé con testigos presentes para cuyo efecto fueron
llamados por mi el dicho alcalde. Laurencio Carrizo de Andrada [rubricado]
Testigo Francisco Lazarte [rubricado]
Testigo Francisco Leme [rubricado]
[1] Este apellido aparece tanto con “v” como con “b”. Respetamos en cada caso la forma en que fue escrito.