EL VALOR DE LA INTUICIÓN

(SOBRE UNA TEORÍA INTUITIVA DE CONJUNTOS SIN ANTINOMIAS)

 

 

Pretendo mostrar cómo se puede expresar consistentemente, en idioma vulgar, los dictados de la intuición sobre las nociones de conjunto y de propiedad, superando las dificultades lógicas para establecer la relación entre ambas que han propiciado la aceptación de axiomáticas que, a mi juicio, no se atienen a la realidad de las nociones vulgares, pues alguno de sus postulados, cuya falsedad espero quede patente, no son compatibles con la existencia de conceptos evidentes, históricamente reconocidos como fundamentales.

 

En concreto, se rechaza el axioma llamado de comprensión, o separación, que postula la existencia del subconjunto de los elementos de un mismo conjunto cualquiera que poseen una misma propiedad cualquiera, así como el de unión fuerte, que postula la existencia del conjunto que tiene por elementos sólo los comunes a todos los conjuntos que son, a su vez, elementos de un mismo conjunto cualquiera, y el llamado de regularidad, que impide la existencia de conjuntos que sean elementos de sí mismos. Ciertamente, ni el primero ni el tercero citados son deseables: el uno somete una noción primitiva, como la de conjunto, que debe suponerse clara si se pretende fundamentar la Matemática sobre ella, a otra, como la de propiedad, que sí puede admitirse primitiva, pero no que se tenga –!la teoría convencional de clases, que parece pretender generalizar la de conjuntos equiparando las nociones de clase y de propiedad, tiene que admitir la existencia de algunas que no pueden pertenecer como ejemplares a ninguna otra!– suficiente clara; el otro, obviamente, tiene carácter de mera restricción. En cuanto al segundo, será sustituido por otros más débiles, que pueden considerarse casos particulares suyos, permitiendo interpretaciones de la noción de propiedad en términos conjuntistas más sencillas que las dadas en versiones anteriores, donde no se realizó esta sustitución, lo cual obligaba a admitir ciertos postulados causantes de complicaciones ahora superadas (y, quizás, de la reticencia general a reconocer el valor de la teoría). También podría rechazarse el axioma llamado de sustitución en sus formulaciones más corrientes, que presuponen el axioma de comprensión, pero ya se verá una forma satisfactoria de decir lo que se pretende con él independiente de éste.

 

Ciertamente, las nociones primitivas son lógicamente anteriores a los axiomas que puedan postularse sobre ellas, permitiendo darles sentido y asegurar su mutua compatibilidad, aunque haya infinidad de ellos lógicamente independientes. Así pues, hay que aceptarlas tales como sean, tratando siempre de evitar las confusiones que impiden la expresión consistente de las relaciones entre ellas, mas nunca de ignorar su evidente existencia. También, conviene rechazar la llamada lógica modal y considerar sin sentido las frases que no sean sentencias, o sea, estrictamente ciertas o falsas: es justo la confusión entre ambas nociones, de sentencia y de frase, lo que ha conducido la Lógica del último siglo a unos resultados que me atrevo a calificar de aberrantes.

 

Procuraré ajustarme a los usos convencionales de los términos empleados, pero sin someterme a un pretencioso formalismo que resulta inútil después de rechazar el citado axioma de comprensión. Así, cuando me interese definir el significado de alguna palabra, me limitaré a introducirla subrayada en un contexto suficientemente significativo. Podré hacer ciertas consideraciones de carácter un tanto metafísico que quizás resulten extrañas a espíritus no afines al mío, con las que sólo pretendo sugerir ciertas intuiciones que me hacen sentir seguro de estar en el buen camino, pero pueden ser obviadas por aquéllos que no las compartan, pues no afectan a la validez lógica de los resultados. (Trataré de comunicar esta evidencia con mayor eficacia en una posterior obra, Teoría de los Entes (T. E.), que espero llegar a escribir).

 

Las nociones de ente y de noente son las más primitivas de todas, por lo que doy por supuesta su posesión, y pueden servir para precisar el sentido con que uso ciertos términos lógicos, el que hace ciertas las sentencias siguientes:

 

– Sólo La Nada no es ente: Sólo los noentes no son entes.

– Sólo cero entes no existen y cuantosquiera entes existen.

– Sólo cero noentes existen o no existen.

– Todo y ningún noente es y no es un mismo ente cualquiera.

– Ningún ente es y no es un mismo ente cualquiera.

– Todo ente es o no es un mismo ente cualquiera.

– Cada uno de cada dos entes es sí mismo y no es el otro.

 

Quede claro, pues, que ni el nombre propio “La Nada” ni el común “noente” son significativos, o sea, propio o común de ente alguno, y que se considera la relación de existir en un sentido maximal absoluto, equivalente al de "ser sí mismo". También, que resulta un tanto intrascendente el decidir si es, o si no es, cierto que los noentes cumplen, o no cumplen, una condición cualquiera, pues sólo cero noentes podrían sí o no hacerlo; o sea, en ningún caso sería cierto que un(o) –nótese el uso del cuantor numeral– noente(s) cumple(n) o no cumple(n) la condición. (La confusión entre distintos criterios posibles para establecer convenciones al respecto puede ser la causa de una aparente contradicción. Nótese que al admitir la veracidad de ambas posibilidades opuestas de cumplimiento, atribuyendo valor cuantitativo al artículo indeterminado o adjetivo numeral, pero no al artículo determinado o adjetivo demostrativo, resulta totalmente carente de valor informativo la afirmación, en su sentido estricto, de la existencia de tal o cual sujeto, mas no la de su inexistencia, por lo que debe suponerse la negación de ésta cuando se quiere realizar la afirmación de aquélla sin incurrir en trivialidad. Por supuesto, siempre que resulte evidentemente falso el sentido primario de una expresión, no debe tomársela como errónea si admite uno secundario que sea verdadero.)

 

Ciertos entes son conceptos, por cuya intuición se reconoce a los entes representados como individuos suyos. Cuanto más abstracto, o menos concreto (por representar más entes), es el concepto, tanto más general, o menos preciso (por confundir más entes entre sí), es el reconocimiento –reservo la palabra “conocimiento” para expresar el reconocimiento debido a ciertos conceptos especiales, primarios, a tratar en T.E.– que proporciona. En cada idioma, todo concepto es denotado por un nombre, que designa los individuos propios de aquél. Cada concepto tiene infinidad de otros equivalentes a él, con sus mismos individuos representados, (y también de iguales, o equivalentes no idénticos pero sí denotados por los mismos nombres), pero sólo uno de ellos debe ser considerado como conjunto, que incluye, o excluye, como elementos a los entes que son, o no son, individuos de sus conceptos equivalentes. Así pues, se puede definir conjunto como concepto determinado –en T. E. se verá cómo puede hacerse esto– entre todos sus equivalentes. (Desde luego, si la noción de conjunto tiene tanto valor en Matemáticas, no es sólo por estar cada uno determinado por la inclusión de sus elementos, sino también por haber uno que sea equivalente a cada concepto, algo que las teorías conjuntistas convencionales no pueden admitir, asumiendo la noción de concepto en toda la amplitud necesaria aquí dada (que no es la mayor, ni quizás la más idónea –véase después– de las usuales), pero cuya posibilidad espero poner aquí en evidencia.)

 

Como se consideran ambas nociones, de concepto y de conjunto, lo suficientemente intuitivas para ser tenidas por primitivas, deberá ser la interpretación de los axiomas la que se ajuste a ellas y no éstas a ellos (fuera de los márgenes que el estado de determinación de la noción permita). Por supuesto, podré postular, en cada momento, los axiomas que estime oportunos para mis propósitos, siempre que sean compatibles con lo ya establecido. Ahora, para precisar similitudes y diferencias entre la teoría aquí propuesta y la convencional, interesa citar éstos:

 

A.1: Cada dos entes tienen un conjunto del cual sólo ellos son elementos.

A.2: Uno (al menos) de cada dos conjuntos incluye como elemento algún ente excluído por el otro.

A.3: Cada dos conjuntos tienen otro, su intersecto, que incluye sólo los entes que son elementos comunes de ambos.

A.4: Todo conjunto tiene otro, su complementario, que incluye sólo los entes excluidos por aquél.

A.5: Todo conjunto cuyos elementos son conjuntos tiene otro que solo incluye los conjuntos complementarios de éstos.

A.6: Todo conjunto tiene otro, a llamar subconjunton, que sólo incluye los subconjuntos de (contenidos en, sin elementos no propios de) él.

A.7: Todo conjunto tiene otro, su cardinal, que incluye sólo los conjuntos coordinables con (por biyección propia sobre) él.

A.8: Existe un conjunto que incluye sólo los cardinales de conjuntos.

 

(En versiones anteriores aparecía también un axioma postulando la existencia, por cada conjunto normal, que no se tiene a sí mismo como elemento, de otro, no normal, que sólo incluye los elementos del primero y a sí mismo. Se puede admitir o rechazar, pero ello no afecta a la potencia de la teoría, sino sólo a la determinación (a tratar en T. E.) del concepto que se considera conjunto: seguiría habiendo, en todo caso, un conjunto equivalente a cada concepto, ya fuera normal o no normal. Nótese que aparece, en lugar del axioma fuerte de unión, el mucho más débil A.3, que si bien no permite demostrar el pretendido teorema que afirma la existencia del producto de la unión de todos los conjuntos que son elementos de un mismo conjunto y debe ser ahora considerado falso (sin tener que sentir reparo alguno, pues no siempre tiene que ser posible el salto transfinito en la unión de todos los conjuntos de una serie, como en tantas otras operaciones matemáticas), sí lo va a hacer, junto a nuevos axiomas a postular, con todos los casos que verdaderamente interesan.)

 

Puede ya deducirse fácilmente que existen los conjuntos vacío, que excluye a todo ente, y universal, que incluye a todo ente, así como el conjunto total de conjuntos (a llamar conjuntón), y el total, perconjunton de los que contienen (perconjuntos) uno mismo cualquiera; también, que todo ente tiene un conjunto del cual es elemento único, y que hay tantos conjuntos distintos, normales y no normales, y con tantos elementos, como se quiera. (Se podría postular la existencia del conjunto de los números naturales, o cardinales de conjuntos finitos, no coordinables con ninguno de sus subconjuntos propios (no iguales a ellos), pero prefiero esperar a tener postulada la enumerabilidad de todo conjunto infinito, no finito, para obtenerla como teorema.) También resulta fácil ver que la propiedad de ser conjunto normal, que no es elemento de sí mismo, no define, en el sentido obvio, conjunto alguno, pues no existen conjuntos que sólo incluyan (todos) los entes que son conjuntos normales, ya que deberían tener y no tener a sí mismos como elementos. Sí existen, en cambio, conjuntos –el universal es uno de ellos– de los cuales son elementos todos los conjuntos normales; pero sucede que necesariamente también incluyen (infinidad de) otros que no son normales, como a ellos mismos (ya que, si no, serían normales y, al no incluirse a sí mismos, no podrían ya cumplir la condición de incluir a todo conjunto normal). Queda, pues, claro que la existencia del conjunto universal y de la propiedad de ser conjunto normal es incompatible con la pretendida veracidad del citado axioma conjuntista de comprensión. Sin embargo, cabe también preguntarse qué pasa con la propiedad de ser propiedad normal, de no poseerse a sí misma. (La incapacidad para contestar esta pregunta sin incurrir en contradicción creo ha sido la causa de que se haya preferido aceptar un axioma perfectamente rechazable antes que la evidente existencia de tales conjunto y propiedad, pero aquí se va a dar la respuesta.)

 

Lógicamente, la noción de propiedad (en el sentido usual aquí dado) es posterior a la de concepto, pues se requiere, para servirse de ella, la posesión de un idioma que dé sentido a las expresiones nominales complejas, o sea, que determine qué entes son denominados por cada una de ellas (normalmente, los que cumplen la condición de hacer verdadera la proposición definidora, al sustituir la variable por su nombre propio), en función de sus componentes más simples, que denotan conceptos supuestamente intuidos. Su interés radica en que todo nombre, o expresión nominal con sentido, expresa una propiedad que está presente, o ausente, respectivamente, en los entes sí, o no, denominados por él, pudiéndose postular que cualesquiera entes poseen, como ejemplares, una propiedad presente sólo en ellos. Existe, pues, una diferencia esencial, si bien sutil, entre la sencilla noción de concepto y la más compleja de propiedad: no todo nombre que expresa una propiedad puede denotar un concepto que tenga por individuos justo a los entes (ejemplares) denomnados por él. Esto es así, aún cuando la potencia de la noción de concepto (en el sentido un tanto restringido aquí dado) permita definir las propiedades como ciertos conceptos especiales (sin que ello quiera decir que los individuos del concepto tengan que ser los ejemplares del la propiedad, sino que la posesión de ésta por éstos queda determinada, de la manera que sea, por la pertenencia de aquéllos a aquél), en un proceso gradual e infinito (si no se quiere poner límite innecesario a las posibilidades del idioma) que exigirá distinguir (para evitar paradojas) entre distintos usos antes confundidos de palabras iguales.

 

En efecto, definiendo, primero, 0-clase, que 0-asocia a ciertos entes cualesquiera, sus 0-ejemplares, como conjunto de éstos, y después, inductivamente, (n+1)-clase, que (n+1)-asocia a sus (n+1)-ejemplares, como n-clase que n-asocia sólo los conjuntos atómicos, de elemento único, de éstos, se puede postular, primero, que toda propiedad tiene algún número natural, n, tal que sus ejemplares son, justamente, los n-ejemplares de una n-clase, y después, llamando n-propiedad a la que tenga al número natural n, su orden, como mínimo de los que cumplen la condición, identificar cada propiedad de cada orden n sucesivamente mayor que 0 –las 0-propiedades ya están identificadas con los conjuntos– con un concepto equivalente a la n-clase (como conjunto y, por tanto, concepto que es, según la definición inductivamente realizada) que n-asocia justo los ejemplares de la propiedad, pero distinto a los otros identificados ya con propiedades de orden menor, de modo que toda n-clase (que también es clase de todo orden menor, al menos) identificada con n-propiedad, a llamar n-clase propia, tenga tantos conceptos equivalentes identificados con propiedades como órdenes puedan considerarse suyos, uno más que el indicado por el máximo, rango, de ellos. Ahora, llamando sistema y n-sistema a los conceptos identificados con propiedades y n-propiedades, respectivamente, se puede postular que existe, por cada orden n, tanto el conjunto (0-sistema) total de n-sistemas como el de todos los sistemas –éste es uno de los postulados más débiles que sustituyen al aquí rechazado axioma fuerte de unión de la teoría convencional– de todo orden. (En textos anteriores, la asunción del tal axioma (obtenido como teorema) obligaba a definir las (n+1)-clases de forma distinta (también válida en éste, si bien se haya preferido la más sencilla), admitiendo también como n-ejemplar de la n-clase tanto a todo conjunto que incluya sólo (n+1)-ejemplares, como a todo el que no excluya ninguno de ellos (pudiendo incluir otros entes no (n+1)-ejemplares), para impedir que su aplicación reiterada permitiera demostrar la existencia del conjunto total de tales ejemplares y dejara sin valor la nuevas nociones de clase, así como a admitir la inexistencia del conjunto total de los conjuntos finitos (y, por tanto, la del total de infinitos y la de los conjuntos infinitos de conjuntos finitos) y, en general, que la clase total de conjuntos finitos de ejemplares de una clase cualquiera tenga orden mayor que el de ésta. La versión actual carece de estos inconvenientes, manteniendo toda la potencia de las otras. Nótese que también admite la definición del otro concepto de propiedad anterior, igualmente eficaz, como cierto conjunto de no más que dos elementos: la n-clase propia de los ejemplares de la n-propiedad y la n-clase vacía (no propia, si n>0, y cuyo rango indica el orden considerado de la clase propia, entre cero y el rango de ésta).)

 

Se puede ahora definir logia de grado n, o n-logia, como conjunto de todos los sistemas n-lógicos, de orden propio igual o menor a n, y admitir una axiomática relativa a éstos perfectamente análoga a la de los conjuntos (algo que no se podía hacer en las versiones anteriores), con lo que se obtiene una cadena infinita de logias de distintos grados, pero con formulaciones axiomáticas exactamente iguales que pueden inducir a error si se confunden los conceptos subyacentes. (Para evitarlo, nótese que todo sistema de un grado, u orden lógico, también lo es de cualquier otro mayor, y que tiene tantos conceptos equivalentes a él (no idénticos, sólo con los mismos individuos representados) que son sistemas, identificados a propiedades distintas (por tener distintos ejemplares asociados), como indique el rango de la clase equivalente a él (como concepto) más uno. Esperaré a T. E. para mostrar cómo se puede determinar qué conceptos son los identificados como sistemas, y cuáles son los órdenes lógicos atribuídos a cada uno.) Obviamente, el proceso de construcción de las sucesivas logias es gradual e infinito, pues la de grado mayor debe apoyarse –se requiere la elección de ciertos conceptos distintos de los ya elegidos como sistemas de órdenes propios inferiores– en la del inmediato anterior, por lo que, si bien se ha podido postular la existencia del conjunto total de sistemas, no puede considerarse como la logia de grado máximo, pues la infinitud del proceso impide dotarle de una estructura lógica –¡comprender esto es crucial para poder apreciar la consistencia de la teoría!– perfectamente análoga a la de ellas: En efecto, se puede postular que todo sistema que sea producto de la unión –usaré la terminología conjuntista, en la forma obvia, para referirme a sistemas– de sistemas disjuntos, sin ejemplares comunes, de órdenes propios distintos tiene orden propio no menor que cualquiera de éstos ni mayor que todos ellos, lo que implica que exista el producto de la unión de cualquier número (necesariamente finito) de tales sistemas de una misma logia cualquiera, pertenezca también a ésta y tenga orden propio igual al mayor de los de aquéllos, mas no que exista –de hecho, no existe– el producto de una infinidad de ellos (necesariamente no todos de la misma logia). Con todo, sí es admisible el axioma, capaz de satisfacer todas las exigencias razonables, que postula la existencia del producto de la unión de cualquier infinidad de sistemas pertenecientes a una misma logia cualquiera, si bien puede suceder que tal producto no pertenezca a ésta (por ser un sistema de orden lógico superior a su grado).

 

(Se podría haber considerado una noción más general (y, quizás, más primitiva) de concepto que permitiese identificar las n-propiedades o n-sistemas, no con sendos conceptos equivalentes a sendas n-clases propias con los mismos n-ejemplares, sino con sendos conceptos con tales n-ejemplares como individuos, cualquiera que fuese el orden n. Así, los nuevos conceptos, como las propiedades, se agruparían en órdenes, siendo el orden 0 el propio de los conceptos antiguos, o sea, el de los equivalentes a conjuntos, y, en general, el orden n el propio de los conceptos, n-conceptos, equivalentes a los nuevos sistemas de tal orden, o sea, representantes de los mismos –nótese que no es necesario el uso del prefijo “n”, pues el orden queda determinado por la clase de equivalencia del concepto– individuos. Desde luego, en T.E. preferiré esta noción más general, aunque aquí haya querido recordar la línea de versiones anteriores, que pretendían poner de manifiesto la potencia de la noción intuitiva de conjunto, mediante la definición de n-clase como conjunto especial. No obstante, no resulta difícil ver que las estructuras lógicas obtenidas por uno u otro camino son perfectamente compatibles e igualmente potentes.)

 

Ya resulta fácil contestar a la pregunta antes hecha sobre la propiedad de ser propiedad normal, no ejemplar de sí misma: Aun cuando exista el sistema (conjunto) total de las propiedades, la expresión “propiedad normal”, o ”sistema normal”, sólo tiene sentido propio si es relativo a un orden (o grado) cualquiera, pues no existe la pretendida relación absoluta de asociarse a sí mismo que corresponde a la inexistente logia máxima, y resulta posible postular que la propiedad de ser n-propiedad normal no es n-propiedad, o n-sistema, sino (n+1)-propiedad, o (n+1)-sistema (necesariamente normal, al ser todo ejemplar suyo n-propiedad, no (n+1)-propiedad). (Esto no impide que existan las relaciones absolutas de representar y de asociar, a secas, como debe ser por existir las nociones absolutas de concepto y de propiedad: es el “sí mismo” lo que obliga a suponer el orden lógico.)

 

Definiendo ordenamiento//n-ordenamiento de un sistema, base, cualquiera como sistema//n-sistema cuyos ejemplares son conjuntos tales de ejemplares de aquél que uno de cada dos contenga al otro, resulta obvia la relación de orden determinada por cada uno en su sistema base, así como la existencia, por cada ordenamiento, a llamar natural, determinante de un orden total y sin conjuntos infinitos como ejemplares, de un primer ejemplar de su sistema base, y, solo si éste es finito (necesariamente de orden 0), de uno último. También, se puede postular este axioma (cuya trascendencia no creo necesario recalcar):

 

A.9: Todo conjunto infinito tiene otro que es ordenamiento natural suyo.

 

Que todo conjunto infinito es numerable, o sea, coordinable con el de los números naturales, me temo sólo pueda convencerse de ello quien tenga suficiente clara la noción –trataré de ella en T. E.– de lo que son ciertos entes reales o actos (realizados por el Yo Único) que se suceden naturalmente por el Devenir Eterno, algunos de los cuales son actos intuitivos de conceptos que representan un solo ente cualquiera (y por los que se reconoce a éste); pues todo ente tiene –todo acto posible, como el de intuir un concepto equivalente a uno cualquiera, debe llegar a realizarse– infinidad de conceptos a realizar que lo tienen por único individuo, y el orden en que se realiza el primero (a partir de uno cualquiera) de los actos de reconocimiento de los distintos entes únicos determina, obviamente, un ordenamiento natural y total de ellos.

 

Obviamente, ya se puede deducir que todo cardinal de conjuntos infinitos es el mismo, o sea, que no hay más que un cardinal al que poder llamar infinito, siendo los demás, a llamar finitos, identificables con los números naturales. También, pues está contenido en el conjunto universal, que todo sistema es numerable. La dificultad para admitir la numerabilidad general puede ser debida a la creencia equivocada de que todo ordenamiento natural ha de ser un conjunto o 0-sistema, cuando, en realidad, puede haberlos de cualquier orden. En efecto, nada impide postular que el orden mínimo del sistema total de pares de ejemplares correspondientes de sendos sistemas coordinados es igual al mayor de los de éstos, así como –este axioma puede ser considerado como el nuevo de sustitución– que el sistema de los primeros términos de pares de un mismo sistema tiene orden no mayor que éste.

 

Veamos ahora que no son admisibles los razonamientos al uso con los que se pretende demostrar la existencia de conjuntos (o sistemas) no numerables, pues en todos ellos (por reducción al absurdo) juega un papel esencial el pretendido axioma conjuntista de comprensión, aquí rechazado por resultar evidentemente incompatible con la existencia de ciertos conjuntos exigidos por la noción primaria (y vulgar):

 

– El conocido razonamiento que pretende demostrar que ningún conjunto es coordinable con el de sus subconjuntos se vale del falso axioma al deducir, de la supuesta coordinabilidad, la existencia contradictoria del conjunto que tiene por elementos sólo a los propios de aquél que no se corresponden, en la supuesta coordinación, con subconjuntos que los incluyan. En realidad, el tal conjunto no existe, pero no porque no sea posible (en el caso de conjuntos infinitos) la coordinación, sino porque la dicha propiedad definidora no es del orden 0, sino de otro necesariamente mayor. Así pues, sí que existe el sistema de esos ejemplares, pero es de ese orden, no del cero.

 

  Otro tanto sucede con el también conocido razonamiento que pretende demostrar la imposibilidad de enumerar el sistema total de series, o secuencias infinitas, de elementos de un mismo conjunto de cardinal mayor que 1. La noción de serie, como la de propiedad normal, resulta ser relativa a un orden (el propio del sistema de sus segmentos iniciales), y puede postularse que el sistema total, relativamente al orden n, de series, n-series, es un sistema de orden n+1, por lo que todo ordenamiento natural suyo debe ser de orden superior a n, así como la serie, obtenida a partir de él, cuyo r-ésimo término es, para cada r, distinto del r-ésimo término de la serie que ocupa justamente el r-ésimo lugar en el supuesto ordenamiento natural del sistema total de las n-series, por lo que no resulta contradictorio que sea distinta a todas las del sistema ordenado.

 

Así pues, debe quedar claro que la determinación de los órdenes de las distintas infinidades de entes no es cuestión de tamaños o cardinales, sino de ciertas complejidades inherentes a ellas: el mismísimo sistema total de entes resulta ser del orden 0, y con ordenamientos propios (que lo tienen por base) del mismo orden, mientras que cualquier sistema infinito puede tener subsistemas, sistemas contenidos en él, así como ordenamientos propios, de cualesquiera órdenes mayores que el suyo. (Puede verse esto suponiéndolo coordinado con el sistema de sus subsistemas, considerando la propiedad (necesariamente de orden mayor) de ser ejemplar de aquél, mas no del subsistema apareado con él, y haciendo igual con el sistema de ejemplares que la poseen, repetidamente, hasta encontrar subsistemas complementarios (en el sistema inicial) del orden deseado, para conseguir, a partir de sendos ordenamientos naturales de éstos e intercalando correlativamente sus términos, un ordenamiento –puede postularse que del mismo orden anterior– del sistema inicial. Queda en el aire, si puede tener también subsistemas infintos de ordenes menores. Espero poder mostrar en T. E. que no siempre puede haberlos.)

 

Ahora, voy a contestar a una pregunta que podría producir cierta inquietud: ¿Qué pasa, entonces, con la noción de medida: Pues si todo sistema es numerable, resulta que la recta real, como sistema que es de puntos, o números reales, deberá poderse cubrir con una sucesión de intervalos abiertos de longitudes en progresión geométrica descendente de suma límite arbitrariamente pequeña, siendo evidente que la recta tiene longitud infinita...?

 

En efecto, es así; pero no hay contradicción en ello, ni repugna al sentido común, si se advierte que las nociones supuestamente primitivas de punto (como serie decimal)  y de continuidad (subyacente en la pregunta) no tienen carácter absoluto, sino sólo relativo a orden lógico, y que la condición de ser sistema continuo de puntos resulta tanto más fuerte cuanto mayor es el grado de la logia considerada: Ciertamente, la identificación de la recta real con el 1-sistema total de puntos, o números reales, definidos como 0-series decimales, implica que toda 0-serie convergente de puntos determine un punto límite, pero no que toda 1-serie decimal lo tenga; así que se pueden definir nuevos puntos (no identificables a números reales) como 1-series decimales –para obtenerlas, basta con escoger las sucesivas cifras de modo que correspondan a intervalos cuyas longitudes superen a la suma de los de sus subrecubrimientos propios– que no caen dentro de ninguno de éstos y cuya inclusión en la recta no afecta a la longitud de los intervalos ya existentes, lo que viene a indicar que la noción de medida de un intervalo poco tiene que ver con la de cantidad de sus puntos. ( Desde luego, la determinación de una serie de orden mayor que 0 no está al alcance del poder humano, mas sí el reconocimiento de su existencia, por intuición de conceptos sin otros individuos que ellas.)

 

(En realidad, se pueden manejar dos nociones muy distintas de medida, aplicables a sendas categorías disjuntas de cosas (o entes distintos del Yo Único), que agrupan éstas según sí o no sean de naturaleza discreta o extensa (o sea, sí o no analizables en términos de componentes simples, no descomponibles en otros). La primera citada tiene necesariamente que ver con el cardinal del sistema total de tales componentes simples de la cosa discreta en cuestión (cuales pueden ser, en el caso de actos cognitivos como los conceptos, los subconceptos atómicos, de un solo individuo, o, en el caso de actos sensitivos como signos o imágenes –su posibilidad de digitalización siempre existe–, los elementos de percepción o puntos luminosos ), y su número de medida puede expresarse como una serie de sumandos, relativos a sendos componentes simples (ya que todo sistema es numerable), con valores racionales; o sea, debe ser un número real, si la tal serie es de orden 0, y, en todo caso, pertenecer a uno de los sistemas  totalmente ordenados, semejantes al de los números reales, de la cadena creciente –cada anterior es subsistema de cada posterior– que se obtiene considerando los sucesivos órdenes lógicos de series decimales. En cambio, la segunda citada (que puede considerarse más primitiva que la anterior y posibilita interpretaciones erróneas de ella) tiene que ver con la extensión del espacio (en el sentido más primitivo del término, distinto del usual en Matemática), cosa que no es parte de otra, mas sí divisible en partes extensas, que se tocan –cada dos complementarias son adyacentes– y son divisibles, a su vez, sólo en partes tales. Sucede que el sistema total de medidas o extensiones de partes del espacio tiene una estructura que, a mi juicio, todavía no ha sido tratada con acierto en Matemática –espero hacerlo en T.E.– aunque puede decirse que debe admitir no sólo la existencia de sendos subsistemas identificables a los sistemas decimales de cualesquiera órdenes, sino también la de extensiones infinitésimas (que impiden la relación de orden total de aquel sistema, pero posibilitan postular el orden lógico cero tanto para él como para el de valores solo infinitesimalmente diferentes a los de un mismo sistema decimal de orden lógico cualquiera, y también para el de ciertos números reales, a llamar espaciales, que son razones entre volúmenes de partes determinables (por obvios procedimientos geométricos) a partir de puntos pertenecientes a rectas de un mismo sistema ortogonal infinito y distantes racionalmente del origen, permitiendo la existencia de infinidad de subsistemas maximales totalmente ordenados que incluyen todos los números espaciales, así como una obvia correspondencia entre los pares de éstos y ciertas partes extensas, a llamar segmentos. Con todo, también este sistema, como cualquier otro, es numerable y puede hacerse sobre él una pregunta análoga a la antes hecha sobre la recta real. No pasa nada, sigue sin haber contradicción: Todo sistema, cualquiera que sea la naturaleza de sus ejemplares, es una cosa discreta y puede ser recubierto de tal manera, siempre que tenga la estructura adecuada para dar sentido a la posibilidad. Sin embargo, las cosas extensas, aunque no existan las partes absolutamente simples en que dividirse, sí deben –así lo exige la propia noción primitiva– poder hacerlo en finitud de ciertas otras, a llamar piezas, que no puedan dividirse en dos partes que no se toquen –resulta muy intuitiva la existencia de una infinidad descendente de grados de intimidad en la relación de contacto– en el grado más elevado, y puede no ser posible para ellas, con el sentido pretendido, la operación de unión generalizada a infinidad de factores (como sucede en el caso de desigualdad entre el volumen del pretendido producto y la suma límite de los de factores).

 

Queda por precisar un criterio –trataré de hacerlo en T.E.– que permita determinar el orden lógico de cada sistema. No obstante, se puede conjeturar que todos los sistemas verdaderamente fundamentales o imprescindibles en la práctica, logias incluídas, son de orden 0. Si el sistema total de números reales tiene orden 1, es porque incluye números que no son espaciales. Esto, por supuesto, no impide que la belleza y sencillez del concepto propio de aquéllos los haga extremadamente útiles.

 

 

Espero hayan quedado suficientemente desveladas las confusiones que provocan las conocidas paradojas que han propiciado la aceptación de axiomas equivocados en la Teoría de Conjuntos, causantes de la complicación, tan enorme como inútil, del panorama matemático actual. La intuición no engaña, sólo aporta datos en su propio idioma natural, no aprendido, que la razón debe traducir al idioma vulgar. Si no se acierta en ello, las consecuencias pueden ser fatales para quienes, despreciando aquélla, actúan como simples máquinas lógicas.

 

No deja de sorprenderme el escaso interés que un trabajo con la trascendencia de éste parece despertar entre las muchas personas con capacidad más que suficiente, a mi parecer, para comprenderlo que ya lo conocen (por medios más directos que Internet). Quizás sea ello debido a la dificultad para admitir hechos como el de que ciertas infinidades de individuos puedan tener orden mayor que las infinidades de los conjuntos atómicos de éstos, o que no exista el producto de la unión de infinidad de sistemas disjuntos de órdenes distintos. No obstante, esas posibilidades deben resultar perfectamente naturales si se reconoce la infinidad de entes esencialmente iguales a todo conjunto o todo sistema, como cosas que son, y la complejidad del necesario proceso de elección que determine, entren todos ellos, el considerado como tal conjunto o tal sistema. Aunque la naturaleza humana no tiene capacidad para realizar ese proceso, sí la tiene para comprender su existencia y apreciar su carácter gradual, que permite pasar de un orden al siguiente (sin llegar nunca al máximo inexistente). Ciertamente, poner en evidencia esto requiere profundizar en una teoría más general que la de conjuntos, cual puede ser la Teoría de los Entes, que espero llegar a presentar suficientemente avanzada, si consigo el tiempo libre necesario para ello. Con todo, el hecho de permitir explicar consistentemente todos los dictados de la intuición (algo no conseguido hasta ahora), debería bastar para el éxito de lo presente. A quien no lo crea asi, le invito a que me exponga sus razones por medio de esta dirección: [email protected] . Trataré de contestarle satisfactoriamente  Muchas gracias.

 

 

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