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Concesión de una nueva licencia para el ingreso de un tercer
operador en el mercado de telefonía móvil a nivel nacional (Lima
y Callao a partir del segundo semestre del año 2007), a través
de la prestación del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS)
en las siguientes bandas:
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BANDA D:
(1 865 – 1 870 Mhz / 1 945 – 1 950 Mhz); y
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BANDA E:
(1 882,5 – 1 895 Mhz / 1 962,5 – 1 975 Mhz
ATRACTIVOS DE LA PROPUESTA PARA EL INVERSIONISTA
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Inversión en un país estable, dinámico y abierto a la
inversión extranjera;
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Concesión de PCS en un mercado de alto potencial de
crecimiento;
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Un marco legal y regulatorio claro y transparente que
promueve la inversión privada en telecomunicaciones;
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Un organismo regulador con amplia y probada experiencia en
el sector; y
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Un proceso de otorgamiento de la concesión transparente,
equitativo y objetivo
El mercado de servicios móviles ha mostrado un crecimiento
significativo en los últimos años, pasando de 1.3 millones de
suscriptores en el año 1999 a 5.5 millones de suscriptores en el
año 2005 (22% de crecimiento promedio anual). Si bien este
crecimiento ha sido importante, la penetración telefónica
(suscriptores por cada 100 habitantes) continúa por debajo de
los indicadores de la región. A diciembre 2004 la penetración
telefónica era de 14,8 suscriptores por cada 100 habitantes,
cifra por debajo de otras ciudades como Chile (62.1), Argentina
(34.8), Ecuador (34.4) y Colombia (23.2). Este indicador sugiere
que el alto crecimiento en número de suscriptores registrado en
el país, debería mantenerse en los siguientes años.
OBLIGACIONES DEL ESTADO
Garantía de que las frecuencias a ser asignadas se encuentran
desocupadas, que no existe sobre ellas ninguna carga o
limitación de cualquier naturaleza y que ningún tercero tiene
cualquier tipo de derecho sobre ellas. Asimismo, garantía que,
de conformidad con la modificación del Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias, la banda está atribuida para
servicios públicos de telefonía móvil.
OBLIGACIONES DEL INVERSIONISTA
Cumplir con las Metas de Uso del Espectro, las normas de calidad
fijadas por OSIPTEL y el Plan de Cobertura (a ser definido en
las Bases).
OBLIGACIONES DE TERCEROS
La supervisión de la concesión será efectuada por el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones y OSIPTEL, de acuerdo a las
competencias de cada organismo.
ESTRUCTURA FINANCIERA
La concesión será a titulo oneroso, con requerimientos de
inversión (Plan de Cobertura).
ESTADO DEL PROCESO
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El proceso de concesión ha sido convocado el 7 de marzo de 2007
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El esquema de concesión a ser aplicado y el factor de
competencia de la Licitación se encuentran en proceso de
definición
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