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NORMAS GENERALES TEMP. 08/09
F.A.T.M. - TEMPORADA 2008 - 2009
INSCRIPCIÓN DE CLUBES Y EQUIPOS.
Para la inscripción de clubes y equipos será requisito imprescindible haber liquidado los derechos económicos de la temporada anterior.
El plazo para la inscripción de CLUBES Y EQUIPOS comprenderá del 04/09/2008 al 30/09/2008.
Al tal efecto, se cumplimentarán los diversos impresos de inscripción de club y de equipos facilitados en su día por la Federación. Así mismo, en sede de Federación se os podrán aportar, tanto en soporte informático como en papel.
Respecto a la incorporación de jugadores a equipos en el transcurso de la temporada, se estará a la normativa establecida.
TRAMITACIÓN LICENCIAS.
No se tramitará ninguna licencia cuyo pago no haya sido previamente abonado a esta Federación.
Las solicitudes de licencias deberán tener entrada en la FATM con, al menos, 10 días de antelación a la alineación del jugador. Para su tramitación deberán ir acompañados del correspondiente impreso de inscripción de jugadores y del pago de los correspondientes derechos económicos (adjunto se remiten tarifas correspondientes a la temporada 2008-09).
La fecha de admisión ordinaria se fija desde el día 04/09/2008 hasta el día 11/12/2008, rogando se aporte el mayor número de inscripciones de jugadores en dicho periodo, para garantizar la cobertura a los Clubes de la MGD.
A partir del día 16 / 12 / 2008 sólo se tramitarán las licencias que se presenten en días y horas de oficina en la última semana de mes.
Por exigencia de la normativa de la R.F.E.T.M. y Mutualidad General Deportiva, para la tramitación de la correspondiente licencia será requisito indispensable, la aportación de fotocopia del D.N.I. tanto de Jugador como de Técnicos.
CALENDARIO DE COMPETICIÓN
En la última semana del mes de Septiembre, se convocará una reunión con los Delegados de Clubes, a efectos de planificar el Calendario de Competición Federativo.
En materia de APLAZAMIENTOS, se estará a lo establecido en la temporadas anteriores, DEBIENDO REFLEJAR EN EL ACTA ARBITRAL del partido aplazado, tanto la fecha de celebración oficial, como la fecha aplazada.
ACTAS ARBITRALES
Respecto a la obligatoriedad de entrega en sede Federativa de las ACTAS ARBITRALES tanto Nacionales como de Ligas Territoriales, para el control del límite de encuentros a disputar en ligas Nacionales por parte de los jugadores que participen en Ligas Territoriales, se SUSPENDE su aplicación, en la medida de que en la pagina Web Oficial de la RFETM se consignen los resultados y encuentros disputados por los jugadores en Ligas Nacionales. En otro caso, se entregarán las Actas de Nacional.
APLICACIÓN CAMBIO NORMATIVA NACIONAL: Como en la Temporada anterior, la acumulación de encuentros en equipos de División superior a la Liga Territorial, será como seguidamente se expone;
Los jugadores Seniors y veteranos cuando hayan sido alineados en DOS encuentros de Liga Nacional, ya no podrán descender a jugar en Liga Territorial.
El resto de categorías, cuando hayan sido alineados en CINCO encuentros de Liga Nacional, ya no podrán descender a jugar en Liga Territorial, tal y como se ha venido aplicando hasta la fecha.
En relación con la Liga Territorial B, con carácter general, operará también el límite de los 2 o 5 encuentros, según categorías, es decir, cuando un jugador haya sido alineado en los citados encuentros en liga Territorial A, ya no podrá descender a jugar en Liga Territorial B.
CAMBIOS DE CLUB
A los efectos de la Competición en Liga Territorial, los jugadores con categoría Sub-21, Juvenil, Infantil, Alevín o Benjamín, podrán cambiar de Club por una sola vez, tramitando nueva Licencia por un Club diferente, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
A) Soliciten y tramiten Licencia en su nuevo Club por un equipo de categoría superior a la que tenían.
B) Acompañen carta de libertad de su antiguo Club,
C) Lo hagan antes del día 01.01.2009
ACREDITACIÓN DE LICENCIAS
Ante la situación observada respecto a la ACREDITACIÓN DE LICENCIAS Federativas en los encuentros de las diferentes Ligas, la Junta Directiva acordó que ante la NO PRESENTACIÓN de la misma al inicio del encuentro, el jugador o representante del Club deberá personarse con dicha Licencia el primer martes siguiente a la fecha de celebración del encuentro. El incumplimiento de dicha premisa motivará una sanción económica al Club de 3 €uros, cantidad que se verá duplicada en los sucesivos incumplimientos de jugadores del mismo Club. JUNTA DIRECTIVA F. A. T. M.
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