CAPITULO XIII
EL DERECHO POSITIVO

El derecho positivo es la rama de las ciencias sociales cuyos principios presiden la organización y aseguran el orden de las sociedades humanas.

El régimen imperativo de la supremacía religiosa y civil ha dividido un solo derecho de ley natural, en muchas ramas torcidas las que han llamado derechos y entre muchas otras son:

1º.-El derecho privado el que lo descompone en las reglas que quieren que rijan a las personas. Pero en su afán de división para desnaturalizar el derecho igual, subdivide el derecho privado en derecho general y derecho especial.

El derecho general no es otro que el civil, que es natural y abarca todos los derechos universales.

Todos los otros derechos no son más que para crear las diferencias y privar a unos de todo derecho y adjudicarse los supremáticos todos los derechos, pero están fuera de la ley natural.

2º.-El derecho comercial industrial y acaparamiento, creado por el derecho privado, es antinatural y es la causa descubierta de todas las aflicciones, y agobios que la humanidad sufrió.

3º.-El derecho público, el cual comprende la organización del gobierno, sus relaciones entre sus... !!!gobernados!!!... y las de los estados entre sí.

También dividen este derecho en nacional e internacional, dando al primero el derecho constitucional, el orgánico, el administrativo y el penal. Dan al derecho internacional público, las relaciones que deben tener con los estados exteriores.

4º.- El derecho mixto, o internacional privado, que se refiere a los súbditos de diferentes soberanías y a sus relaciones recíprocas.

5.- El derecho práctico o de procedimientos que rige sobre los modos de hacer valer los derechos de todos esos enumerados.

Como las fuentes de que han bebido los conocimientos los modernos legisladores del derecho, son las leyes escritas, las costumbres, la tradición y la historia; y nosotros hemos demostrado su mixtificación a gusto y paladar de los parásitos religioso-civiles, todos esos derechos son para ellos. El pueblo no ha tenido ninguno y ni aun el de la vida. Por esto el pueblo universal se unió y establece la comuna sin derechos privados y con un solo derecho igual: el derecho a todo bajo el Código de Amor Universal.

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