PARTE CUARTA
CONOCIMIENTOS DE RÉGIMEN

CAPÍTULO IX
El hombre ante la ley

PÁRRAFO V
EN LA APLICACIÓN JUSTA DE LAS LEYES DE MAYORÍA NO SE COMETE INJUSTICIA, PERO PUEDE HABER RESPONSABILIDADES

Por todo lo expuesto en esta pauta, queda axiomatizada la sentencia que sirve de encabezamiento a esta párrafo; pero en la enciclopedia, donde encontraréis todos los hechos de la segunda etapa por orden de fechas, tenéis en la fecha 29 de junio de 1913 una gran argumentación definitiva de que “aunque la justicia en muchos casos haga sufrir a justos con pecadores, no falta a la justicia”.

Como allí se hace axioma irrebatible ese acto de la ley de mayoría y es extenso y ocupa el lugar que le corresponde, no se transcribe aquí donde sólo me propongo daros conocimiento de régimen; por lo tanto, leedlo allí, con los antecedentes y precedentes, y después de aquello, veréis que sobran todas las argumentaciones a este respecto.

Pero aquí digo que “puede haber responsabilidades en esa aplicación”; y también está esbozado esto como para hacerlo sentencia en el código y algo se dice atrás en los párrafos 4 y 5 del capítulo octavo; por lo que, sólo algo ilustrativo he de decir ahora, con un ejemplo práctico.

Tratamos de cosechar trigo; para ello y a fin de hacerle producir lo que nos proponemos, en lógica ley, tenemos que disponer el terreno roturándolo y revolviéndolo para que se sature de sol la tierra; cuando se halla en condiciones de humedad y es tiempo oportuno, vamos y extendemos la semilla que envolvemos con cuidado y vigilamos luego para arrancar las hierbas que harían daño al trigo; hemos llenado todas las condiciones requeridas con voluntad y amor cumpliendo las leyes de la producción y tenemos derecho a recoger en buena ley, lo que en buena ley deben dar la semilla y la fuerza del terreno, por nuestro trabajo preparatorio; lo probable es que logremos una buena cosecha.

Mas si no hemos llenado todos esos requisitos de la ley de siembra y la escarda, o si hemos cumplido todo lo referente al trabajo, pero hemos repartido mal la semilla cargando mucha en unos puntos por lo que no puede cada grano dar todos los hijos que debería dar porque la espesura no deja circular el aire y el trigo en hierba se pudre, la cosecha será irregular, mala.

¿No hay aquí responsabilidad? ¿Esta es sólo del sembrador? Lo será si al ser mandado a sembrar no manifestase no ser apto; o si siéndolo, no tubo en cuenta al tirar el grano o al manejar la máquina esparcidora la fuerza del viento que puede amontonar la semilla; en estos casos, será responsable el sembrador.

Pero la responsabilidad puede ser también del ordenador o maestro agricultor, que no examina antes en caso tan importante la inteligencia del sembrador y por esa falta malogra el fruto del trabajo.

Aquí se ha cumplido la ley del trabajo marcada por los ingenieros, que por su autoridad representan la mayoría; pero los encargados del trabajo no han llenado la probidad de la ley y, sin embargo de haber hecho el trabajo, han incurrido en responsabilidad: la causa no es otra, sino el que, todos lo podemos hacer todo, pero todos no somos maestros en todo, en la ejecución de las cosas. El sembrador sabe tirar la semilla, pero no supo repartirla e incurrió en responsabilidad; y también el maestro encargado, al confiar la siembra a quien no le correspondía.

Con este ejemplo os quiero decir, que todos tenemos obligación de cumplir la ley y ésta nos obliga inflexiblemente; pero que no todos somos del mismo grado y que, según seáis aptos y maestros en una cosa, sed ayudantes buenos en la otra en la que no seáis aun maestros; de lo contrario, incurriréis en responsabilidad aunque hayáis trabajado con voluntad para cumplir la ley; la habréis cumplido, sin duda, por el trabajo, pero seréis responsables por la improducción.

Sí; para cumplir la ley, es necesario que cada uno conozca su valía y que esté dispuesto al sacrificio que significa el cumplimiento de la justicia, en el deber de cada uno; falta el que manda lo que uno no sabe o no puede hacer y falta también el que obedece sin conocimiento: uno y otro son responsables del mal que reciba la comunidad.

La ley ha de cumplirse, pero poniendo cada cosa en su sitio y haciendo un sitio para cada cosa, que es un buen principio de justicia equitativa con lo que se evita la responsabilidad, ya que la ley no comete injusticia en la aplicación de ella a todos y cada uno, porque ella es inflexible y reúne todas las cosas que deben producir su resultado; éste será bueno o malo, según que el actor sea aprendiz o maestro, pero la ley se habrá cumplido y los perjudicados serán los ineptos cumplidores de la ley.

Hosted by www.Geocities.ws

1