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COMISION PARITARIA
En la última reunión de la comisión paritaria, se
han tratado entre otros, los siguientes temas de interés.
Prima Única Amara y Eibar.
Una vez implantado el calendario anual en Amara y
Eibar, han quedado establecidas las Primas Únicas en cada residencia
de la siguiente manera:
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Amara 9,36 euros
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Eibar 7,97 euros
Las cantidades de ésta Prima Única se establecen
como importes mínimos, modificándose solamente al alza como
consecuencia de nuevas negociaciones de cuadros o incrementos de
convenio.
La Prima Única es diferente en cada
residencia, porque es diferente el porcentaje de fines de semana de
libranza, la nocturnidad, el horario límite, etc. Las
manifestaciones malintencionadas que desde otros sindicatos se han
hecho sobre esta cuestión, van encaminadas a confundir al personal y
a mantener un clima de crispación continuo en las residencias
laborales.
Servicios
Especiales Final de Copa.
Desde ELA entendemos que los servicios especiales
que se implantaron el día de la final de Copa del Athletic, deben de
tener el tratamiento de Servicios Especiales Nocturnos (art. 22 del
convenio). Así se lo hemos trasladado a la dirección, en la comisión
Paritaria. La dirección ha manifestado que había dejado el abono de
éstos servicios a la espera del acuerdo de los nocturnos, que se
estaba debatiendo en el comité
Con la primera propuesta de acuerdo que ELA y
CCOO llevamos al comité, y que nosotros condicionamos a la
unanimidad de éste para sacarla adelante (finalmente pese a contar
con la mayoría suficiente, no pudo ser por los votos en contra de
UGT, CGT y el silencio de LAB), se hubiese producido lo siguiente.
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Turnos
regulares que como consecuencia del partido, son prolongados.
A todos los trabajadores
afectados se les computarían como mínimo las jornadas que tenían
grafiadas previamente, con sus variables correspondientes.
Los turnos modificados conllevarían además una compensación
económica por el exceso de tiempo realizado sobre lo previamente
grafiado, o por la modificación sufrida (retraso en la salida en los
turnos de tarde y adelanto en la entrada en los de mañana). Ésta
compensación consistiría en el abono de la prima de Servicio
Nocturno Especial más variables. Art. 22º del convenio (19,97
euros/hora)
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Turnos nuevos creados con inicio de
jornada a media tarde y con final de jornada después de las
23:45, asignados a
los Suplementarios de absentismo o
a quienes en su calendario anual tenian grafiado absentismo.
Al superar los
horarios límite del artículo 20.10 del convenio, el tiempo realizado
por delante de las 6 horas o por detrás de las 22 horas, será
compensado con la
prima de Servicio Nocturno Especial más
variables. Art. 22º del convenio (19,97 euros/hora)
La dirección manifestó en la comisión
paritaria que al no existir acuerdo de comité, aplicará en estos
casos los criterios que ha venido llevando a cabo en situaciones
similares anteriores.
La dirección comparte el criterio de
que hay una laguna en convenio, y comenta en primer lugar, no tener
claro que estos servicios especiales sean nocturnos, por lo tanto
abonará una vez más:
Computo del turno más variables (agente único,
horario límite, nocturnidad….), y si se llegara a un acuerdo entre
la parte social (entre los sindicatos), puede haber retroactividad
desde el 2009.
En segundo lugar alega, que aún considerándolos
así en algunas residencias, no dispone ni de voluntarios ni de
personal de bolsa, por lo que se encuentra legitimada para asignar
estos servicios al personal de absentismo.
Es decir que como consecuencia de la
inoperancia y de la estrategia de UGT, LAB, CGT Trenbideginen y ESK,
de posicionarse en contra de cualquier propuesta que desde ELA
presentemos, la empresa ha obligado una vez más a realizar un
servicio especial a los absentistas, a un precio barato y sin que
nadie lo denuncie, y todo ello con el pretexto de defender a los
absentistas (que con el calendario anual, al rotar el absentismo,
vamos a serlo todos).
Turno
8 y 10 de Durango
Aprovechamos éste informatzen para informaros que
hemos tratado con la dirección la problemática del turno 8 y 10 de
Durango.
La dirección reconoce que ciertos días el turno 8
finaliza más tarde de lo habitual debido al servicio de material que
se realiza.
Nos han asegurado que se va a computar el exceso
de jornada que se realice en esos días y que a partir de septiembre
se le dará una solución definitiva.

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