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HITZARMEN  2008
2008/02/20
  

 

Después de 12 reuniones de negociación del convenio colectivo, la dirección ha presentado una propuesta de Preacuerdo, dando por terminadas las negociaciones.

El próximo día 5 de Marzo se realizará una reunión con los posibles firmantes del Preacuerdo.

 

Desde ELA hemos manifestado en esta reunión, que trasladaremos el documento a la sección sindical y a las asambleas de afiliados para valorarlo y tomar una decisión.

 

Os mostramos el contenido  (de manera más resumida) del documento presentado.

 

Ámbito temporal.

3 años más una  posible  prorroga de otros dos años (similar a lo que se redactó en la anterior negociación 2005-2007).

 

Retribuciones

Para 2008 un 4,2% + 0,5 (Itzarri).

Para el resto de años de vigencia el porcentaje de subida que se aplique al personal de la Administración General de la CAPV.

Se mantiene durante la vigencia del convenio (en caso de acuerdo), la paga de objetivos actual incrementada en un 4,2% para 2008. El resto de años se incrementaría también  con el porcentaje de subida que se aplique al personal de la Administración General de la CAPV.

 

Reorganización y Modelo de Gestión de Líneas.

Se acuerda continuar con la aplicación y desarrollo del nuevo modelo de Gestión de Líneas.

 

Calendarios anuales.

Se implantan los calendarios anuales, incluyendo en estos la rotación del absentismo. Estos calendarios deberán garantizar un reparto equitativo del trabajo en cada residencia, de manera que todo el personal tenga un número similar de fines de semana trabajados, noches, jornadas de mañana, tarde, etc.

 

Vacaciones

Se incorporará al Convenio el texto del acuerdo parcial alcanzado el pasado día 5/12/07.

 

Contrato de relevo y Salud y Seguridad

Se incorporan al Convenio los acuerdos alcanzados en estas materias con fecha 29/06/07.

 

Plus de Responsabilidad

Se incluirá en el Art. 11 de convenio el acuerdo sobre el plus de Responsabilidad de los niveles 8, 9 y 10, alcanzado el 28/12/06.

 

Premios y Sanciones

Se acuerda la inclusión en el texto del Convenio de la nueva redacción elaborada el 28/11/07 para el apartado de Premios y Sanciones.

 

Cómputo en situaciones de IT.

Se integra en convenio la redacción propuesta por ELA, con la que se pretende  que todo el personal reciba mensualmente y anualmente información detallada de su cómputo horario, así como la obligatoriedad de la empresa a comunicar en el plazo de un mes de la finalización del cómputo, el exceso de horas correspondiente.

También queda regulado el cómputo horario  al personal eventual (de igual manera que al fijo) y las incidencias de las I.T. en el cómputo.

 

Cobertura de plazas

Se incluirá en el texto del Convenio, la Normativa de Cobertura de Vacantes y de Tribunal Examinador

 

Acoplamientos

Las personas declaradas afectas por una IPT verán rescindida su relación laboral al cumplimiento de los 55 años, percibiendo 175 mensualidades de la antigüedad de la tabla especial del anexo II.,  sin que tal medida suponga una disminución de la plantilla fija. Esta misma cantidad será aplicable al artículo 50.b actual. 

 

En caso de revisión de la situación de IPT, si el trabajador ya ha abandonado la Empresa por habérsele reconocido la misma siendo mayor de 55 o haber alcanzado esa edad tras su reconocimiento, la Empresa se compromete a la readmisión independientemente del tiempo transcurrido desde la declaración de Incapacidad. En caso de readmisión, el trabajador estará obligado previamente a devolver las 175 mensualidades de la antigüedad.

 

La modificación contenida en este apartado se aplicará a las declaraciones de Incapacidad que ocurran a partir de la aprobación del Convenio por parte de la Administración, por lo que no será aplicable a los trabajadores acoplados antes de la citada aprobación.

 

A aquellos trabajadores que por cumplir 55 años deban rescindir su relación laboral, se les garantizará una cantidad mínima de 75.000 euros, por la suma de este concepto y de la cobertura de seguro.

 

Las 175 mensualidades de la antigüedad a que hacer referencia este punto, así como la cobertura de seguro detallada en el apartado siguiente,  se abonarán también a aquellos trabajadores mayores de 55 años a los que les sea reconocida una IPT y deban, por lo tanto, abandonar la empresa.

 

Cobertura de seguro

Se amplía la cobertura a la Incapacidad Permanente Total, Incapacidad Permanente Absoluta, Gran Invalidez  y Fallecimiento,  tanto por enfermedad como por accidente, con una cantidad de 40.000 euros, abonándose  el pago conjunto y por mitades de la prima. El importe a abonar por trabajador o trabajadora asciende a  unos 80 euros anuales.

 

Disponibilidad en fin de semana

A partir de la firma del preacuerdo podrán solicitarse dos días de Disponibilidad Obligatoria en sábados y domingos, dentro de los cinco existentes en la actualidad, respetando las siguientes condiciones:

 

  1. Quedan excluidos los días 25 de diciembre y 1 de enero, así como el resto de festivos anuales que no coincidan en fin de semana, con la excepción de los dos que se marcan en virtud del artículo 33, apartado 2.
  2. Solo  podrá requerirse el día cuando el fin de semana anterior o posterior, el trabajador o trabajadora tenga grafiado descanso ambos días en su cuadro de servicio.
  3. Se respetara el descanso mínimo de 36 horas semanales.
  4. Se garantizará el tercio de fines de semana de libranza anual.
  5. El trabajador o trabajadora podrá negarse una vez al llamamiento.
  6. No se aplicará a los sábados nocturnos en cuadro.

 

La dirección solicitará con el comienzo de cada año personal voluntario para efectuar dicha disponibilidad, de manera que solamente recurra al personal  obligatorio, cuando falle el sistema de voluntarios.

 

El día (sábado o  domingo) efectivo trabajado en disponibilidad obligatoria, se retribuirá a razón de precio de hora BRU por hora realizada, más las variables generadas por el turno.

 

Carnés de Viaje (beneficiarios)

Se amplia la edad a los 26 años  sin necesidad de justificar. A partir de este momento, aquellos que sigan conviviendo con el trabajador o trabajadora y no llegue al salario mínimo interprofesional mantendrá el derecho

 

Permisos y Excedencias

Se integran en convenio los derechos sobre “Permisos y Excedencias” de los empleados y empleadas de Lakua, adaptándolos a la realidad de Euskotren.

El Texto final se acordará con los firmantes del Preacuerdo, antes de la firma del texto del convenio.

Se ampliará el derecho de las licencias y permisos a las Parejas de Hecho.

 

Retribución Variable por Sábados, Puentes, Domingos y Festivos.

Se crea una nueva bolsa económica de 250.000 euros destinada a pagar las jornadas de sábados, puentes, domingos y festivos efectivamente trabajados. Según nuestros cálculos unos 17,70 euros brutos por fin de semana realizado. Este montante económico sería consolidable y se le añadirían los incrementos económicos de cada año.

 

Prima por sábados nocturnos en Cuadros de Servicio.

La cantidad de la primera de las opciones que regulan este artículo se incrementa a 170 euros. Se mantiene la opción sindical.

 

Ropa de trabajo

En el seno de la Comisión de Atenciones Sociales se estudiará la posibilidad de pasar a un sistema de reposición por deterioro, de modo que la disminución en el número de prendas repartidas revierta directamente en la calidad de las mismas. Asimismo se procederá a la revisión de la cantidad destinada a calzado, fijándose en 40 euros. 

 

Derechos sindicales

Se elimina la limitación de dos liberados por sección sindical, pudiendo liberar tantos como les permita la acumulación de su crédito horario, y se estipula que los liberados percibirán las variables resultantes de su Cuadro de Servicio, desapareciendo la compensación económica recogida en el Art. 66 del vigente convenio colectivo.

 

Plan de Euskera

Durante 2008 se procederá a la revisión y actualización del Plan de Euskera, para posteriormente continuar con la aplicación del mismo en los términos y con el alcance que se acuerde.

Se igualará el tratamiento de los liberados para el aprendizaje por el Plan de Euskera y por el Art. 45 del Convenio, abonando también a estos las variables del cuadro de servicio.

 

Ampliación de la protección jurídica.

La empresa se hará cargo de los recursos administrativos que se hubieran de interponer con motivo de expedientes sancionadores en materia de tráfico incoados durante el servicio, siempre que los mismos no sean motivados por conductas temerarias, conducir bajo los efectos del alcohol y otras drogas, etc.…

De igual manera, se abonarán los importes de los cursillos para la obtención del carné de conducir, o de los puntos perdidos, en las mismas condiciones expresadas en el artículo anterior. 

 

Cláusula de subrogación del personal del Taller del Tranvía

A fin de hacer posible la estabilidad de la plantilla, en las futuras adjudicaciones de la contratación de este servicio, se garantizará por parte de las nuevas adjudicatarias la subrogación de los trabajadores que prestan su servicio actualmente en el taller del Tranvía de Atxuri.

 

Plantilla

Se crean 45 nuevos puestos de trabajo, por encima de las vacantes estructurales actuales.

 

Intercambio de viajes.

La empresa se compromete a realizar las gestiones oportunas a fin de procurar que la plantilla de Euskotren amplíe la gratuidad en el transporte público en las líneas de Bizkaibus, Bilbobus y Lurraldebus.

 

Reunificación de primas variables

Se propone incluir todos los conceptos variables del cuadro en una prima única que se cobraría por día de alta en la Empresa. Esto tendría como consecuencia el cobro de la Prima de Vacaciones no sólo en las seis semanas de vacaciones, sino también en las otras tres semanas de disfrute (festivos y semana recuperada).

 

En caso de acordarse la unificación de primas, se ampliarían los horarios límites recogidos en el Art. 32º Cuadros de servicio; 11) a) quedando de la siguiente manera:

 

            Año 2008                                Año 2009                                            Año 2010

Mañana 5:15 y 15:00             Mañana 5:15h y 15:00                       Mañana 5:30h y 15:00

Tarde    13:00 y 23:30           Tarde    13:00 y 23:15                       Tarde    13:00 y 23:15.

 

Plan de Igualdad

EuskoTren estará obligado a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, seguirá adoptando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.

 

Acuerdo BRU

Se integrará en el convenio el acuerdo sobre las horas BRU alcanzado en el seno de la Comisión Paritaria. Asimismo, se abonará la comida o cena cuando cualquiera de ellas se encuentre incluida en la intervención BRU.

 

Recaudaciones en taquillas y autobuses

Ambas partes se comprometen a tratar la problemática actual en relación con las recaudaciones efectuadas en taquillas y en el ámbito de carretera, en el plazo de seis meses desde la firma del convenio.

 

Calendarios y Vales de Comida

A partir de 2009 se aplicará la jornada continuada, en Servicios Centrales, a las semanas de Semana Santa y Navidad que por el turno de vacaciones corresponda trabajar, así como al periodo comprendido entre el 15 de Mayo y el  15 de Octubre.

Para 2008: se eleva el importe del Vale de Comida a 7,5 euros.

Para 2009: se eleva el importe del Vale de Comida a 8,5 euros.

Para 2010: se eleva el importe del Vale de Comida a 9 euros.

 

Día adicional de libranza por antigüedad

Se crea un día de libranza adicional al personal con una antigüedad superior a 18 años, ligado a una reducción del absentismo global (6,5%) y a  no haber estado más de  6 días de baja al año ni haber asistido a más de 6 consultas medicas retribuidas





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