Después de 12 reuniones de negociación del convenio colectivo, la
dirección ha presentado una propuesta de Preacuerdo, dando por
terminadas las negociaciones.
El próximo día 5 de Marzo se realizará una reunión con los posibles
firmantes del Preacuerdo.
Desde ELA hemos manifestado en esta reunión, que trasladaremos el
documento a la sección sindical y a las asambleas de afiliados para
valorarlo y tomar una decisión.
Os mostramos el contenido
(de manera más resumida) del documento presentado.
Ámbito temporal.
3 años más una posible
prorroga de otros dos años (similar a lo que se redactó en la
anterior negociación 2005-2007).
Retribuciones
Para 2008 un 4,2% + 0,5 (Itzarri).
Para el resto de años de vigencia el porcentaje de subida que se aplique
al personal de la Administración General de la CAPV.
Se mantiene durante la vigencia del convenio (en caso de acuerdo), la
paga de objetivos actual incrementada en un 4,2% para 2008. El resto de
años se incrementaría también con
el porcentaje de subida que se aplique al personal de la Administración
General de la CAPV.
Reorganización y Modelo de Gestión de Líneas.
Se acuerda continuar con la aplicación y desarrollo del nuevo modelo de
Gestión de Líneas.
Calendarios anuales.
Se implantan los calendarios anuales, incluyendo en estos la rotación
del absentismo. Estos calendarios deberán garantizar un reparto
equitativo del trabajo en cada residencia, de manera que todo el
personal tenga un número similar de fines de semana trabajados, noches,
jornadas de mañana, tarde, etc.
Vacaciones
Se incorporará al Convenio el texto del acuerdo parcial alcanzado el
pasado día 5/12/07.
Contrato de relevo y Salud y Seguridad
Se incorporan al Convenio los acuerdos alcanzados en estas materias con
fecha 29/06/07.
Plus de Responsabilidad
Se incluirá en el Art. 11 de convenio el acuerdo sobre el plus de
Responsabilidad de los niveles 8, 9 y 10, alcanzado el 28/12/06.
Premios y Sanciones
Se acuerda la inclusión en el texto del Convenio de la nueva redacción
elaborada el 28/11/07 para el apartado de Premios y Sanciones.
Cómputo en situaciones de IT.
Se integra en convenio la redacción propuesta por ELA, con la que se
pretende que todo el personal
reciba mensualmente y anualmente información detallada de su cómputo
horario, así como la obligatoriedad de la empresa a comunicar en el
plazo de un mes de la finalización del cómputo, el exceso de horas
correspondiente.
También queda regulado el cómputo horario
al personal eventual (de igual
manera que al fijo) y las incidencias de las I.T. en el cómputo.
Cobertura de plazas
Se incluirá en el texto del Convenio, la Normativa de Cobertura de
Vacantes y de Tribunal Examinador
Acoplamientos
Las personas declaradas afectas por una IPT verán rescindida su relación
laboral al cumplimiento de los 55 años, percibiendo 175 mensualidades de
la antigüedad de la tabla especial del anexo II.,
sin que tal medida suponga una disminución de la plantilla fija.
Esta misma cantidad será aplicable al artículo 50.b actual.
En caso de revisión de la situación de IPT, si el trabajador ya ha
abandonado la Empresa por habérsele reconocido la misma siendo mayor de
55 o haber alcanzado esa edad tras su reconocimiento, la Empresa se
compromete a la readmisión independientemente del tiempo transcurrido
desde la declaración de Incapacidad. En caso de readmisión, el
trabajador estará obligado previamente a devolver las 175 mensualidades
de la antigüedad.
La modificación contenida en este apartado se aplicará a las
declaraciones de Incapacidad que ocurran a partir de la aprobación del
Convenio por parte de la Administración, por lo que no será aplicable a
los trabajadores acoplados antes de la citada aprobación.
A aquellos trabajadores que por cumplir 55 años deban rescindir su
relación laboral, se les garantizará una cantidad mínima de 75.000
euros, por la suma de este concepto y de la cobertura de seguro.
Las 175 mensualidades de la antigüedad a que hacer referencia este
punto, así como la cobertura de seguro detallada en el apartado
siguiente, se abonarán
también a aquellos trabajadores mayores de 55 años a los que les sea
reconocida una IPT y deban, por lo tanto, abandonar la empresa.
Cobertura de seguro
Se amplía la cobertura a la Incapacidad Permanente Total, Incapacidad
Permanente Absoluta, Gran Invalidez
y Fallecimiento,
tanto por enfermedad como por accidente, con una cantidad de 40.000
euros, abonándose el pago
conjunto y por mitades de la prima. El importe a abonar por trabajador o
trabajadora asciende a unos
80 euros anuales.
Disponibilidad en fin de semana
A partir de la firma del preacuerdo podrán solicitarse dos días de
Disponibilidad Obligatoria en sábados y domingos, dentro de los cinco
existentes en la actualidad, respetando las siguientes condiciones:
La dirección solicitará con el comienzo de cada año personal voluntario
para efectuar dicha disponibilidad, de manera que solamente recurra al
personal obligatorio,
cuando falle el sistema de voluntarios.
El día (sábado o domingo)
efectivo trabajado en disponibilidad obligatoria, se retribuirá a razón
de precio de hora BRU por hora realizada, más las variables generadas
por el turno.
Carnés de Viaje (beneficiarios)
Se amplia la edad a los 26 años
sin necesidad de justificar. A partir de este momento, aquellos
que sigan conviviendo con el trabajador o trabajadora y no llegue al
salario mínimo interprofesional mantendrá el derecho
Permisos y Excedencias
Se integran en convenio los derechos sobre “Permisos y Excedencias” de
los empleados y empleadas de Lakua, adaptándolos a la realidad de
Euskotren.
El Texto final se acordará con los firmantes del Preacuerdo, antes de la
firma del texto del convenio.
Se ampliará el derecho de las licencias y permisos a las Parejas de
Hecho.
Retribución Variable por Sábados, Puentes, Domingos y Festivos.
Se crea una nueva bolsa económica de 250.000 euros destinada a pagar las
jornadas de sábados, puentes, domingos y festivos efectivamente
trabajados. Según nuestros cálculos unos 17,70 euros brutos por fin de
semana realizado. Este montante económico sería consolidable y se le
añadirían los incrementos económicos de cada año.
Prima por sábados nocturnos en Cuadros de Servicio.
La cantidad de la primera de las opciones que regulan este artículo se
incrementa a 170 euros. Se mantiene la opción sindical.
Ropa de trabajo
En el seno de la Comisión de Atenciones Sociales se estudiará la
posibilidad de pasar a un sistema de reposición por deterioro, de modo
que la disminución en el número de prendas repartidas revierta
directamente en la calidad de las mismas. Asimismo se procederá a la
revisión de la cantidad destinada a calzado, fijándose en 40 euros.
Derechos sindicales
Se elimina la limitación de dos liberados por sección sindical, pudiendo
liberar tantos como les permita la acumulación de su crédito horario, y
se estipula que los liberados percibirán las variables resultantes de su
Cuadro de Servicio, desapareciendo la compensación económica recogida en
el Art. 66 del vigente convenio colectivo.
Plan de Euskera
Durante 2008 se procederá a la revisión y actualización del Plan de
Euskera, para posteriormente continuar con la aplicación del mismo en
los términos y con el alcance que se acuerde.
Se igualará el tratamiento de los liberados para el aprendizaje por el
Plan de Euskera y por el Art. 45 del Convenio, abonando también a estos
las variables del cuadro de servicio.
Ampliación de la protección jurídica.
La empresa se hará cargo de los recursos administrativos que se hubieran
de interponer con motivo de expedientes sancionadores en materia de
tráfico incoados durante el servicio, siempre que los mismos no sean
motivados por conductas temerarias, conducir bajo los efectos del
alcohol y otras drogas, etc.…
De igual manera, se abonarán los importes de los cursillos para la
obtención del carné de conducir, o de los puntos perdidos, en las mismas
condiciones expresadas en el artículo anterior.
Cláusula de subrogación del personal del Taller del Tranvía
A fin de hacer posible la estabilidad de la plantilla, en las futuras
adjudicaciones de la contratación de este servicio, se garantizará por
parte de las nuevas adjudicatarias la subrogación de los trabajadores
que prestan su servicio actualmente en el taller del Tranvía de Atxuri.
Plantilla
Se crean 45 nuevos puestos de trabajo, por encima de las vacantes
estructurales actuales.
Intercambio de viajes.
La empresa se compromete a realizar las gestiones oportunas a fin de
procurar que la plantilla de Euskotren amplíe la gratuidad en el
transporte público en las líneas de Bizkaibus, Bilbobus y Lurraldebus.
Reunificación de primas variables
Se propone incluir todos los conceptos variables del cuadro en una prima
única que se cobraría por día de alta en la Empresa. Esto tendría como
consecuencia el cobro de la Prima de Vacaciones no sólo en las seis
semanas de vacaciones, sino también en las otras tres semanas de
disfrute (festivos y semana recuperada).
En caso de acordarse la unificación de primas, se ampliarían los
horarios límites recogidos en el Art. 32º Cuadros de servicio; 11) a)
quedando de la siguiente manera:
Año 2008
Año 2009
Año 2010
Mañana 5:15 y 15:00
Mañana 5:15h y 15:00
Mañana 5:30h y 15:00
Tarde
13:00 y 23:30
Tarde
13:00 y 23:15
Tarde
13:00 y 23:15.
Plan de Igualdad
EuskoTren estará obligado a respetar la igualdad de trato y de
oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, seguirá
adoptando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación
laboral entre hombres y mujeres.
Acuerdo BRU
Se integrará en el convenio el acuerdo sobre las horas BRU alcanzado en
el seno de la Comisión Paritaria. Asimismo, se abonará la comida o cena
cuando cualquiera de ellas se encuentre incluida en la intervención BRU.
Recaudaciones en taquillas y autobuses
Ambas partes se comprometen a tratar la problemática actual en relación
con las recaudaciones efectuadas en taquillas y en el ámbito de
carretera, en el plazo de seis meses desde la firma del convenio.
Calendarios y Vales de Comida
A partir de 2009 se aplicará la jornada continuada, en Servicios
Centrales, a las semanas de Semana Santa y Navidad que por el turno de
vacaciones corresponda trabajar, así como al periodo comprendido entre
el 15 de Mayo y el 15 de
Octubre.
Para 2008: se eleva el importe del Vale de Comida a 7,5 euros.
Para 2009: se eleva el importe del Vale de Comida a 8,5 euros.
Para 2010: se eleva el importe del Vale de Comida a 9 euros.
Día adicional de libranza por antigüedad |