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DERECHO AMBIENTAL

IMPORTANTE: Este articulo NO POSEE LOS ACENTOS CORRESPONDIENTES AL IDIOMA ESPAÑOL. Los acentos han sido escritos con un TECLADO ITALIANO, por lo tanto se encuentran al revès!!!

El Derecho Ambiental es el conjunto de normas de Derecho Nacional, Europeo e Internacional que tiene como objetivo proteger los recursos naturales y limitar la contaminaciòn del ambiente. Su principal objetivo es la prevenciòn de la contaminaciòn de las aguas, del aire y del suelo. Comprende las normas de legislaciòn urbanìstica, el cuidado del paisaje, las bellezas naturales y la disciplina que controla las actividades en los centros de la ciudad.

Derecho Nacional

A nivel de legislaciòn nacional està previsto por muchos paises que quien comete un daño al ambiente deba pagarlo (pagando el equivalente al daño provocado) y que si esta persona se niega a pagarlo pueda ser procesada. * Para combatir la contaminaciòn muchos estados han introducido un sistema de autorizaciones y licencias para desenvolver actividades como la descarga de desechos que podrian representar un peligro para el ambiente.

Derecho Europeo

A nivel de legislaciòn europea la CEE ha propuesto numerosas directivas que reguardan la contaminaciòn atmosfèrica, acùstica, el tratamiento de los residuos, la protecciòn de la fauna y la flora y la evaluaciòn del impacto ambiental. El derecho ambiental comunitario (el conjunto de las normas jurìdicas que tiene como objetivo el cuidado del ambiente) aùn no està constituido por un cuerpo omogèneo de leyes, como el internacional.

Derecho Internacional

A nivel internacional el derecho ambiental consiste en un conjunto de directivas internacionales que ponen reglas a las actividades relacionadas con la defensa, a la gestiòn y el desarrollo del ambiente. La toma de conciencia acerca de los problemas ambientales y que los mismos no pueden ser resueltos a nivel local ha hecho crecer en los ultimos años la preocupaciòn de todos y asi se han hecho tratados y acuerdos en un gran nùmero de paises.

Entre los màs importantes tratados internacionales tenemos LA CONVENCION INTERNACIONAL PARA LA PREVENCION DE LA CONTAMINACION MARINA POR PARTE DEL PETROLEO (1954), LA CONVENCION DE PARIS SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE TERCEROS EN EL CAMPO DE LA ENERGIA NUCLEAR (1960) Y LA CONVENCION DE RAMSAR SOBRE LAS ZONAS HUMEDAS Y DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL (1971).

LA CONFERENCIA DE ESTOCOLMO sobre el ambiente humano ha contribuido a hacer crecer en todo el mundo el conocimiento que determinados problemas ambientales han ya alcanzado una dimensiòn planetaria y que no era un problema de un determinado pais o regiòn.

Despuès de dicha conferencia fueron escritos diferentes tratados entre los cuales se encontraban: LA CONVENCION SOBRE EL COMERCIO DE LAS ESPECIES A RIESGO, LA CONVENCION PARA LA PREVENCION DE LA CONTAMINACION MARINA POR PARTE DE FUENTES TERRESTRES, LA CONVENCION DE GINEBRA SOBRE LA PREVENCION DE LA CONTAMINACION ATMOSFERICA, ETC.

Si bien las promesas fueron varias y las firmas muchisimas, la aplicaciòn de estos acuerdos presenta grandes dificultades. La corte internacional de justicia tiene la facultad de intervenir solo en casos limitados para aplacar los contrastes que en algunas ocasiones surgen entre paises participantes de los acuerdos. Y es sempre mas importante la participaciòn de organizaciones no gubernamentales como ser Greenpeace y WWF.

Ademàs de las numerosas normas relacionadas a nivel internacional fueron escritos diversos documentos que contienen indicaciones no vinculadas ( lineas guias, còdigos comportamentales, declaraciones de principios, etc) que por su naturalezza no impositiva consienten una aplicaciòn mas flexible y contribuyen en forma determinada a difundir modelos de comportamientos apreciables.

* opiniòn personal: he traducido este texto para informar a las personas sobre este argumento, aùn asi, todo lo que aquì està escrito me parece una estupidez, una hipocrecìa y una tomada de pelo.

"...quien comete un daño al ambiente deba pagarlo (pagando el equivalente al daño provocado) y que si esta persona se niega a pagarlo pueda ser procesada" esto me parece una broma de mal gusto y, como siempre, a pagar el daño seran los comunes mortales como nosotros que por tirar un papel en la calle (acciòn que sin dudas condeno, quede claro) deben pagar multas saladas cuando los Patrones del Mundo continuan destruyendo las selvas, contamiando las aguas y volviendose cada dìa màs ricos! Baaaa!!

 

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