PRESENTACION
Como explicación del por
qué y de la ampliación del contenido de la segunda
edición de la Prueba Indiciaria destaco lo siguiente:
Es probable que a partir de
1996 se concrete la vigencia del Código Procesal Penal que el
"Congreso Constituyente Democrático" dejó al voto y el
Congreso actual, consecuente con su responsabilidad histórico,
-según sabemos- , se apresta a debatirlo y aprobarlo.
La aplicación auténtica
del nuevo Código implicará una inevitable sustitución del actual
"modelo" procesal penal "mixto" por el
"modelo" acusatorio garantista.
Esa sustitución de
"modelo" obligará -entre otras innovaciones esenciales- a
cambiar cualitativamente el método de esclarecimiento de la verdad
y de la obtención de la certeza sobre el thema probandum y
el thema decidendum. Osea,los "operadores" del
nuevo sistema procesal penal tendrá que priorizar el método científico-técnico
que garantice la eficacia en la investigación, así como que tendrán
que practicar un auténtico debate contradictorio y a efectuar un
discernimiento técnico-lógico sobre la prueba para resolver cada
caso. De modo que, el tradicional y neoinquisitivo método de la "entrevista"
(del interrogatorio, que en la mayoría de la veces es aberrante
e inocuo) pasará a tener un rol simplemente complementario.
La anhelada innovación
entre otros cambios debidos de mentalidad y de actitud nos obligará
a emplear con eficiencia, destreza y prioritariamente la prueba
indiciaria; medio de prueba que en el Perú actual, con gravísima
irresponsabilidad, aún lo tenemos lejos del foco de nuestra
conciencia y prueba de ello es que todavía la mayoría confunde
indicio con prueba indiciaria o ésta con la mera suposición. Gravísimo
estado de ignorancia que es urgente remediar.
Esta segunda edición
responde al siempre modesto pero firme afán de continuar instando
al estudio y aplicación de tan importante medio de prueba que tiene
como contenido:
- el texto revisado de la anterior;
- mayor número de ejemplos de indicios y prueba indiciaria,
respectivamente;
- inclusión de más tipos de razonamiento aplicable al caso
para motivar la vuelta a la Lógica común porque la Lógica es
también un faro imprescindible para el manejo adecuado de la
prueba indiciaria. Toca al lector y al operador del sistema
valerse de las demás clases de razonamiento como, por ejemplo,
de la inferencia por analogía;
- una selección de lectura clasificada que aportará mayores
ilustraciones sobre la importancia práctica de la Criminalística.
No obstante mi convicción
de que toda obra humana es imperfecta, tengo la esperanza de que en
algo os pueda servir esta segunda edición.
Mi gratitud a "Ediciones
B. L. G.", que asume la tarea de esta nueva edición.
Florencio Mixán Máss
Autor
INTRODUCCION
1.
-Diferencia y relación entre indicio y prueba indiciaria
respectivamente.
2.
-Denominaciones.
3.
-Definición.
4.
-Los componentes del concepto prueba indiciaria.
5.
-Problemas reales y imaginarios de aplicación
6.
-Carácter específico de la prueba indiciaria.
7.
-Importancia de la prueba indiciaria.
8.
-Transcripción de algunos casos resueltos con la prueba indiciaria.
9.
- El llamado contraindicio.
10.
- Los indicios constituyen un universal ilimitado que dificulta su
clasificación.
11.
- Criterios básicos para la eficacia de la prueba indiciaria.
12.
- Regulación de la prueba indiciaria el el Código Procesal Penal.
13.
- Jurisprudencia Nacional escasa y deficiente
LA CARGA DE LA
PRUEBA
1.
- Breve visión retrospectiva sobre la "carga de la
prueba"
2.
-La acepción tradicional civilista de la carga de la prueba.
3.
-Notas relievantes de la carga de la prueba, según la aúnpredominante
doctrina civilista.
4.
- Clasificación de la carga de la prueba
5.
-Necesaria mutación de la acepción de la "carga de la
prueba". para el procedimiento penal.
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