|
||||||||||||||||
|
||||||||||||||||
|
Lima, 03 de Junio del 2003 |
||||||||||||||||
|
Dólar Paralelo: 3.47/3.49 ISBVL: +0.20% IGBVL: +0.40 |
||||||||||||||||
Precios a Mayo (INEI) Coyuntura Agraria (MINAG)
|
||||||||||||||||
|
|
|
|
||||||||||||||
|
OFICIO Nº 653-2003-MTPE/SG Sobre el particular, luego de constatar la existencia de inexactitudes en el artículo de la referencia procedemos a realizar las siguientes precisiones: 1. Hacen referencia a que, en las instalaciones de La Razón se habría llevado a cabo una diligencia de Embargo dentro de un Procedimiento de Ejecución de Sentencia Judicial emitida por el Fuero Laboral, la que habría estado dirigida por una representante del Ministerio de Trabajo.
Sobre el particular, señalamos que en virtud a lo establecido en el
artículo 139º de la Constitución Política del Perú existe independencia
entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, razón por la cual
la diligencia judicial llevada a cabo, en las instalaciones de La Razón,
por un especialista del Sétimo Juzgado Laboral de Lima, NO SE ENCUENTRA
DENTRO DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS POR EL MINISTERIO DE TRABAJO Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO, TODA VEZ QUE EXISTE INDEPENDENCIA EN EL EJERCICIO
DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL. |
|
|||||||||||||||