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Lima, 05 de Junio del 2003 |
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UIT:S/.3100 Dólar Paralelo: S/.3,492-3,494 Euro: US$1,1636(-0,001) Yen:US$118,445(-0,465) IGBVL:+0,06 +0.20% ISBVL:+0,54 |
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Precios a Mayo (INEI) Coyuntura Agraria (MINAG)
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Norma de menor jerarquía atenta contra autonomía del Gobierno Regional Congresista Alcides Chamorro Denuncia Interferencia Del Cnd En Concurso De Directores Regionales
Chamorro Balvín, explicó que el Consejo Nacional de Descentralización no es un órgano constitucional, sino un órgano de coordinación adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, por lo tanto, nos es posible que se instituya como órgano superior al gobierno regional y dícte resoluciones sobre aspectos que no son de su competencia individual, sino del colegiado del CND y del gobierno regional. El representante del departamento de Junín, precisó que la Ley de Bases de Descentralización y la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, no le otorga atribuciones ni funciones al CND para regular los plazos del concurso público para la designación de directores regionales, hacerlo amparados en una Resolución Presidencial es inconstitucional y un exceso en que ha incurrido el Presidente del CND, Luis Thais Diaz, en tal sentido, mediante oficio No. 170 Chamorro solicitó información sobre el sustento jurídico de la referida norma. Es sumamente preocupante que mediante la Resolución Presidencial No. 066-CND-P- el Consejo Nacional de Descentralización pretenda convertirse en la última instancia en un proceso de selección de los directores regionales, sectoriales y tener la posibilidad de rechazar o aceptar unilateralmente las apelaciones que presentan contra los eventuales ganadores y finalmente decidir quienes serán los nuevos directores regionales. Con este acto dejan marginado a los gobiernos regionales en esta última fase del concurso. Por otro lado, Chamorro Balvín, explicó que la Ley de Bases de la Descentralización No. 27783, en su artículo 24° señala puntualmente cuales son las funciones de CND y en ningún momento se le otorga la atribución para regular el concurso de Directores Regionales, por lo tanto, al momento de emitir los lineamientos del concurso, debió ceñirse a las funciones que le otorga la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales o en todo caso coordinarlos con la autoridad regional En efecto, la ley marco de los de Gobierno Regionales No. 27867, establece que la selección de directores regionales sectoriales se hará previo concurso público convocado por los gobiernos regionales en coordinación con el gobierno nacional, de acuerdo a los lineamientos generales elaborados por el CND. Sin embargo, este organismo estableció unilateralmente plazos en el concurso para directores, cuando esta atribución correspondía al gobierno regional, con quien por los menos debería coordinar estas determinaciones. |
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