REGLAMENTO DE LA ESCUELA BÍBLICA DE LAS AMÉRICAS
<<Regresar >>
ARTÍCULO I: En cuanto a los
Requisitos de Admisión:
Párrafo
Primero:
Toda persona interesada en estudiar en la Escuela Bíblica de las Américas
previamente debe participar en la escuela satélite de Fundamentos Bíblicos de
su congregación, en segundo lugar llenar una solicitud de admisión, que es
parte del reglamento escolar, la cual recibirá por medio de la iglesia en la
que es miembro y con la cual ha estado colaborando activa y evidentemente en la
predicación, la enseñanza y el evangelismo al menos los dos últimos años.
Párrafo
Segundo:
Todo formulario debe ser completamente entendido, aceptado y contestado en
todos sus puntos, luego de esto ser devuelto a la E. B. A. a más tardar el día
30 de agosto del año anterior al de la admisión. Fuera de esta fecha no se
garantiza posibilidad de adquirir la beca.
Párrafo
Tercero:
Toda información dada por el interesado será considerada seria, honesta y
verídica, de manera que el solicitante que suministre información falsa quedará
descalificado automáticamente, aun después de haber ingresado a la escuela.
Será expulsado quedando ésta libre de toda responsabilidad moral y acción legal
presente, futura o retroactiva.
Párrafo
Cuarto:
Toda persona que sea admitida para estudiar en esta escuela tiene la
responsabilidad MORAL de cumplir con todo lo expuesto en el formulario de
admisión y en éste reglamento; de lo contrario se entiende que renuncia a la
oportunidad de la beca.
Párrafo
Quinto:
La condición física del interesado así como la de su familia, si es casado,
debe ser confirmada mediante un examen médico (no-comprado ni falso) YA QUE LA E. B. A. NO SE HARA RESPONSABLE
POR ENFERMEDADES CRÓNICAS O ADQUIRIDAS ANTES DE ENTRAR A LA E. B. A.
Párrafo Sexto: Todo interesado debe
haber terminado como mínimo el ciclo básico de estudios (tercer año/ noveno
grado); los otros casos quedarán a discreción de la dirección.
Párrafo
Séptimo:
Toda persona interesada por ingresar a la E.B.A. debe
de haber cumplido los 20 años de edad, los de menor edad quedarán a discreción
de la dirección.
ARTÍCULO II: En cuanto a la
Conducta:
Se
requiere de los estudiantes al igual que de los maestros que mantengan una
buena conducta tanto dentro como fuera de la escuela:
a.
Moral:
Gá. 5:19-21
b. Doctrinal: Gá. 1:6-9
c. Práctica: Mt. 25:30-45
d. Actitud: Ro. 12:17
e. Espiritual: Gá. 6:1
Párrafo
Primero:
Ninguna clase de vicio es permitida: cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas,
alucinógenos, estimulantes, etc. El estudiante o maestro que sea hallado
culpable de violentar esta disposición será expulsado de inmediato de la
escuela.
Párrafo
Segundo:
Todos los estudiantes y maestros tienen la responsabilidad de mantener una
buena presencia personal al presentarse al salón de clases (camisa, corbata,
zapatos para los varones y blusa, falda, pañoleta y zapatos para las hermanas)
y buen aseo personal. Además está prohibido a maestros y estudiantes y sus
respectivas esposas vestir pantalonetas, vestidos de
baño, o vestidos indecentes (2 Tim. 2:9-11) y/o sin camisa dentro o fuera del
complejo. El uso de pantaloneta está permitido a los
estudiantes y maestros solamente para actividades deportivas los días lunes y
miércoles, días señalados por la administración para ese fin.
Párrafo
Tercero:
NO son permitidas palabras obscenas ni expresiones que degraden la moral de los
estudiantes o maestros o familiares de éstos o de otros; el rumor es pecado así
que hay que aclararlo sea cierto o no.
Párrafo
Cuarto:
La falta de respeto en cualquier forma o sentido al personal docente y
administrativo o al estudiantado será sancionada. Faltas tales como:
a. Abusos
verbales de cualquier tipo o gestos ofensivos de cualquier naturaleza.
b.
Rebeldía
y desobediencia a las órdenes y reglas impartidas por la administración,
facultad y/o por cualquier persona autorizada por la administración.
c.
Abusos
físicos como peleas, agresiones a otros estudiantes o familiares de éstos serán
sancionados.
Forma de disciplina:
1.
Un
llamado de atención por el maestro encargado de disciplina.
2.
Segunda, un llamado de atención de parte de los maestros.
3.
Tercera, expulsión definitiva del plantel.
Párrafo
Quinto:
A las 8:00 de la noche todos los estudiantes deben estar dentro de las
inmediaciones de la escuela, en algunos casos, para los estudiantes que viajan
a congregaciones distantes a colaborar se les dará un tiempo prudente si fuera
inevitable llegar después de la hora establecida y de darse el caso debe
comunicarlo con anticipación al encargado de los permisos para salidas.
Párrafo Sexto: Para cada salida, todo
estudiante está en la obligación de pedir permiso al encargado de las salidas;
la única excepción a esta regla es la tarde de los miércoles que ha sido
escogida por la administración para que cada semana puedan salir y estar de
vuelta antes de las 8:00 p.m. Si algún estudiante solicita permiso para salir y
será acompañado por algún otro estudiante, deberá comunicarlo al encargado. Los
demás días de la semana solamente habrá permisos para casos de necesidad o por
alguna razón importante del conocimiento de la administración.
Párrafo Séptimo: Está rotundamente
prohibido que los estudiantes duerman fuera de la escuela, a menos que estén
participando de alguna campaña en una congregación distante, que hayan
solicitado permiso previamente o que haya sido una actividad o motivo aprobado
por la dirección. La violación de los párrafos 5to., 6to. ó
7mo. será sancionada así:
a.
Un
llamado de atención de parte del encargado de Disciplina y Conducta.
b. La segunda vez, un
llamado de atención de parte de los maestros y no tendrá permiso para salir de
la escuela durante 15 días contando a partir de la fecha de la falta.
c. La
tercera vez, será reincidencia grave y será motivo suficiente para una
expulsión definitiva del plantel y envío a su lugar de origen.
Párrafo
Octavo:
Está definitivamente prohibido por la Administración los noviazgos durante la
estadía de los 2 años de estudio; el propósito de la escuela y de cada
estudiante es puramente de preparación académica y espiritual para la obra de
la iglesia, y cada becario debe tener muy claro ese propósito y actuar conforme
al mismo mientras esté bajo la responsabilidad de la Escuela Bíblica de las
Américas. La Administración sancionará la falta contra esta disposición.
Párrafo
Noveno:
En caso de que algún estudiante deseara casarse aquí en Panamá y durante su
estadía en la escuela, tiene que saber de antemano que no contamos ni con el
presupuesto ni con el espacio para alojarle como matrimonio, seguirá recibiendo
su beca en calidad de soltero y seguirá residiendo en su habitación. Quien aún
bajo estas condiciones decida casarse lo hará totalmente bajo su
responsabilidad y habrá de comunicarlo a la Administración.
Párrafo
Décimo:
Las visitas de jovencitas en el Módulo de los solteros y alrededores están
prohibidas, sean hermanas residentes aquí y hermanas o amigas ajenas al
proyecto.
ARTÍCULO III: En cuanto a la
Ayuda Económica:
Todo
estudiante recibe ayuda económica para cubrir sus necesidades básicas, ayuda
que debe ser bien administrada, por lo tanto:
Párrafo
Primero:
La escuela no está en la obligación de conceder préstamos a estudiantes
o maestros, cuando por negligencia agotan sus recursos financieros.
Párrafo
Segundo:
Se les recomienda a los estudiantes no hacer gastos innecesarios tales como:
radios, televisores, grabadores, componentes, cámaras, etc. La ayuda es muy
limitada y tiene el deber de manejar responsablemente sus ingresos para sus
estudios y enseres personales.
Párrafo
Tercero:
El trabajo secular no está permitido a los becarios por la naturaleza intensiva
de los estudios.
ARTÍCULO IV: En cuanto a la
Ayuda Médica:
La Escuela
Bíblica de las Américas es responsable por los gastos médicos de los
estudiantes y sus familiares (esposas e hijos) bajo las siguientes condiciones:
Párrafo
Primero:
Cuando la atención médica se realiza en clínicas u hospitales privados,
la escuela SOLO SE RESPONSABILIZA por el 50% del costo total adquirido por el estudiante
y/o sus familiares (esposa e hijos).
Párrafo
Segundo:
La Escuela Bíblica de las Américas sólo se responsabiliza por las
extracciones dentales, NO ASI DE OTROS TRABAJOS BUCALES. Es responsabilidad de
cada estudiante vigilar por la higiene buco-dental propia y de su familia.
Párrafo
Tercero:
La Escuela Bíblica de las Américas no tiene ningún tipo de responsabilidad
con otros familiares del estudiante tales como padre, madre, hermano,
abuelos, etc.
Párrafo
Cuarto:
Todo medicamento (si es 1 o más de 1) debe estar especificado con facturas de
la farmacia donde es comprado y con el nombre del medicamento/s para poder
reembolsarle el dinero usado, sin tales requisitos no se reembolsará el dinero
gastado.
Párrafo
Quinto:
Los medicamentos para piojos y vitaminas NO son responsabilidad de la
Escuela Bíblica de las Américas.
Párrafo Sexto: En caso de que la
esposa de algún estudiante quedara embarazada durante su estadía aquí en la
escuela, la administración le ayudará con el 50% de los gastos de maternidad.
Párrafo
Séptimo:
Cuando golpes, fracturas, o enfermedades son el resultado de la negligencia de
parte de los padres o de causas tales como deportes y actividades no dirigidas
por la E. B. A., los gastos de salud serán responsabilidad del estudiante; se
analizará cada caso para determinar sus causas. Debemos velar por nuestro
cuerpo y por el bienestar físico-integral de nuestra familia.
ARTÍCULO V: En cuanto a los
Dormitorios:
La Escuela
Bíblica de las Américas provee facilidades habitacionales (dormitorios) a todos
los estudiantes; estos dormitorios cuentan con todas las comodidades
indispensables e higiénicas, razón por la cual todos los estudiantes casados y
solteros tienen la responsabilidad y la obligación de conservarlo en óptimas
condiciones.
Párrafo
Primero:
Es necesario que todo estudiante tenga su
dormitorio en óptimas condiciones tanto en limpieza como en
mantenimiento.
a. No rayar
las paredes de los apartamentos, servicios, baños, etc.
b. No tapar los
fregaderos con sobras de comidas, afrecho de café, aceite viejo de cocina, etc.
c. Los servicios
sanitarios deben permanecer limpios TODO EL TIEMPO; no se debe echar en ellos
toallas femeninas ni otro objeto que no sea papel higiénico. Para tales papeles
u objetos debe haber un basurero aparte. Esto aplica también para los baños.
d. No lavar el trapeador
en la tina donde lavan la ropa, ya que esto produce infecciones.
e. No martillar, picar,
enderezar o clavar en los mosaicos (piso) del departamento ni dejar que los
niños lo hagan; además no poner clavos ni tornillos ni nada por el estilo en
las paredes de los apartamentos. Ni pegar papeles ni calcomanías ni nada que
dañe la pintura, paredes, el forro de las puertas, muebles de cocina o de la
sala.
f. No permitir que sus
hijos patinen, corran, o jueguen en los pasillos de los apartamentos; para tal
actividad la escuela está provista de una cancha de juego.
Párrafo
Segundo:
Los muebles tienen que ser cuidados en todo sentido: no rayarlos, cortarlos,
subirse a ellos con los zapatos o las manos y pies sucios; no planchar sobre
los colchones ni dejar que los niños lo orinen. Esto aplica para todo el resto
de los muebles que la escuela ha proveído tales como sillas, sofás, mesas, etc.
Párrafo
Tercero:
Todo estudiante tiene que velar por el buen uso del agua y no permitir que los
niños jueguen con ella y/o dejar
abiertos los grifos o llaves de agua mientras se habla con otros vecinos
o se realiza otra tarea en el hogar. Queda definitivamente prohibido el uso de
piscinas o cualquier gasto de agua innecesario.
Párrafo
Cuarto:
Es necesario que todo estudiante haga un buen de la electricidad, manteniendo
encendida solamente la luz que esté usando. Está rotundamente prohibido dejar
algún artefacto eléctrico como abanicos, radios, televisores, etc encendidos
cuando nadie hace uso de ellos. La escuela
provee de las lámparas y bombillos que se encuentran fuera del
apartamento; las lámparas y bombillas que se dañen dentro son
responsabilidad del dueño del apartamento.
Párrafo
Quinto:
La televisión y el radio no deben estar encendidos todo el día ni afectar la
tranquilidad, sueño o estudio de su compañero. Después de las 10:00 p.m. todos
éstos deben estar apagados en el Módulo de los solteros.
Párrafo Sexto: Los dormitorios serán
revisados periódicamente; en caso de incumplimiento de estas disposiciones, las
sanciones serán:
1. El daño
causado se le cobrará al infractor del dinero de su beca.
2. Si no
contribuye con la limpieza será amonestado públicamente.
3. Si es reincidente se
le descontará de su beca el dinero necesario para pagar la limpieza que le
corresponde y de ser un estudiante soltero además tendrá la obligación de
ayudar por una semana a la cocinera en el lavado de los platos y ollas de la
cocina como también en la limpieza general de todo el dormitorio.
Párrafo
Séptimo:
Al final de los 2 años de estadía, cada estudiante por partir debe entregar la
llave de su apartamento a la Administración para la revisión del mismo antes de
su abandono.
Párrafo
Octavo:
Cada apartamento es equipado por la escuela de los enseres de cocina
indispensables, éstos deben ser cuidados y conservados en buen estado; el daño
de los mismos será demandado del dueño del apartamento.
Párrafo
Noveno:
La estadía (hospedaje) de personas de afuera en los apartamentos de los
estudiantes solteros o casados está prohibida, excepto en caso de que el
permiso sea solicitado y concedido por motivos especiales y circunstanciales, y
no podrán permanecer allí por más de una semana (7 días). Casos de más
extensión de tiempo quedan a discreción de la Dirección.
ARTÍCULO VI: En cuanto a la
Responsabilidad Paterna:
Párrafo
Primero:
Todo estudiante becario como padre de familia es responsable por sufragar los
gastos de estudio de sus hijos en la escuela secular, ya sea en el Jardín de
infancia (kindergarden), básica, secundaria, y/o
universitaria. La beca de estudio que la Escuela Bíblica de las Américas otorga
no cubre los estudios de los hijos de los estudiantes becarios ni la escuela es
responsable por los gastos educacionales de ellos.
Párrafo
Segundo:
En los casos en que los padres tengan que salir o hacer alguna diligencia y no
puedan llevar consigo a sus hijos, éstos deben quedar a cargo de una persona
responsable; dejarlos solos en casa, a su propia suerte, será considerado una
falta grave y acarreará un llamado de atención; la reincidencia será tratada a
juicio de la Administración/Dirección.
ARTÍCULO VII: En cuanto a
Biblioteca y Oficinas:
Párrafo
Primero:
La biblioteca es para el uso de los estudiantes, maestros y familiares de éstos
que residen en el campus y que acudan a ella para hacer sus trabajos,
investigaciones, etc. La misma estará abierta en un horario fijo de 2:00 p.m. a
10:00 p.m., período en el cual será administrada por estudiantes que se
turnarán para llevar un control de los libros, del buen uso de ellos y del
mantenimiento de éstos. Solamente ellos, los estudiantes encargados, pueden
poseer llave de la biblioteca.
Párrafo
Segundo:
El aire acondicionado estará encendido únicamente dentro de ese horario y no
debe permanecer encendido ni antes ni después o cuando no haya nadie usándolo.
Párrafo
Tercero:
Queda definitivamente prohibido sacar y llevar a los dormitorios los libros o
folletos que se encuentran allí. Sólo podrán ser sacados por autorización de un
maestro en su hora de clase para uso en el salón y ha de ser devuelto al final
de dicha clase o si ha sido tomado por un maestro y llevado a su oficina para
consulta o fotocopiado ha de ser regresado en el transcurso del día.
Párrafo
Cuarto:
Queda prohibida la presencia de niños en la Biblioteca con lo cual se
interrumpe el orden y sosiego de este lugar de estudio. Evite un llamado de
atención innecesario.
Párrafo
Quinto:
El uso de la Biblioteca por parte de personas de afuera en horario diferente
del indicado solamente será permitido con permiso previo del encargado; los
bibliotecarios deben estar vigilantes del cumplimiento de esta disposición.
Párrafo Sexto: En Oficinas están
incluidas tanto la oficina de los maestros como la de secretaría. Todos los
útiles de oficina que se le provee a estas dos oficinas son solamente para uso
del personal docente y administrativo; los estudiantes han de apartar de sus
becas respectivas un presupuesto propio para comprar este tipo de herramientas,
las cuales son, por ejemplo, páginas, disquetes, marcadores (piloto), fólderes
(cartapacio, carpeta), computadoras, etc.
Párrafo
Séptimo:
Queda prohibida la presencia de estudiantes en la secretaría a no ser con
previa autorización o por imperativa necesidad. En cuanto al teléfono, estará
disponible solamente para llamadas de carácter urgente o con relación a su
familia o predicador local. Las llamadas que se reciban en secretaría para
algún estudiante en particular serán permitidas si vienen de parte de sus
padres, familiares o del predicador local, se evaluará si es una llamada
urgente e importante. Otro tipo de llamadas no se pasarán, sólo se tomarán los
recados importantes.
ARTÍCULO VIII: En cuanto a la
Cocina de los Solteros:
La Escuela Bíblica de
las Américas cuenta con una cocina debidamente equipada para el uso de los
estudiantes solteros.
Párrafo
Primero:
La cocina se abrirá a las 6:00 a.m. y se cerrará a las 10:00 p.m. de lunes a
viernes. NINGÚN ESTUDIANTE ENTRA DESPUÉS DE LAS 10:00 p.m.
Párrafo Segundo: Los desayunos se servirán desde las 6:30 a.m. hasta las
6:45 a.m.
Los
almuerzos se servirán desde las 12:50 ha a.m. hasta la 1:45 p.m.
Párrafo Tercero: La cena se servirá desde 7:00 p.m. hasta las 8:30 p.m.
Párrafo
Cuarto:
Los estudiantes tienen la responsabilidad y obligación de cuidar y velar por el
buen uso de los utensilios de la cocina tales como platos, ollas, vasos, mesas,
sillas, etc. Lo que dañen le será descontado de su beca. La falta de
cooperación será sancionada a juicio de la encargada de la cocina y/o los
maestros.
Párrafo
Quinto:
TODOS los estudiantes solteros tienen que cooperar con la limpieza de la cocina
y sus alrededores.
Párrafo Sexto: Los estudiantes casados
y/o sus familiares no pueden comer en la cocina de los solteros ni los solteros
deben tener el mal hábito de comer en los departamentos de los casados con
regularidad, a excepción de alguna invitación ocasional.
Párrafo
Séptimo:
El día sábado y el domingo por la tarde TODOS los estudiantes tienen el deber
de cooperar con la comida y la limpieza de la cocina, para tal efecto han de
saber organizarse equitativamente para que cada cual ayude cada domingo para la
cena y limpieza. La cocina ha de ser encontrada el día lunes por la encargada
en buenas condiciones de pulcritud y orden.
ARTÍCULO IX: En cuanto al equipaje del viaje de regreso.
Párrafo
Primero:
La E. B. A. Contribuirá con una ayuda económica según sus posibilidades
presupuestarias (no está garantizado) para el pago de peso extra a razón de los
libros y folletos.
Párrafo
Segundo:
Los artefactos y artículos obtenidos por el estudiante durante su estadía no
serán responsabilidad de la E. B. A. como peso extra. Recomendaciones al
respecto han sido dadas en el ARTÍCULO III en cuanto a la Ayuda Económica.
Párrafo
Tercero:
Se les recomienda que con seis (6) meses de anticipación empiecen a enviar sus
posesiones vía correo para aminorar gastos a la hora de su regreso.
ARTÍCULO X: En cuanto al Apoyo a las Congregaciones.
Párrafo
Primero:
Los estudiantes que viajan a las distintas congregaciones del área a realizar
la obra personal cada fin de semana en colaboración con el predicador local
tendrán su pasaje de ida y regreso pagado por la congregación a la que sean
enviados; la escuela no cuenta con presupuesto para dicho fin.
Párrafo
Segundo:
El propósito de esta colaboración es definida y especificada por la misma
palabra: colaborar es su obra; no van a corregir los problemas de las
congregaciones ni a intervenir en asuntos de los que desconocen causas,
implicaciones etc. Se les solicita suma prudencia y cuidado recordando que su
estadía en estas congregaciones es temporal y por lo mismo deben mantenerse al
margen de cualquier situación que deba ser tratada por los miembros residentes
y el predicador.
Párrafo
Tercero:
Ya que su labor es “co-operar” no viajarán a hacer la
obra solos; es decir, no deben salir solos a evangelizar, dar estudios, etc; la
congregación local debe tener un plan y un personal que pueda trabajar con el
estudiante cada fin de semana junto con el predicador o en la ausencia de éste
por alguna razón justificable.
Párrafo
Cuarto:
El compromiso de la iglesia con el estudiante involucra el darle hospedaje y
alimentación, estas dos necesidades deben estar satisfactoriamente acordadas y
seguras para el estudiante.
Párrafo
Quinto:
En algunas ocasiones la escuela tendrá necesidad del estudiante para enviarle a
campañas o para alguna otra actividad escolar que requiera de la presencia de
todos ellos; de manera que la congregación debe estar clara en que para dichas
fechas, previamente anunciadas, el estudiante no viajará a la congregación. Su
compromiso PRIMORDIAL es su estudio y responsabilidad escolar. Por esto no debe
haber futuros “dilemas de responsabilidad” en la mente del estudiante con
respecto a su deber escuela-iglesia.
ARTÍCULO XI: En cuanto a la Asistencia a las Actividades
Espirituales.
Párrafo
Primero:
Es obligatorio asistir a los devocionales matutinos de la escuela como una
responsabilidad moral y académica.
a.
Si
en el lapso de los dos años acumula 5 ausencias injustificadas perderá el
derecho de recibir su diploma.
b.
Por
más de 5, no participará en la graduación ni contará con la recomendación de la
E. B. A. para ningún fin.
Párrafo
Segundo:
Es obligatorio asistir a los devocionales semanales del campus (Martes a las
8:00 p. m.). El incumplimiento de este punto será sancionado igual que el
anterior.
Párrafo
Tercero:
Es obligatorio asistir a los servicios de la iglesia local que se reúne aquí en
la E. B. A. El incumplimiento de este punto le afectará en su recomendación y
será motivo de llamado de atención y baja apreciación.
ARTÍCULO XII: En cuanto a los Maestros/Consejeros.
Párrafo Primero: Todos los maestros son
responsables por los estudiantes y en lo que esté dentro de sus posibilidades
serán para ellos un apoyo en el sentido educacional, personal, moral y
espiritual.
Párrafo
Segundo:
Todos los maestros tienen la responsabilidad de asistir a la escuela según el
programa y de notificar sus ausencias previamente mediante un memorando.
Párrafo
Tercero:
Todos los maestros deben esforzarse en concluir sus materias.
Párrafo
Cuarto:
Los maestros participarán en las actividades de la escuela y el trabajo general
de mantenimiento del proyecto.
ARTÍCULO XIII: En cuanto a los Ejercicios y Pruebas.
Párrafo
Primero:
Todos los estudiantes tienen la responsabilidad de presentar los ejercicios de
las clases asignadas; cuando por cualquier razón justificable no presenten su
ejercicio, éste deberá presentarlo en la siguiente clase (debe venir preparado
o preguntar al maestro) o a discreción del maestro.
Párrafo
Segundo: Ningún
estudiante que falte negligentemente a una prueba y no envíe la debida
justificación escrita de antemano podrá presentar dichos ejercicios.
Párrafo
Tercero:
El estudiante deshonesto en los ejercicios y/o que participa en la
deshonestidad de otro estudiante será sancionado perdiendo la nota del
ejercicio, tanto el que comete la falta como su/s cómplice/s y al siguiente día
tendrá que predicar en el Devocional sobre la honestidad en la obra de un
predicador. La reincidencia en esta falta será motivo de expulsión del plantel.
“Consérvate puro” 1 Timoteo 5:22b
Párrafo
Cuarto:
Todo estudiante tiene la responsabilidad de mantener un porcentaje académico
mínimo del 70% para poder aprobar los cursos y obtener su diploma.
ARTÍCULO XIV: En cuanto a las Ausencias y Tardanzas.
Párrafo Primero: Se permite la ausencia de clases
solamente por las siguientes razones:
a.
Por
enfermedad del estudiante previamente notificada por escrito.
b.
Por
enfermedad crítica de un familiar residente del estudiante.
c.
Por
emergencia familiar fuera de la escuela.
d.
Por
disposición de la Administración/Dirección.
Párrafo
Segundo:
Las ausencias injustificadas se sancionarán así:
a.
La
primera, amonestación verbal.
b.
La
segunda, amonestación por parte del encargado de Disciplina y Conducta.
c.
La
tercera, pérdida de la materia y tendrá que predicar sobre la Responsabilidad
al siguiente día en el Devocional.
d.
Por
tres cursos perdidos, pérdida de la beca y subsiguiente expulsión.
Párrafo
Tercero:
Las tardanzas injustificadas se sancionarán así:
a.
La
primera, amonestación verbal.
b.
La
segunda, amonestación verbal.
c.
La
tercera, llamado de atención por parte del encargado de Disciplina.
d.
La
cuarta, pérdida del curso.
ARTÍCULO XV: En cuanto a la Participación en Otras Actividades de
la escuela.
Párrafo
Primero: Todos
los estudiantes tienen el deber de participar en un rol preparado por la
Administración para la cloración y supervisión del diario suministro del agua
que abastece todos los edificios de la escuela; una lista será colocada con los
nombres y fechas de todos. Es una responsabilidad de todos los que nos
beneficiamos de la misma.
Párrafo
Segundo: Todos
los estudiantes tienen el deber de participar en el corte de hierba que se
realiza periódicamente para mantener los predios de la escuela en presentables
e indispensables condiciones de limpieza. Su participación es tomada en cuenta
como parte de su colaboración con la escuela.
Párrafo
Tercero:
Todos los estudiantes tienen el deber de participar en las actividades
recreativas y de comunión organizadas por la escuela tales como paseos,
confraternidades, días familiares, comidas, etc. Se solicitará de cada
estudiante una cooperación económica para soportar los gastos involucrados en
dichas actividades. Esto es parte importante de su íntegro desarrollo
espiritual y promueve unidad y comunión entre quienes residimos en el proyecto