EL ACTO DE FE



1. En el acto de fe debemos distinguir ante todo el acto por una parte y el objeto por otra.¿Cómo se juntan?

2.- Se juntan de esta manera: el acto consiste en asentir al objeto. Pero esto no diferenciaría el acto de fe de cualquier otro juicio. La diferencia es que cuando en un juicio se afirma el contenido de su objeto es por ser evidente, mientras que en el acto de fe asentimos a un objeto que no tiene el carácter de evidencia. Y también es un acto de fe negar ese mismo objeto no evidente.

3. -Yo no puedo no afirmar lo evidente. En cambio, cuando asiento a un objeto no evidente ha de ser porque algo me inclina a ello. Por ejemplo: cuando Juan me dice que Pedro está enfermo, lo que me mueve a asentir no es la evidencia, sino "porque me lo ha dicho Juan". La inevidencia del objeto está compensada por el testimonio de otra persona a la que doy crédito.

4. - Según sea el grado de autoridad que damos a un testimonio es el grado de certeza de nuestra creencia. Y si la autoridad es absoluta estamos ya en el acto de fe religiosa que se diferencia por esto del acto de fe humana que continuamente hacemos y además porque en el acto de fe humana el objeto es relativamente inevidente, mientras que en el acto de fe religiosa es absolutamente inevidente.

5. -¿Cuál es la validez de un acto de fe religiosa en un objeto absolutamente inevidente? Como para que se dé ese acto son necesarias tres cosas :1.-existencia de Dios 2.-existencia de la revelación y 3. -que lo que revela no pueda ser conocido por los medios naturales de conocimiento, basta que una de estas condiciones sea negada para negar la validez del acto de fe religiosa.

6.- En el fondo está la suposición de que sólo existe lo que puede concebirse clara y distintamente por el entendimiento.

Pero la realidad rebasa con mucho las fronteras del pensamiento claro y distinto. La ontología no se ajusta a la pura lógica del conocimiento. Hay muchos modos de ser: el ser ideal, el ser físico, el ser viviente, el ser histórico y el ser sobrenatural. Y cada uno de estos modos de ser mantiene con el pensamiento una relación completamente diferente.

Y si esto es así, del ser sobrenatural puedo decir que es un objeto absolutamente inevidente, que está fuera del pensamiento evidente, que no es accesible al modo con que racionalmente el hombre conoce otras realidades.

Pero no puedo decir objeto inevidente = objeto inexistente. Lo racional es que si la fe no satisface ningún criterio de contrastabilidad, ni es falsable, ni asentada en la evidencia, tengo que compensar esta ausencia por el testimonio de otra persona a la que doy crédito. Por ahí veo yo su validez: el encuentro con un hombre digno de fe: Jesús de Nazaret. Cuando se Le sigue se comprueba que eso es lo razonable y correcto.

Hay dos principios de clasificación de los actos de fe.

El primero según la autoridad ,absoluta o relativa del declarante.

El segundo según la ausencia del objeto. Esta ausencia se nos manifiesta de cuatro modos: ausencia en el espacio, ausencia en el tiempo, ausencia mental accidental, y ausencia mental esencial

Los tres primeros son remediables, el carácter inevidente del objeto sólo lo es para mí. En cambio el objeto que está ausente con ausencia esencial no puede llegar a estar presente en ninguna mente humana ni ha estado nunca.

Son dos clasificaciones perfectamente coincidentes. Los actos de fe hechos sobre declaraciones de autoridad relativa se identifican con los actos de fe en objetos relativamente ausentes. En cambio, los actos de fe hechos sobre declaraciones de autoridad absoluta se identifican con los actos de fe en objetos absolutamente ausentes. Por eso coinciden tan perfectamente las dos clasificaciones.

Y por eso también sólo los actos de fe religiosa son actos plenos y auténticos de fe.