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       LA BANDA CIUDADANA

 

Introducción

 Características.

Legislación

 Equipo básico.

 


Introducción.

     La Banda Ciudadana, de los Ciudadanos o Civil (Citizens Band, CB), cubre de los 26 965 a los 27405 KHz. También se le conoce como Banda de 11 metros, de los 27 MHz.  o "10 ½ meters", y a quienes la usan se les denomina cebeístas. Como se encuentra dentro de las ondas cortas, los radios de Banda Civil pueden alcanzar grandes distancias -hasta miles de kilómetros-  usando bajas potencias, cuando sus sistemas de transmisión y recepción se encuentran debidamente instalados y cuando las condiciones de propagación son favorables.

 Los cebeístas disponen también de material impreso para mejorar el aspecto técnico de su afición. 

.

.

Tabla de asignación de frecuencias para la Banda Ciudadana:

CANAL

FRECUENCIA

CANAL

FRECUENCIA

 

          1

 

26.965

21

27.215

2

26.975

22

27.225

3

26.985

23

27.235

4

27.005

24

27.245

5

27.015

25

27.255

6

27.025

26

27.265

7

27.035

27

27.275

8

27.055

28

27.285

9

27.065

29

27.295

10

27.075

30

27.305

11

27.085

31

27.315

12

27.105

32

27.325

13

27.115

33

27.335

14

27.125

34

27.345

15

27.135

35

27.355

16

27.155

36

27.365

17

27.165

37

27.375

18

27.175

38

27.385

19

27.185

39

27.395

20

27.205

40

27.405

 

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 Un poco de historia.

 

     En esta banda se empezó a experimentar en los inicios de la década de 1930, en los albores de la radio como medio masivo de comunicación, cuando en Estados Unidos, en Yuma, Arizona -en los límites de California y a  unos kilómetros de Sonora y Baja California, México-, DR. A. H. Schermann operó la estación experimental W6XBC en 27.1 MHz. Debido al entonces existente caos en el ambiente radial,  debido al rápido desarrollo tecnológico que era más rápido que la elaboración de leyes, no se pudo avanzar mucho sino hasta después del siguiente año, cuando la FCC, Comisión Federal de Comunicaciones de EUA categorizó claramente diferentes segmentos para de las Ondas Hertzianas para servicios de "Broadcast" o emisoras con programas para el público en general, otros segmentos para los radioaficionados y otros más para servicios específicos como seguridad marítima. En noviembre de 1938 el radioaficionado W9SDG Herbert Brooks de Port Wing, Wisconsin, publica en la revista QST un artículo con las bases teóricas de la Banda Civil, escribiendo sobre las características que aproximadamente tiene hoy esta banda.

Tuvo un gran desarrollo en Segunda Guerra Mundial al operarse transmisores en 27 MHz. dentro de los vehículos militares en movimiento por las campiñas europeas, estos eran equipos de aproximadamente 10 kilogramos de peso y unos vatios de potencia. Los veteranos de la guerra regresaron a casa con bastantes conocimientos técnicos y se dedicaron a desarrollar experimentando con equipos autoconstruidos.  En 1948, la FCC reconoce al primer modelo típico de equipo de radio CB, que sería usado en gran cantidad bajo los auspicios de la fabricante de neumáticos Firestone Tire Company, ya con las características técnicas actuales. El año anterior la FCC  ya había designado oficialmente un segmento en 27 MHz. y otro en 465 MHz. para uso en esta banda.  

    Sería hasta 1958 cuando la FCC, Comisión Federal de Comunicaciones de los Estados Unidos de América divide a esta esta banda otorgándole 23 canales que posteriormente se aumentaron a 40 canales, en 1977.

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Equipo Básico.       

 

 

   En la parte superior, un vehículo con una antena para Banda Ciudadana en su parte posterior, y dos transceptores móviles. En la parte inferior, modelos distintos de antenas tipo "base" o fijas para esta banda. 

   Como en todos los segmentos y servicios de telecomunicaciones, en la Banda Ciudadana el uso de una antena debidamente seleccionada, instalada y conectada determina en gran medida el rendimiento de una estación. 

   Cualquier antena para ondas cortas puede servir para comunicaciones locales en CB, por que esta banda está dentro de las ondas cortas, pero dará  mayor rendimiento, en mucho mayor grado, una antena diseñada especialmente para esta banda. Esta antena deberá colocarse en un lugar despejado, alta, y usando el cable de bajada apropiado.     

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Características.

     A diferencia de otras bandas de uso para la radioafición, en la Banda Civil las potencias usadas para transmitir son bajas, en las comunicaciones realizadas pueden tratarse asuntos de todo tipo y los conocimientos técnicos  sobre operación de equipos, antenas, propagación, etc. son menos amplios.

 Las transmisiones en general se realizan en fonía, pero también pueden usarse los modos digitales  como el Packet, que consisten en enviar distintas informaciones como texto o imágenes en fragmentos y el receptor reconstruye el mensaje. Se emplean también distintos modos de comunicación, como AM, FM y Banda Lateral.

     Una de las desventajas de esta banda es que solo se dispone de 40 canales, y en ocasiones puede ser difícil encontrar un canal libre. Por ello es necesario que las comunicaciones entre cebeístas sean breves.  Además, está calificada como sujeta a interferencias. Esto es, no se puede hacer legalmente nada contra alguien que use el canal que estemos ocupando.  Otra limitación es que solo pueden emplearse potencias de 4 vatios en AM y FM y de 12 vastios en BLU o SSB. También se encuentra restringido el uso de amplificadores de potencia y de antenas altamente direccionales.   

        Un cebeísta, el buen amigo José Vicente Romay García,  "Pepín", mostrando su estación, y un grupo de cebeístas montando una antena.

 

 

      Los cebeístas forman grupos para fomentar el uso serio de la afición. Algunos grupos son de tamaño mundial, o al menos con integrantes en numerosos países, y se dividen en delegaciones o asociaciones nacionales, regionales o locales.

      Existen para usos específicos canales predeterminados  que varían de país a país, por ejemplo como el usado para enlace o el de información meteorológica. En México, se usa el Canal 9 para emergencias.  

 

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Legislación.

    Existe, al menos en México,  la creencia más o menos generalizada que no se requiere de algún tipo de permiso o licencia para operar un transmisor de Banda Civil. Sin embargo, la Ley de Vías Generales de Comunicación y La Ley Federal de Telecomunicaciones y su reglamento indican claramente lo contrario:          

    Artículo 48. No deberá explotarse una Vía General de Comunicación, objeto de concesión o permiso, ni sus servicios conexos, sin que previamente autorice su funcionamiento la SCT, de acuerdo con la previsiones reglamentarias.

     Llenados los requisitos exigidos para su explotación, se otorgará desde luego la autorización para su funcionamiento.

      Artículo 112. En caso de guerra internacional, de grave alteración de orden público o cuando se tema de algún peligro inminente para la paz interior del país o para la economía nacional, el gobierno tendrá derecho de hacer la requisición, en caso de que a su juicio lo exija la seguridad, defensa, economía o tranquilidad del país, de las Vías Generales de Comunicación, de los medios de transporte, de sus servicios auxiliares, accesorios y dependencias, bienes muebles e inmuebles y de disponer de todo ello cuando lo considere necesario, en en este caso, la nación indemnizará a los interesados, pagando los daños por su valor real, y los perjuicios con el 50 por ciento de descuento. Si no hubiera avenimiento sobre el monto de la indemnización, los daños se fijarán por peritos nombrados por ambas partes, y los prejuicios tomando como base el promedio de ingreso neto en los años anterior y posterior de la incautación. Los gastos de procedimiento pericial serán por cuenta de la nación. 

     En caso de guerra internacional a la que se refiere este artículo, la nación no estará obligada a cubrir indemnización alguna.

     Artículo 376. Los permisos para las instalaciones eléctricas de servicios especiales, así como para estaciones de radio, experimentación científica,  culturales y de aficionados, se otorgarán por plazo indefinido y serán revocables en cualquier tiempo, a juicio de la SCT.

                                 Para el cebeísta también rigen principios generales que son para todos los radioaficionados: 

     Artículo 377.  Queda prohibido transmitir noticias o mensajes cuyo texto sea contrario a la seguridad del Estado, a la concordia internacional, a la paz del orden público, a las del lenguaje, o que perjudiquen los intereses los intereses culturales y económicos de la nación, causen escándalos o ataquen en cualquier forma el gobierno constituido, a la vida privada, o que tenga por objeto la comisión de algún delito u obstrucción de la acción de la justicia.

     Artículo 378. Queda prohibido interceptar, divulgar o aprovechar sin derecho, los mensajes, noticias e informes que no estén destinados al dominio público y que se escuchen por medios de aparatos de comunicación eléctrica. 

      En nuestro país no se requiere de ningún examen para usar un transceptor en Banda Civil pero los equipos a manejarse, tanto fijos o de base como los móviles, deben presentarse en la  oficina más cercana de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y realizar un pago en una indicada cuenta bancaria y  obtener así un  documento seriado que establece el registro oficial del equipo.    

     También de acuerdo  a la normatividad oficial mexicana, similar a la de muchos otros países,  la Banda Civil está sujeta a interferencias,  queda prohibido transferir el registro de la estación  en forma directa o indirecta  y usar amplificadores de potencia  - denominados popularmente en diversas regiones como "huaraches", "zapatillas", "choclos" o "botas"-, y también debe usarse el indicativo de llamada otorgado por las SCT  en las transmisiones. Este servicio no debe usarse para transmisiones comerciales o lucrativas, y  no emplear la licencia para otros equipos o servicios distintos a los destinados.  Tampoco debe “abrirse” la banda alterando los equipos, o sea usar frecuencias afuera de las asignadas a esta banda o segmento radial.

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        QSL de emisoras en Banda Ciudadana, CB.

 

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